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JUDICIAL

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Título del Test:
JUDICIAL

Descripción:
JUDICIAL 4

Fecha de Creación: 2025/10/25

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

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Las características de las medidas cautelares son: l. a) Autónomas, instrumentales, indefinidas, jurisdiccionales y con responsabilidad estatal. b) Excepcionales, instrumentales, indefinidas, gubernamentales y con responsabilidad estatal. c) Excepcionales, instrumentales, provisionales, jurisdiccionales y con responsabilidad estatal. d) Autónomas, instrumentales, permanentes, gubernamentales y con responsabilidad estatal.

¿Cuáles son los factores que legitiman la delimitación de la libertad?. a) La duración de los procesos. b) La posible frustración de la investigación si el investigado se encuentra en libertad. c) El riesgo de fuga del imputado. d) Todas las anteriores son correctas.

3. El proceso de habeas corpus pretende controlar la ilegalidad de la detención para la puesta inmediata del detenido ilegalmente a disposición judicial, pero ¿cuándo se entiende que una detención es ilegal? Señala la FALSA. a) Se ha producido la detención sin el consentimiento expreso del detenido. b) Se ha producido fuera de los casos o modos previstos en la ley. c) Existe ausencia de comunicación de los derechos del detenido. d) Falta de entrega del atestado policial que permita conocer todos los extremos justificativos de la detención.

¿Cuándo NO procede la detención de una persona por parte de un particular?. a) Cuando exista flagrancia, tentativa de de la comisión de un delito en ese momento. b) Cuando sea un rebelde condenado o procesado. c) Cuando sea un fugado de un centro penitenciario o de un vehículo de conducción. d) Cuando existan motivos racionalmente bastantes que hagan creer al particular que ha cometido un delito.

El fumus boni iuris como presupuesto de las medidas cautelares personales implica: a) La existencia de un peligro real de fuga. b) La apariencia razonable de la existencia de un delito y de la autoría. c) La necesidad de evitar la alarma social. d) La acreditación plena de culpabilidad.

El periculum in mora actúa como: a) Garantía de la independencia judicial. b) Justificación del peligro que legitima la restricción de libertad. c) Principio de proporcionalidad en la pena. d) Requisito formal de la imputación.

¿Qué naturaleza tiene la detención dentro del sistema de medidas cautelares?. a) Administrativa, porque se decreta fuera del proceso. b) Jurisdiccional, salvo los casos del art. 492 LECrim. c) Gubernativa, pero siempre como sanción. d) Penal sustantiva.

La detención no jurisdiccional prevista en el art. 492 LECrim: a) Es inconstitucional por carecer de control judicial. b) Se justifica por su carácter provisionalísimo y por ser preprocesal. c) Equivale a una sanción disciplinaria. d) Requiere auto judicial motivado.

Según la doctrina constitucional, la medida cautelar solo será legítima si: a) Cumple los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. b) Se adopta por la autoridad gubernativa competente. c) Es confirmada en 24 horas por el juez. d) No causa perjuicio moral al detenido.

Cuál de los siguientes fines no puede justificar la detención?. a) Evitar la fuga del investigado. b) Asegurar la práctica de pruebas. c) Satisfacer el interés mediático o la alarma social. d) Impedir la reiteración delictiva en supuestos graves.

La duración máxima de la detención gubernativa según el art. 496 LECrim: a) Es de 24 horas, aunque debe considerarse superada por el límite constitucional de 72 horas. b) Se mantiene en 48 horas salvo prórroga. c) Se computa desde la incoación judicial. d) Puede ser ampliada discrecionalmente por la policía.

En materia de terrorismo, la prórroga de la detención requiere: a) Solicitud de la policía al Ministerio Fiscal. b) Solicitud judicial en las primeras 48 horas y resolución en 24 horas. c) Autorización del Consejo de Ministros. d) Informe médico forense previo.

La asistencia letrada durante la detención tiene por objeto principalmente: a) Garantizar la obtención de la prueba incriminatoria. b) Asegurar el cumplimiento de los derechos del detenido y la efectividad de la defensa. c) Sustituir al juez de instrucción en el control de la detención. d) Verificar la legalidad del atestado policial.

El derecho al silencio reconocido en el art. 520 LECrim está íntimamente vinculado con: a) El principio de contradicción. b) La presunción de inocencia. c) El principio de legalidad. d) El principio acusatorio.

Según la LO 5/2024, del Derecho de Defensa, el acceso a la jurisdicción puede condicionarse por el legislador: a) A requisitos o plazos razonables que no generen indefensión. b) A la previa intervención del Ministerio Fiscal. c) A la autorización del juez instructor. d) A la ausencia de antecedentes penales.

¿Cuál de los siguientes no constituye un derecho del detenido según el art. 520 LECrim? . a) Ser informado de sus derechos. b) Ser reconocido por médico forense. c) Obtener la libertad provisional automática en 48 horas. d) Comunicarse con un tercero de su elección.

El acceso del abogado al atestado policial se justifica para: a) Permitir la impugnación de la legalidad de la detención. b) Facilitar la labor periodística. c) Preparar la acusación particular. d) Evitar la fuga del detenido.

En el procedimiento de habeas corpus, la competencia corresponde: a) Siempre al juez de guardia. b) Al juez de instrucción del lugar donde se halle el detenido. c) A la Audiencia Provincial. d) Al Tribunal Constitucional.

la legitimación activa en el habeas corpus incluye: a) Únicamente al Ministerio Fiscal. b) Solo a los familiares directos de primer grado. c) A la persona privada de libertad, sus allegados, el Ministerio Fiscal, el Defensor del Pueblo y el juez de oficio. d) Exclusivamente al abogado defensor.

En el procedimiento de habeas corpus, el juez debe resolver: a) En un plazo máximo de 72 horas. b) En el mismo día o, como máximo, dentro de las 24 horas siguientes. c) En un máximo de 5 días. d) En el plazo que estime razonable.

¿Qué acto inicia formalmente el habeas corpus?. a) La denuncia ante la Policía. b) La solicitud del interesado o legitimado ante el juez competente, escrita o verbal. c) La intervención del abogado. d) La apertura del sumario.

Si el juez que acuerda la detención resulta incompetente, deberá: . a) Dejar sin efecto la detención. b) Remitir al detenido al juez competente o, si no es posible en 72 h, acordar su libertad. c) Mantener la medida hasta nueva resolución. d) Solicitar informe al Ministerio Fiscal.

La incomunicación del detenido constituye una modalidad: a) De prisión provisional. b) De detención ordinaria con limitación de comunicaciones. c) De sanción disciplinaria. d) De detención administrativa.

El control judicial del habeas corpus garantiza principalmente: a) La proporcionalidad de la pena. b) La tutela judicial frente a detenciones ilegales o arbitrarias. c) La independencia del Ministerio Fiscal. d) La exclusión de pruebas ilícitas.

La adopción de medidas cautelares personales al margen de un proceso penal: a) Es válida si existe alarma social. b) Es inconstitucional, salvo la detención por su carácter provisionalísimo. c) Requiere autorización del Gobierno. d) Se equipara a una sanción administrativa.

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