Interpretación del Contrato - Teoría General de las Obligaciones
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Título del Test:
![]() Interpretación del Contrato - Teoría General de las Obligaciones Descripción: Interpretación del contrato |



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El estudio teórico del contrato se hace en dos ámbitos: Ámbitos de la norma jurídica individualizada: Ámbito en el que el principio de la autonomía de la voluntad tiene su límite en las normas del orden público. El objeto, motivo o fin de los contratos no puede ser contrario a las leyes de orden público ni a las buenas costumbres. Ámbito en el que existe un momento a partir del cual inicia la vigencia de la norma contractual. Tiene una duración (por su propia naturaleza o por lo establecido en el contrato). Ámbito en el que generalmente la norma rige el lugar de la formación del acto jurídico. Ámbito de la norma contractual rige a los contratantes. Los contratantes son órganos en sentido formal, elaboran la norma. Excepcionalidad de los contratos constitutivos de los derechos reales, pues tienen efecto erga omnes. Es aquella persona física o moral que celebra el contrato y representa un interés en el mismo, pueden existir una o más. Contiene el nombre del contrato, contratantes y manera de llamarlos, dependiendo del tipo de que se trate. Los contratos tienen manifestaciones que hacen los contratantes, como señalar sus domicilios, capacidad, objeto del contrato o ascendentes. Plasman términos y condiciones a los que se obligan ambas partes, como: objeto, forma, lugar de pago, entrega del objeto, materia del contrato, características del bien, domicilio en el que cumplirán sus obligaciones, etcétera. Nombres completos, fecha, firmas o forma de autentificación. Cláusulas sin las cuales el contrato no puede existir. Son para determinar la obligación de la que se trata. Condiciones que, si no se expresan, están implícitas en el contrato por ser de su naturaleza. La ley contiene términos que suplen las omisiones, en algunos casos, son renunciables por las partes si la ley se los permite. Condiciones que las partes acuerdan voluntariamente sobre las modalidades y cuestiones accesorias a la obligación principal. Contienen una sanción o pena económica para el caso en que una de las partes incumpla con el mismo. En las cláusulas penales, la cantidad que se fije como pena no podrá... La nulidad de la cláusula penal... Se podrá exigir el cumplimiento de la obligación o la sanción penal, pero... ¿En qué casos sí se puede exigir tanto el cumplimiento de la obligación como de la sanción penal?. No podrá exigirse la pena cuando el deudor no haya podido cumplir el contrato por... En las cláusulas penales, no es necesario probar los perjuicios, únicamente el... Las partes acuerdan que cuando exista controversia en el contrato, sea resuelto por un tercero, llamado árbitro. Laudo arbitral. Desentrañar el sentido de una expresión de la voluntad. Teoría de la voluntad de Francia siglo XVIII (individualismo liberal). Teoría de la voluntad de Alemania. Teoría de la voluntad que dice que la voluntad interior de las partes es la que debe predominar. Quien interpreta debe encontrar la intención de las partes, descubrir su verdadera voluntad para hacerla predominar. Teoría que dice que quien interpreta debe valorar la voluntad que ha sido expresad, porque la voluntad interna está fuera del campo del derecho. Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes... Si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes... Sistema de interpretación que busca obtener información atendiendo a elementos extraños a las partes. Sistema de interpretación que atiende a los términos empleados a través de las declaraciones exteriorizadas sin acudir a elementos extraños. Si alguna cláusula de los contratos admitiere diversos sentidos... Reglas de interpretación. Interpretación literal. Intención evidente. Sentido más adecuado. Interpretación sistemática. Sentido conforme. Usos y costumbres. Cuando absolutamente fuere imposible resolver las dudas por las reglas establecidas en los artículos precedentes, si aquéllas recaen sobre circunstancias accidentales del contrato, y éste fuera GRATUITO... Cuando absolutamente fuere imposible resolver las dudas por las reglas establecidas en los artículos precedentes, si aquéllas recaen sobre circunstancias accidentales del contrato, y éste fuera ONEROSO,. Si las dudas de cuya resolución sobre el objeto principal del contrato, de suerte que no pueda venirse en conocimiento de cuál fue la intención o la voluntad de los contratantes, el contrato será... |




