option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Infracciones taxi sevilla

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Infracciones taxi sevilla

Descripción:
taxi sevilla2024

Autor:
macarena000
OTROS TESTS DEL AUTOR

Fecha de Creación: 24/06/2024

Categoría: Otros

Número Preguntas: 31
COMPARTE EL TEST
ComentarNuevo Comentario
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
La realización de servicios de transporte o de actividades auxiliares o complementarias de los mismos careciendo, por cualquier causa, de la preceptiva licencia, autorización de transporte interurbanos, o certificado de aptitud para la actividad de conductor de taxi. se asimila a la carencia de titulo la situación de falta de visado de la licencia. esto se considera una infracción: grave muy grave leve.
Llevar en un lugar visible del vehiculo el distintivo correspondiente a un ambito territorial o clase de transporte, para cuya realizacion no se encuentre facultado por el necesario titulo habilitante. Se considera una infracción: grave muy grave leve.
la negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección de los organos competentes que impida el ejercicio de las funciones que legal o reglamentaria tengan atribuidas, se considera una infracción: grave leve muy grave.
La utilización de licencias o autorizaciones expedidas a nombre de otras personas. la responsabilidad de esta infraccion corresponderá tanto a quienes utilicen licencias o autorizaciones ajenas, como a las personas titulares de las mismas, salvo que demuestren que la han utilizado sin su consentimiento. Esto es una infracción: muy grave grave leve.
la no iniciación o abandono del servicio sin causa justificada y sin autorización del organo competente, por plazo superior al establecido en esta ordenanza. grave muy grave leve.
la no suscripcion de los seguros que deben obligatoriamente contratarse con arreglo a la legislación vigente por los importes y coberturas establecidos al efecto. Se considerará como no suscripción la modificación de los seguros disminuyendo las coberturas por debajo de lo legalmente establecido y la no renovación de las polizas vencidas. grave muy grave leve.
La comision de infracciones calificadas como graves, si al cometer la accion u omision ilicita su autor ya hubiera sido sancionado en los 12 meses inmediatamente anteriores, mediante resolucion firma via administrativa, por haber cometido una infracción identica tipificada. Esto es una infraccion: grave muy grave leve.
la prestacion de servicios con vehiculos distintos a los adscritos a las licencia o autorizaciones, salvo que pudiera tener la consideración de falta muy grave, conforme al articulo anterior. esto es una infracción: grave leve muy grave.
el incumplimiento de las condiciones esenciales de la licencia o autorización, cuando no se encuentre expresamente tipificado en otro apartado del presente articulo ni deba calificarse como infracción muy grave: grave leve muy grave.
el incumplimiento del regimen tarifario. A estos efectos se considera como tal, no facilitar a la persona usuaria el recibo correspondiente del servicio realizado en los terminos previstos. Esto es una infracción: grave leve muy grave.
la falta, manipulación o funcionamiento inadecuado imputable a la persona titular o sus asalariadas, de los instrumentos que obligatoriamente hayan de instalarse en el mismo para el control de las condiciones de prestación de servicio y, especialmente del taximetro y elementos automaticos de control. grave leve muy grave.
no atender la solicitud de una persona usuaria estando de servicio, o abandonar un servicio antes de su finalización, en ambos casos sin causa justificada. grave leve muy grave.
la carencia, falseamiento, falta de diligenciado o falta de datos esenciales de la documentación de control cuya cumplimentación resulte, en su caso, obligatoria: grave muy grave leve.
carecer del perceptivo documento en el que deben formularse las reclamaciones de las personas usuarias, o negar u obstaculizar su disposición al público, asi como la ocultación o demora injustificada de la puesta en conocimiento de la Administración de las reclamaciones o quejas consignadas en aquel: grave leve muy grave.
la negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección cuando no se den las circunstancias previstas para su consideración como infraccion muy grave: grave muy grave leve.
el incumplimiento de los servicios obligatorios que, en su caso, se establezcan: grave leve muy grave.
el incumplimiento del regimen de descansos establecidos, en su caso, por la Administracion o ente competente en las Areas territoriales de prestación conjunta, de conformidad con la presente ordenanza: leve grave muy grave.
la comision de infracciones calificadas como leves, si al cometer la acción u omisión ilícita su autor ya hubiera sido sancionado en los 12 meses inmediatamente anteriores, mediante resolución firma en vía administrativa, por haber cometido una infracción de idéntica tipificación. grave leve muy grave.
la realizacion de servicios careciendo de la previa autorización administrativa, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para el otorgamiento de dicha autorización, la cual hubiera podido ser obtenida por la persona infractora: leve grave muy grave.
realizar servicios sin llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar los mismos, o que resulte exigible para la correcta acreditación de la clase de transporte que se esta realizando: leve grave muy grave.
no llevar en lugar visible del vehículo los distintivos exigidos con arreglo a la presente ordenanza o llevarlos en condiciones que dificulten su percepción, asi como la utilización inadecuada de los referidos distintivo, salvo que esta deba ser calificada como infracción muy grave: grave leve muy grave.
transportar mayor numero de viajeros del autorizado para el vehículo: leve grave muy grave.
carecer de los perceptivos cuadros de tarifas y otros de obligada exhibición para conocimiento del público. Esto incluye ubicar dichos cuadros en lugares inadecuados y cualquier otra circunstancia relativa a su tamaño, legibilidad, redacción u otras que impidan u ocasionen dificultades en el conocimiento por el publico de su contenido. leve grave muy grave.
incumplir las normas generales de policía en instalaciones fijas y vehículos, salvo que dicho incumplimiento deba ser calificado como infracción grave o muy grave: leve grave muy grave.
el trato desconsiderado con las personas usuarias. Esta infracción se sancionará teniendo en cuenta los supuestos que al respecto contemple la normativa vigente sobre defensa y protección de las personas consumidoras y usuarias: leve grave muy grave.
no proporcionar a la persona usuaria cambio de moneda metálica o billetes hasta la cantidad establecidas. leve grave muy grave.
el incumplimiento por las personas usuarias de las obligaciones que les correspondan, salvo la normativa en la que contengan dichas reglas considere expresamente su incumplimiento como infracción grave o muy grave: leve grave muy grave.
La no comunicación del cambio de domicilio de las personas que posean licencias, asi como de cualquier otro dato o circunstancia que deba figurar en el Regimen Municipal de Licencias que regula esta ordenanza o que exista obligación, por otra causa, de poner en conocimiento de la Administración: grave leve muy grave.
las infracciones leves se sancionarán con: apercibimiento o multa de hasta 270€. apercibimiento o multa de hasta 270€, o ambas medidas. ninguna es correcta.
Las infracciones graves se sancionarán con: multa de hasta 270 € multa de 270,01€ hasta 1380€. Ninguna es correcta.
las infracciones muy graves se sancionarán con: multa de 1380,01€ hasta 2760€ cualquier multa que considere la administración ninguna es correcta.
Denunciar Test