Informe Pericial y Dictamen (1-4)
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Título del Test:
![]() Informe Pericial y Dictamen (1-4) Descripción: Máster Psicología Forense |



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Según la introducción del texto, ¿cuál es la finalidad principal del informe pericial psicológico como instrumento técnico-científico?. Determinar la culpabilidad o inocencia del acusado basándose exclusivamente en pruebas psicométricas. Auxiliar a los agentes implicados proporcionando una base objetiva y fundamentada para que el juez forme su convicción y adopte una decisión justa. Sustituir el criterio del juzgador en aquellos aspectos relacionados con la conducta humana y los procesos mentales. En el ámbito del Derecho de Familia, ¿qué establece el artículo 92 del Código Civil respecto a la intervención pericial en procesos de separación y divorcio?. Faculta al Juez para recabar dictamen de especialistas cualificados para asegurar el interés superior del menor antes de decidir sobre custodia y patria potestad. Obliga a que los padres presenten un informe pericial de parte antes de iniciar cualquier trámite de divorcio contencioso. Prohíbe la intervención de peritos psicológicos para evitar la revictimización de los menores durante el proceso judicial. En relación con las medidas de apoyo a personas con discapacidad, ¿qué papel otorga el artículo 759 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) al dictamen pericial?. Lo considera una prueba útil pero opcional, dependiendo de si las partes lo solicitan. Lo establece como un requisito procedimental preceptivo; no se puede decidir sobre las medidas sin previo dictamen pericial. Permite que el dictamen sea sustituido por una entrevista personal del Juez con la persona interesada si la discapacidad es evidente. Según el artículo 340 de la LEC, ¿qué requisito fundamental deben cumplir los peritos para garantizar su idoneidad?. Deben poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen. Deben tener una experiencia mínima de 10 años en el ejercicio libre de la profesión. Deben estar inscritos obligatoriamente en el turno de oficio del juzgado correspondiente. En el marco del Código Penal (CP), ¿qué función cumple el informe pericial en relación con el artículo 20.1º sobre causas de exención de la responsabilidad?. Evaluar exclusivamente si el sujeto padecía una grave adicción a sustancias en el momento del delito. Acreditar la existencia de una anomalía psíquica y establecer el nexo causal entre esta y la anulación de las capacidades cognitivas y volitivas del sujeto. Determinar si el sujeto actuó bajo un estado pasional como arrebato u obcecación para atenuar la pena. Respecto a la designación de peritos en el proceso penal, ¿qué establece la "regla de los dos peritos" según el artículo 459 de la LECrim?. Que todo reconocimiento pericial debe realizarse por dos peritos como regla general, salvo urgencia justificada. Que siempre debe haber un perito titular y un perito no titular para contrastar la teoría con la práctica. Que es obligatorio que intervenga un perito designado por el juez y otro designado por la defensa. ¿Cuál es la diferencia procesal clave entre la "recusación" y la "tacha" de peritos según la normativa expuesta?. La recusación se aplica a los peritos de parte, mientras que la tacha se aplica a los peritos judiciales. La recusación busca apartar a un perito judicial por falta de objetividad, mientras que la tacha cuestiona la imparcialidad de los peritos designados por las partes. La recusación implica sanciones penales, mientras que la tacha solo implica sanciones administrativas. ¿Qué efecto tiene la "tacha" de un perito de parte sobre el proceso judicial según el artículo 344 de la LEC?. Provoca la exclusión inmediata del perito y la invalidez de su informe en el proceso. No excluye al perito, pero el tribunal tendrá en cuenta la tacha al dictar sentencia valorando el dictamen según las reglas de la sana crítica. Obliga al perito a someterse a una evaluación por parte del Colegio Oficial de Psicólogos antes de ratificar. En cuanto a la responsabilidad penal, ¿qué conducta sanciona el artículo 460 del Código Penal (falso testimonio "menos grave")?. Faltar a la verdad maliciosamente en el dictamen pericial. Aceptar sobornos o dádivas para favorecer a una de las partes. Alterar la verdad con reticencias, inexactitudes o silenciando hechos relevantes, sin faltar sustancialmente a la verdad. Dentro de los desafíos prácticos del informe pericial, ¿qué problema se describe como la "Batalla de Peritos"?. La discusión entre el juez y el perito durante la ratificación oral. La presentación de informes con conclusiones opuestas por cada parte, lo que puede generar confusión en el juez y descrédito de la ciencia psicológica. La competencia desleal entre peritos titulares y no titulares por la asignación de casos. En relación con el formato y presentación física del informe pericial, ¿cuál de las siguientes pautas se recomienda expresamente en el documento para su integración en el expediente judicial?. El informe debe presentarse siempre encuadernado en espiral o encanutado para garantizar que no se pierdan hojas. Se recomienda no encuadernar ni encanutar; lo adecuado es presentarlo grapado o en carpeta plástica con pinza lateral, facilitando su unión al expediente cosido. Debe imprimirse obligatoriamente a doble cara para ahorrar papel y reducir el volumen del expediente judicial. Según las pautas de estilo descritas, ¿por qué es crítico utilizar expresiones como "refiere" o "manifiesta" antes de las declaraciones del peritado (ej. "la peritada refiere que fue agredida")?. Porque el perito no puede dar por hecho hechos que no ha presenciado o corroborado con pruebas; hacerlo podría cuestionar su objetividad y convertirlo en blanco de ataques en sala. Porque el Código Civil exige que todas las citas textuales vayan introducidas por un verbo de dicción para diferenciar el lenguaje técnico del coloquial. Porque así se evita el uso de comillas, las cuales están desaconsejadas en la redacción de informes técnicos según la norma UNE. ¿Qué establece el artículo 478 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) respecto al contenido del informe pericial?. Que debe constar únicamente de las conclusiones finales, dado que el juez rara vez lee el cuerpo del informe. Que comprenderá, si fuere posible: descripción de la persona/cosa, relación detallada de operaciones practicadas y sus resultados, y las conclusiones formuladas conforme a su ciencia. Que el informe debe estructurarse obligatoriamente siguiendo los apartados del DSM-5 o CIE-11, independientemente del objeto de la pericia. Dentro de la estructura del informe, ¿qué función cumple la "cláusula de salvaguarda" que suele incluirse en la portada o antes de la firma?. Proteger al perito de posibles demandas por difamación si el resultado no es favorable al cliente. Recoger la promesa del perito de decir verdad y actuar con la mayor objetividad posible (Art. 335.2 LEC), reconociendo conocer las sanciones penales por incumplimiento. Indicar que el informe es propiedad intelectual del perito y no puede ser reproducido sin su consentimiento. En el apartado de "Conclusiones", ¿cómo se define una conclusión de tipo "categórica"?. Aquella donde existe posibilidad de certeza, pero no un alto grado de probabilidad. Aquella basada únicamente en la entrevista clínica sin apoyo de pruebas psicométricas. Aquella que es indubitada, clara y con un nivel de certeza completo. ¿Cuál es la recomendación respecto al "Índice" en el informe pericial?. Es obligatorio en todos los informes, independientemente de su extensión, por exigencia de la LEC. Es opcional, pero muy recomendable en informes extensos para facilitar al juez la localización de conclusiones y apartados clave sin tener que leer todo el documento. Debe colocarse siempre al final del documento, justo antes de los anexos, para no distraer de la lectura de la portada. Durante la "Fase 1: Preparación" de la elaboración del informe, ¿qué acción es fundamental que realice el perito antes de iniciar la evaluación?. Redactar las conclusiones preliminares basándose en la demanda del abogado para ganar tiempo. Realizar un estudio documental del expediente y planificar la pericia (pruebas a realizar, personas a entrevistar, cronograma) preferiblemente por escrito. Enviar el informe borrador al juez para confirmar si el enfoque es el correcto. En cuanto al estilo de redacción, ¿cuál de las siguientes opciones se presenta como la más adecuada y profesional?. Uso de la primera persona del singular y lenguaje coloquial para parecer más cercano (ej: "Le pregunté y me dijo que..."). Uso de formas impersonales o tercera persona, con lenguaje claro, sencillo y sin abuso de tecnicismos (ej: "El peritado refiere..."). Uso extensivo de jerga técnica y latinismos para demostrar la erudición y especialización del perito ante el tribunal. ¿Qué consecuencia tiene la ausencia de firma en el informe pericial según el material de estudio?. Se considera un defecto de forma subsanable verbalmente el día del juicio sin mayores consecuencias. Inhabilita el informe como prueba pericial, impide la autentificación del profesional y facilita su impugnación por la parte contraria. Reduce los honorarios que el perito puede percibir, pero mantiene la validez probatoria del documento. ¿Qué se recomienda hacer en la "Fase 6: Impresión y Firma" antes de proceder a la firma definitiva del informe?. Enviar el informe por mail a la parte solicitante para comprobar que no existen errores en fechas o nombres (sin alterar conclusiones técnicas). Encuadernar el informe con tapa dura para darle mayor presencia ante el tribunal. Leer el informe en voz alta ante el peritado para asegurar su conformidad con los resultados. ¿Cuál es la diferencia fundamental que distingue a un Informe Pericial Psicológico de un Informe Clínico?. El informe pericial busca el diagnóstico para pautar un tratamiento, mientras que el clínico busca evaluar la responsabilidad criminal. El informe clínico está sujeto al secreto profesional absoluto, mientras que el pericial tiene como destinatario final a un operador jurídico y su finalidad es probatoria, no terapéutica. No existen diferencias sustanciales; ambos utilizan los mismos tests y tienen la misma estructura, variando solo el encabezado. Atendiendo a su origen o designación (según la LEC), ¿cómo se clasifican los dos grandes tipos de informes periciales que llegan al proceso?. Informes de oficio (designación judicial) e Informes de parte (aportados por los litigantes). Informes públicos (del Instituto de Medicina Legal) e Informes privados (de clínicas particulares). Informes vinculantes (que el juez debe obedecer) e Informes consultivos (que el juez puede ignorar). ¿En qué consiste el "Contrainforme" o también llamado “Meta-pericia”?. Es un informe donde se evalúa nuevamente a la persona para demostrar que el perito anterior se equivocó en el diagnóstico. Es un análisis técnico-metodológico de un informe pericial previo, realizado sin evaluar a la persona, para valorar si cumple con los criterios de rigor científico y praxis (lex artis). Es el documento que redacta el juez para contradecir las conclusiones del psicólogo forense en la sentencia. Cuando un informe pericial se realiza exclusivamente en base a documentación (sin entrevistar a la persona), ¿de qué tipo de informe estamos hablando?. Informe Pericial Documental o Análisis de Expediente. Informe Clínico Preliminar. Este tipo de práctica está prohibida y no se considera un informe pericial válido. En el contexto de un Informe de Parte, ¿qué riesgo específico debe gestionar el perito para que su dictamen sea "inexpugnable"?. El riesgo de "sesgo de parte" o parcialidad, debiendo mantener la objetividad pese a ser contratado por una de las partes litigantes. El riesgo de no cobrar sus honorarios si el resultado no es favorable. El riesgo de que el juez no acepte informes que no provengan de funcionarios públicos. ¿Qué caracteriza al "Informe Pericial Psicológico de Idoneidad Parental"?. Se centra exclusivamente en detectar psicopatologías graves en los padres. Evalúa la capacidad de los progenitores para atender las necesidades de los menores y el ajuste entre ambos, buscando el interés superior del menor. Es un tipo de informe penal para determinar si los padres han cometido un delito de abandono. Según la finalidad probatoria, ¿qué diferencia un informe pericial sobre "Imputabilidad" de uno sobre "Credibilidad del Testimonio"?. El de imputabilidad analiza el estado mental de la persona al momento del hecho delictivo; el de credibilidad analiza la validez de la declaración de una víctima. El de imputabilidad se usa en el ámbito civil; el de credibilidad en el ámbito laboral. El de imputabilidad lo hacen psiquiatras y el de credibilidad lo hacen psicólogos exclusivamente. ¿Qué se puede entender como un "Dictamen Pericial Conjunto"?. Cuando el perito de parte y el perito judicial acuerdan redactar un único informe consensuado para facilitar la labor del juez. Cuando el juez obliga a dos peritos de opiniones opuestas a debatir en una sala cerrada hasta llegar a un acuerdo. Un informe firmado por el psicólogo y el abogado defensor conjuntamente. Para que un informe sea considerado "Inexpugnable" o difícil de atacar en sala, ¿qué cualidad metodológica es esencial?. Que sea lo más extenso posible, superando las 100 páginas. Que exista una clara trazabilidad entre los datos obtenidos y las conclusiones forenses. Que utilice un lenguaje técnico y complejo para demostrar la autoridad científica del perito. ¿En qué momento procesal el "Informe Oral" cobra protagonismo sobre el "Informe Escrito"?. Nunca, el escrito siempre prevalece sobre lo dicho. En el momento de la Ratificación en Juicio Oral, donde el perito defiende, aclara y amplia su dictamen sometiéndose a contradicción. En la fase de instrucción, cuando el perito llama al juez por teléfono para adelantarle los resultados. En el estudio de caso sobre Imputabilidad, ¿cuál es el objeto principal de la pericia psicológica?. Determinar si el acusado requiere internamiento psiquiátrico inmediato por su peligrosidad social. Evaluar la relación entre la psicopatología y las capacidades cognitivas y volitivas en el momento de los hechos. Diagnosticar para solicitar una pensión de incapacidad laboral permanente. Según lo estudiado en el caso que vincula el TDHA y la comisión de delitos, de forma general, ¿de qué modo afecta este trastorno a las facultades: cognitiva y volitiva, y se vincula con la comisión de delitos?. Anula completamente la capacidad cognitiva, impidiendo comprender la ilicitud del hecho. No afecta en absoluto a estas capacidades, ya que el TDAH es un trastorno infantil que desaparece en la edad adulta. Mantiene intacta su capacidad cognitiva pero afecta a la esfera volitiva. En el caso de una víctima de violencia de género, ¿qué concepto clave se introduce en la "Discusión Forense" para explicar las conductas defensivas de la mujer frente al maltrato?. El Síndrome de Estocolmo, que justifica la agresión mutua. La "Resistencia Violenta", entendida como una reacción defensiva ante una dinámica de violencia coactiva de control por parte del agresor. El Trastorno Límite de la Personalidad, que explica su inestabilidad emocional. ¿Qué conclusión forense crees que se podría extraer sobre la relación entre el TEPT (Trastorno de Estrés Postraumático) y las Capacidades Parentales en un caso de existir una madre víctima de violencia de género?. El diagnóstico de TEPT inhabilita automáticamente a la madre para ejercer la guarda y custodia debido a su inestabilidad. Es necesario evaluar si la sintomatología interfiere en la crianza, pero el TEPT per se no anula la competencia parental, debiendo contextualizarse como daño derivado de la violencia. Se concluye que la madre no tiene capacidades parentales porque transmite el trauma a la hija mediante el apego desorganizado. ¿Qué factor “incrementa la merma en la esfera volitiva" junto con una patología que ya lo haga per se?. Una estructura de personalidad antisocial y con rasgos esquizoides. Una discapacidad intelectual leve. La falta de apoyo familiar durante la infancia. ¿Cuál es la diferencia fundamental en el objetivo o enfoque entre el informe de imputabilidad y el de capacidades parentales?. El de imputabilidad se centra en el "nexo causal" entre trastorno y delito; el de parentales se centra en el "interés superior del menor" y la habilidad de cuidado. El de imputabilidad solo se centra en la persona evaluada; el de competencias parentales sólo se centra en el entorno familiar. No hay diferencia, ambos buscan determinar la credibilidad del testimonio del sujeto. En la discusión forense de un caso de violencia de género, ¿cómo se describiría el tipo de violencia sufrida por la peritada?. Violencia situacional o episódica, derivada de conflictos puntuales de pareja. Violencia coactiva controladora, caracterizada por un patrón de humillación, amenazas, control y aislamiento durante años. Violencia filio-parental ascendente. Si en un caso de la jurisdicción penal, la persona evaluada presenta diagnóstico de TDAH y, posterior a haber realizado las conclusiones a la pericia psicología, se tiene información que queda demostrado el consumo de alcohol de alta graduación durante los hechos, ¿variaría tus conclusiones?. No variaría, el alcohol es irrelevante si ya existe un TDAH. Si variaría, la afectación volitiva sería plena y la cognitiva podría verse parcialmente afectada. Sí variaría, se aludiría a considerar un agravante por actuar bajo los efectos de sustancias. Si tuvieses que hacer una recomendación terapéutica para una victimaria con diagnóstico de TDAH y que consume sustancias ¿a qué aludirías?. Únicamente ingreso en prisión sin tratamiento, dado que el TDAH no requiere ni afecta a la resocialización. Tratamiento farmacológico exclusivo sin intervención psicológica. Asistencia clínico-sanitaria integral, tratamiento para el TDAH y para el posible trastorno por consumo de sustancias. En el informe pericial de la víctima de violencia, ¿cuál es la función del diagnóstico de TEPT en el contexto legal?. Servir exclusivamente para tramitar una baja laboral. Acreditar la existencia de "huella psíquica" o daño moral y establecer el nexo causal con la violencia vivida. Demostrar que la víctima tenía una predisposición previa a sufrir estrés. |




