Introducción Bloque Territorial 1 a 25
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Título del Test:
![]() Introducción Bloque Territorial 1 a 25 Descripción: Test Oposiciones |



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Los Estatutos de Autonomía se aprueban mediante: Ley Ordinaria. Ley Orgánica. Ley de Transferencias. Decreto Legislativo. El art. 24.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembrem del Gobierno, establece que las disposiciones y actos cuya adopción vengan atrocuidas al Presidente del Goboerno revestirán la forma de: Reales Decretos Legislativos. Acuerdos. Órdenes Ministeriales. Reales Decretos. Los Decretos Legislativos pueden otorgarse por una ley ordinaria para: Delegar en el Gobiernos cualesquier materia. Fijar directrices a desarrollar por el Gobierno, sin plazo para realizarlo. Refundir textos legales. Regular el desarrollo directo de los derechos fundamentales y libertades públicas. De acuerdo con el art. 8 de la Constitución: La aprobación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, así como mayoría simple de ambas Cámaras para su derogación o modificación. La aprobación de las leyes orgaánicas exigirá mayoría simple del Congreso. La aprobación, modificación o derogaciñon de la leyes orgánicas exigira mayoría absoluta del Congreso. La aprobacióm, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso y del Senado. El art. 37 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AP, recoge el llamado principio de inderogabilidad singular del reglamento al disponer que: Son nulas las disposiciones reglamentaria que vulneren lo establecido en una resolución administrativa. Contra las resoluciones administrativas no cabrá recurso en vía administrativa. Las resoluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposicón de carácter general, aunque aquellas procedan de un órgano de igual o superior jerarquía al que dictó la disposición general. Las disposiciones administrativas de carácter general no podrán vulnerar lo establecido en una resolución de carácter particular, aunque aquellas procedan de un órgano de igual o superior jerarquía al que dictó la resolución. Podemos denominar a los márgenes de opción y decisión más o menos amplios aunque siempre dentro de los límites legales de la Administración Pública como: Potestad Discrecional. Potestad Ejecutoria. Potestad Modulada. Potestad Arbitraria. Entre las Disposiciones del Gobierno con rango de Ley encontramos: Instrucción Legislativa y Decreto-Ley. Real Decreto y Decreto Legislativo. Decreto-Ley y Decreto-Legislativo. Resolución y Decreto-Ley. El art. 86 del texto constitucional, establece que los Decretos Leyes deberán ser sometidos a debate y votación de totalidad en el Congreo en el plazo de: 15 días desde su promulgación. Dos meses desde su promulgación. En el menor plazo posible. 30 días desde su promulgación. Conforme a los dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de ctibre, el ejercicio de la potestad reglamentaria corresponde: A los titulares de las Direcciones Generales. A los órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, de conformidad con lo establecido en sus respectivos Estatutos. A los Secretarios Generales Técnicos, en todo caso. A los titulares de las Subsecretarías. Según el art. 6.2. de la ley 40/2015, los órganos administrativos podrán didrigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante: Instrucciones y órdenes de servicio. Circulares y cartas de servicio. Directrices y recomendaciones. Interpretaciones y comunicaciones. La reserva de Ley: Se refiere a materias establecidas para Ley Orgánica. Ninguna es correcta. Exige la aprobación de reglamentos de desarrollo de la Ley. Impide la aprobación de Reglamentos. |




