Jurisdicción
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Título del Test:![]() Jurisdicción Descripción: Test de jurisdicción |




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Para el conocimiento y fallo de los juicios por delito leve: Tribunal Superior de Justicia. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Vigilancia Penitenciaria. De la instrucción de las causas por delito, cuyo enjuiciamiento corresponda a la Audiencia Provincial y a los Juzgados de lo Penal: Tribunal Superior de Justicia. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Vigilancia Penitenciaria. Procedimiento de Habeas Corpus: Tribunal Superior de Justicia. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Vigilancia Penitenciaria. Recursos contra resoluciones de los Jueces de Paz y cuestiones de competencia de estos: Tribunal Superior de Justicia. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Vigilancia Penitenciaria. Dictar sentencia cuando hace funciones de Guardia: (Juicios rápidos). Tribunal Superior de Justicia. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Vigilancia Penitenciaria. Adopta de las correspondientes órdenes de protección a las víctimas, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Juez de Guardia: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Vigilancia Penitenciaria. De la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos recogidos en los títulos del Código Penal relativos a homicidio, aborto, lesiones, lesiones al feto, delitos contra la libertad, delitos contra la integridad moral, contra la libertad e indemnidad sexuales o cualquier otro delito cometido con violencia o intimidación, siempre que se hubiesen cometido contra quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, así como de los cometidos sobre los descendientes, propios o de la esposa o conviviente, o sobre los menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de la esposa o conviviente, cuando también se haya producido un acto de violencia de género: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Vigilancia Penitenciaria. Instrucción de las causas cuyo enjuiciamiento corresponda a la Audiencia Nacional o Juzgado Central de lo Penal: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Central de Instrucción. Tramitar expedientes de extradición pasiva: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Central de Instrucción. La ejecución de las sentencias dictadas en causas por delito grave o menos grave por los Juzgados de Instrucción: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Central de Instrucción. El reconocimiento y ejecución de las resoluciones que impongan sanciones pecuniarias transmitidas por las autoridades competentes de otros Estados miembros de la Unión Europea, cuando las mismas deban cumplirse en territorio español: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Central de Instrucción. La ejecución de las sentencias dictadas en causas por delito grave o menos grave por los Juzgados Centrales de Instrucción: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. Enjuiciamiento de las causas por delitos de los que conoce la Audiencia Nacional cuando la pena no rebasa la que tiene estabecida la jurisdicción ordinaria para los Jueces de lo Penal: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. Ejecución de penas privativas de libertad y medidas de seguridad: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Vigilancia Penitenciaria. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. Amparo de los derechos y beneficios de los internos: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Vigilancia Penitenciaria. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. Recursos que establezca la ley contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de Instrucción y de lo Penal de la provincia. Juzgado de Violencia sobre la mujer. Audiencia Provincial. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. Para el conocimiento de los recursos contra resoluciones de los Juzgados de Instrucción en juicios por delitos leves se constituirá con un solo Magistrado, mediante un turno de reparto: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Audiencia Provincial. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. De los recursos que establezca la ley contra las resoluciones en materia penal dictadas por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de la provincia: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Audiencia Provincial. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. De los recursos que establezca la ley contra las resoluciones de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, cuando la competencia no corresponda a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Audiencia Provincial. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. Salas Tribunal Superior de Justicia: 1. 2. 3. Recursos de apelación contra sentencias dictadasnen el ámbito de la Audiencia Provincial: Tribunal Superior de Justicia. Audiencia Provincial. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. Cuando el Penado cumpla condenas que no hayan sido impuestas por la Audiencia Nacional: Tribunal Superior de Justicia. Audiencia Provincial. Juez de Vigilancia Penitenciaria. Juez de Central de Vigilancia Penitenciaria. Salas Audiencia Nacional: 1. 2. 3. 4. Procedimientos Penales iniciados en el Extranjero: Tribunal Superior de Justicia. Audiencia Nacional. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. Ejecución de sentencias dictadas por Tribunales Extranjeros: Tribunal Superior de Justicia. Audiencia Nacional. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. Votos para el Tribunal Jurado: Culpable. Inocente. Recursos contra sentecias y otras resoluciones de la Audiencia Juzgados Central de instrucción de lo Penal, Instrucción y Vigilancia Penitenciaria: Tribunal Superior de Justicia. Audiencia Nacional. Juez de lo Penal. Juez de Central de lo Penal. Quedan excluidos de su competencia los delitos cuyo enjuiciamiento esté atribuido a la Audiencia Nacional: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado. Audiencia Nacional. Juezgado de Instrucción. Lo forman 9 Jurados, 1 magistrado de la Audiencia Nacional y 2 Suplentes: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado. Audiencia Nacional. Juezgado de Instrucción. La Instrucción le Correcponde al Juzgado de Instrucción y el conocimiento y fallo a: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado. Audiencia Nacional. Juezgado de Instrucción. El Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: Parricidio. Del homicido. Aborto. Lesiones graves. El Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: De las amenazas. Calumnia. Desobediencia. Genocidio. El Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: De la omisión del deber de socorro. Estupro. Violación de la intimidad. Incendios forestales. El Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: Del allanamiento de morada. Hurto. Robo. Apropiación ilícita. El Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: Receptación. Extorsión. Delitos informáticos. De la infidelidad en la custodia de documentos. El Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: Delitos financieros. Usura. Del cohecho. Delitos contra la propiedad industrial. El Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: Delitos contra la salud pública. Defraudación Fiscal. Del tráfico de influencias. Contrabando. El Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: De la malversación de caudales públicos. Discriminación. Terrorismo. Tortura. El Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: Rebelión. Resistencia a la autoridad. Falsificación de la moneda. De los fraudes y exacciones ilegales. El Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: Instigación al suicidio. Infanticidio. De las negociaciones prohibidas a funcionarios. Asesinato. El Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: Atentados contra la patria potestad. Tráfico Ilícito de drogas. Difamación. De la infidelidad en la custodia de presos. Para la instrucción de las causas, el -------------- del partido en que el delito se hubiere cometido: Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Central de Instrucción. Para la instrucción de las causas, el Juez de Instrucción del partido en que el delito se hubiere cometido, o el ------------------------, o el Juez Central de Instrucción respecto de los delitos que la Ley determine. Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Central de Instrucción. Para la instrucción de las causas, el Juez de Instrucción del partido en que el delito se hubiere cometido, o el Juez de Violencia sobre la Mujer, o el --------------------- respecto de los delitos que la Ley determine. Juzgado de Violencia sobre la mujer. Juez de Instrucción. Juez de lo Penal. Juez de Central de Instrucción. Para el CONOCIMIENTO y FALLO de las causas por delitos a los que la Ley señale pena privativa de libertad de duración No superior a 5 Años o pena de multa cualquiera que sea su cuantía, o cualesquiera otras de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, siempre que la duración de éstas no exceda de 10 Años, así como por delitos leves, sean o no incidentales, imputables a los autores de estos delitos o a otras personas, cuando la comisión del delito leve o su prueba estuviesen relacionadas con aquéllos, el Juez de lo Penal -------------------, o el Juez de lo Penal correspondiente a la circunscripción del Juzgado de Violencia sobre la Mujer en su caso, o el Juez Central de lo Penal en el ámbito que le es propio: De la circunscripción donde el delito fue cometido. Del lugar de comisión de los hechos. Del lugar donde el presunto reo fue aprehendido. Del término municipal donde se descubrieron las pruebas materiales del delito. Para el CONOCIMIENTO y FALLO de las causas por delitos a los que la Ley señale pena privativa de libertad de duración No superior a 5 Años o pena de multa cualquiera que sea su cuantía, o cualesquiera otras de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, siempre que la duración de éstas no exceda de 10 Años, así como por delitos leves, sean o no incidentales, imputables a los autores de estos delitos o a otras personas, cuando la comisión del delito leve o su prueba estuviesen relacionadas con aquéllos, el Juez de lo Penal De la circunscripción donde el delito fue cometido, o el Juez de lo Penal correspondiente ---------------- del Juzgado de Violencia sobre la Mujer en su caso, o el Juez Central de lo Penal en el ámbito que le es propio: A la circunscripción. El partido territorial. El domicilio de la víctima. Al ámbito territorial. Para el CONOCIMIENTO y FALLO de las causas por delitos a los que la Ley señale pena privativa de libertad de duración No superior a 5 Años o pena de multa cualquiera que sea su cuantía, o cualesquiera otras de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, siempre que la duración de éstas no exceda de 10 Años, así como por delitos leves, sean o no incidentales, imputables a los autores de estos delitos o a otras personas, cuando la comisión del delito leve o su prueba estuviesen relacionadas con aquéllos, el Juez de lo Penal De la circunscripción donde el delito fue cometido, o el Juez de lo Penal correspondiente a la circunscripción del Juzgado de Violencia sobre la Mujer en su caso, o el Juez Central de lo Penal en ------------------ . A la circunscripción. El partido territorial. El ámbito que le es propio. Al ámbito territorial. Para el CONOCIMIENTO y FALLO de las causas en los demás casos la Audiencia Provincial de -------- donde el delito se haya cometido, o la Audiencia Provincial correspondiente a la circunscripción del Juzgado de Violencia sobre la Mujer en su caso, o la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. La circunscripción. El partido territorial. El ámbito que le es propio. Al ámbito territorial. Para el CONOCIMIENTO y FALLO de las causas en los demás casos la Audiencia Provincial de la circunscripción donde el delito se haya cometido, o la Audiencia Provincial correspondiente a la circunscripción del ---------------------------------- en su caso, o la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. La Audiencia Nacional. El Juzgado de instrucción. El Juzgado de Violencia sobre la Mujer. Tribunal Jurado. Para el CONOCIMIENTO y FALLO de las causas en los demás casos la Audiencia Provincial de la circunscripción donde el delito se haya cometido, o la Audiencia Provincial correspondiente a la circunscripción del Juzgado de Violencia sobre la Mujer en su caso, o -------------------------------------------------------------------. La Audiencia Nacional. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El Juzgado de Violencia sobre la Mujer. Tribunal Jurado. No obstante, en los supuestos de competencia de la Audiencia Provincial, si el delito fuere de los atribuidos a -------------------------, el conocimiento y fallo corresponderá a éste. La Audiencia Nacional. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El Juzgado de Violencia sobre la Mujer. El Tribunal Jurado. |