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IN. 039. PL Y ERTZAINTZA (SIS)

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Título del Test:
IN. 039. PL Y ERTZAINTZA (SIS)

Descripción:
Protocolo de actuación

Fecha de Creación: 2023/03/28

Categoría: Otros

Número Preguntas: 7

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Temario:

Atendiendo a la propia legislación del país, tanto en materia penal como en materia de protección de datos personales informatizados, cabe la posibilidad de que cada Parte signataria introduzca datos relativos a personas y objetos. Las personas que pueden ser mencionadas son: - Personas buscadas con fines de extradición, a solicitud de las Autoridades Judiciales de los Estados miembros. - Personas bajo control permanente - Testigos - Personas con las que hay que ponerse en contacto dentro del marco de la cooperación judicial internacional. Personas desaparecidas, entendiéndose por tales, los menores, personas que deben de ser internadas por decisión de la Autoridad nacional competente, personas que deben de ser objeto de medidas preventivas por ellas mismas o por otros. Personal bajo vigilancia a causa de un procedimiento penal o por la prevención de amenazas para el orden público. Se refiere principalmente a la represión de infracciones penales o a la amenaza a la seguridad de la CAPV. Extranjeros declarados no admisibles tras decisión judicial, estando prohibida su entrada por motivos tales como amenaza para el orden público, amenaza a la seguridad nacional, o indicios de comisión de delitos.

Los objetos que pueden ser insertados son: Billetes de banco dentro del marco de un procedimiento de robo a mano armada, extorsión de fondos o entregas de rescate. Vehículos que hay que vigilar. Armas de fuego sustraídas, abandonadas o extraviadas. Vehículos robados, abandonados o extraviados, incluyendo los remolques o caravanas de más de 800 Kg. y exceptuando los vehículos a motor de una cilindrada menor o igual que 45 cc. Documentos de viaje robados, abandonados o extraviados. Documentos de identidad expedidos robados, abandonados o extraviados.

Todas las Policías Locales en el momento de la recogida de una denuncia, en relación a personas desaparecidas y vehículos robados, deberán observar en la confección del documento policial la correcta obtención datos. Estas denuncias serán remitidas sin dilación por vía correo electronico a la Comisaría de la Ertzaintza que pertenezca el municipio donde se ha recogido la denuncia, al objeto que estos datos sean introducidos lo a la Base de Datos SIS de un modo correcto y completo. Estas denuncias serán remitidas sin dilación por vía fax a la Comisaría de la Ertzaintza que pertenezca el municipio donde se ha recogido la denuncia, al objeto que estos datos sean introducidos cuando sea posible a la Base de Datos SIS de un modo correcto y completo. Ninguna es correcta. Estas denuncias serán remitidas sin dilación por vía fax a la Comisaría de la Ertzaintza que pertenezca el municipio donde se ha recogido la denuncia, al objeto que estos datos sean introducidos lo antes posible a la Base de Datos SIS de un modo correcto y completo.

En concordancia con los acuerdos a los que se ha llegado en las Juntas Locales de coordinación, todos aquellos datos que las Policías Locales peticionen a Ardatz, -teniendo en cuenta los mismos criterios generales de consulta en la Ertzaintza-, serán consultados en SIS por el Servicio Central de la Policía de lo Criminal, mediante petición de Ardatz. ¿QUE TIPO DE DATOS SE CONSULTAN EN AQUELLAS INTERVENCIONES DE LA PL?. Vehículos implicados en cualquier tipo de actuación. Personas extranjeras implicadas en cualquier tipo de actuación y detenidos. Personas implicadas en cualquier tipo de actuación y detenidos. Todo tipo de actuación donde se encuentren implicados vehículos, personas y objetos, sobre los que recaigan sospechas fundadas de estar inmersos en cualquier actuación orden judicial, siempre y cuando los datos que se esperan obtener de la consulta se estime la no posibilidad de su localización en otro tipo de Bases de Datos.

Ardatz ante una consulta positiva peticionada por las Policías Locales, les remitirá a la Sección Schengen de Servicio Central con el objeto de recibir las indicaciones oportunas de actuación. Modo de proceder ante una consulta positiva --> ADULTO DESAPARECIDO. Tanto si ella desea o no comunicar su paradero, la Sección Schengen solicitará una serie de datos: • Apellido y nombre del padre y de la madre. • Circunstancias del descubrimiento. Tanto si ella desea o no comunicar su paradero, la Sección Schengen solicitará una serie de datos: • Nombre y apellidos, apellido de soltero/a, fecha y lugar de nacimiento, apodo/s, nacionalidad. • Origen del pasaporte o del documento de identidad, número de documento, fecha de expedición, autoridad que expide, fecha límite de validez. Todos son correctos. Aquellos supuestos en que la actuación consista en invitar a la persona a precisar si permite la comunicación de su paradero, siempre y cuando el señalamiento provenga de F.C.S.E. o Ertzaintza.

Ardatz ante una consulta positiva peticionada por las Policías Locales, les remitirá a la Sección Schengen de Servicio Central con el objeto de recibir las indicaciones oportunas de actuación. Modo de proceder ante una consulta positiva --> Otras conductas relacionadas con personas. CUAL ES INCORRECTA. • Apellido y nombre de la unidad familiar. La Sección Schengen solicitará una serie de datos: • Nombre y apellidos, apellido de soltero/a, fecha y lugar de nacimiento, apodos, nacionalidad. • Origen del pasaporte o del documento de identidad, número de documento, fecha de expedición, autoridad que expide, fecha límite de validez. En los supuestos donde esté implicada una persona sobre la que hay que determinar el lugar de estancia y dirección por ser testigo o persona citada a comparecer ante la Autoridad Judicial en el marco de un procedimiento penal o se le debe de notificar una sentencia represiva o requerimiento, siempre y cuando el señalamiento provenga de F.C.S.E. o Ertzaintza. • Circunstancias del descubrimiento.

Ardatz ante una consulta positiva peticionada por las Policías Locales, les remitirá a la Sección Schengen de Servicio Central con el objeto de recibir las indicaciones oportunas de actuación. Modo de proceder ante una consulta positiva --> Vehículo robado, apropiado indebidamente o extraviado. Procederá solo la incautación del vehículo, identificando al vehículo y a sus ocupantes, y deteniendo a su conductor según circunstancias, siempre y cuando el señalamiento provenga de F.C.S.E. o Ertzaintza. . La Policía Local deberá de confeccionar un atestado, en algunas ocasiones tras haber procedido a la detención del conductor del vehículo, al objeto de esclarecer los hechos, las diligencias que deben constar en el conjunto del atestado son las siguientes: • Acta de registro y ocupación del vehículo. • Diligencia explicativa en que se haga constar que es Schengen. • Diligencia donde se haga constar los datos del vehículo implicado: el Nº de Schengen, órdenes que figuran en el SIS y datos de la denuncia de sustracción o caso similar. • Así como todos aquellos datos de interés que serán aportados por la Sección Schengen mediante escrito correspondiente vía fax. La Sección Schengen solicitará una serie de datos: • Marca del vehículo, número de bastidor, número de matrícula, y color. • Filiación de ocupantes. • Circunstancias del descubrimiento, a destacar el estado del vehículo y lugar de depósito. Cualquier otro tipo de actuación que pueda dimanar de un señalamiento en la Base de Datos SIS, deberá de ser competencia de la Unidad de CMC Territorial desplegada en esa demarcación.

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