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IRENE

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Título del Test:
IRENE

Descripción:
Temario Comun 2

Fecha de Creación: 2026/04/01

Categoría: Otros

Número Preguntas: 8

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Temario:

La pérdida de la condición de personal estatutario de los servicios de salud se produce cuando la incapacidad permanente sea declarada: En grado de incapacidad permanente total para la profesión habitual. En grado de incapacidad absoluta para todo trabajo. En grado de gran invalidez. Todas las respuestas son correctas.

La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, establece que: El tiempo de trabajo es el período en el que el personal permanece en el centro sanitario. Solo se considera tiempo de trabajo aquel en el que el personal se encuentre dentro del centro sanitario en su puesto de trabajo y en el ejercicio de su actividad y funciones. Para el cómputo del tiempo de trabajo, se puede tomar en consideración tanto el tiempo en el que se permanece en el centro sanitario como fuera de dicho centro. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

En el supuesto del personal estatutario de los servicios de salud: El período de localización es aquel período de tiempo en el que el personal se encuentra únicamente en situación de disponibilidad. Se considera período de descanso todo período de tiempo que no sea tiempo de trabajo. El trabajo por turnos es una forma de organización del trabajo en equipo con arreglo al ritmo rotatorio y siempre de tipo continuo. El período de localización es aquel período de tiempo en el que el personal se encuentra en situación de disponibilidad a los solos efectos de asegurar su posible localización.

Para el personal estatutario de los servicios de salud, el período nocturno tendrá la siguiente duración: Mínima de siete horas e incluirá necesariamente el período comprendido entre las cero y las cinco horas de cada día natural. Mínima de ocho horas e incluirá necesariamente el período comprendido entre las cero y las cinco horas de cada día natural. Mínima de ocho horas e incluirá necesariamente el período comprendido entre las doce y las cinco horas de cada día natural. Mínima de siete horas e incluirá necesariamente el período comprendido entre las doce y las cinco horas de cada día natural.

Atendiendo a lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, señale la respuesta que no es correcta: Para superarse la duración máxima conjunta de la jornada ordinaria y la jornada complementaria, será suficiente con justificar por parte del centro sanitario que existen razones organizativas o asistenciales que así lo justifiquen. Podrá superarse la duración máxima conjunta de la jornada ordinaria y de la jornada complementaria cuando el personal lo consienta y siempre que existan razones organizativas o asistenciales que así lo justifiquen en aras a garantizar la adecuada atención continuada y permanente. Podrá superarse la duración máxima conjunta de la jornada ordinaria y de la jornada complementaria siempre previa oferta expresa del centro sanitario. Los excesos de jornada tendrán el carácter de jornada complementaria y un límite máximo de 150 horas anuales.

Respecto a la jornada y descansos diarios del personal estatutario de los servicios de salud, es correcta la siguiente afirmación: El tiempo de trabajo correspondiente a la jornada ordinaria será siempre de 12 horas ininterrumpidas. El personal tiene derecho a un período mínimo de descanso ininterrumpido de 8 horas entre el fin de una jornada y el comienzo de la siguiente. Se podrán establecer jornadas ordinarias de hasta 24 horas con carácter excepcional y cuando así lo aconsejen razones organizativas o asistenciales. El descanso ininterrumpido de 12 horas entre el fin de una jornada y el comienzo de la siguiente solo podrá reducirse en el caso de trabajo a turnos, cuando el personal cambie de equipo y no pueda disfrutar del período de descanso diario entre el final de la jornada de un equipo y el comienzo de la jornada del siguiente.

Según establece la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Resulta incompatible para el personal estatutario de los servicios de salud el ejercicio de las funciones sanitarias con cualquier otro tipo de funciones. Al personal estatutario de los servicios de salud le resulta aplicable el mismo régimen de incompatibilidades establecido para el personal funcionario. Atendiendo a lo que establezca la legislación vigente, el personal estatutario de los servicios de salud podrá compatibilizar las funciones sanitarias y docente. Para el personal licenciado sanitario el complemento específico resulta irrenunciable.

La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud regula el descanso semanal. Señale la respuesta que no es correcta: El personal tendrá derecho a un período mínimo que siempre será fijo de descanso ininterrumpido con una duración media de 24 horas semanales. El período de referencia para el cálculo del período de descanso semanal será de tres meses. En el caso de que no se hubiera disfrutado del tiempo mínimo de descanso semanal en el período de tres meses se producirá una compensación a través del régimen de descansos alternativos. El período de referencia para el cálculo del período de descanso semanal será de dos meses.

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