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SEGUNDO PARCIAL INTER parte 3. LOS ESPACIOS DE INTERÉS NAC

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Título del Test:
SEGUNDO PARCIAL INTER parte 3. LOS ESPACIOS DE INTERÉS NAC

Descripción:
jodete andrea

Fecha de Creación: 2022/06/07

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

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.- Las aguas archipelágicas: a) son las que quedan encerradas entre las islas que integran un archipiélago, como las existentes en las Islas Canarias. b) Son las aguas interiores de un Estado archipelágico. c) su alcance teórico se ha visto reducido con la regulación sobre delimitación y régimen jurídico previsto en el Convenio de Jamaica.

.- En relación con la delimitación de las aguas archipelágicas: a) el Convenio de Jamaica exige que el trazado de las líneas rectas siga la configuración general del archipiélago;. b) Las líneas de bases rectas no podrán exceder de 100 millas de longitud, salvo un tres por ciento, que podrá llegar hasta 125 millas. c) implica la extensión de soberanía del Estado archipelágico sobre dichas aguas, aunque su ejercicio presenta algunas restricciones;. d) todas las respuestas anteriores son correctas.

.- En las aguas archipelágicas, la proporción entre la superficie marítima y terrestre: a) debe ser de 1 a 1, o como máximo, de 1 a 9 (mar-tierra);. b) Debe ser de 1 a 1, o como máximo, de 9 a 1 (mar-tierra). c) debe ser equilibrada con el fin de respetar el principio de proporcionalidad;. c) es irrelevante porque el Convenio de 1982 no impone ningún criterio en particular.

.- Según la Convención de 1982, el trazado de líneas de base archipelágicas rectas: a) no puede en ningún caso sobrepasar la longitud de 100 millas náuticas;. b) No puede en ningún caso alcanzar una longitud superior a 125 millas náuticas. c) en el caso de los archipiélagos de Estado, no puede superar la longitud de 100 millas náuticas;. d) en el caso de los Estados archipelágicos no puede sobrepasar la longitud de 100 millas náuticas.

.- Las aguas archipelágicas: a) son parte del territorio, por lo que el Estado tiene soberanía exclusiva y plena;. b) Están sometidas a la soberanía del Estado, pero con límites derivados de la libertad de navegación y del respeto a los acuerdos o derechos de Estados terceros. c) se rigen por el régimen jurídico del alta mar, salvo acuerdo en contrario;. d) se rigen por las mismas reglas que las aguas interiores de un Estado.

.- El principio archipelágico: a) permite el trazado de líneas de base rectas que unan los puntos exteriores de cada una de las Islas Canarias. b) constituye el método para determinar las aguas interiores de los Estados archipelágicos. c) Permite trazar líneas archipelágicas rectas que unan los extremos de las islas, incluyendo los arrecifes emergentes más alejados del archipiélago.

.- Las rocas no aptas para la habitabilidad humana tienen tienen derecho a atribuirse: a) Únicamente las aguas interiores. b) únicamente las aguas interiores y el mar territorial;. c) únicamente las aguas interiores, el mar territorial y la zona contigua. d) los mismos espacios marítimos que el resto, por el principio de igualdad o de no discriminación.

.- Según el DI del Mar, a las islas Canarias les corresponden: a) únicamente aguas interiores y mar territorial;. b) exclusivamente aguas interiores, mar territorial y zona contigua;. c) Los mismos espacios marítimos que a un territorio continental. d) las aguas archipelágicas y, a partir de ellas, el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental.

.- Según el DI del Mar: a) Una isla es una extensión natural de tierra rodeada de agua que se encuentra sobre el nivel de ésta en pleamar. b) el espacio aéreo suprayacente al Mar Territorial no se encuentra sometido a la soberanía del Estado ribereño;. c) el derecho de paso inocente tiene que ser siempre en sentido perpendicular a la costa , es decir, de entrada y salida de los puertos. d) en el mar territorial los submarinos pueden navegar sumergidos.

.- A las islas les corresponde según la Convención de 1982: a) Mayores espacios marítimos que a las rocas, a las que no es posible asignar ni Zona económica exclusiva ni Plataforma continental. b) mayores espacios marítimos que a las rocas y bajíos (elevaciones en bajamar), pues a éstos no les corresponde ni Zona económica exclusiva ni Plataforma continental;. c) iguales espacios marítimos que a un territorio continental, con la salvedad de las islas artificiales, a las que únicamente cabe atribuir aguas interiores;d) iguales espacios marítimos que a un territorio continental, con la salvedad de las islas artificiales, a las que únicamente cabe atribuir Aguas interiores y Mar territorial.

.- Si examinamos la evolución del régimen jurídico del alta mar desde sus orígenes hasta el momento actual, podemos constatar que: a) se ha reducido desde un punto de vista físico (extensión), pero se ha ampliado desde la perspectiva jurídica, en la medida en que se han ampliado las libertades del alta mar. b) Se ha reducido desde un punto de vista físico (extensión), pero también jurídico, en la medida en que se han recortado las libertades del alta mar. c) se ha ampliado desde un punto de vista físico (extensión), pero se ha reducido desde una perspectiva jurídica, en la medida en que se han recortado las libertades del alta mar;. d) se ha ampliado desde un punto de vista físico (extensión), pero también jurídico, en la medida en que se han extendido las libertades del alta mar.

.- Indique la afirmación correcta: a) La Convención de La Haya sobre Alta Mar y régimen de Pesca en el Alta Mar (1930) es el primer tratado multilateral que regula íntegramente el régimen jurídico del Alta mar. b) la Convención de Ginebra de 1960 sobre el Derecho del Mar sentó las bases del régimen jurídico de la Plataforma continental que luego desarrolló la Convención de 1982, aunque sin reconocer los derechos de los Estados con plataformas continentales amplias;. c) la Convención de 1982 es el primer tratado multilateral sobre Derecho del Mar auspiciado por las Naciones Unidas;. d) la Convención de 1982 se vio afectada por dos acuerdos posteriores relativos a la Zona internacional de fondos marinos y oceánicos y a las competencias que un Estado puede ejercer en el Alta mar.

.-En el Alta Mar. a) Rige el principio de libertad total sin excepciones a favor de todos los Estados de la Comunidad Internacional. b) la gestión de los recursos vivos y no vivos es encomendada a la “Autoridad” que es operativa a través del organismo llamado “Empresa”;. c) Rige el “derecho de persecución” cuando un Estado ribereño cree que un buque ha violado alguna de sus leyes o reglamentaciones. d) existe inmunidad total para los buques comerciales.

.- El alta mar: a) Es el espacio marino cuya anchura se extiende a partir de la milla 201 contadas desde la línea de bases. b) es el espacio marino donde rigen las llamadas libertades del alta mar en favor de los Estados ribereños. c) Es el espacio marino en el cual todos los Estados tienen derecho a que naveguen los buques de su bandera.

.- Señale la opción que -respetando la Convención de 1982- incluya el mayor número de libertades que en Alta mar benefician a cualquier Estado: a) las de pesca, navegación y sobrevuelo;. b) las de pesca, navegación, sobrevuelo, investigación científica marina, tendido de cables y tuberías submarinos y transmisión de señales de radio y televisión;. c) las de pesca, navegación, sobrevuelo, investigación científica marina y transmisión de señales de radio y televisión;. d) Las de pesca, navegación, sobrevuelo, investigación científica marina y tendido de cables y tuberías submarinos.

.- Un buque y/o una aeronave situado/s en alta mar: a) Goza de las libertades de navegación y sobrevuelo, de pesca y de tendido de cables y tuberías submarinas cualquiera que sea el Estado cuyo pabellón enarbole. b) goza de las libertades de navegación y sobrevuelo, de pesca y de tendido de cables y tuberías submarinas si enarbola el pabellón de un Estado que no sea un Estado sin litoral;. c) está sujeto sin excepción a la jurisdicción exclusiva del Estado cuyo pabellón enarbola. d) puede pescar y extraer libremente los recursos no vivos del mar, su lecho y subsuelo.

.- En el alta mar rige la jurisdicción exclusiva del Estado del pabellón: a) para todos sus buques y aeronaves, sin excepciones. b) salvo en lo que respecta los buques y aeronaves militares, ya que en este caso se trata de evitar abusos;. c) Salvo ciertas excepciones rigurosamente delimitadas.

.- La jurisdicción exclusiva del pabellón: a) se aplica únicamente a los buques civiles o privados, por lo que se excluye a los buques de Estado;. b) Se aplica en el alta mar y es una consecuencia del principio de libertad propio de ese espacio. c) apenas resulta aplicable en el DI Contemporáneo debido al principio de cooperación pacífica que rige entre los Estados;. d) tiene una aplicación subsidiaria, ya que sólo rige en defecto de acuerdo entre los Estados.

.- El principio que proclama el sometimiento de los buques a la jurisdicción exclusiva del Estado de su pabellón: a) No se aplica en el caso de buques que naveguen bajo pabellón de dos o más Estados utilizándolos a su conveniencia. b) se aplica únicamente a los buques civiles o privados, por lo que se excluye a los buques de Estado;. c) se aplica tanto en Alta mar como en la Zona económica exclusiva, porque aquí se aplican con carácter residual los principios del alta mar;. d) conserva hoy una aplicación puramente subsidiaria, ya que sólo rige en defecto de acuerdo entre los Estado.

.- Según la Convención de 1982, el derecho de visita sobre un buque situado en Alta mar: a) Puede ejercerlo un buque de guerra de cualquier Estado si existen sospechas razonables de que el buque mercante no tiene nacionalidad. b) conforme al principio de jurisdicción exclusiva del pabellón, puede ejercerlo solamente un buque de guerra o aeronave militar del Estado del pabellón visitado, si existen sospechas razonables de que el buque mercante se dedica a la piratería o a la trata de esclavos;. c) puede ejercerse en cualquier hipótesis o situación por tratarse de un espacio libre (res communis omnium), pero no lo podrán ejercer los buques mercantes, sino sólo los buques de guerra o aeronaves militares debidamente autorizados e identificados.

.- En el alta mar, el abordaje implica: a) una excepción a la jurisdicción exclusiva del Estado del pabellón, ya que también puede adoptar medidas el Estado de la nacionalidad de las víctimas;. b) Una excepción a la jurisdicción exclusiva del Estado del pabellón, ya que también puede adoptar medidas el Estado de la nacionalidad de las personas presuntamente responsables. c) una confirmación de la jurisdicción exclusiva del Estado del pabellón, ya que sólo él puede adoptar medidas;. d) un delito grave porque altera la seguridad del tráfico en el alta mar, por lo que cualquier Estado puede adoptar medidas.

.- El derecho de visita a un buque mercante situado en alta mar: a) Puede hacerlo un buque de guerra de cualquier Estado si existen sospechas razonables de que el buque mercante se dedica a la piratería o a la trata de sclavos. b) conforme al principio de jurisdicción exclusiva del pabellón, puede hacerlo solamente un buque de guerra o aeronave militar del Estado del pabellón;. c) si se ejerce después de haber lanzado una señal visual o auditiva ordenando detenerse y de forma ininterrumpida, puede proseguir en cualquier espacio marítimo más allá del alta mar.

.- Según el DI del Mar, el derecho de visita a un buque situado en Alta mar: a) Puede hacerlo un buque de guerra de cualquier Estado si existen sospechas razonables de que el buque mercante se dedica a la piratería o a la trata de esclavos. b) conforme al principio de jurisdicción exclusiva del pabellón, puede hacerlo solamente un buque de guerra o aeronave militar del Estado del pabellón, si existen sospechas razonables de que el buque mercante se dedica a la piratería o a la trata de esclavos;. c) cabe ejercerlo en cualquier hipótesis por tratarse de un espacio libre (res communis), pero sólo por parte de buques de guerra o aeronaves militares del Estado del pabellón;. d) si se ejerce después de haber lanzado una señal visual o auditiva ordenando detenerse y de forma ininterrumpida, puede proseguir en cualquier espacio marítimo más allá del Alta mar.

.- En el alta mar, el transporte de esclavos permite a Estados distintos al del pabellón: a) visitar e inspeccionar el buque, liberar a los esclavos e iniciar acciones penales contra los responsables de ese delito;. b) unicamente visitar e inspeccionar el buque y liberar a los esclavos. c) Visitar e inspeccionar el buque, apresarlo y llevarlo a puerto, liberar a los esclavos e iniciar acciones penales contra los responsables de ese delito.

.- El tráfico ilícito de estupefacientes es un delito grave, por lo que, si se produce en alta mar: a) El Estado del pabellón puede autorizar discrecionalmente a otro Estado a que adopte medidas para reprimir dicha. b) además del Estado del pabellón, cualquier otro Estado puede adoptar medidas para reprimir dicha actividad, siempre que se vea especialmente afectado;. c) Todos los Estados pueden adoptar medidas para reprimir dicha actividad. d) ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

.- Si en el alta mar se comete un acto de piratería: a) sólo el Estado de registro o de matrícula puede adoptar medidas ya que rige la jurisdicción exclusiva del pabellón;. b) Cualquier Estado puede adoptar medidas ya que este delito se configura como una excepción total a la jurisdicción exclusiva del pabellón. c) pueden adoptar medidas solamente el Estado del pabellón y aquellos Estados que se vean especialmente afectados (nacionalidad de las víctimas, perjuicios económicos, etc.);. d) No existen reglas especiales, a pesar de los intentos efectuados por diversos Estados, como lo acredita el secuestro en 2008 de un pesquero de pabellón español que faenaban en aguas somalíes.

.- La piratería, tal como es regulada por el Convenio sobre el Derecho del Mar, exige que: a) Se cometa con fines personales. b) se cometa por la tripulación o pasajeros de un buque privado, por lo que se excluye el amotinamiento en un buque de Estado. c) se realice en un lugar sometido a la jurisdicción de algún Estado;. d) se realice en alta mar o en lugar sometido a la jurisdicción de algún Estado.

.- En alta mar: a) Ciertos buques pueden apresar a buques pirata o que estén en manos de piratas. b) puede detenerse sin restricciones a cualquier buque que se dedique al tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. c) las dos respuestas anteriores son correctas.

.- Según la Convención de 1982, el apresamiento en alta mar de un buque que realice actos de piratería: a) pueden hacerlo solamente los buques de guerra u otros autorizados a tal fin que lleven signos claros y sean identificables como buques al servicio de un gobierno;. b) no está permitido si esos actos son realizados por la tripulación amotinada de un buque de guerra;. c) Pueden hacerlo solamente los buques de guerra o las aeronaves militares u otros buques o aeronaves autorizados a tal fin que lleven signos claros y sean identificables como buques al servicio de un gobierno. d) no es posible, pues se trata de uno de los casos en los que sólo cabe el derecho de visita.

.- En los espacios sometidos a la jurisdicción de Somalia, el Consejo de Seguridad de la ONU ha autorizado el uso de la fuerza para reprimir: a) los actos de piratería, tal como los tipifica el Convenio sobre Derecho del Mar;. b) el robo a mano armada, sentando así un precedente para futuras acciones análogas en este ámbito;. c) El robo a mano armada, aunque no constituye un precedente ya que sólo se aborda este caso específico. d) los actos de piratería, extendiendo la tipificación prevista por el Convenio sobre Derecho del Mar.

.- Una persona que, a bordo de un buque y en Alta mar, efectúa sin autorización transmisiones de televisión podrá ser procesada: a) únicamente por el Estado del pabellón del buque en cuestión;. b) únicamente por el Estado del que esa persona es nacional;. c) Exclusivamente ante los tribunales de los Estados que reciban las transmisiones o cuyos servicios autorizados de radiocomunicación sufran interferencias. d) Por el Estado del que esa persona es nacional.

.- Teniendo en cuenta la Convención de 1982, señale cuál de los siguientes supuestos permite que el buque de guerra de un Estado ribereño ejerza en Alta mar el derecho de persecución de una nave mercante extranjera: a) la contaminación masiva de la atmósfera o de los mares por esa nave, al tratarse de un crimen internacional;. b) la vulneración del sistema paralelo de explotación de los recursos naturales de la zona internacional de fondos marinos, previa autorización de la Autoridad Internacional de Fondos Marinos;. c) La presunta infracción por esa nave de las leyes y reglamentos del Estado ribereño que, conforme a la convención de 1982, se apliquen en su zona económica exclusiva, siempre que la persecución dé comienzo cuando esa nave se encuentre en dicha zona. d) la comisión a bordo de esa nave, mientras encuentra en alta mar, de actos contrarios a la legislación penal del Estado ribereño.

.- El derecho de persecución: a) hace referencia a la facultad de ejercer jurisdicción sobre el alta mar cuando se realicen prácticas odiosas como el tráfico ilícito de estupefacientes;. b) se justifica por la necesidad de garantizar la libertad del uso de los mares;. c) Otorga al Estado ribereño la facultad de perseguir a los buques que hayan infringido su normativa interna bajo ciertas condiciones, incluso en el alta mar. d) Ninguna de las respuestas anteriores es cierta.

.- El derecho de persecución: a) es una institución aplicable al alta mar, si bien únicamente opera en caso de infracciones cometidas contra las leyes y reglamentos de un Estado en sus aguas interiores o mar territorial. b) concede al Estado ribereño el derecho a detener en su zona contigua a buques de terceros Estados que hayan violado su legislación aduanera o fiscal. c) cesa cuando el buque perseguido haya entrado en la zona económica exclusiva de otro Estado. d) Las respuestas anteriores son incorrectas.

.- El derecho de persecución contra un buque en alta mar puede ejercerse por: a) la contaminación masiva de la atmósfera o de los mares, al tratarse de un crimen internacional;. b) la vulneración del sistema paralelo de explotación de los recursos naturales de la zona internacional de fondos marinos, previa autorización de la Autoridad Internacional de Fondos Marinos;. c) La infracción de las leyes y reglamentos del Estado ribereño que se apliquen en su zona económica exclusiva, siempre que la persecución dé comienzo cuando el buque se encuentre en dicha zona. d) la comisión a bordo de esa nave, mientras se encuentra en alta mar, de actos contrarios a la legislación penal del Estado ribereño.

.- Según el DI del Mar, el derecho de persecución debe cesar: a) cuando el buque perseguido alcance el Alta mar, por tratarse de un espacio libre (res communis), pero no antes;. b) cuando el buque perseguido entre en las aguas interiores de un tercer Estado, pero no antes;. c) Cuando el buque perseguido entre en el mar territorial de un tercer Estado. d) cuando el buque perseguido abandone el Alta mar, pues todos los demás espacios están sujetos a la competencia de algún Estado ribereño.

.- En el Derecho Internacional Contemporáneo son patrimonio común de la Humanidad: a) la Zona Internacional de Fondos Marinos y Oceánicos, el alta mar y el espacio ultraterrestre. b) Exclusivamente el espacio ultraterrestre y la Zona Internacional de Fondos Marinos y Oceánicos. c) únicamente el espacio ultraterrestre, la Zona Internacional de Fondos Marinos y Oceánicos y la Antártida. d) solamente los espacios polares, la Zona Internacional de Fondos Marinos y Oceánicos y el espacio ultraterreste.

.- La zona internacional de fondos marinos: a) Es la zona que comienza allí donde termina la plataforma continental de cada Estado, estando por lo tanto integrada por todos los fondos marinos y su subsuelo situados más allá de las 200 millas marinas contadas desde las líneas de base. b) Está formada por los fondos marinos y oceánicos situados más allá de los límites exteriores de la plataforma continental de cada estado. c) incluye todos los fondos marinos y oceánicos del Ártico y Antártico;. d) incluye todos los fondos marinos y oceánicos del Antártico.

.- La Zona Internacional de Fondos Marinos y Oceánicos: a) comprende todos los fondos marinos y oceánicos situados más allá del mar territorial de los Estados, por lo que constituye un espacio internacional;. b) Es un espacio cuyos recursos sólo pueden ser explotados a través de la Empresa de la Autoridad Internacional de Fondos Marinos. c) está sujeta a un régimen de explotación internacional en condominio, idéntico al de los recursos de la Luna y otros cuerpos celestes;. d) Comprende todos los fondos marinos y oceánicos situados más allá de la plataforma continental.

- Tras el Acuerdo de 1994, la Zona Internacional de Fondos Marinos y Oceánicos: a) se rige por un sistema más solidario ya que los países en vía de desarrollo no sólo obtendrán beneficios económicos, sino también tecnológicos y de otro tipo (formación de personal...);. b) por fin ha sido reconocida como patrimonio común de la humanidad, corrigiendo así la posición del Convenio sobre el Derecho del Mar de 1982;. c) se rige por un sistema de explotación más equilibrado, ya que se establecen cuotas a la distribución de minerales de los fondos para evitar que los países con minería terrestre se vean afectados;. d) Se instaura un sistema más próximo al liberalismo económico y, en consecuencia, menos generoso con los países en vía de desarrollo.

.- En su origen, en la Zona Internacional de los Fondos Marinos y Oceánicos el Convenio sobre Derecho del Mar de 1982 instauró un sistema de explotación de sus recursos caracterizado por: a) El establecimiento de cuotas a la producción de minerales de los fondos, con el fin de evitar que los países con minería terrestre resultaran excesivamente afectados. b) un monopolio a cargo de la Empresa, en nombre de la Autoridad;. c) la obligación de los Estados Parte de financiar todas las explotaciones mineras que llevase a cabo la Empresa, en nombre de la Autoridad;. d) un liberalismo económico extremo, insolidario con las necesidades de los países en vía de desarrollo.

.- La Zona internacional de fondos marinos y oceánicos se encuentra regulada en la parte XI de la Convención de 1982 y en un Acuerdo de 1994, si bien en caso de conflicto este último dispone que: a) Prevalece el acuerdo de 1994. b) prima la Convención al ser el texto principal objeto de interpretación;. c) es el Consejo de la Autoridad de los fondos marinos la entidad competente para resolver la discrepancia;. d) la Comisión Jurídica y Técnica de la Autoridad de los fondos marinos tiene la competencia para resolver la discrepancia.

.- El Acuerdo de 1994 relativo a la aplicación de la parte XI de la Convención de 1982 (Zona internacional de fondos marinos y oceánicos): a) enmienda drásticamente la parte XI de la Convención ya que priva al Consejo de la Autoridad de fondos marinos de toda competencia relativa a la ordenación de las explotaciones mineras;. b) Modifica radicalmente la parte XI de la Convención reduciendo el impacto de la noción de Patrimonio común de la Humanidad y marginando, en consecuencia, el principio de solidaridad en la explotación de los recursos minerales. c) refuerza la tendencia de la Convención de 1982 hacia la igualdad compensatoria de las desigualdades entre los Estados mediante el principio básico de utilización de la Zona en beneficio de la Humanidad;. d) introduce por vez primera la obligación de transferir a los países menos desarrollados la tecnología necesaria para participar en la explotación de los recursos minerales.

.- Es correcto decir, respecto a la Zona internacional de fondos marinos y oceánicos que: a) La autoridad de fondos marinos tiene la condición de sujeto de D.I. b) la Empresa de la Autoridad de fondos marinos tiene la condición de sujeto de D.I.;. c) la llamada “Empresa de los fondos marinos y oceánicos” cuenta, en su estructura orgánica, con una Secretaría, una Asamblea y una Autoridad internacional, siendo está última la que ostenta las competencias de mayor importancia para la gestión de los recursos de dicha Zona.

.- En el Acuerdo de 1994 relativo a la aplicación de la parte XI de la Convención de 1982 (Zona internacional de fondos marinos y oceánicos), la Empresa: a) Ya no puede explotar por sí sola los recursos de la Zona. b) ya no podrá explotar los recursos de la Zona mediante acuerdos conjuntos;. c) ya no puede explotar los recursos de la Zona mediante acuerdos conjuntos con los Estados;. d) Está obligada a transferir a los Estados menos desarrollados la tecnología necesaria para facilitarles la explotación de los recursos minerales de la zona.

.- La Zona Internacional de Fondos Marinos y Oceánicos es patrimonio común de la Humanidad, por lo que: a) los beneficios derivados de su explotación se dedicarán en su integridad a la cooperación al desarrollo o a otros fines humanitarios decididos por la O.N.U.;. b) parte de los beneficios derivados de su explotación se destinarán a la cooperación al desarrollo, conforme al principio de solidaridad;. c) Se prohíbe la explotación de sus recursos por los Estados o sus empresas ya que, al ser un patrimonio común, ningún Estado puede reinvindicar soberanía. d) se aplaza indefinidamente la explotación de sus recursos con el fin de contribuir a la protección del medio ambiente.

.- La Autoridad de los fondos marinos internacionales: a) es una organización internacional encargada de la aplicación del régimen jurídico aplicable a los fondos marinos de la zona económica exclusiva y del alta mar;. b) a través de la Empresa, es la encargada de explotar económicamente y en exclusiva los fondos marinos y oceánicos;. c) A través de la empresa de la autoridad puede llevar a cabo actividades de explotación por medio de empresas conjuntas.

.- En la Zona Internacional de Fondos Marinos y Oceánicos: a) la “Empresa” es el órgano operativo que se dedicará a explotar sus recursos naturales en exclusiva;. b) La “Empresa” es un órgano operativo que podrá explotar sus recursos naturales mediante empresas conjuntas. c) la “Empresa” es un órgano destinado a examinar y aprobar la legislación aplicable a la explotación de los recursos naturales.

.- El Acuerdo de 1994 sobre la Zona: a) establece la obligación de los Estados partes de financiar las actividades de la Empresa;. b) exonera a la Empresa de las reglas de mercado;. c) Sólo permite a la Empresa llevar a cabo actividades de explotación por medio de empresas conjuntas.

.- En la zona internacional de fondos marinos, en lo que concierne la explotación de los recursos minerales: a) el sistema paralelo de explotación fue sustituido en 1994 por un sistema que reserva a la Autoridad Internacional de Fondos Marinos, a través de su Empresa, la explotación de tales recursos;. b) el sistema inicial permitía a la Autoridad Internacional de Fondos Marinos designar un área de explotación minera para ser explotada por ella únicamente por medio de acuerdos conjuntos;. c) El acuerdo de revisión de 1994 no permite ya a la Empresa de la Autoridad Internacional de Fondos Marinos explotar por sí sola un sitio minero, sino sólo por medio de empresas conjuntas. d) el acuerdo de revisión de 1994 no permite ya a la Empresa de la Autoridad Internacional de Fondos Marinos explotar un sitio minero por medio de empresas conjuntas.

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