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IV Convenio único personal laboral de la AGE

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Título del Test:
IV Convenio único personal laboral de la AGE

Descripción:
Preguntas sobre IV convenio único

Fecha de Creación: 2022/02/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 33

Valoración:(38)
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Se establecen los siguientes grupos profesionales de acuerdo con la titulación exigida para el ingreso en los mismos. M3-M2-M1-E2-E1-E0. M4-M3-M2-M1-E1-E0. M3-M2-M1-E3-E2-E1. M2-M1-M0-E2-E1-E0.

Título clasificado en el Nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior o equivalentes. M3. B3. L3. E3.

Título clasificado en el Nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior o equivalentes. M2. B2. M3. E2.

Título clasificado en el Nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior o equivalentes. M2. M1. B1. E2.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatorio o Título Profesional Básico o equivalentes. E1. C1. B1. E2.

Título de Bachiller o Técnico o equivalentes. E1. C1. B1. E2.

Sin titulación prevista en el sistema educativo. E1. A2. A1. E0.

Las familias profesionales serán las definidas como tal por la autoridad competente dentro de. Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. Sistema Educativo. Comisión paritaria. Ninguna es correcta.

Agrupa unitariamente las aptitudes profesionales, las titulaciones y el contenido general de la prestación laboral que se corresponde con las mismas. El grupo profesional. La familia profesional. La especialidad. Ninguna es correcta.

Agrupan el conjunto de titulaciones, cualificaciones, profesiones, oficios y ocupaciones atendiendo a criterios de afinidad de la competencia profesional. El grupo profesional. La familia profesional. La especialidad. Ninguna es correcta.

Determina el contenido concreto de la prestación laboral y establece el perfil profesional de cada puesto, agrupando los contenidos, las competencias profesionales y las especificaciones técnicas que responden a un conjunto de actividades de trabajo enmarcadas en una fase del proceso de producción. El grupo profesional. La familia profesional. La especialidad. Ninguna es correcta.

En todo caso, para estos grupos profesionales la especialidad determinará la titulación universitarias exigidas para el ingreso. M3. M2. M3 y M2. M3, M2 y M1.

Para el grupo M1. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FPGS, la especialidad determinará la titulación exigida para el ingreso. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FPGM, la especialidad determinará la titulación universitaria exigida para el ingreso. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FP, la especialidad determinará la titulación exigida para el ingreso. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FPGU, la especialidad determinará la titulación exigida para el ingreso.

Para el grupo M1. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 3 del SNCP no incluida en ningún título de FPGS, la especialidad determinará la cualificación profesional. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 2 del SNCP no incluida en ningún título de FPGM, la especialidad determinará la cualificación profesional. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 3 del SCNP no incluida en ningún título de FPGS, la especialidad determinará la cualificación profesional. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 1 del SNCP no incluida en ningún título de FPGS, la especialidad determinará la cualificación profesional.

Para el grupo E2. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 3 del SNCP no incluida en ningún título de FPGS, la especialidad determinará la cualificación profesional. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 2 del SNCP no incluida en ningún título de FPGM, la especialidad determinará la cualificación profesional. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 3 del SCNP no incluida en ningún título de FPGS, la especialidad determinará la cualificación profesional. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 1 del SNCP no incluida en ningún título de FPGS, la especialidad determinará la cualificación profesional.

Para el grupo E2. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FPGS, la especialidad determinará la titulación exigida para el ingreso. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FPGM, la especialidad determinará la titulación exigida para el ingreso. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FP, la especialidad determinará la titulación exigida para el ingreso. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FPGU, la especialidad determinará la titulación exigida para el ingreso.

Para el grupo E1. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FPGS, la especialidad determinará la titulación exigida para el ingreso. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FPGM, la especialidad determinará la titulación exigida para el ingreso. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FPGB, la especialidad determinará la titulación exigida para el ingreso. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una titulación específica de FPGU, la especialidad determinará la titulación exigida para el ingreso.

Para el grupo E1. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 3 del SNCP no incluida en ningún título de FPGS, la especialidad determinará la cualificación profesional. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 2 del SNCP no incluida en ningún título de FPGM, la especialidad determinará la cualificación profesional. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 3 del SCNP no incluida en ningún título de FPGS, la especialidad determinará la cualificación profesional. Aquellos puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral corresponda con una cualificación profesional de Nivel 1 del SNCP no incluida en ningún título de FPGB, la especialidad determinará la cualificación profesional.

Es el órgano encargado de la negociación en el marco del Convenio único, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores. La Comisión Negociadora. La Comisión Paritaria. La Comisión Paritaria Negociadora. La Comisión Delegada Negociadora.

Es el órgano máximo de interpretación, vigilancia, seguimiento, estudio y aplicación de lo pactado en el presente Convenio colectivo durante su vigencia. Estará compuesta por representantes de las partes firmantes del convenio. La Comisión Negociadora. La Comisión Paritaria. La Comisión Paritaria Negociadora. La Comisión Delegada Negociadora.

La Comisión Negociadora estará compuesta por 1.____________ con voz y voto, que ostentarán la condición de 2.__________________. 1. treinta miembros 2. personal al servicio de las Administraciones Públicas. 1. cuarenta miembros 2. funcionarios de carrera de la AGE. 1. quince miembros 2. personal al servicio de las Administraciones Públicas. 1. treinta miembros 2. funcionarios de carrera de la AGE.

Cada Organización Sindical integrante de la Comisión Negociadora podrá designar asesores o asesoras, con 1.____________, hasta un número equivalente al 2._________________. Asimismo, la Administración podrá designar un número de personas asesoras equivalente al total de las designadas por las Organizaciones Sindicales. 1. voz pero sin voto 2. 80% de su representatividad. 1. voz y voto 2. 80% de su representatividad. 1. voz y voto 2. 60% de su representatividad. 1. voz pero sin voto 2. 70% de su representatividad.

Esta Comisión estará compuesta por quince personas en representación de cada una de las partes. La Comisión Paritaria. La Comisión Negociadora. La Comisión Delegada. La Comisión Permanente.

Cada Organización Sindical integrante de la Comisión Paritaria podrá designar asesores o asesoras, con 1.____________, hasta un número equivalente al 2._________________. Asimismo, la Administración podrá designar un número de personas asesoras equivalente al total de las designadas por las Organizaciones Sindicales. 1. voz pero sin voto 2. 80% de su representatividad. 1. voz y voto 2. 80% de su representatividad. 1. voz y voto 2. 60% de su representatividad. 1. voz pero sin voto 2. 70% de su representatividad.

La Comisión Paritaria funcionará en. Pleno y en Comisión Permanente. Pleno. Comisión Permanente. Comisión Permanente y comisiones extraordinarias.

La Comisión Paritaria se reunirá con carácter ordinario al menos 1.___________, y con carácter extraordinario, cuando lo soliciten 2.__________________. 1. una vez al mes 2. al menos siete de las personas que componen la parte social o de la Administración. 1. dos veces al mes 2. al menos siete de las personas que componen la parte social o de la Administración en total. 1. una vez al mes 2. al menos nueve de las personas que componen la parte social o de la Administración. 1. una vez al mes 2. al menos siete de las personas que componen la parte social o de la Administración en total.

Los acuerdos de las Comisiones (señala la incorrecta). Deberán adoptarse por más del 50% de cada una de las dos representaciones. Son de carácter voluntario y no vinculante para ambas partes. Tendrán el mismo valor que el Convenio Colectivo. Pasarán a integrarse en su articulado con la naturaleza obligacional o normativa según corresponda.

Los acuerdos de las Comisiones (señala la incorrecta). Deberán adoptarse por más del 50% de cada una de las dos representaciones. Son de carácter obligatorio y vinculante para ambas partes. No tienen el mismo valor que el Convenio Colectivo. Pasarán a integrarse en su articulado con la naturaleza obligacional o normativa según corresponda.

Los acuerdos de las Comisiones (señala la incorrecta). Deberán adoptarse por más del 75% de cada una de las dos representaciones. Son de carácter obligatorio y vinculante para ambas partes. Tienen el mismo valor que el Convenio Colectivo. Pasarán a integrarse en su articulado con la naturaleza obligacional o normativa según corresponda.

Los acuerdos de carácter o contenido económico requerirán la preceptiva aprobación de. La Comisión Negociadora. la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones. la Comisión Ejecutiva de la Comisión Paritaria. la Comisión Ejecutiva de la Secretaria de Estado para el Empleo Público.

¿Cuáles son los grupos de trabajo de Comisión Paritaria que se crean con carácter permanente?. Grupo de Trabajo de Interpretación del Convenio Único Grupo de Trabajo de Traslados. Grupo de Trabajo de Análisis del Convenio Único Grupo de Trabajo de Traslados. Grupo de Trabajo de Interpretación del Convenio Único Grupo de Trabajo de Negociación. Ninguna es correcta.

La Subcomisión Paritaria se encarga de la vigilancia, estudio y aplicación del Convenio Único en el ámbito de ... en el ámbito de cada Departamento y en el del Consejo de Seguridad Nuclear, CSIC, CIEMAT. Entidades Gestoras de la Seguridad Social. Administración de Justicia e Instituciones Penitenciarias. Todas son correctas.

Las Subcomisiones Paritarias estarán integradas por representantes de cada una de las partes firmantes del Convenio, cuyo número, por cada una de las partes, no podrá ser superior a. quince. doce. diez. veinte.

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