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introduccion a los servicios sociales TEMA 1

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Título del Test:
introduccion a los servicios sociales TEMA 1

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TRABAJO SOCIAL UNED

Fecha de Creación: 2024/12/27

Categoría: Otros

Número Preguntas: 72

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Las personas que se encontraban en situación de necesidad y no se atrevían a pedir por la calle recibían el nombre de: Pobres voluntarios. Pobres vergonzantes. Pobres forzosos. Pobres voluntarios o vergonzantes, indistintamente.

El historiador de economía española, Vicens Vives, ha calificado el breve periodo de prosperidad vivido en España a comienzos del Siglo XVI como: Desarrollo acelerado español, fruto de la expansión industrial. Meteoro burgués del siglo XVI. Renacimiento económico de las comunidades históricas. Prosperidad económica fugaz del siglo XVI y XVII.

La situación económica en España en el Siglo XVI era de: Pobreza. Prosperidad. Pobreza y prosperidad como dos caras de una misma moneda. Ninguna de las dos caras de la moneda.

En el siglo XVI se produce en España: La emigración hacia América. La emigración hacia las ciudades. Los dos procesos anteriores. Ninguna de las respuestas es correcta.

La preocupación por la asistencia a los necesitados en la España del siglo XVI: Tiene su origen en el Concilio de Trento. Es consecuencia directa de la Reforma Protestante. Es resultado del desarrollo económico de España en aquel periodo. En el siglo XVI español no existe preocupación por la asistencia a los necesitados. Surge en el siglo XVII.

La pobreza y prosperidad en el siglo XVI en España, son dos caras de la misma moneda porque: La proliferación de órdenes religiosas para atender a los más desfavorecidos provoca una situación de descoordinación sin precedentes. Existen muchas instituciones de caridad pero son ineficaces. La emigración hacia América, el desplazamiento de población del campo hacia las grandes ciudades y la entrada de población extranjera, convierte a España, simultáneamente a su esplendor, en núcleo de grandes problemas sociales. La expulsión de judíos y moriscos debilita la economía, al tiempo que se debilitan también las instituciones de caridad, que habían proliferado a lo largo del siglo XV. El influjo del humanismo supone un extraordinario esplendor en la literatura, el arte, la arquitectura, etc. Pero el tratamiento de la pobreza es ignorado por completo.

¿En torno a qué concepto gira preferentemente la atención al necesitado en la Edad Media?. Solidaridad entre las naciones. Voluntariado social. Atención al necesitado en su domicilio. Caridad.

El alcance de las medidas respecto a la población extranjera, el debate sobre los pobres fingidos, la conveniencia de la limosna, la vinculación de la “asistencia” con la reforma de la situación económica y la necesidad de mano de obra para la agricultura y la industria son debates ideológicos presentes en: El Comité Ejecutivo del Partido Comunista de la Unión Soviética. La España del Siglo XVI. La España de todos los tiempos. La Guerra Civil.

¿Cuándo hablamos de secularización, nos referimos?. Al incremento de la acción social de la Iglesia Católica. A la participación caritativa de la Iglesia Católica en ese siglo. A la participación de todas las Iglesias en la acción caritativa. Al proceso de mayor intervención de los poderes públicos en la acción social.

El auténtico fondo del debate sobre la pobreza en el siglo XVI radicó en: La exaltación ideológica de la pobreza. La regulación de la mendicidad callejera. La supresión de la limosna como remedio de atención a los pobres. papel de los poderes públicos en la corrección de las necesidades sociales.

El humanismo renacentista y la secularización de la pobreza se van a caracterizar por: La preocupación por el hombre y su suerte en este mundo. La preocupación por los extranjeros y la erradicación de la ociosidad. La preocupación preferente por huérfanos y doncellas. La preocupación por el teocentrismo y el abandono del antropocentrismo.

Según Lutero: El hombre se justifica por la fe y por las obras. El hombre se justifica sólo por la fe. El hombre se justifica por las obras. Sólo la esperanza en la salvación, unida a una caridad ferviente, puede justificar al hombre.

En España durante el siglo XVI: El influjo del protestantismo fue un revulsivo para el tratamiento de la pobreza. (Europa). El cristianismo fue una pieza poco importante en el tratamiento de la pobreza. Los escritores eclesiásticos fueron una pieza clave en el tratamiento de la pobreza. Los comendadores y alcaldes fueron la pieza clave en el tratamiento de la pobreza.

En el mundo medieval asistimos a la: Sublimación religiosa de la pobreza. Expulsión de la pobreza de la sociedad. Reversión crítica de la pobreza. Ninguna de las tres respuestas anteriores.

El humanismo del Renacimiento: Centra su preocupación por el hombre y su suerte en este mundo. Tiene su origen en la Escuela Salmantina del siglo XVI. Tiene una concepción teocéntrica del mundo. Manifiesta, como principal interés, el estudio de los textos antiguos griegos y latinos.

Durante la época renacentista: Predominó una concepción teocéntrica del mundo. Predominó una concepción antropocéntrica del mundo. Se pasó de una concepción antropocéntrica del mundo a otra teocéntrica. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

En torno a qué concepto gira la atención al necesitado en la Edad Media: Solidaridad. Voluntariado. Caridad. Asistencia social.

¿Cuál es la obra clásica de Vives que fue calificada como un texto de capital importancia en el nacimiento de la beneficencia moderna?. Remedio de mendigos. Del socorro de los pobres. Atalaya de caridad. Amparo de necesitados.

¿Cuál es el texto, según Serna Alonso, de capital importancia en el nacimiento de la beneficencia moderna?. “Del Socorro de los Pobres”, de Juan Luis Vives. “Deliberación de la causa de los pobres” de Domingo Soto. “Remedio de los Pobres” de Miguel de Gigintia. “Restauración Política de España” de Sancho de Moncada.

¿Qué autor del Renacimiento Español fue capital en el tratamiento de la pobreza?. Juan Luis Vives, nacido en Brujas en 1492, de padres judíos. Juan Luis Vives, nacido en Valencia en 1492, de padres judíos. Juan Luis Vives, nacido en Segovia en 1492, de padres judíos. Juan Luis Vives, nacido en Samper de Calanda, Teruel, de padres judíos.

Martín Rodríguez, M. en su obra “Pensamiento económico español sobre la población. De Soto a Montegui”, dice de un autor del siglo XVI que fue “quien hizo la primera propuesta formal para que el cuidado de los pobres dejara de ser un simple medio con el que ejercitar la caridad cristiana, para pasar a convertirse en una verdadera función pública. A partir de este momento, el pensamiento español ya no perdió la iniciativa en el debate doctrinal que se abrió en todo el mundo sobre la cuestión de los pobres” ¿A qué autor se refiere?. Juan Luis Vives (1492-1540). Domingo de Soto (1494-1560). Miguel de Giginta (1534-1588). Juan de Medina (1492-1572).

¿Quién sostuvo que el éxito económico era un signo de predestinación?. Erasmo. Tomás Moro. J. L. Vives. Lutero y el protestantismo.

¿Cuál de los siguientes autores es el primero en publicar una obra sobre atención a los pobres?. Miguel de Giginta. Domingo de Soto. Juan Luis Vives. Juan de Robles.

¿Qué obra de Juan Luis Vives sobre la pobreza se publica en Brujas (Bélgica) en el año 1525?. ¡A socorrer a los pobres!. Exhortación a la compasión. Atalaya de caridad. Del socorro de los pobres.

Para Juan Luis Vives: La asistencia pública es innecesaria porque existen muchas organizaciones religiosas que practican la caridad. La asistencia pública es necesaria porque la aplicación de la caridad es insuficiente. La asistencia pública es innecesaria porque impide las actuaciones espontáneas del buen cristiano. La asistencia pública es necesaria solo para los diáconos y clérigos.

Juan Luis Vives, en su obra sobre “Del socorro de los pobres”: Justifica con textos del Antiguo y Nuevo Testamento la obligación de la limosna. Dice que la limosna no es necesaria. Evita hablar de la limosna como forma de auxilio al pobre. La limosna sólo tiene una dimensión individual, de auxilio para quien la recibe y de merecimiento para quien la otorga.

Juan Luis Vives: No es partidario de suprimir la mendicidad, sino de organizarla debidamente. En la atención a los pobres da preferencia a las prestaciones económicas antes que al trabajo del pobre. Propone que el cuidado a los pobres se convierta en una verdadera función pública. Propone, como primer medio de atención a los pobres, el establecimiento de hospitales para ellos.

En el esquema de atención a los pobres propuesto por Vives: Se fomenta el trabajo de los pobres, pero no se les obliga a trabajar. El trabajo es obligatorio, salvo para los pobres con minusvalías. Se les asigna obligatoriamente como obreros de talleres. El trabajo es obligatorio, salvo para los pobres con enfermedad mental.

Los remedios y medidas sobre los pobres que propone Juan Luis Vives son: Elaboración de un censo de pobres. Obligatoriedad del trabajo para los pobres. Instrucción para el trabajo. Todas las anteriores son correctas.

Entre otras medidas, Luis Vives propone, en su obra “El socorro de los pobres”, erradicar la pobreza mediante: Un distintivo que identifique a los mendigos y transeúntes como tales, para que no puedan mendigar aquellos que no están reconocidos como pobres. fomento de la mendicidad callejera. Hay que comenzar por un censo municipal de la pobreza; lo que hoy denominamos inventario de recursos y de necesidades. La represión, persecución, encarcelamiento y tortura de los que practican la mendicidad.

La obligación que tienen los pobres de trabajar, y no de mendigar, es un postulado básico de los modelos de atención a los pobres de: Domingo de Soto y Juan Luis Vives. Juan de Robles y Domingo de Soto. Juan Luis Vives y Juan de Robles. Juan Luis Vives únicamente.

Juan Luis Vives plantea que la educación infantil ha de: No ser garantizada, puesto que los niños han de trabajar. Garantizar educación solamente a los niños. Garantizar educación solamente a las niñas. Garantizar educación tanto a los niños como a las niñas.

¿Cuál es la primera fuente de financiación en el sistema de atención a los pobres propugnado por Vives?. Las limosnas de los particulares. La administración de los bienes públicos. Las rentas provenientes de obispados, monasterios y bienes eclesiásticos en general. Las rentas provenientes de los hospitales.

La obra de Vives sobre la pobreza: Fue objeto de críticas unánimes, por la proximidad de su pensamiento con las tesis luteranas. Tuvo una fría acogida en su tiempo, salvo en la ciudad de Brujas. Influyó en las leyes de mendicidad de Carlos I y Felipe II. Fue aceptada de manera unánime por su originalidad y adecuación a los tiempos.

El éxito de la obra y pensamiento de Vives se manifiesta, entre otras cosas: Porque organizó los Seguros Sociales. Por su obra dirigida a la protección de los ancianos. En que su proyecto es aceptado e impuesto por un edicto de 1526 en la ciudad de Brujas. En que llegó a ostentar puestos de responsabilidad política en Holanda.

Para Domingo de Soto, la asistencia a los pobres: Es un asunto que pertenece al ámbito religioso. Es un asunto propio y específico de la autoridad pública. Concierne únicamente a las diputaciones provinciales. Se rige por el principio de idoneidad identitaria.

Domingo de Soto: Es partidario de que se suprima la mendicidad callejera. No es partidario de que se suprima la mendicidad callejera, sino sólo de que se controle. Propone que se vuelva al tratamiento tradicional de la pobreza y de la mendicidad. Propugna que, en la atención de los pobres, intervengan los poderes públicos.

Domingo de Soto (1494-1560) era: Católico (dominico). Agnóstico. Luterano. Calvinista.

Domingo de Soto defiende: El control de la mendicidad callejera. El intervencionismo público en la atención de los pobres. Una asistencia controlada por las autoridades locales a través de instituciones de beneficencia. La libre mendicidad callejera.

Domingo de Soto: Defiende la libertad del pobre para buscar socorro donde estime conveniente, salvo que exista riesgo de fraude en la petición de limosnas. Defiende la libertad del pobre para buscar socorro donde estime conveniente. Defiende el derecho de libertad del pobre, si bien limitado a la petición de limoná en iglesias y monasterios. Defiende sólo la libertad de pedir del peregrino a Santiago.

En su obra “Deliberación de la causa de los pobres”, Domingo de Soto: Rechaza el acogimiento de los pobres en instituciones de beneficencia. Considera imprescindible el recogimiento de los pobres en centros de caridad. Considera que el recogimiento de los pobres en centros de caridad es la solución al problema de la pobreza. Defiende que el recogimiento de los pobres en centros de caridad es una cuestión religiosa y, como tal, debe ser practicada, aunque sólo con los pobres naturales del lugar.

“En pedir por Dios el que es verdaderamente pobre ninguna culpa ni crimen comete”. Es una cita textual de un autor que defiende ardientemente la libertad del pobre para buscar socorro donde estime conveniente, relegando a un papel accesorio a los poderes públicos. La intervención de la autoridad... ha de restringirse a distinguir los pobres verdaderos de los fingidos... y para que uno sea legítimamente pobre, no es necesario que sea enfermo, sino que carezca de lo necesario para su sustento y el de su familia. ¿A qué pensador español nos referimos?. Juan Luis Vives. Domingo de Soto. Fray Juan de Robles. Miguel de Giginta.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones NO se corresponde con el pensamiento de Domingo de Soto plasmado en su obra Deliberación de la causa de los pobres?. No debe restringirse el derecho a la mendicidad, ni aunque existan riesgos de que se produzcan fraudes en la petición de limosnas. Si son pobres, todos cuentan con igual derecho a mendigar, sean naturales o forasteros. Quienes obstaculizan o prohíben la caridad pública, perjudican a la virtud de la misericordia. Los pobres han de tener libertad de movimiento, pero no en la misma medida que los ricos.

¿En qué punto se aproximan las ideas de Vives y Soto?. En la concepción de la riqueza y su distribución. En la concepción de un Estado paternalista. En la discriminación entre pobres naturales y forasteros. En la supresión de la libre mendicidad.

En 1540 se distan disposiciones intervencionistas sobre la pobreza ¿quién salió en su defensa?. Domingo de Soto. Juan de Robles. Miguel de Giginta. Ninguno de los tres anteriores.

¿De quién es la obra “De la orden que en algunos pueblos de España se ha puesto en la limosna para remedio de los verdaderos pobres”?. De Juan de Robles. De Domingo de Soto. De Pérez Herrera. De Miguel de Giginta.

El humanista Fray Juan de Robles o Juan de Medina estima que: El control de la mendicidad y la administración de hospitales y del socorro de los pobres debe hacerse por las autoridades civiles. El control de la mendicidad y la administración de hospitales y del socorro de los pobres debe hacer por las autoridades militares. El control de la mendicidad y la administración de hospitales y del socorro de los pobres debe hacerse por las autoridades religiosas. La recaudación de limosnas debe hacerse por las autoridades públicas y la distribución por las autoridades religiosas.

De las siguientes ayudas de atención a los pobres, ¿cuál es la propugnada por Juan de Robles?. Las que se dan a los pobres en los monasterios e iglesias. Las que se dan a los pobres en su domicilio. Las que se dan en hospicios para pobres. Las que se dan en la calle cuando los pobres piden libremente.

Según Maza Zorrilla, ¿en qué reside la modernidad de la propuesta de Juan de Robles?. Pretende suprimir la mendicidad por métodos represivos. No pretende en ningún momento suprimir la mendicidad. Pretende suprimir la mendicidad mediante medios indirectos y no coercitivos. Pretende regular la mendicidad.

En materia de atención a los pobres, Juan de Robles: Pretende suprimir la mendicidad callejera. Separa la esfera religiosa de la vida civil. Distingue entre tipos de pobres. Todas las respuestas anteriores son correctas.

¿Quién atribuyó a las autoridades civiles el control del socorro de los pobres?. Domingo de Soto. Miguel de Giginta. Juan de Robles. El Concilio de Trento.

¿Cómo podríamos resumir la obra y pensamiento de Fray Juan de Robles?. Aborda exclusivamente la perspectiva religiosa de la mendicidad. Prevalece en su pensamiento el concepto de misericordia. Constituye una justificación del desplazamiento de una moral de la práctica de la caridad, al plano de una política de la justicia social. centra su estudio en la diferencia entre pobres naturales y forasteros.

¿Cuál fue la innovación básica de Miguel de Giginta para la solución política de la mendicidad?. La hospitalidad pública mediante casas del pueblo. La creación de las Casas de misericordia. La creación de asilos públicos, llamados asilos de pobres. La creación de Albergues de Pobres.

Miguel de Giginta pretende compaginar la atención de los poderes públicos a los pobres sin impedir la mendicidad libre y sin que una falta absoluta de control llevase a una proliferación excesiva de pobres fingidos, según Martín Rodríguez 1984. Pero ¿cuál fue su innovación básica para la solución de la mendicidad?. La hospitalidad pública. La creación de asilos públicos. La creación de las Casas de misericordia.

Según la doctrina protestante, la protección social: Se fundamenta en la virtud cristiana de la caridad. Deja de fundamentarse en la caridad cristiana. Para la doctrina protestante no existe protección social. Al igual que para el catolicismo, se fundamenta en las virtudes de la fe y de la caridad.

Miguel de Giginta propone que las casas de misericordia sean: Un instrumento para sancionar la mendicidad y erradicarla. Un instrumento para eliminar la mendicidad y castigarla. Un instrumento para controlar la mendicidad y regenerar a los pobres. Un instrumento para castigar y tutelar a los mendigos.

En las casas de misericordia creadas por Miguel Giginta: Los pobres ingresaban voluntariamente. Los pobres ingresaban voluntariamente, pero una vez en ellas no podían salir hasta que fuesen capaces de mantenerse por sí mismos. Los pobres ingresaban por decisión del alcalde del pueblo donde estaban las casas. Los pobres ingresaban por decisión del párroco del pueblo donde estaban las casas.

Uno de los autores estudiados entre los pensadores españoles del siglo XVI fue médico, político y poeta. ¿Cuál?. Domingo de Soto. Fray Juan de Robles. Miguel de Giginta. Cristóbal Pérez de Herrera.

Los pobres acogidos en los albergues de pobres de Pérez Herrera: Permanecían todo el día en los albergues. No podían pedir limosna públicamente. Permanecían en los albergues sólo para dormir y asistir a misa. Tenían obligación de trabajar en los albergues.

¿Cuál fue la institución de atención a los pobres creada por Cristóbal Pérez de Herrera?. Los hospitales de pobres. Los Albergues para pobres. Las Casas de Misericordia. La atención a los pobres en sus propios domicilios.

Los pobres acogidos en los Albergues para pobres creados por Cristóbal Pérez de Herrera: Todos trabajaban en los Albergues. Tenían prohibición absoluta de mendigar por la calle. Vivían del producto de las limosnas que obtenían. Ninguno de ellos podía realizar trabajos en los Albergues.

Pérez Herrera aborda el problema de los huérfanos desamparados, y para cuidar y hacer un seguimiento de ellos propone que cada ayuntamiento: Designe un protector de los huérfanos. Los acoja en casas tuteladas de carácter público. Designe un tutor por cada niño, que ha de ser de clase acomodada. Se acojan a los niños en los ámbitos rurales para crear una nueva clase social rural.

¿Cuál es la propuesta de Cristóbal Pérez Herrera para ordenar la mendicidad?. Albergues para pobres verdaderos en régimen de libertad y la reglamentación de la mendicidad callejera. Albergues para pobres verdaderos en régimen cerrado y la reglamentación de la mendicidad callejera. Albergues para pobres verdaderos en régimen cerrado y la represión de la mendicidad callejera. Albergues para pobres verdaderos en régimen de libertad y la sanción de la mendicidad callejera.

La primera disposición en la que se prohíbe la libre circulación de pobres por el Reino de Castilla, la encontramos en: El Ordenamiento de las Cortes de Valladolid (1523). El Ordenamiento de las Cortes de Madrid (1528). El Ordenamiento de las Cortes de Madrid (1534). Ninguno de los anteriores.

El encargo a las ciudades para que, mediante alguna ordenanza, sustituyan la mendicidad callejera por el recogimiento de pobres, se encuentra en: La Real Instrucción de Carlos I, de 24 de agosto de 1540. En las Cortes de Valladolid de 1557. En la Real Pragmática de Felipe II, de 7 de agosto de 1565. En las Cortes de Madrid de 1576.

¿En qué disposición normativa se acepta la libre mendicidad de los verdaderos pobres, con el requisito de tener licencia para pedir?. Ordenamiento de las Cortes de Segovia de 1532. Ordenamiento de las Cortes de Madrid de 1534. Ordenamiento de las Cortes de Valladolid de 1555. Real Pragmática de Felipe II, de 7 de agosto de 1565.

Las Cédulas de Pedir: Se utilizan para diferenciar a los verdaderos pobres de los fingidos. Se utilizan para realizar una desclasificación de pobres. Se les facilitan a la iglesia para catalogar a los peregrinos de Santiago. Se les otorga a los vagabundos para acceder a las ciudades.

¿Cuál de las siguientes medidas constituyen acciones administrativas, no legislativas, adoptadas en el siglo XVI a efectos de regular la mendicidad?. Los Ordenamientos de Cortes. Las limosnas recogías en monasterios e iglesias. Las Pragmáticas reales. Las Cédulas de pedir.

¿Cuáles de las siguientes medidas constituyen acciones administrativas, no legislativas, adoptadas en el siglo XVI a efectos de regular la mendicidad?. Los Ordenamientos de Cortes. Las limosnas recogías en monasterios e iglesias. Las Pragmáticas reales. Ayuda domiciliaria a los pobres vergonzantes (establecimiento de hospitales, casas de misericordia, albergues y hospicios / acción supervisora del poder público / medidas punitivas / cédulas de pedir).

Pensadores españoles del sxvi. Juan luis vives. Domingo de soto. Fray juan de robles o juan medina. Miguel de ginuta. Perecez de herrera.

Autores. Luis vives. Domingo de soto. Fray Juan de robles o Juan de Medina. Miguel de Ginita. Perez Herrera.

acciones legislativas. ordenamiento cortes valladolid. ordenamiento cortes Toledo. ordenamiento cortes de Madrid. real carta y real instruccion de carlos I. real pramatica de felipe II.

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