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Introducción a los Derechos Humanos

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Título del Test:
Introducción a los Derechos Humanos

Descripción:
policia nacional

Fecha de Creación: 2019/05/26

Categoría: Otros

Número Preguntas: 84

Valoración:(7)
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EMPAREJAMIENTO. 1948. 1969. 1994. 1985.

1. EMPAREJAMIENTO. Convención Belém do Pará. Derecho internacional consuetudinario. OIT. CIDH. Los tratados internacionales ratifica- dos por el Ecuador.

emparejamiento. Mecanísmos de proteccion internacional. Principio de igualdad. Principio No discriminación. Debida Diligencia implica. Marco Normativo de Derecho Internacional.

1. Principios de la Legislación antidiscriminatoria. Igualdad y No Discriminación. No Discriminación.

1. Legislación antidiscriminatoria. Conjunto de normas internacionales o nacionales que desarrollan protección jurídica. Objetivos nacionales que desarrollan protección jurídica.

1. El derecho a la paz, al desarrollo, al medio ambiente y al respeto del patrimonio común de la humanidad se encuentra establecido. Tercera Generación. Segunda generacion.

1. Una de las características de los Derechos Humanos es. Irreversible. lealtad. igualdad y respeto.

1. Los Derechos Humanos son Universales por cuanto se extiende. A todo el Género Humano. a los mamiferos. a los sexos.

1. Principio de Igualdad. Todos los seres humanos son iguales ante la ley. solo por determinadas clases sociales.

1. La Debida Diligencia. Prevenir, responder, proteger y proporcionar remedios por actos que violen los derechos humanos. Responder, proteger y proporcionar remedios por actos que violen los derechos humanos.

1. La evolución de los Derechos Humanos se estableció durante varios procesos entre ellos tenemos el proceso de internalización. v. f.

1. Los casos de violaciòn de DDHH pueden llevarse a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sin haber pasado por el procedimiento de queja individual de la Comisión. v. f.

1. La Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad fue aprobada en el 2018. v. f.

1. El Proceso de generalización da origen al derecho internacional de los derechos humanos con la creación de los diferentes sistemas de protección. v. f.

1. En la Convención Belém do Pará se observa que la violación de los derechos humanos solo puede ser perpetuada por los agentes del Estado. v. f.

1. Es deber del estado rendir cuentas ante la comunidad internacional respecto al cumplimiento, avance o incumplimiento de los estándares establecidos y acordados internacionalmente. v. f.

1. Los derechos humanos permiten asegurar al ser humano su dignidad como persona. v. f.

1. En la segunda generación de derechos lo que está de fondo es que a la par de la democracia política es necesaria una democracia social y económica. v. f.

1. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se aprueba el 10 de diciembre de 1968. v. f.

1. La Declaración Universal que es el documento que sostiene los acuerdos mundiales en torno a los derechos de la humanidad surge después de la Segunda Guerra Mundial en 1948. v. f.

emparejamiento. Irreversibles. Inviolables. Inalienables. Absolutos.

emparejamiento. Normativa constitucional. Discriminación indirecta. Discriminación Directa. Instrumentos Internacionales. Legislación Antidiscriminatoria.

1. La discriminación por género que ha significado para las mujeres una vida. Con derechos restringidos. Con derechos autónomos. Con derechos abolidos.

1. Ejemplo de discriminaciones directas. Que una empresa o una instancia del Estado que para la contratación de personal pongan como requisito la realización de un examen de VIH. Que una empresa privada solicite titulo de cuarto nivel para contratar a su personal. Que una entidad financiera solicite certificados bancarios para otorgar un crédito.

1. Los Derechos Humanos se pueden clasificar en. Generales y Personales. Civiles y Políticos. Particulares y Sociales.

1. Adoptar leyes y políticas internas para implementar los estándares sobre los derechos humanos es responsabilidad del. Embajador. Canciller. Estado.

1. La Independencia de los Estados Unidos permite. La Libertad al pensamiento y de conciencia, a las garantias procesales. La Libertad de vivir con derechos políticos particulares. La Libertad de mantener una vida sin garantías.

1. Significa la obligación de exigir un trato jurídico indiferenciado como regla general. Prohibición de discriminaciones indirectas. Prohibición de discriminaciones directas. Prohibición de discriminaciones binarias.

1. Sistema interamericano de los DD.HH. Corte Nacional de Justicia. Comisión Interamericana de DD.HH. Organización de las Naciones Unidas.

1. Los Derechos Humanos son un conjunto de principios, de aceptación universal, reconocidos constitucionalmente y garantizados jurídicamente. v. f.

1. La legislación antidiscriminatoria, hace referencia a la discriminación racial, contra las mujeres, contra pueblos y etnias, por razones de pensamiento o religión. v. f.

1. La Debida Diligencia sirve para reparar adecuadamente a las víctimas. v. f.

1. Estado es responsable por acción o por omisión ante la comisión de una violación de derechos humanos. v. f.

1. El sistema interamericano de los DD.HH se encuentra integrado por la Corte Nacional de Justica del Ecuador y la Comision Interamericana. v. f.

1. Durante la Revolución Francesa las mujeres no fueron consideradas ciudadanas ya que se les creía seres inferiores sin capacidad de razonamiento y autonomía. v. f.

1. Dentro de la Clasificación de los Derechos Humanos se encuentran los Derechos Civiles y Políticos o de primera generación. v. f.

1. La discriminación directa implica a toda norma o acto jurídico que exige un trato indiferenciado. v. f.

1. Los derechos humanos no permiten asegurar al ser humano su dignidad como persona. v. f.

1. Los procesos de Constitución de los Derechso Humanos son de: Positivización, internalización, generalización y especificación. v. f.

EMPAREJAMIENTO. Art. 1 C.C. FEHCL. Art. 3 C.C. FEHCL. Art. 4 C.C. FEHCL. Art. 2 C.C. FEHCL.

EMPAREJAMIENTO. Art. 5 C.C. FEHCL. Art. 7 C.C. FEHCL. Art. 6 C.C. FEHCL. Art. 8 C.C. FEHCL.

EMPAREJAMIENTO. FEHCL. Prohibición de Corrupción. Uso de la Fuerza. Uso del arma de fuego.

FEHCL significa. Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Funcionarios Ecuatorianos del servicio privado. Federación Ecuatoriana para cumplir la Ley.

Funcionarios Ecuatorianos del servicio privado. Asegurarán la plena protección de la salud de las personas bajo su custodia. Prohibición de infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Las cuestiones de carácter confidencial de que tengan conocimiento los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se mantendrán en secreto.

El Art. 2 del Código de Conducta de los FEHCL refiere. Respetarán y protegerán la dignidad humana. Uso del arma de fuego. Hacer cumplir la ley cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley.

En el Desempeño de sus tareas los FEHCL. Respetaran y protegeran la dignidad humana. Respetaran y vulnerarán la dignidad humana. Procederán con tratos degradantes en contra de la ciudadanía.

El Art. 5 del Código de Conducta de los FEHCL refiere. Prohibición de infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Las cuestiones de carácter confidencial de que tengan conocimiento los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se mantendrán en secreto. Hacer cumplir la ley cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley.

La información obtenida en el uso de sus funciones los FEHCL podrán utilizarla en sus beneficios personales. v. f.

Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley. v. f.

Ningún funcionario encargado de hacer cumplir la ley podrá infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles. v. f.

Se considerarán torturas las penas o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de la privación legítima de la libertad. v. f.

Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza en todo procedimiento. v. f.

Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley para proteger a otras personas vulnerarán la dignidad humana. v. f.

El uso de armas de fuego se considera una medida de disuación y prevención. v. f.

Las siglas FEHCL signica Funcionarios Ecuatorianos del sericio privado. v. f.

"La expresión ""funcionarios encargados de hacer cumplir la ley"" incluye a todos los agentes de la ley especialmente quienes tienen las facultades de arresto o detención". v. f.

Las cuestiones de carácter confidencial de que tengan conocimiento los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se mantendrán en secreto. v. f.

El Art. 3 del Código de Conducta de los FEHCL refiere. Usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario. Hacer cumplir la ley cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley. Respetarán y protegerán la dignidad humana.

El Art. 7 del Código de Conducta de los FEHCL refiere. No cometerán ningún acto de corrupción. Prohibición de infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Las cuestiones de carácter confidencial de que tengan conocimiento los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se mantendrán en secreto.

El Art. 4 del Código de Conducta de los FEHCL refiere. Las cuestiones de carácter confidencial de que tengan conocimiento los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se mantendrán en secreto. Respetarán y protegerán la dignidad humana. Hacer cumplir la ley cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley.

El Art. 6 del Código de Conducta de los FEHCL refiere. Asegurarán la plena protección de la salud de las personas bajo su custodia. Prohibición de infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Las cuestiones de carácter confidencial de que tengan conocimiento los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se mantendrán en secreto.

El Art. 1 del Código de Conducta de los FEHCL refiere. Hacer cumplir la ley cumplirán en todo Momento los deberes que les impone la ley. Uso del arma de fuego. Irrestricto respeto a los derechos humanos.

El Código de conducta para los FEHCL está compuesto por 12 artículos. v. f.

"Los FEHCL que inobserven las disposiciones del presente Código merecen el respeto, el apoyo y la colaboración de la comunidad y del organismo de ejecución de la ley cargados de hacer cumplir la ley". v. f.

Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán y protegerán la dignidad humana. v. f.

"Ningún funcionario encargado de hacer cumplir la ley podrá infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles". v. f.

El Código de conducta para los FEHCL está compuesto por 8 artículos. v. f.

El abuso de autoridad, es totalmente compatible con la profesión de funcionario encargado de hacer cumplir la ley. v. f.

NEUTRALIZAR.- Acción y efecto de negociar y hablar y contener al infractor o presunto infractor de la ley. v. f.

En el uso de la fuerza en apoyo o protección de autoridades o dignatarios se planificará con anticipación los operativos o itinerarios según el caso. v. f.

Los derechos humanos manifestados en el Articulo 2 del Codigo de Conducta están determinados y protegidos por el derecho nacional y el internacional. v. f.

El Código de Conducta para FEHCL fue adoptada por la Corte Interamericana en su resolución 34/169 de 17 de diciembre de 1979. v. f.

"Las y los servidores de la Policía Nacional deberán ser capacitados después de largos tiempo en legislación Penal, verbalización uso adecuado de la fuerza". v. f.

Al hacer Uso de la Fuerza se procurará ocasionar el menor daño a la persona susceptible de detención y velar por el respeto a la vida e integridad física y psicológica del detenido. v. f.

Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley evitarán proveer servicios de salud a las personas bajo su custodia. v. f.

Cooperador. Es la amenaza no perceptible inherente a toda intervención policial. Acata todas las indicaciones de la o el servidor policial durante la intervención sin manifestar resistencia. "No acata las indicaciones del efectivo policial. No reacciona, ni agrede".

En el caso en que se dispare un arma de fuego. Deberá inmediatamente informarse a la Defensoía del Pueblo. Deberá informarse inmediatamente a las autoridades competentes. Deberá inmediatamente someterse a un tratamiento psicológico.

Niveles del uso de la fuerza. "Presencia policial, Verbalización, Control físico, Técnicas defensivas no letales, Fuerza potencial letal". "Riesgo Latente, Cooperador, No cooperador, Resistencia física, Agresión no letal, Agresión letal". "Nivel alto, nivel intermedio, nivel básico".

Reglas para el uso de la fuerza en detenciones. "Neutralizada la persona, se la asegurará, utilizando los equipos entregados en dotación 'policial". Procurará ocasionar el menor daño a la persona susceptible de detención. "Evaluar la situación para determinar inmediatamente el nivel de fuerza que utilizará, considerando el nivel de resistencia".

EMPAREJAMIENTO. Informe Policial del Uso de la Fuerza. El Ministerio del Interior. "En caso de muerte y lesiones graves de terceros, presuntos infractores de la ley o servidores policiales ". El Informe Policial del uso de la fuerza deberá contener.

La declaracion universal de los derechos humanos se aprueba el. 10 de diciembre de 1948. 15 de enero del 1947. 20 de marzo de 1949.

EMPAREJAMIENTO. Inviolables. Inalienables. Absolutos. Irreversibles.

Emparejamiento. Constitucion articulo 11 numeral 9. Principio de buena fe. OEA. El principio de no discriminación implica. Constitución articulo 341.

Emparejamiento. Proceso de positivización. Proceso de internalización,. Proceso de generalización. Proceso de especificación.

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