INSPECTOR A SUBCOMISARIO 2023
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Título del Test:![]() INSPECTOR A SUBCOMISARIO 2023 Descripción: ACTUALIZACION LEGAL Y INT. SEGURIDAD PUBLICA |




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Es autor inmediato o directo cuando pese a tener el dominio del hecho, no ejecuta directa y personalmente la acción para cometer el delito. V. F. Es autor mediato o indirecto cuando el autor es el único que ejecuta la acción directamente y por sí mismo, teniendo el dominio del hecho. V. F. El principio de accesoriedad implica, que la participación es de carácter real y no personal, siendo la responsabilidad del partícipe dependiente del carácter antijurídico de la acción común. V. F. El principio de accesoriedad implica, que el partícipe no comete delito autónomo ni independiente del que comete el autor. V. F. Cómplice de un delito es aquél que determina a otro a cometer un delito, siendo irrelevante que el individuo al que se instiga sea imputable o no. V. F. El instigador de un delito es aquél que colabora o presta ayuda culposamente al autor o autores a cometer el hecho punible sin tener dominio del mismo. V. F. Instigador de un delito es aquél que colabora o presta ayuda dolosamente al autor o autores a cometer el hecho punible sin tener dominio del mismo. V. F. La tentativa constituye una figura delictiva autónoma, ya que ella está referida siempre a un determinado delito. V. F. El delito imposible se configura cuando los medios usados y el objeto sobre el cual recae la acción, resultan idóneos para consumarlo. V. F. El delito imposible se configura cuando los medios usados y el objeto sobre el cual recae la acción, resultan no idóneos para consumarlo. V. F. El aborto es punible aún cuando se consuma con consentimiento de la persona festante hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional. V. F. El aborto no es punible cuando se consuma con consentimiento de la persona festante hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional. V. F. Rapto se configura al hacer nacer en la persona la idea de corromperse o prostituirse. V. F. Corrupción y prostitución se configura cuando se lleva adelante sin el consentimiento de la mujer, empleándose fuerza, intimidación o fraude. V. F. La privación ilegítima de la libertad simple, se configura en su elemento objetivo, siendo la acción consistente en privar ilegalmente de la libertad personal a otra persona, siendo un delito que admite el obrar culposo. V. F. La privación de la libertad debe ser ilegal, es decir, que el actor tenga derecho a privar de la libertad. V. F. La privación de la libertad debe ser ilegal, es decir, que el actor no tenga derecho a privar de la libertad. V. F. Nos encontramos frente a apremios ilegales cuando el actor maltrata, molesta, perjudica y hace padecer a su víctima, atentando contra su libertad. V. F. Nos encontramos frente a vejaciones cuando el actor maltrata, molesta, perjudica y hace padecer a su víctima, atentando contra su dignidad. V. F. La tenencia de armas admite la figura culposa y de peligro concreto. V. F. . La tenencia de armas es una figura dolosa y de peligro abstracto. V. F. La falsedad ideológica admite una sola forma de comisión, hacer insertar en el documento hechos falsos. V. F. La falsedad ideológica admite dos formas de comisión, insertar o hacer insertar en el documento hechos falsos. V. F. El robo en despoblado, es cometido en un lugar cercano de los grupos de población o centros urbanos. V. F. El robo en despoblado, es cometido en un lugar alejado de los grupos de población o centros urbanos. V. F. . La violación de domicilio consiste en ingresar en un domicilio ajeno contando con la voluntad expresa de quién tiene derecho a excluirlo. V. F. La violación de domicilio consiste en ingresar en un domicilio ajeno contra la voluntad expresa o presunta de quién tiene derecho a excluirlo. V. F. El abigeato se agrava por la participación en el hecho, de 7 o más personas. V. F. En la estafa puede no existir el perjuicio patrimonial efectivo. V. F. Las causas de justificación no son permisos para cometer determinadas acciones típicas. V. F. Los elementos del delito son la acción, la antijuridicidad, la tipicidad, la autoría y participación y la culpabilidad. V. F. Los elementos del delito son la tipicidad, la acción, la culpabilidad, consumados y tentativa y la antijuridicidad. V. F. El grooming consiste en contactar a un menor sin un fin específico, siendo el obrar del actor culposo o doloso, produciendo un daño en la integridad. V. F. Cuando el autor se vale de un medio como la amenaza de imputaciones contra el honor o amenaza de revelar secretos, para obligar a la víctima a realizar ciertos actos como por ejemplo entregar, enviar cosas, dinero documentos, etc, nos encontramos frente a un chantaje. V. F. La acción de sustracción de cadáver para hacerse pagar su devolución, se consuma con la sola acción de sustraer, sin necesidad de que exista otro propósito. V. F. El elemento subjetivo de la falsa denuncia es el obrar culposo y doloso. V. F. El elemento subjetivo de la falsa denuncia es el obrar culposo. V. F. El elemento subjetivo del falso testimonio es el obrar culposo y doloso. V. F. El elemento subjetivo del falso testimonio es el obrar culposo. V. F. El elemento subjetivo del falso testimonio es el obrar doloso. V. F. Política es el arte de gobernar y dar leyes y reglamentos para mantener la tranquilidad y seguridad públicas y conservar el orden y buenas costumbres. V. F. La Agenda Pública: se considera como una etapa del proceso más amplio de elaboración de políticas. V. F. Mediante la Ley 12333 se creó el Instituto de Seguridad Pública I.Se.P. V. F. En qué dependencia policial se analizan parámetros, índices e información que permiten identificar las zonas de riesgo de recurrencia delictiva. La Dirección General Central “OJO. División Operaciones Policiales. División Informática del D-3. Orden Público es uno de medios por los que se conduce al bienestar general o bien común, siendo sus objetivos garantismo de la seguridad, educación, salubridad, moralidad y bienestar. V. F. La función de la Policía es garantizar el mantenimiento del orden público y la paz social, actuar como auxiliar de la justicia y ejercer las funciones que las leyes, decretos y reglamentos establecen para resguardar la vida, los bienes y otros derechos de la población. V. F. Seguridad Pública: condición socio-institucional que objetiva y subjetivamente (percepción) puede calificarse como óptima para el libre ejercicio de los derechos individuales y colectivos. V. F. . Identifique los Niveles de Seguridad de modo genérico. Nacional, Provincial y Municipal. Ministerial, Policial, Privada. Provincial, Municipal y Privada. Según la Ley de Ministerios Nro. 13509/15 en su Art. 11: El Gobernador será asistido en sus funciones por los Ministros; individualmente de acuerdo a incumbencia e idoneidad en la materia, conformando de manera conjunta las Subsecretarías y los miembros del Ministerio de Seguridad. V. F. La Organización de la Estrategia Provincial del Estado fue establecida bajo el Decreto 146/23. V. F. Jefe: es ante todo un guía para el grupo que necesita inevitablemente su grado jerárquico para conducir. V. F. . La L.P.P. 12521/06 reemplazó a la Ley 6769/72. V. F. La Dirección General Central “Ojo” (D. G. Ce. “OJO”) cuenta con dos grandes áreas constitutivas para su funcionamiento y organización: La Central de la Atención a la Emergencia - CAE 911 - y la Central de Información Criminal Operativa - CICO -. V. F. La Seguridad. Concepto. Es un estado de ánimo, una sensación, un término abstracto, es un objetivo. Un fin no un medio y es una necesidad primaria. V. F. Seguridad privada: sus integrantes tienen estado policial pero no autoridad policial, es un particular que en caso necesario debe solicitar el auxilio de la fuerza pública. V. F. La seguridad pública es facultad exclusiva del estado. V. F. Las fuerzas de Seguridad Nacionales - en el contexto del Estado Federal - colaboran según su incumbencia con la Seguridad Pública. V. F. Los tres niveles de Seguridad: Municipal, Provincial y Nacional, serán funcionalmente independientes y sin tener interacción en nuestra provincia en la actualidad. V. F. Seguridad Nacional: servicio público bajo responsabilidad del estado nacional, con la finalidad y posibilidad de enfrentar las amenazas y agresiones de origen externo e interno. V. F. La mutua confianza entre jefe y subordinados es la base más segura de disciplina, sobre todo en caso de peligro o dificultades. V. F. Mando es la acción que ejerce el jefe sobre sus subordinados, con el objeto de dirigirlos, persuadirlos e influir sobre ellos a fin de obtener su voluntaria obediencia, confianza, respeto y leal y activa cooperación. V. F. Podemos definir a la seguridad como la protección de todo aquello que reviste valor para una persona, grupo o sociedad. V. F. El órgano encargado de la resolución del Concurso de Ascenso Policial, será el Jurado designado a tal fin en cada agrupamiento. V. F. El ascenso policial al grado inmediato superior está determinado por Decreto del Poder Ejecutivo. V. F. Uno de los objetivos de la seguridad pública es garantizar el orden social. V. F. Podemos definir al estado como: La nación jurídicamente organizada. La provincia organizada. La nación organizada. En qué Escuela se dictan los cursos de perfeccionamiento para el personal de inspectores: Escuela de Especialidades en Seguridad. Escuela Superior de Seguridad Pública. Escuela de Policía. La seguridad ciudadana es aquel estado o condición socio-institucional que objetiva y subjetivamente (percepción) puede calificarse como óptima para el libre ejercicio de los derechos individuales y colectivos. V. F. ¿Cuál es el órgano político que define los lineamientos en materia de Seguridad Pública en la Provincia de Santa Fe?. Ministerio Público Fiscal. Ministerio de Justicia y Seguridad. Comisión de Seguridad de la Cámara de Diputados. Usted piensa que el concepto de “Seguridad Ciudadana” hace referencia a: La institución que brinda seguridad en las ciudades y municipios. La participación y articulación de todos los actores sociales colaborando en la prevención del delito. Acción conjunta de la Seguridad Pública y Privada. ¿Cuál es la principal competencia que distingue al funcionario integrante del sistema de Seguridad Pública del que trabaja en el de Seguridad Privada?. El uso legítimo de la fuerza para reprimir el delito. La protección de espacios públicos. La seguridad privada no es un derecho, es un servicio que se presta por quién está habilitado para ello y tiene como objeto tratar de brindar protección y tranquilidad a las personas que requieran circunstancias especiales de seguridad. V. F. En qué Escuela se dictan los cursos de perfeccionamiento para el personal de comisarios supervisores. Escuela de Especialidades en Seguridad. Escuela Superior de Seguridad Pública. Escuela de Policía. La Seguridad Pública no es una obligación que el Estado de Derecho asume frente a todos los habitantes, a los fines de proteger sus vidas, sus bienes y todos los derechos que a éstos les corresponden. V. F. La Seguridad Pública es una obligación que el Estado de Derecho asume frente a todos los habitantes, a los fines de proteger sus vidas, sus bienes y todos los derechos que a éstos les corresponden. V. F. La Seguridad Pública es facultad exclusiva e indelegable del Estado, por cuanto la misma es uno de los fundamentos de su existencia, y al ser el Estado quien brinda seguridad, lo hace para: Todos los habitantes. Solo los ciudadanos nacionales. Una parte de la población. La seguridad democrática refiere a la situación de bienestar concebida por la acción de desarrollo que promueve el Estado. V. F. El orden público es: Garantía del orden social. Preservación de la existencia de la sociedad. Confianza en satisfacerlas necesidades y lograrlas aspiraciones. Según la Ley 12521, los ascensos del personal policial se regirán por el principio constitucional de idoneidad, anualmente, grado a grado, por decreto del Poder Ejecutivo, por sistema de concursos. V. F. |