incomSDGpatibGFiJFlidades 1984
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Título del Test:
![]() incomSDGpatibGFiJFlidades 1984 Descripción: Remises juju |



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Según el articulo 12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Publicas, en todo caso, el personal comprendido en el ambito de aplicacién de esa Ley no podré ejercer: La participacion superior al 10 por 100 en el capital de las Empresas o Sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participacion aval del sector publico, cualquiera que sea la configuracién juridica de aquellas. La participacion superior al 3 por 100 en el capital de las Empresas o Sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participacion aval del sector publico, cualquiera que sea la configuracion juridica de aquellas. La participacion superior al 5 por 100 en el capital de las Empresas o Sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participacion aval del sector publico, cualquiera que sea la configuracion juridica de aquellas. La participacion en el capital de las Empresas o Sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participacién aval del sector publico, cualquiera que sea la configuracién juridica de aquellas. Segun el articulo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Publicas, quien acceda por cualquier titulo a un nuevo puesto del sector publico que sea susceptible de compatibilidad previa autorización: Deberan instarla en los treinta primeros dias del plazo de toma de posesión. Deberan instarla en los quince primeros dias del plazo de toma de posesion. Deberan instarla en los veinte primeros dias del plazo de toma de posesión. Deberan instarla en los diez primeros dias del plazo de toma de posesién. De acuerdo con el articulo 4 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Publicas, podra autorizarse la compatibilidad, cumplidas las restantes exigencias de esta Ley, para el desempefio de un puesto de trabajo en la esfera docente como Profesor universitario asociado: En régimen de dedicacion a tiempo completo y con duración indefinida. En régimen de dedicación no superior a la de tiempo parcial y con duración indefinida. En régimen de dedicación a tiempo completo y con duración determinada. En régimen de dedicación no superior a la de tiempo parcial. Segun el articulo 7 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Publicas, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?: Sera requisito para autorizar la compatibilidad de actividades publicas que la cantidad total percibida por ambos puestos o actividades no supere la remuneracion prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el cargo de Jefe de Servicio. Las pagas extraordinarias, asi como las prestaciones de caracter familiar, solo podran percibirse por uno de los puestos, cualquier que sea su naturaleza. Sera requisito para autorizar la compatibilidad de actividades publicas que la cantidad total percibida por ambos puestos o actividades no supere a correspondiente al principal, estimada en régimen de dedicaciéon comun, incrementada en un 35 por 100, para los funcionarios del grupo A o personal del nivel equivalente. Los servicios prestados en el segln puesto o actividad se computaran a efectos de trienios y de derechos pasivos. Según el articulo 19 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Publicas, NO quedan exceptuadas del régimen de incompatibilidades: La participacion del personal docente en exdmenes, pruebas o evaluaciones distintas de las que habitualmente les correspondan, en la forma reglamentariamente establecida. La participacién en Tribunales calificadores de pruebas selectivas para ingreso en las Administraciones Publicas. La producción y creacion literaria, artistica, cientifica y técnica, asi como las publicaciones derivadas de aquellas, que se originen a consecuencia de una relacién de empleo o de prestacion de servicios. La direccion de seminarios o el dictado de cursos o conferencias en Centros oficiales destinados a la (OO formacién de funcionarios o profesorado, cuando no tenga caracter permanente o habitual ni supongan mas de setenta y cinco horas al afio. Según el articulo 6 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones publicas el personal investigadoral servicio de los Organismos Publicos de Investigacion, de las Universidades publicas y de otras entidades de investigacion dependientes de las Administraciones Publicas, podra ser autorizado a prestar servicios en sociedades creadas o participadas por los mismos. Indica quien lo autoriza: Los titulares de cada Administraciénpublicaresponsable de la investigacion. El Ministerio de la Presidencia o los Organos competentes de las Universidades Publicas o de las Administraciones Publicas. La Consejeria de Hacienda y los/as Directores/asde los proyectos de investigacion. El Ministerio de Administraciones Publicas o los Rectores en las Universidades publicas. El articulo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones publicas regula que se entiende por actividad en el sector publico. Indica a efectos de esta Ley que se considerara actividad en el sector publico: La desarrollada por los miembros electos de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Auténomas y de las Corporaciones Locales, por los altos cargos y restante personal de los órganos constitucionales y de todas las Administraciones Publicas, incluida la Administracion de Justicia, y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes de ellas. Unicamentelas realizadasen la administracién de justicia de Galicia. Unicamentela comprendida en las Entidades colaboradoras y las concertadas de la Seguridad Social en la prestacion sanitaria. Unicamente las realizadas en las universidades publicas y centros de investigacion. El articulo 14 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones publicas determina que la resolución motivada reconociendo la compatibilidad o declarando la incompatibilidad, debe emitirse en un plazo de: 15 dias. 3 meses. 2 meses. 30 dias. Segun el articulo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Publicas, quien acceda por cualquier titulo a un nuevo puesto del sector publico que conforme esta Ley resulte incompatible con el que vinieran desempeñando, tendran que optar por uno de ellos: Dentro de los dos primeros dias del plazo de toma de posesién. Dentro de los cinco primeros dias del plazo de toma de posesion. Dentro del plazo de toma de posesion. Dentro de los diez primeros dias de plazo de toma de posesion. Segun el articulo 9 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Publicas, la autorizacién de compatibilidad para un segutn puesto o actividad en el sector publico, requiere: Informe de la correspondiente Junta de Personal. Previo informe favorable del érgano competente de la Comunidad Autónoma o pleno de la Corporacién Local conforme a la adscripcion del segundo puesto. Informe favorable del Consejo Superior de la Funcion Publica. Informe de la Comision de Personal. Segun el articulo 8 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones publicas indica a cuantos consejos de administracién u érganos de gobierno de entidades o empresas publicas o privadas se puede pertenecer por norma general: 3. 5. 4. 2. Indicar que articulo de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones publicas señala que “No podra reconocerse compatibilidad alguna para actividades privadas a quienes se les hubiere autorizado la compatibilidad para un segundo puesto o actividad publicos, siempre que la suma de jornadas de ambos sea igual o superior a la maxima en las Administraciones Publicas”. 21. 31. 19. 13. Según el dispuesto en el articulo 8 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Publicas, el personal incluido en el ámbito de aplicacion de esta Ley que, en representacién del sector publico pertenencia a Consejos de Administracién o 6rganos de gobierno de Entidades o Empresas publicas o privadas, no podra pertenecer: A mas de dos Consejos de Administración o órganos de gobierno de Entidades o Empresas publicas, salvo que excepcionalmente se autorice para supuestos concretos mediante orden del ministerio competente o órgano equivalente de la Comunidad Autónoma. A mas de un Consejo de Administracion o órgano de gobierno de Entidades o Empresas publicas, salvo que excepcionalmente se autorice para supuestos concretos mediante acuerdo del Gobierno, órgano competente de la Comunidad Autonoma o Pleno de la Corporación Local correspondiente. A mas de un Consejo de Administracién o órgano de gobierno de Entidades o Empresas publicas, salvo que excepcionalmente se autorice para supuestos concretos mediante orden del ministerio competente o órgano equivalente de la Comunidad Autónoma. A mas de dos Consejos de Administracion o érganos de gobierno de Entidades o Empresas publicas, salvo que excepcionalmente se autorice para supuestos concretos mediante acuerdo del Gobierno, órgano competente de la Comunidad Autónoma o Pleno de la Corporación Local correspondiente. De acuerdo con el articulo 19 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Publicas, queda exceptuado del régimen de incompatibilidades: El ejercicio del cargo de presidente de Juntas rectoras de Mutualidades de funcionarios cuando su retribucién no supere el 50% de las retribuciones basicas correspondientes. El ejercicio del cargo de presidente de Juntas rectoras de Mutualidades de funcionarios siempre que sea retribuido por arancel. El ejercicio del cargo de presidente de Juntas rectoras de Mutualidades de funcionarios, siempre que no sea retribuido. El ejercicio del cargo de presidente de Juntas rectoras de Mutualidades de funcionarios, en todo caso. El articulo 5 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones publicas sefiala, con caracter excepcional, que el personal incluido en el ambito de aplicacion de esta Ley podra compatibilizar sus actividades con el desempeño de: Funciones como reservistas voluntarios para prestar servicios en las Fuerzas Armadas. Funciones en el Consejo General del Poder Judicial o en los consejos de justicia de las Comunidades Autónomas. Cargos electivos como miembros de las corporaciones locales, salvo que desarrollen en las mismas cargos retribuidos en régimen de dedicacion exclusiva. Servicios en el Tribunal Constitucional o en el Defensor del Pueblo o destinados al Tribunal de Cuentas. Según el articulo 7 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Publicas, sera requisito necesario para autorizar la compatibilidad de actividades publicas: Que el funcionario renuncie al complemento especifico siempre que este supere el 30% del sueldo base. Que la cantidad percibida por ambos puestos no supere la correspondiente a la principal estimada en un 60%. Que la cantidad percibida por ambos puestos no supere la remuneracion prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el cargo de Ministro. Que la cantidad percibida por ambos puestos no supere la remuneracion prevista en los presupuestos Generales del Estado para el cargo de Director General. Según el articulo 2 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones publicas, a que colectivo NO le es de aplicacion dicha ley: Personal al servicio de las Instituciones Internacionales. Personal al servicio de las Corporaciones Locales. Personal civil y militar al Servicio de la Administracion del Estado. Personal al servicio de las administraciones de la Comunidades Auténomas. Señale la respuesta incorrecta. Segun el articulo 2 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Publicas, la presente ley sera de aplicacion a: El personal al servicio de las Corporaciones Locales y de los Organismos de ella dependientes. El personal civil y militar al servicio de la Administracion del Estado y de sus Organismos Publicos. El personal que preste servicios en Empresas en que la participacion del capital, directa o indirectamente, de las Administraciones Publicas sea igual al 50 por 100. El personal al servicio de entidades, corporaciones de derecho publico, fundaciones y consorcios cuyos presupuestos se doten ordinariamente en mas de un 50 por 100 con subvenciones u otros ingresos procedentes de las Administraciones Publicas. Segun el articulo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones publicas en relacién con las remuneraciones, sefiale |a respuesta correcta: Esta ley no regula la percepcion de remuneraciones. Se pueden percibir remuneraciones hasta un limite de 3.000 euros mensuales. No se podra percibir mas de una remuneracion con cargo a los presupuestos de las Administraciones Publicas y de los Entes, Organismos y Empresas que dependan de ellos, o con cargo a los de los drganos constitucionales, salvo en los supuestos previstos en esta ley. Se pueden percibir cuantas remuneraciones sean precisas, sin limitacién alguna. |




