option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

izpilua 18

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
izpilua 18

Descripción:
interesting

Fecha de Creación: 2023/01/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 23

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

1. Es falso decir que el ejercicio del derecho a la segunda opinión médica regulado en el Decreto 149/2007, de 18 de septiembre, se garantiza en: a. Enfermedades neurológicas degenerativas. b. Cualquier enfermedad que represente riesgo para la vida o para la calidad de la misma. c. Enfermedades cardiovasculares. d. Cualquier enfermedad neoplásica.

2. El artículo 2 del Decreto, se denomina: a. Objeto. b. Procedimiento. c. Ámbito de la garantía. d. Atención sanitaria.

3. ¿Qué norma afirma que se garantiza el ejercicio del derecho de la segunda opinión médica en el ámbito del Sistema Sanitario de Euskadi para aquellos procesos de enfermedad que conlleven riesgo para la vida o calidad de la misma, en los términos que se desarrollan en el correspondiente Decreto?. a. El Decreto 67/2003, de 18 de marzo. b. El Decreto 175/1989, de 18 de julio. c. El Decreto 149/2007, de 18 de septiembre. d. El Decreto 235/2007, de 18 de diciembre.

4. ¿Quiénes podrán solicitar la segunda opinión médica, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 149/2007, de 18 de septiembre?. a. Todas las personas usuarias residentes en España. b. Todas las personas usuarias residentes en la Comunidad Autónoma de Euskadi. c. Las personas usuarias residentes en la CA de Euskadi que tengan derecho a la asistencia sanitaria de cobertura pública o privada. d. Las personas usuarias residentes en la CA de Euskadi que tengan derecho a la asistencia sanitaria de cobertura pública a cargo del Sistema Sanitario de Euskadi.

5. Es verdadero que: a. La 2ª opinión pública será realizada por profesionales médicos del mismo centro integrado en la red pública de Osakidetza en el que se le haya diagnosticado la enfermedad. b. La 2ª opinión será realizada por profesionales médicos de un centro integrado en la red pública de Osakidetza, distinto a aquél en el que se le haya diagnosticado la enfermedad. c. La 2ª opinión será realizada por profesionales médicos de un centro de la red privada sanitaria de la CA de Euskadi. d. La 2ª opinión será realizada por profesionales médicos del centro integrado en el Sistema Sanitario de Euskadi que elija la persona a la que se le haya diagnosticado la enfermedad, su representante legal, o la persona que hubiere sido autorizado expresamente por aquella.

6. Es cierto, conforme a este Decreto, que: a. Una vez obtenida la 2ª opinión médica, la atención sanitaria se llevará a cabo en el centro sanitario de origen si el 2º diagnóstico es confirmatorio del 1º. b. Una vez obtenida la 2ª opinión médica, la atención sanitaria se llevará a cabo necesariamente en el centro sanitario donde se emitió la 2ª opinión médica, si el 2º diagnóstico difiere del 1º. c. La obtención de una 2ª opinión médica dará derecho a permanecer simultáneamente, por el mismo proceso, en dos listas de espera para intervención quirúrgica. d. No cabrá, en ningún caso, una 2ª opinión médica en centros concertados o centros sanitarios integrados en el sistema sanitario público de otra CA.

7. ¿Se puede obtener, previa autorización del Departamento de Salud, una 2ª opinión médica en centros concertados o centros sanitarios integrados en el sistema sanitario de cualquier estado de la Unión Europea?. a. Sí, cuando así sea necesario por las especiales circunstancias de una técnica diagnóstica y/o terapéutica. b. Sí, en centros concertados o centros sanitarios integrados en el sistema sanitario público o privado. c. No, ni siquiera de centros concertados o centros sanitarios integrados en el sistema sanitario de otra CA. d. No.

8. ¿En qué plazo desde que tuviere entrada la solicitud de una 2ª opinión médica en el registro correspondiente, el SAPU, si hubiere derecho a ello, concertará la fecha, hora y servicio médico que atenderá la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de este decreto?. a. En el de 10 días naturales. b. En el de 10 días hábiles. c. En el de 15 días hábiles. d. En el de 15 días naturales.

9. Transcurrido el plazo establecido por este decreto sin recibir comunicación acerca de la concertación de una 2ª opinión médica solicitada por un paciente o quien actúe en su representación o interés: a. La misma se considerará desestimada. b. Este lo pondrá en conocimiento del Ararteko. c. Este lo pondrá en conocimiento del órgano competente del Departamento de Salud, quien resolverá en un plazo no superior a 10 días desde que tuviere entrada esta comunicación. d. Se resolverá la misma en un plazo no superior a 5 días desde que tuviere entrada la comunicación del hecho al órgano competente, el cual asignará, en caso de ser favorable, el centro y servicio especializado en el que se efectuará la 2ª opinión.

10. La segunda opinión será realizada. a. En cualquier centro público o concertado de Euskadi. b. En cualquier centro público del estado. c. En uno de los centros del listado facilitado por Osakidetza. d. En un centro integrado en la red pública de Osakidetza.

11. ¿Se podrá obtener, previa autorización del Departamento de Sanidad, una segunda opinión médica en centros concertados?. a. No. b. Es un derecho que asiste a las personas pacientes. c. Cuando así sea necesario por las especiales circunstancias de una técnica diagnóstica y/o terapéutica. d. Dependiendo del presupuesto prefijado para estos casos.

12. Podrán realizarse pruebas complementarias. a. Preferentemente, en el ámbito de la infraestructura sanitaria del centro en el que se integre el servicio médico que haya de emitir la 2ª opinión. b. No, por tratarse de una repetición innecesaria. c. Quedará al arbitrio del centro que realizó el primer diagnóstico. d. Necesitará de la autorización de un tribunal conformado al efecto.

13. Una vez solicitada formalmente una segunda opinión. a. Si no se considera adecuado, se notificará la negativa, sin que ésta deba ser razonada. b. Se concertará la correspondiente cita, en el plazo de 10 días hábiles desde la entrada de la solicitud. c. Transcurrido el plazo establecido sin recibir comunicación, se entenderá estimada. d. El centro elegido deberá dar su visto bueno en un plazo de 15 días.

14. La solicitud de una 2ª opinión médica podrá presentarse: a. Únicamente en el Servicio de Atención al Paciente-Usuario del centro sanitario de Osakidetza que hubiera emitido la primera. b. En cualquier unidad del Servicio de Atención al Paciente-Usuario de la red de centros sanitarios de Osakidetza o del Departamento de Salud. c. En los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. d. Las respuestas b) y c) son ciertas.

15. En el caso de que no se considerase adecuada una 2ª opinión médica: a. la Dirección Médica emitirá un informe razonado en el que se valore la solicitud con arreglo a criterios clínicos. b. se trasladará el expediente al Departamento de Sanidad para que resuelva. c. el Servicio de Atención al Paciente-Usuario lo comunicará a la persona interesada en el plazo de cinco días. d. el Defensor del Paciente emitirá un informe en el que valore la solicitud.

16. ¿Pueden solicitar la 2ª opinión médica los familiares allegados del paciente?. a. Sí, en cualquier caso. b. Sí, cuando los pacientes estuvieran imposibilitados y no tuvieren representante legal, ni hubieren autorizado expresamente a otra persona. c. Solamente cuando, estando imposibilitado el paciente, hubiesen sido autorizados expresamente por él. d. Solamente cuando ostentasen la representación legal.

17. En cuanto a la emisión de la segunda opinión médica, cual es la premisa falsa. a. La segunda opinión será realizada por profesionales médicos de un centro integrado en la red pública de Osakidetza-Servicio vasco de salud, distinto a aquél en el que se le haya diagnosticado la enfermedad. b. Preferentemente, el centro en el que se realizará la evaluación que requiera el ejercicio del derecho a la segunda opinión médica será aquél, dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se encuentre más próximo al domicilio de la persona que la solicita, de entre los que dispongan de la especialidad requerida. c. Cuando así sea necesario por las especiales circunstancias de una técnica diagnóstica y/o terapéutica, se podrá obtener, previa autorización del Departamento de Sanidad, una segunda opinión médica en centros concertados o centros sanitarios integrados en el sistema sanitario público de otra Comunidad Autónoma. d. Para obtener la segunda opinión médica se realizarán nuevamente las pruebas diagnósticas y terapéuticas realizadas por el servicio médico de origen, sin perjuicio de la posibilidad de realizar las pruebas complementarias que fueren necesarias para obtener un diagnóstico. Estas pruebas se prescribirán y realizarán, preferentemente, en el ámbito de la infraestructura sanitaria del centro en el que se integre el servicio médico que haya de emitir la segunda opinión.

18. ¿Cuál no es un paso en el procedimiento a seguir para la obtención de una 2ª opinión?. a. La solicitud, que contendrá una exposición de las circunstancias que dan lugar a la petición de segunda opinión médica, será tramitada en el centro asistencial que haya atendido en primera instancia al paciente. b. En el centro sanitario de origen, el Servicio de Atención al Paciente-Usuario informará de la solicitud a la Dirección Médica. c. En el centro sanitario de origen, el Servicio de Atención al Paciente-Usuario, recabará informe del servicio responsable de la asistencia sanitaria de la persona interesada. d. La solicitud, que contendrá una exposición de las circunstancias que dan lugar a la petición de segunda opinión médica, será tramitada en el centro asistencial que va a realizar la 2ª opinión.

19. Si transcurrido el plazo de 10 días hábiles desde que tuviere entrada la solicitud en el registro correspondiente, el SAPU,el paciente o quien actúe en su representación no hubiera recibido comunicación alguna, lo pondrá en conocimiento del órgano competente del Departamento de Sanidad quien resolverá en un plazo: a. no superior a 5 días desde que tuviere entrada esta comunicación. b. no superior a 7 días desde que tuviere entrada esta comunicación. c. no superior a 15 días desde que tuviere entrada esta comunicación. d. no superior a 3 días desde que tuviere entrada esta comunicación,.

20. Una vez obtenida la segunda opinión médica, si el diagnóstico es confirmatorio del 1º, la atención sanitaria se llevará a cabo. a. en el centro sanitario de origen. b. en el centro sanitario de destino. c. en el centro sanitario que elija el paciente. d. en el que decida la dirección médica del centro de origen.

21. Una vez obtenida la segunda opinión médica, si el diagnostico no es confirmatorio del 1º, la atención sanitaria se llevará a cabo: a. se podrá optar por obtener la atención sanitaria en el centro sanitario donde se emitió la segunda opinión médica. b. en el centro sanitario donde se emitió la segunda opinión médica. c. en el centro sanitario donde se emitió la primera opinión médica. d. la dirección médica del centro de origen decidirá donde realizar la atención sanitaria.

22. la obtención de una segunda opinión médica (señala la opción incorrecta). a. dará derecho a permanecer simultáneamente, por el mismo proceso, en dos listas de espera para intervención quirúrgica. b. no dará derecho a permanecer simultáneamente, por el mismo proceso, en dos listas de espera para intervención quirúrgica. c. la atención sanitaria se llevará a cabo en el centro sanitario de origen si el segundo diagnóstico es confirmatorio del primero. d. en caso que la 2ª opinión difiera de la 1ª, se podrá optar por obtener la atención sanitaria en el centro sanitario donde se emitió la segunda opinión médica.

23. el derecho a la 2ª opinión médica tiene como finalidad. a. contrastar un primer diagnóstico para proporcionar una mayor información en la adopción de las decisiones que corresponden a cada persona en relación con su salud. b. contrastar una propuesta terapéutica para proporcionar una mayor información en la adopción de las decisiones que corresponden a cada persona en relación con su salud. c. ambas son correctas. d. ninguna es correcta.

Denunciar Test