Instrumento Valora de la Comunidad Valenciana
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Título del Test:
![]() Instrumento Valora de la Comunidad Valenciana Descripción: Educación Social CV |



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1- Según el Glosario y aclaraciones terminológicas del Valora, la recogida de información llevada a cabo por los y las profesionales y equipos de SPVSS dirigida a confirmar o refutar la sospecha de una posible situación de desprotección. En caso de confirmarse, la investigación deberá valorar la gravedad de la desprotección y si el NNA está corriendo peligro y puede ser necesaria una actuación protectora de urgencia, hace referencia a: a) La investigación. b) La Evaluación. c) El diagnóstico. d) La Valoración. 2- Según el Glosario y aclaraciones terminológicas del Valora, la recogida de información llevada a cabo por los y las profesionales y equipos de SPVSS en casos con indicadores confirmados de desprotección, dirigida a conocer en profundidad la historia previa y situación actual del NNA, su familia y su entorno así como el funcionamiento familiar, para identificar los factores, necesidades o problemas implicados en la génesis o mantenimiento de la desprotección, así como los aspectos positivos o factores protectores en los que podrá apoyarse la intervención. Esto servirá para diseñar un plan de intervención dirigido a corregir la situación de desprotección, hace referencia a: a) La investigación. b) La Evaluación. c) El diagnóstico. d) La Valoración. 3- La definición de “Circunstancias en las que, no habiendo un inadecuado o imposible ejercicio de los deberes de protección, existen déficits leves en el ejercicio del rol parental o circunstancias, carencias o conflictos familiares, sociales o educativos fuera del control de las personas progenitoras, tutoras o guardadoras que están perjudicando o pueden perjudicar el desarrollo del NNA y que pueden requerir una intervención de apoyo o compensadora.”, hace referencia a una situación de: a) Exclusión social. b) Vulnerabilidad. c) Riesgo. d) Desamparo. 4- La definición de “incumplimiento o inadecuado o imposible ejercicio de los deberes de protección por parte de las personas progenitoras, tutoras o guardadoras que supone la no cobertura de las necesidades básicas del NNA, lo que le está provocando o se valora que es probable que le provoque un daño significativo en su salud, bienestar o desarrollo” hace referencia a una situación de: a) Exclusión social. b) Desprotección. c) Riesgo. d) Desamparo. 5- Dentro de la fase de intervención, según el punto 2.2 del Valora, que plazo de tiempo es el recomendado en la fase de investigación cuando hay una situación de desprotección, para una prioridad urgente?. a) Una semana máximo. b) Una semana mínimo. c) Quince días máximo. d) Quince días mínimo. 6- Dentro de la fase del diseño del plan de intervención, según el punto 2.2 del Valora, cual es el tiempo recomendado para el diseño de esta tras el fin de la evaluación?. a) Una semana mínimo. b) Quince días máximo. c) Quince días mínimo. d) Un mes máximo. 7- Según los niveles de prioridad en la investigación, en una situación preferente, la Investigación se llevará a cabo conjuntamente con la Evaluación, completándose en un máximo de: a) Un mes tras la recepción. b) Dos meses tras la recepción. c) Tres meses tras la recepción. d) Seis meses tras la recepción. 8- En referencia a los equipos de intervención en el apartado 3.1.1, el Valora indica que los equipos que llevan a cabo la valoración de la existencia de desprotección y su gravedad deberían ser multidisciplinar y con formación específica en: a) Derechos y protección a la infancia y adolescencia. b) Factores de riesgo y desprotección y desarrollo evolutivo. c) Intervención familiar sistemática. d) Funcionamiento del sistema de protección. 9- En el apartado 3.2 Componentes a tomar en consideración para valorar la gravedad de la desprotección, las situaciones de desprotección se definen como aquellas en las que se dan las siguientes condiciones: a) Ha habido un comportamiento parental inadecuado que supone la falta de cobertura de necesidades básicas (físicas, emocionales, cognitivas, sociales o afectivo-sexuales) del NNA. b) Ha provocado un daño significativo o grave en el NNA, o le ha colocado o le coloca en riesgo grave de Sufrirlo. c) Dicho daño atribuible de forma directa o indirecta al comportamiento parental. d) Todas son correctas. 10- Los componentes a tomar en consideración para valorar la gravedad de la desprotección se clasifican en: a) Evaluación del comportamiento parental y evaluación del daño del niño, niña y el adolescente. b) Conciencia de los progenitores y hoja resumen del Valora. c) Factores de riesgo y factores de protección. d) Evaluación de las competencias parentales y factores de riesgo y de protección. 11- La evaluación del comportamiento parental, se realizará mediante: a) La adecuación del ejercicio del rol parental: Cobertura de las necesidades del niño, niña o adolescente y tipologías de desprotección. b) La Colaboración con la valoración e intervención de los y las profesionales del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales. c) La valoración de las competencias parentales. d) a y b son correctas. 12- Los niveles de conciencia de problema, demanda de ayuda y colaboración con la valoración/intervención de las personas progenitoras, tutoras, guardadoras y con los y las profesionales y el equipo de SPVSS son: a) Apto, suficiente, insuficiente, nulo. b) Apto, suficiente, negligente, nulo. c) Idóneo, suficiente, insuficiente, nulo. d) Apto, suficiente, insuficiente, carencia de conciencia. 13- Cuando las personas progenitoras, guardadoras o tutoras muestran resistencia o dificultad para proporcionar la información que se les solicita en el proceso de valoración, ocultan o no proporcionan alguna información, y muestran resistencia a que los y las profesionales de los SPVSS conozcan al NNA, le evalúen si es preciso, o contacten con otros servicios o personas relacionados con la familia, estamos haciendo referencia a un nivel de de conciencia de problema, demanda de ayuda y colaboración con la valoración / intervención: a) Apto. b) Suficiente. c) Insuficiente. d) Escaso. 14- En referencia al punto 3.2.2, la evaluación del daño en el niño, niña o adolescente, ¿Qué áreas del desarrollo se tienen en cuenta para ver el impacto del comportamiento de las personas progenitoras, tutoras o guardadoras?: a) Área física y psicomotora, área psicológica, área individual, y área social. b) Área educativa, área social, área familiar, área sanitaria. c) Área física y psicomotora, área emocional, área social, área cognitiva, área afectivo-sexual. d) Área escolar, área física y área emocional. 15- A la hora de valorar el daño en el NNA se considerarán dos parámetros, que se combinarán entre sí de la siguiente forma: a) Daño real y daño significativo por un lado, y daño potencial y daño grave por otro. b) Daño real y potencial por un lado, y daño significativo y grave por otro. c) Daño real por un lado, y daño significativo por otro. d) Daño potencial, daño real y daño observable. 16- Cuando el comportamiento de las personas progenitoras, tutoras o guardadoras ha colocado al NNA en una situación de riesgo evidente de sufrir un daño, aunque este no se haya producido, estamos hablando de: a) Un daño real. b) Un daño potencial. c) Un daño significativo. d) Un daño grave. 17- Cuando un NNA presenta lesiones físicas o una afectación relevante que compromete su salud o desarrollo físico actual o futuro, aunque no requiere atención médica urgente u hospitalización y su vida no corre peligro, se considera un daño: a) Potencial. b) Observable. c) Significativo. d) Grave. 18- Cuando el daño experimentado por un NNA como consecuencia del comportamiento de las personas progenitoras, tutoras o guardadora, dentro de las áreas emocionales, sociales, cognitivas y afectivo-sexual, cuenta con un trastorno psicopatológico diagnosticado, se considera un: a) Potencial. b) Observable. c) Significativo. d) Grave. 19- Según el punto 4.3, Criterios para la propuesta de medida de protección, será pertinete proponer para la Declaración de desamparo de un NNA cuando quede justificada la existencia de las siguientes circunstancias : a) Se prevé una evolución negativa en la situación del NNA si se mantiene en su entorno familiar en las condiciones existentes. b) La medida de protección puede llevarse a cabo en condiciones tales que sus posibles riesgos o perjuicios sobre el NNA sean minimizados o controlados, y sus beneficios resulten claramente superiores a sus riesgos o perjuicios. c) La medida de protección es la única intervención posible que permite asegurar el bienestar del NNA. d) Todas son correctas. 20- Dentro de las circunstancias a valorar para la propuesta de medida de guarda voluntaria encontramos: a) Concurrencia de circunstancias graves, transitorias y resolubles debidamente acreditadas que impiden a las personas progenitoras, tutoras o guardadoras ejercer sus deberes de protección. De no adoptarse la medida de Guarda, el NNA quedaría en situación de desprotección de gravedad elevada o muy elevada (según instrumento Valora-CV). b) Existencia de colaboración por parte de las personas progenitoras, tutoras o guardadoras con el plan de intervención propuesto por los Equipos de Atención Primaria. c) Pronóstico favorable para llevar a cabo un trabajo de capacitación parental o de modificación de las circunstancias que motivaron la guarda, en un plazo de tiempo ajustado a lo establecido a la ley y acorde a las necesidades del NNA o aun dándose algunas de las circunstancias que pudieran conllevar la Declaración de Desamparo y la asunción de la Tutela del NNA, se valora que la medida de Guarda va a generar más beneficios para el NNA y para la intervención. d) Todas son correctas. 21- En referencia al punto 5.1 Guía de aplicación, el instrumento VALORA se aplicará: a) Únicamente en la fase de Valoración. b) Se puede aplicar en distintos momentos del proceso de intervención. c) En la puesta en marcha de procesos de reintegración familiar. d) b y c son correctas. 22- Si el instrumento Valora lo aplicamos para proporcionar criterios para valorar la tipologías de desprotección existente y su nivel de gravedad, lo estamos aplicando en la fase de. a) Recepción. b) Investigación. c) Evaluación. d) Diseño del Plan de intervención. 24- En referencia al punto 5.1.5. Niveles de gravedad, calificación y significado, el instrumento describe indicadores de niveles de gravedad: a) Moderada, elevada y muy elevada. b) Leve, moderada y elevada. c) Leve, grave y muy grave. d) Leve, grave y elevada. 25- Las escalas sobre tipologías de desprotección que presenta el instrumento valoran la: a) Negligencia, Abandono, Incapacidad parental para la regulación y control de la conducta del NNA, maltrato psicológico, maltrato físico, violencia sexual, maltrato prenatal y otras tipologías (mendicidad, explotación doméstica y laboral, corrupción, expulsión o negación de la entrada al domicilio. b) Negligencia, Desarrollo educativo, Incapacidad parental para la regulación y control de la conducta del NNA, maltrato psicológico, maltrato físico, situación de riesgo, maltrato prenatal y otras tipologías ( mendicidad, explotación doméstica y laboral, corrupción, expulsión o negación de la entrada al domicilio. c) Abandono, Incapacidad parental para la regulación y control de la conducta del NNA, maltrato psicológico, maltrato físico, violencia sexual, maltrato prenatal y daños físicos. d) Negligencia, Abandono, adicciones de las personas progenitoras, maltrato psicológico, maltrato físico, violencia sexual, maltrato prenatal y otras tipologías ( mendicidad, explotación doméstica y laboral, corrupción, expulsión o negación de la entrada al domicilio. |




