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IPE I. Tema 15

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Título del Test:
IPE I. Tema 15

Descripción:
La Seguridad Social

Fecha de Creación: 2026/04/27

Categoría: Otros

Número Preguntas: 31

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Temario:

LA SEGURIDAD SOCIAL EN ESPAÑA EN SU RÉGIMEN GENERAL: Incluye a las personas trabajadoras por cuenta ajena. Incluye a las personas trabajadoras por cuenta propia. Incluye a los trabajadores del mar. Incluye a las personas trabajadoras por cuenta propia y ajena.

LA MODALIDAD NO CONTRIBUTIVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL ESTÁ PENSADA PARA: Personas que no hayan cotizado nunca. Personas que no hayan cotizado nunca o su cotización no llega a los mínimos exigidos. Para personas cuya cotización no llega a los mínimos exigidos. Para personas que no tienen los años cotizados para el paro.

LOS PLAZOS PARA LAS ALTAS, BAJAS Y VARIACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL TIENEN LOS SIGUIENTES PLAZOS: Alta dentro de los 60 días hasta a la incorporación, variaciones dentro de los 30 días siguientes a la variación y bajas dentro de los 3 días siguientes a la baja. Alta dentro de los 10 días hasta a la incorporación, variaciones cuando sucedan y bajas dentro de los 2 días siguientes a la baja. Alta dentro de los 60 días hasta a la incorporación, variaciones cuando sucedan y bajas dentro de los 3 días siguientes a la baja. Alta dentro de los 30 días hasta a la incorporación, variaciones cuando sucedan y bajas dentro de los 3 días siguientes a la baja.

EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL…. Gestiona los recursos económicos y tramita las afiliaciones, las altas y las bajas de las personas trabajadoras. Es la entidad encargada de la gestión y administración de las prestaciones económicas. Gestionas las prestaciones por desempleo de todos los trabajadores. Gestiona las prestaciones de invalidez y jubilación en la modalidad no contributiva.

LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL…. Gestiona los recursos económicos y tramita las afiliaciones, las altas y las bajas de las personas trabajadoras. Es la entidad encargada de la gestión y administración de las prestaciones económicas. Gestionas las prestaciones por desempleo de todos los trabajadores. Gestiona las afiliaciones, las altas y las bajas de las personas trabajadoras.

LA AGENCIA ESPAÑOLA DE EMPLEO O SEPE…. Gestiona los recursos económicos y tramita las afiliaciones, las altas y las bajas de las personas trabajadoras. Es la entidad encargada de la gestión y administración de las prestaciones económicas. Gestionas las prestaciones por desempleo de todos los trabajadores. Gestiona las afiliaciones, las altas y las bajas de las personas trabajadoras.

LA EMPRESA QUE CONTRATA A PERSONAS TRABAJADORAS TIENE LA OBLIGACIÓN DE AFILIARLAS Y/O DARLES DE ALTA…. Hasta una semana después de incorporarse al trabajo. Hasta 10 días después de incorporarse al trabajo. Con carácter previo a la incorporación (hasta 30 días antes). Con carácter previo a la incorporación (hasta 60 días antes).

LAS PRESTACIONES DE PAGO PERIODICO Y DURACIÓN TEMPORAL SON…. Las pensiones. Los subsidios. Las indemnizaciones. Las pagas.

LAS PRESTACIONES DE PAGO PERIODICO O VITALICIO O HASTA ALCANZAR UNA EDAD DETERMINADA SON…. Las pensiones. Los subsidios. Las indemnizaciones. Las subvenciones.

LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS QUE SE ABONAN EN UN SOLO PAGO SON…. Las pensiones. Los subsidios. Las indemnizaciones. Las subvenciones.

LA PRESTACIONES POR NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR CONSISTE EN UN SUBSIDIO DIARIO EQUIVALENTE A…. El 100% de la Base Reguladora. El 75% de la Base Reguladora. El 60% de la Base Reguladora. El 50% de la Base Reguladora.

LA PRESTACIÓN POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA NATURAL CONSISTE EN UN SUBISIDIO EQUIVALENTE AL: 120% de la Base Reguladora. 100% de la Base Reguladora. 90% de la Base Reguladora. 80% de la Base Reguladora.

EL PERIODO DE COTIZACIÓN PARA BENEFICIARSE DE LA PRESTACIÓN POR IT EN CASO DE ENFERMEDAD COMÚN ES…. Haber cotizado un mínimo de 120 días dentro de los 3 años anteriores a la baja. Haber cotizado un mínimo de 180 días dentro de los 5 años anteriores a la baja. Haber cotizado un mínimo de 160 días dentro de los 5 años anteriores a la baja. No existe un periodo mínimo de cotización.

EL PERIODO DE COTIZACIÓN PARA BENEFICIARSE DE LA PRESTACIÓN POR IT EN CASO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL ES…. Haber cotizado un mínimo de 120 días dentro de los 3 años anteriores a la baja. Haber cotizado un mínimo de 180 días dentro de los 5 años anteriores a la baja. Haber cotizado un mínimo de 160 días dentro de los 5 años anteriores a la baja. No existe un periodo mínimo de cotización.

SI LOS SERVICIOS MÉDICOS CONSIDERAN POSIBLE LA RECUPERACIÓN, LA SITUACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL SE PUEDE AMPLIAR HASTA ALCANZAR UN MÁXIMO DE…. 24 meses. 12 meses. 18 meses. 6 meses.

EN LA PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL SE COBRA…. El 75% de la Base Reguladora a partir del día siguiente a la baja. El 60% de la Base Reguladora a partir del 4º día hasta el 15º inclusive y el 75% a partir del 16º. El 60% de la Base Reguladora a partir del 3º día hasta el 10º inclusive y el 75% a partir del 11º. El 60% de la Base Reguladora a partir del 5º día hasta el 15º inclusive y el 75% a partir del 20º.

EN LA PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL SI HAY MEJORA…. Se cobra los 5 primeros días. Se cobra los 3 primeros días. Se cobra desde el primer día. Se cobra los 2 primeros días.

EN LA PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD PROFESIONAL O ACCIDENTE LABORAL SE COBRA…. A partir del día 5 de baja. A partir del día 3 de baja. A partir del día 15 de baja. Desde el primer día.

EL GRADO DE INCAPACIDAD PERMANENTE QUE PRODUCE UNA DISMINUCIÓN EN EL RENDIMIENTO DE LA PROFESION NO INFERIOR AL 33% Y QUE NO IMPIDE LA REALIZACIÓN DE LAS TAREAS FUNDAMENTALES DE LA MISMA ES…. La incapacidad permanente total. La incapacidad permanente parcial. La incapacidad temporal parcial. La incapacidad parcial.

EL GRADO DE INCAPACIDAD PERMANENTE QUE INHABILITA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS TAREAS FUNDAMENTALES DE LA PROFESIÓN HABITUAL, PERO LE PERMITE DEDICARSE A OTRAS DISTINTAS ES…. La incapacidad profesional parcial. La incapacidad permanente total. La incapacidad permanente absoluta. La gran invalidez.

LA PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL ES DE: Una cantidad equivalente a 24 mensualidades. Una cantidad equivalente a 12 mensualidades. Una cantidad mensual del 55% de la Base Reguladora. Una cantidad mensual del 100% de la Base Reguladora.

LA PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL ES DE: Una cantidad equivalente a 24 mensualidades. Una cantidad equivalente a 12 mensualidades. Una cantidad mensual del 55% de la Base Reguladora. Una cantidad mensual del 100% de la Base Reguladora.

LA PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA ES DE: Una cantidad mensual del 55% de la Base Reguladora. Una cantidad mensual del 75% de la Base Reguladora. Una cantidad mensual del 100% de la Base Reguladora. Una cantidad mensual del 120% de la Base Reguladora.

LA PRESTACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA ES DE: Una cantidad mensual del 120% de la Base Reguladora. Una cantidad mensual del 100% de la Base Reguladora. Una cantidad mensual del 100% de la Base Reguladora + un complemento no inferior al 45% de la Base. Una cantidad mensual del 100% de la Base Reguladora + un complemento no inferior al 45% de la Base.

A PARTIR DE 2027, LA EDAD DE JUBILACIÓN ORDINARIA SERÁ DE…. 67 años en todo caso. 67 años salvo que se hayan cotizado 35 años y 6 meses que será de 65 años. 67 años salvo que se hayan cotizado 36 años y 6 meses que será de 65 años. 67 años salvo que se hayan cotizado 35 años y 6 meses que será de 65 años.

LA BASE REGULADORA PARA CALCULAR LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN SE CALCULA…. Dividiendo las bases de cotización durante los 300 meses inmediatamente anteriores al mes previo al de la jubilación entre 250. Dividiendo las bases de cotización durante los 300 meses inmediatamente anteriores al mes previo al de la jubilación entre 350. Dividiendo las bases de cotización durante los 350 meses inmediatamente anteriores al mes previo al de la jubilación entre 300. Dividiendo las bases de cotización durante los 350 meses inmediatamente anteriores al mes previo al de la jubilación entre 350.

LA BASE REGULADORA PARA CALCULAR LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN SE CALCULA CON LA SIGUIENTE FÓRMULA: Base reguladora = (Base de cotización por contingencias comunes de los últimos 300 meses) / 350. Base reguladora = (Base de cotización por contingencias comunes de los últimos 350 meses) / 350. Base reguladora = (Base de cotización por contingencias comunes de los últimos 300 meses) / 300. Base reguladora = (Base de cotización por contingencias comunes de los últimos 350 meses) / 350.

¿LAS PAREJAS SEPARADAS O DIVORCIADAS PUEDEN COBRAR PENSIÓN DE VIUDEDAD?. No. Sí. Sí, pero sólo si han estado casadas más de 15 años. Sí, si cobran pensión compensatoria.

EL REQUISITO DE COTIZACIÓN PARA PODER SOLICITAR LA PRESTACIÓN DE DESEMPLEO ES DE…. 300 días en los 6 años anteriores a la extinción de la relación laboral. 360 días en los 18 meses anteriores a la extinción de la relación laboral. 360 días en los 24 meses anteriores a la extinción de la relación laboral. 360 días en los 6 años anteriores a la extinción de la relación laboral.

LA BASE REGULADORA PARA ESTABLECER LA CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO SE CALCULA CON LA SIGUIENTE FÓRMULA: (Suma de las bases de cotización por desempleo de los último 120 días - Horas extras) / 180. (Suma de las bases de cotización por desempleo de los último 180 días - Horas extras) / 180. (Suma de las bases de cotización por desempleo de los último 360 días - Horas extras) / 360. (Suma de las bases de cotización por desempleo de los último 180 días) / 180.

¿QUÉ INDICADOR SE UTILIZA PARA CALCULAR LOS MÍNIMOS Y MÁXIMOS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO?. SMI. IPREM. IPC. IPREC.

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