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Juicio Ordinario 2

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Título del Test:
Juicio Ordinario 2

Descripción:
Juicio Ordinario 2

Fecha de Creación: 2021/03/30

Categoría: Otros

Número Preguntas: 22

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El dictamen pericial médico que se anuncia por medio de otrosí digo en el escrito de demanda, ¿en qué momento procesal ha de ser aportado al proceso?. A la mayor brevedad posible y, en todo caso, antes de que se inicie el juicio. En cuanto la parte demandante disponga del informe y, en todo caso, CINCO días antes de iniciarse la audiencia previa. Antes de que el demandado tenga que contestar a la demanda. En cuanto se disponga del informe, pero siempre antes del momento en que se haya de proponer la prueba.

Si el médico traumatólogo demandado, quisiera llamar al proceso como demandada a la Auxiliar Técnico Sanitario que realizaba las curas a la fallecida, ¿en qué momento deberá presentar su solicitud?. Antes de que dé comienzo la celebración de la audiencia previa. Al inicio de la audiencia previa, presentando copias de la demanda y documentos para su traslado a la nueva demandada. Dentro del plazo que le fue otorgado para contestar a la demanda. En todo caso, con antelación suficiente al día que se señale para la celebración del juicio.

Un menor con 13 años de edad, ¿tiene capacidad para ser parte en el procedimiento judicial?. Sólo la tiene para todos los efectos que le sean favorables. Sí, porque las personas físicas pueden ser parte en los procesos ante los tribunales civiles. No, porque no está en el pleno ejercicio de sus derechos civiles. Sólo tendría capacidad para ser parte si ya estuviera emancipado o fuera mayor de edad.

¿Cómo se realiza la comparecencia en juicio y la representación de un menor?. En todo caso por medio de un defensor judicial que habrá de ser nombrado por el tribunal mediante providencia. La integración de su capacidad procesal se realiza mediante la asunción de su representación y defensa por el Ministerio Fiscal. La integración de su capacidad procesal se realiza mediante la asunción de su representación y defensa por su padre , sin necesidad de especial nombramiento al efecto. No hace falta integrar su capacidad procesal si el menor ha otorgado poder de representación a un procurador de los tribunales, que será quien comparezca en su nombre y lo represente en juicio.

La litispendencia, con todos sus efectos principales, se produce: Al dictarse sentencia contra la que no se haya interpuesto recurso. Desde la admisión a trámite de la demanda. Desde que dé comienzo el acto del juicio. Desde la interposición de la demanda, si después es admitida.

Si, una vez iniciado el proceso, el traumatólogo demandado cambia su domicilio a otra ciudad: El Juzgado de Primera Instancia podrá apreciar, de oficio, la falta de competencia y acordar la remisión de lo actuado, previa audiencia de las partes y del Fiscal, al Juzgado que por turno de reparto corresponda. El demandado podrá formular declinatoria para modificar la competencia territorial inicialmente establecida. Las alteraciones que se produzcan en cuanto al domicilio de las partes, una vez iniciado el proceso, NO modificarán la competencia territorial. Son correctas a) y b).

Si los demandados se allanaran parcialmente a la demanda, reconociendo la obligación de indemnizar los 6.000 euros correspondientes a las cantidades reclamadas en concepto de gastos médicos: El Letrado de la AJ dictará de oficio decreto acogiendo las pretensiones que hayan sido objeto de allanamiento. El tribunal, a instancia del demandante, podrá dictar de inmediato un auto acogiendo las pretensiones que hayan sido objeto de allanamiento, que será ejecutable. El tribunal, en todo caso, acogerá en la sentencia definitiva las pretensiones que hayan sido objeto de allanamiento conjuntamente con los demás pronunciamientos que debieran realizarse. El tribunal dictará, a instancia del demandante, sentencia acogiendo sus pretensiones, sin perjuicio de continuar el trámite del juicio ordinario para resolver sobre el resto de pretensiones formuladas.

Una vez contestada la demanda: El Letrado de la AJ, dentro del tercer día, convocará a las partes a una audiencia que habrá de celebrarse en el plazo de veinte días desde la convocatoria. El tribunal, dentro del quinto día, convocará a las partes a una audiencia que habrá de celebrarse en el plazo de veinte días desde la convocatoria. El Letrado de la AJ, dentro del tercer día, convocará a las partes a una audiencia que habrá de celebrarse en el plazo de treinta días desde la convocatoria. El tribunal, dentro del tercer día, convocará a las partes a una audiencia que habrá de celebrarse en el plazo de un mes desde la convocatoria.

¿Cuál de los siguientes actos procesales no constituyen una de las finalidades de la audiencia previa?. Intentar una transacción que ponga fin al proceso. Proposición, admisión y práctica de las pruebas. Examinar las cuestiones procesales que pudieran obstar a la prosecución del proceso. Fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho o de derecho sobre los que exista controversia.

Si no compareciere a la audiencia previa ninguna de las partes: Se sobreseerá el proceso, salvo que el demandado alegase interés legítimo en la continuación del proceso para que se dicte sentencia sobre el fondo. Se dará por terminado el acto de la audiencia sin efecto y se procederá a señalar la fecha del juicio, que deberá celebrarse en el plazo de un mes. El tribunal, sin más trámites, dictará auto de sobreseimiento del proceso, ordenando el archivo de las actuaciones. El Letrado de la AJ, sin más trámites, declarará los autos conclusos para sentencia.

¿Cuál de las siguientes cuestiones procesales no se podrá impugnar en la audiencia previa?. La concurrencia de litispendencia. La falta del debido litisconsorcio. La falta de competencia del tribunal. Un defecto legal en el modo de proponer la demanda.

Si el demandado hubiera alegado en la contestación la falta de claridad o precisión de la demanda en las pretensiones de la demanda en las pretensiones deducidas y el demandante no formula las precisiones oportunas en la audiencia previa: El Letrado de la AJ decretará el sobreseimiento de proceso. El tribunal sólo decretará el sobreseimiento del proceso si no fuese en absoluto posible determinar en qué consisten las pretensiones del actor. El tribunal requerirá al demandante para que efectúe la precisión, bajo apercibimiento de dictar sentencia desestimando las pretensiones no precisadas. El tribunal tendrá al actor por desistido de sus pretensiones, condenándole al pago de las costas.

Según el artículo 429 LEC, no será necesario citar para el juicio: A los testigos y peritos que las partes se comprometan a presentar en el juicio. A las partes que, por sí mismas, hayan comparecido a la audiencia previa. A las partes que, por medio de procurador, hayan comparecido a la audiencia previa. Todas son correctas.

El tribunal procederá a dictar sentencia, sin previa celebración de juicio: Cuando las partes estuvieren conformes en las cuestiones jurídicas debatidas y la discrepancia quedase reducida a cuestiones de hecho. Cuando la única prueba que resulte admitida sea la de documentos y éstos ya se hubieran aportado al proceso sin resultar impugnados. Cuando las partes manifiesten haber llegado a un acuerdo o se muestren dispuestos a concluirlo de inmediato. Todas son correctas.

En el caso de que el tribunal, en la audiencia previa, estime necesario que el interrogatorio de un testigo ha de realizarse a través de auxilio judicial, la lista de preguntas habrá de presentarse: En el acto de la audiencia previa. En el plazo de tres días. En el plazo de los cinco días siguientes al de la finalización de la audiencia. En el plazo máximo de 48 horas desde la admisión de la prueba.

Si al acto del juicio sólo comparece la parte demandante: Se levantará acta haciéndolo constar y el tribunal, sin más trámite, declarará el pleito visto para sentencia. Se declarará a los demandados en rebeldía, sin que de las actuaciones que hubiesen llevado a cabo quede constancia en los autos. Se dictará sentencia inmediata estimando las pretensiones del actor. Se procederá a la celebración del juicio.

Practicadas las pruebas, las partes formularán sus conclusiones: Por escrito en el plazo de los diez días siguientes al de la celebración del juicio. Oralmente en el acto del juicio. Oralmente en la vista que se convocará al efecto por el tribunal una vez finalizada la celebración del juicio. Por escrito, dentro del plazo otorgado legalmente para dictar sentencia.

Las pruebas que no hayan de practicarse en el acto del juicio: Se llevarán a cabo antes del juicio. Se llevarán a cabo con posterioridad al juicio, como diligencias finales. Se practicarán en la audiencia previa. Se llevarán a cabo en el plazo máximo de 20 días desde la fecha señalada para la celebración del juicio.

Si los demandantes, antes de iniciar el proceso y con la finalidad de preparar la demanda, quisieran obtener la historia clínica de la fallecida solicitándola al centro sanitario o profesional que la custodie, ¿cómo tendrían que actuar?. Deberán promover diligencias preparatorias de juicio. Tendrían que presentar, en todo caso, una papeleta de demanda de conciliación con el centro sanitario o profesional correspondiente. Sólo pueden lograr su propósito solicitando la adopción de medidas cautelares previas a la demanda. Deberían promover diligencias preliminares de juicio.

En relación con la práctica de diligencias finales, indíquese la expresión incorrecta: Quedará en suspenso el plazo para dictar sentencia si se acuerda la práctica de diligencias finales. Con carácter general, sólo se practican a instancia de parte y se acuerdan mediante auto. Se llevarán a cabo dentro del plazo de diez días en la forma establecida en la LEC para las pruebas de su clase. Una vez practicadas, las partes podrán, dentro del quinto día, presentar un escrito en el que resuman y valoren el resultado.

Si en el acto de la audiencia previa las partes manifestasen haber llegado a un acuerdo o se mostrasen dispuestas a concluirlo de inmediato: El Juez acordará seguidamente, sin más trámites, el archivo de los autos. Podrán desistir del proceso o solicitar del tribunal que homologue lo acordado. La parte actora podrá allanarse en el acto a las pretensiones de la demandada, y ésta desistir del proceso entablado. Se informará a las partes de la posibilidad de recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, o presentar un acto de conciliación ante el Juzgado de Paz competente.

La omisión de la presentación de escrito detallando la prueba propuesta en la audiencia previa: No tendrá consecuencias ya que la ley establece que la prueba se propondrá forma verbal. Dará lugar a la inadmisión de la prueba propuesta, pudiendo la parte afectada formular respetuosa protesta para hacer valer sus derechos en la segunda instancia, en su caso. La prueba no se propone en la audiencia previa, sino en el acto del juicio. No dará lugar a la inadmisión de la prueba, quedando condicionada ésta a que se presente en el plazo de los dos días siguientes.

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