Ins tituto de Se guridad Pública (I.Se.P.)
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Título del Test:
![]() Ins tituto de Se guridad Pública (I.Se.P.) Descripción: no hacer |



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¿Cuándo se creó el Instituto de Seguridad Pública (I.Se.P.) en la provincia de Santa Fe?. Mediante el Decreto 688/15. Mediante el Decreto 12.333/2004. Mediante la Ley 12.521. ¿A qué órbita ministerial pertenece el I.Se.P.?. Ministerio de Educación. Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto. Ministerio de Seguridad. ¿Qué organismos reemplaza el I.Se.P. según el Decreto 12.333/2004?. La Dirección General de Personal y las escuelas de policía actuales. La Dirección General de Institutos Policiales y las escuelas de policía actuales. La Dirección General de Seguridad y las academias policiales. ¿Cuál es uno de los objetivos principales del I.Se.P.?. Formar únicamente personal administrativo. Formar recursos humanos en el área de seguridad con especialización en seguridad pública. Capacitar exclusivamente a personal de otras provincias. ¿Qué tipo de carreras se crean en el ámbito del I.Se.P. según el Decreto 12.333/2004?. Carreras de grado universitario y posgrado. Carreras de nivel terciario. Cursos de capacitación vocacional únicamente. ¿Qué significa el concepto de 'autarquía' aplicado al I.Se.P.?. Dependencia total del Ministerio de Gobierno. Independencia y autosuficiencia en términos políticos y socioeconómicos. Organismo centralizado sin personalidad jurídica propia. ¿Qué escuelas se crearon en el ámbito de la provincia según el Decreto 688/15?. Escuela de Medicina Forense, Escuela de Bomberos y Escuela de Policía. Escuela Superior de Seguridad Pública, Escuela de Especialidades en Seguridad, Escuela de Policía y Escuela de Investigaciones. Escuela de Investigación Criminal, Escuela de Pericias y Escuela de Suboficiales. ¿Cuál es la misión principal de la Escuela Superior de Seguridad Pública?. Formar personal de suboficiales y oficiales. Capacitar al personal de jerarquías superiores para comandar la Policía. Brindar cursos de especialización en criminalística. ¿A qué jerarquías policiales apunta la Escuela de Especialidades en Seguridad?. Subcomisario, Comisario y superiores. Suboficial de Policía, Oficial de Policía, Subinspector e Inspector. Director de Policía y Subdirector de Policía. ¿Bajo qué principio constitucional se rigen los ascensos del personal policial?. Principio de antigüedad. Principio de idoneidad. Principio de especialización. ¿Quiénes proponen los ascensos del personal policial según la L.P.P. 12.521?. El Director General de la Policía. El Poder Ejecutivo, por decreto. Los propios interesados mediante solicitud formal. ¿Cómo se producirán los ascensos ordinarios del personal policial?. Por antigüedad únicamente. Por sistema de concursos. Por evaluación directa del Ministro de Seguridad. ¿Qué tipo de concursos se llaman anualmente para cubrir vacantes por grado?. Concursos de antecedentes y oposición. Concursos de mérito y antigüedad. Concursos de aptitud física solamente. ¿Qué regula el Decreto N° 1166/2018 en relación a los ascensos?. Exclusivamente los ascensos ordinarios. Los ascensos extraordinarios y post mortem. Los procedimientos de evaluación de desempeño. ¿Qué condición principal debe motivar un ascenso extraordinario?. Cumplir años de servicio en la fuerza. Un acto de arrojo con grave y real riesgo sufrido en cumplimiento de funciones. Obtener la máxima calificación en cursos de capacitación. ¿Los ascensos extraordinarios están sujetos a los mismos requisitos generales que los ascensos ordinarios?. Sí, sin excepción. No, no estarán sujetos a los requisitos generales ni a causales de inhabilitación. Solo en casos de extrema gravedad. ¿Quién es el encargado de dictar las resoluciones llamando a concursos de ascenso anualmente?. El Director General del I.Se.P. El Ministro de Seguridad. El Poder Ejecutivo. ¿Cuál es uno de los requisitos para participar en los concursos de ascenso según el Artículo 75?. Tener una antigüedad mínima de 10 años en la fuerza. Haber cumplimentado satisfactoriamente los exámenes de aptitud psicofísica. No haber recibido ninguna sanción disciplinaria en los últimos 5 años. ¿Qué sucede si el personal policial no concursa o no logra ascender estando en condiciones?. Pierde el derecho a participar en futuros concursos. Podrá participar en posteriores concursos de ascenso si cumple las condiciones. Será dado de baja de la fuerza policial. ¿Cuál es una causal de inhabilitación para concursar, según el Artículo 78, inciso c)?. Estar bajo sumario judicial con auto de procesamiento (audiencia imputativa). Haber sido sancionado con apercibimiento. No haber aprobado un curso de capacitación. |





