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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEJuicio Ordinario

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Título del test:
Juicio Ordinario

Descripción:
Datos Relevantes, plazos y fechas

Autor:
PGB
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Fecha de Creación:
04/12/2023

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 30
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Temario:
LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL. ARTS: 248-249 ; 399-436. LIBRO II:DE LOS PROCESOS DECLARATIVOS. ARTS: 248-436. •TÍTULO I: DE LAS DISPOSICIONES COMUNES A LOS PROCESOS DECLARATIVOS. ARTS: 248-249 CAPÍTULO I: DE LAS REGLAS PARA DETERMINAR EL PROCESO CORRESPONDIENTE. ARTS: 248- 249. ________________________________________________________________ Artículo 249. Ámbito del juicio ordinario. 2. Se decidirán también en el juicio ordinario las demandas cuya cuantía excedan de... Seis mil (6000) euros y aquéllas cuyo interés económico resulte imposible de calcular, ni siquiera de modo relativo. Dos mil quinientos (2500) euros y aquéllas cuyo interés económico resulte imposible de calcular, ni siquiera de modo relativo.
LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL. ARTS: 248-249 ; 399-436. LIBRO II: DE LOS PROCESOS DECLARATIVOS. ARTS: 248-436. •TÍTULO II:Del juicio ordinario. Arts: 399-436. CAPÍTULO I: De las alegaciones iniciales. Arts: 399-413 Sección 1.ª De la demanda y su objeto. Arts: 399-404. ________________________________________________________ Artículo 400. Preclusión de la alegación de hechos y fundamentos jurídicos. 1.(2) La carga de la alegación a que se refiere el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de las alegaciones complementarias o de hechos nuevos o de nueva noticia permitidas en esta Ley... En momentos posteriores a la demanda y a la contestación. En momentos anteriores a la demanda y a la contestación.
Artículo 400. Preclusión de la alegación de hechos y fundamentos jurídicos. 2. De conformidad con lo dispuesto en al apartado anterior, a efectos de litispendencia y de cosa juzgada, los hechos y los fundamentos jurídicos aducidos en un litigio se considerarán los mismos que los alegados en otro juicio... Anterior si hubiesen podido alegarse en éste. Posterior si hubiesen podido alegarse en éste.
Artículo 401. Momento preclusivo de la acumulación de acciones. Ampliación objetiva y subjetiva de la demanda. 2. Antes de la contestación podrá ampliarse la demanda para acumular nuevas acciones a las ya ejercitadas o para dirigirlas contra nuevos demandados. En tal caso, el plazo para contestar a la demanda... Se volverá a contar desde el traslado de la ampliación de la demanda. No se volverá a contar desde el traslado de la ampliación de la demanda.
Artículo 402. Oposición a la acumulación de acciones. El demandado podrá oponerse en la contestación a la demanda a la acumulación pretendida, cuando no se acomode a lo dispuesto en los artículos 71 y siguientes de esta Ley. Sobre esta oposición se resolverá... En la audiencia previa al juicio. En la audiencia posterior al juicio.
Artículo 404. Admisión de la demanda, emplazamiento al demandado y plazo para la contestación. 1. El Letrado de la Administración de Justicia, examinada la demanda, dictará... Decreto admitiendo la misma y dará traslado de ella al demandado para que la conteste en el plazo de veinte (20) días. Diligencia admitiendo la misma y dará traslado de ella al demandado para que la conteste en el plazo de diez (10) días.
Sección 2.ª De la contestación a la demanda y la reconvención. Arts: 405-409. ___________________________________________________________ Artículo 406. Contenido y forma de la reconvención. Inadmisibilidad de la reconvención no conexa con la demanda y de la reconvención implícita. 2. (3) De igual modo, si se estuviera tramitando un proceso ante un Juzgado de Primera Instancia y se planteara mediante reconvención una acción conexa a la principal que fuera competencia de los Juzgados de lo Mercantil, previa audiencia del actor y demás partes personadas por un plazo de... Cinco (5) días, el Juzgado de Primera Instancia deberá inhibirse del conocimiento del asunto, remitiendo los autos en el estado en que se hallen al Juez de lo Mercantil que resulte competente. Diez (10) días, el Juzgado de Primera Instancia deberá inhibirse del conocimiento del asunto, remitiendo los autos en el estado en que se hallen al Juez de lo Mercantil que resulte competente.
CAPÍTULO II: De la audiencia previa al juicio. Arts: 414-430. ______________________________________________________ Artículo 414. Finalidad, momento procesal y sujetos intervinientes en la audiencia. 3. (1) Si no compareciere a la audiencia ninguna de las partes, se levantará acta haciéndolo constar y el tribunal, sin más trámites, dictará... Auto de sobreseimiento del proceso, ordenando el archivo de las actuaciones. Decreto de sobreseimiento del proceso, ordenando el archivo de las actuaciones.
Artículo 417. Orden de examen de las cuestiones procesales y resolución sobre ellas. 2. Cuando sea objeto de la audiencia más de una de las cuestiones y circunstancias del artículo anterior, el tribunal, dentro de los... Cinco (5) días siguientes a la audiencia, se pronunciará en un mismo auto sobre todas las suscitadas que, conforme a los artículos siguientes, no resuelva oralmente en la misma audiencia. Diez (10) días siguientes a la audiencia, se pronunciará en un mismo auto sobre todas las suscitadas que, conforme a los artículos siguientes, resuelva oralmente en la misma audiencia.
Artículo 418. Defectos de capacidad o representación. Efectos de su no subsanación o corrección. Declaración de rebeldía. 1. Cuando el demandado haya alegado en la contestación o el actor aduzca en la audiencia defectos de capacidad o representación, que sean subsanables o susceptibles de corrección, se podrán subsanar o corregir en el acto y si no fuese posible en ese momento, se concederá para ello un plazo... No superior a diez (10) días, con suspensión, entre tanto, de la audiencia. Superior a diez (10) días, con suspensión, entre tanto, de la audiencia.
Artículo 418. Defectos de capacidad o representación. Efectos de su no subsanación o corrección. Declaración de rebeldía. 2. Cuando el defecto o falta no sean subsanables ni corregibles o no se subsanen o corrijan en el plazo concedido se dará por concluida la audiencia y se dictará... Auto poniendo fin al proceso, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente de este precepto. Decreto poniendo fin al proceso, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente de este precepto.
Artículo 418. Defectos de capacidad o representación. Efectos de su no subsanación o corrección. Declaración de rebeldía. 3. Si el defecto no subsanado afectase a la personación en forma del demandado, se le declarará en rebeldía... Sin que de las actuaciones que hubiese llevado a cabo quede constancia en autos. Dejando constancia de las actuaciones que se hubiesen llevado a cabo en los autos.
Artículo 420. Posible integración voluntaria de la litis. Resolución en casos controvertidos de litisconsorcio necesario. 2. Si el actor se opusiere a la falta de litisconsorcio, aducida por el demandado, el tribunal oirá a las partes sobre este punto y, cuando la dificultad o complejidad del asunto lo aconseje, podrá resolverlo mediante... Auto que deberá dictar en el plazo de cinco (5) días siguientes a la audiencia. En todo caso, ésta deberá proseguir para sus restantes finalidades. Mandamiento que deberá dictar en el plazo de diez (10) días siguientes a la audiencia. En todo caso, ésta deberá proseguir para sus restantes finalidades.
Artículo 420. Posible integración voluntaria de la litis. Resolución en casos controvertidos de litisconsorcio necesario. 3. Si el tribunal entendiere procedente el litisconsorcio, concederá al actor el plazo que estime oportuno para constituirlo, que... No podrá ser inferior a diez (10) días. Los nuevos demandados podrán contestar a la demanda dentro del plazo establecido en el artículo 404, quedando entre tanto en suspenso, para el demandante y el demandado iniciales, el curso de las actuaciones. No podrá ser inferior a cinco (5) días. Los nuevos demandados podrán contestar a la demanda dentro del plazo establecido en el artículo 404, quedando entre tanto en suspenso, para el demandante y el demandado iniciales, el curso de las actuaciones.
Artículo 421. Resolución en casos de litispendencia o cosa juzgada. 1. (1) Cuando el tribunal aprecie la pendencia de otro juicio o la existencia de resolución firme sobre objeto idéntico, conforme a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 222, dará por finalizada la audiencia y dictará, en el plazo de... Los siguientes cinco (5) días, auto de sobreseimiento. Los siguientes diez (10) días, auto de sobreseimiento.
Artículo 421. Resolución en casos de litispendencia o cosa juzgada. 1. (2) Sin embargo, no se sobreseerá el proceso en el caso de que, conforme al apartado 4 del artículo 222, el efecto de una sentencia firme anterior haya de ser vinculante para el tribunal que está conociendo del... Proceso posterior. Proceso anterior.
Artículo 422. Resolución en casos de inadecuación de procedimiento por razón de la cuantía. 1. Si la alegación de procedimiento inadecuado formulada en la contestación a la demanda se fundase en disconformidad con el valor de la cosa litigiosa o con el modo de calcular, según las reglas legales, el interés económico de la demanda, el tribunal oirá a las partes en la audiencia y resolverá... En el acto lo que proceda, ateniéndose, en su caso, al acuerdo al que pudieran llegar las partes respecto del valor de la cosa litigiosa. En los tres (3) días siguiente lo que proceda, ateniéndose, en su caso, al acuerdo al que pudieran llegar las partes respecto del valor de la cosa litigiosa.
Artículo 423. Resolución en casos de inadecuación de procedimiento por razón de la materia. 2. También el tribunal, si la complejidad del asunto lo aconseja, podrá decidir lo que sea procedente sobre el procedimiento que se ha de seguir, dentro de los ... Cinco (5) días siguientes a la audiencia, que proseguirá en todo caso para sus restantes finalidades. Diez (10) días siguientes a la audiencia, que proseguirá en todo caso para sus restantes finalidades.
Artículo 428. Fijación de los hechos controvertidos y posible sentencia inmediata. 3. Si las partes no pusieran fin al litigio mediante acuerdo, conforme al apartado anterior, pero estuvieren conformes en todos los hechos y la discrepancia quedase reducida a cuestión o cuestiones jurídicas, el tribunal dictará sentencia dentro de... Veinte (20) días a partir del siguiente al de la terminación de la audiencia. Diez (10) días a partir del siguiente al de la terminación de la audiencia.
Artículo 429. Proposición y admisión de la prueba. Señalamiento del juicio. 1. (3) Cuando el tribunal considere que las pruebas propuestas por las partes pudieran resultar insuficientes para el esclarecimiento de los hechos controvertidos lo pondrá de manifiesto a las partes indicando el hecho o hechos que, a su juicio, podrían verse afectados por la insuficiencia probatoria. Al efectuar esta manifestación, el... Tribunal, ciñéndose a los elementos probatorios cuya existencia resulte de los autos, podrá señalar también la prueba o pruebas cuya práctica considere conveniente. Letrado de la Administración de Justicia, ciñéndose a los elementos probatorios cuya existencia resulte de los decretos, podrá señalar también la prueba o pruebas cuya práctica considere conveniente.
Artículo 429. Proposición y admisión de la prueba. Señalamiento del juicio. 2. (1) Una vez admitidas las pruebas pertinentes y útiles se procederá a señalar la fecha del juicio, que deberá celebrarse en el plazo de... Un (1) mes desde la conclusión de la audiencia. Dos (2) meses desde la conclusión de la audiencia.
Artículo 429. Proposición y admisión de la prueba. Señalamiento del juicio. 3. A solicitud de parte, cuando toda la prueba o gran parte de ella hubiera de realizarse fuera del lugar en que tenga su sede el Tribunal que conozca del pleito, el... Tribunal podrá acordar que el juicio se señale por el Letrado de la Administración de Justicia para su celebración dentro del plazo de dos (2) meses. Letrado de la Administración de Justicia podrá acordar que el juicio se señale por el Tribunal para su celebración dentro del plazo de un (1) meses.
Artículo 429. Proposición y admisión de la prueba. Señalamiento del juicio. 4. Las pruebas que no hayan de practicarse en el acto del juicio se llevarán a cabo con... Anterioridad a éste. Posterioridad a éste.
Artículo 429. Proposición y admisión de la prueba. Señalamiento del juicio. 5. (2) También las partes deberán señalar qué declaraciones e interrogatorios consideran que han de realizarse a través del... Auxilio judicial. El tribunal decidirá lo que proceda a ese respecto y, en caso de que estime necesario recabar el auxilio judicial, acordará en el acto la remisión de los exhortos oportunos, dando a las partes un plazo de tres (3) días a los efectos de que presenten, cuando fuere necesario, una lista de preguntas. En cualquier caso, la falta de cumplimentación de tales exhortos no suspenderá el acto del juicio. Tramitador judicial. El tribunal decidirá lo que proceda a ese respecto y, en caso de que estime necesario recabar el auxilio judicial, acordará en el acto la remisión de los exhortos oportunos, dando a las partes un plazo de dos (2) días a los efectos de que presenten, cuando fuere necesario, una lista de preguntas. En cualquier caso, la falta de cumplimentación de tales exhortos no suspenderá el acto del juicio.
Artículo 429. Proposición y admisión de la prueba. Señalamiento del juicio. 7. Cuando, de manera excepcional y motivada, y por razón de las pruebas admitidas, fuese de prever que el juicio... No podrá finalizar en una sola sesión dentro del día señalado, la citación lo expresará así, indicando si la sesión o sesiones ulteriores se llevarán a cabo en el día o días inmediatamente sucesivos o en otros, que se señalarán por el Letrado de la Administración de Justicia, con expresión en todo caso de la hora en que las sesiones del juicio hayan de dar comienzo. Podrá finalizar en una sola sesión dentro del día señalado, la citación lo expresará así, indicando si la sesión o sesiones ulteriores se llevarán a cabo en el día o días inmediatamente sucesivos o en otros, que se señalarán por el Letrado de la Administración de Justicia, con expresión en todo caso de la hora en que las sesiones del juicio hayan de dar comienzo.
Artículo 429. Proposición y admisión de la prueba. Señalamiento del juicio. 8. Cuando la única prueba que resulte admitida sea la de documentos, y éstos ya se hubieran aportado al proceso sin resultar impugnados, o cuando se hayan presentado informes periciales, y ni las partes ni el tribunal solicitaren la presencia de los peritos en el juicio para la ratificación de su informe, el tribunal procederá a dictar sentencia... Sin previa celebración del juicio, dentro de los veinte (20) días siguientes a aquel en que termine la audiencia. Previa celebración del juicio, dentro de los diez (10) días siguientes a aquel en que termine la audiencia.
CAPÍTULO III: Del juicio. Arts: 431- 433. __________________________________________ Artículo 433. Desarrollo del acto del juicio. 1. (2) Asimismo, con carácter previo a la práctica de las pruebas, si se hubiesen alegado o se alegaren hechos acaecidos o conocidos con... Posterioridad a la audiencia previa, se procederá a oír a las partes y a la proposición y admisión de pruebas previstas en el artículo 286. Anterioridad a la audiencia previa, se procederá a oír a las partes y a la proposición y admisión de pruebas previstas en el artículo 286.
CAPÍTULO IV: De la sentencia. Arts: 434-436. _____________________________________________________ Artículo 434. Sentencia. 1. La sentencia se dictará dentro de los... Veinte (20) días siguientes a la terminación del juicio. Cinco (5) días siguientes a la terminación del juicio.
Artículo 436. Plazo para la práctica de las diligencias finales. Sentencia posterior. 1. Las diligencias que se acuerden según lo dispuesto en los artículos anteriores se llevarán a cabo, dentro del plazo de... Veinte (20) días y en la fecha que señale a tal efecto, de resultar necesario, el Letrado de la Administración de Justicia, en la forma establecida en esta ley para las pruebas de su clase. Una vez practicadas, las partes podrán, dentro del quinto (5º) día, presentar escrito en que resuman y valoren el resultado. Diez (10) días y en la fecha que señale a tal efecto, de resultar necesario, el Letrado de la Administración de Justicia, en la forma establecida en esta ley para las pruebas de su clase. Una vez practicadas, las partes podrán, dentro del cuarto (4º) día, presentar escrito en que resuman y valoren el resultado.
Artículo 436. Plazo para la práctica de las diligencias finales. Sentencia posterior. 2. El plazo de... Veinte (20) días para dictar sentencia volverá a computarse cuando transcurra el otorgado a las partes para presentar el escrito a que se refiere el apartado anterior. Diez (10) días para dictar sentencia volverá a computarse cuando transcurra el otorgado a las partes para presentar el escrito a que se refiere el apartado anterior.
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