L 19/2013 9Dic Transparencia - TI CIII S1 (1)
|
|
Título del Test:![]() L 19/2013 9Dic Transparencia - TI CIII S1 (1) Descripción: Preguntas tercer capítulo del título 1 |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
Cuál de los siguientes límites al derecho de acceso a la información pública no está incluido en el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para el secreto requerido en los procesos de toma de decisión. Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la seguridad pública. Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la intimidad de las personas y en la protección de sus datos personales. Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la defensa. ¿Cómo se denomina el Capítulo III del Título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno?: Publicidad activa. Portal de Transparencia. Protección de datos personales. Derecho de acceso a la información pública. ¿Con qué artículo constitucional relaciona el derecho de acceso a la información pública el artículo 12 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la nformación pública y buen gobierno?: Con el artículo 104.b) de la Constitución Española. Con el artículo 105.b) de la Constitución Española. Con el artículo 103.b) de la Constitución Española. Con el artículo 102.b) de la Constitución Española. ¿Cómo se denomina el Título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno?: Límites al derecho de acceso. Transparencia de la actividad pública. Buen Gobierno. Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Según el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso a la información pública podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para (señala la opción incorrecta): Los intereses económicos y comerciales. El secreto personal. La protección del medio ambiente. La política económica y monetaria. De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, son titulares del derecho de acceso a la información pública: Sólo los ciudadanos españoles. Sólo los ciudadanos españoles y las personas jurídicas que tengan su sede en España. Sólo las personas físicas. Todas las personas. Según el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso a la información pública podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: Los partidos políticos. El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial. Las Universidades públicas. El Rey. De acuerdo con el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso podrá ser limitado cuando accedes a la información suponga un perjuicio para: La protección del patrimonio histórico. La protección del medio ambiente. La igualdad de género. La protección de la salud. De acuerdo con lo establecido por artículo 14 de la Ley 19/2013, el derecho de acceso a la información pública podrá ser limitado cuando acceder a ella suponga un perjuicio para: La protección del medio ambiente. Los intereses económicos y sociales. El secreto profesional. En todos los casos precedentes. Según el artículo 15 de la Ley de Transparencia, señala la respuesta falsa: Si la información solicitada contuviera datos personales que revelen la ideología, vida sexual, afiliación sindical, religión o creencias, el acceso únicamente se podrá autorizar en caso de que se contase con el consentimiento expreso y por escrito del afectado, a menos que dicho afectado hubiese hecho manifiestamente públicos los datos con anterioridad a que se solicitase el acceso. Si la información incluyese datos personales que hagan referencia al origen racial, a la salud o a la vida sexual, incluyese datos genéticos o biométricos o contuviera datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas que no conllevasen la amonestación pública al infractor, el acceso solo se podrá autorizar en caso de que se cuente con el consentimiento expreso del afectado o si aquel estuviera amparado por una norma con rango de ley. Si el acceso se efectúa previa disociación de los datos de carácter personal de modo que se impida la identificación de las personas afectadas no es preciso contar con el consentimiento de los afectados. Cuando la información solicitada no contuviera datos especialmente protegidos, el órgano al que se dirija la solicitud concederá el acceso previa ponderación suficientemente razonada del interés público en la divulgación de la información y los derechos de los afectados cuyos datos aparezcan en la información solicitada, en particular su derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal. Los límites a que se refiere el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de acceso a la información pública y buen gobierno: Operan automáticamente a favor de la denegación. Operan absolutamente en relación a los contenidos. En su aplicación deberán realizarse el test del daño y el test del interés público. Todas las anteriores son incorrectas. De conformidad con artículo 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, cuando la información solicitada no contuviera datos especialmente protegidos, el órgano al que se dirija la solicitud: Concederá el acceso previa ponderación sin razonar del interés público en la divulgación de la información y los derechos de los afectados cuyos datos no aparezcan en la información solicitada. Concederá el acceso previa ponderación suficientemente razonada del interés público en la divulgación de la información y los derechos de los afectados cuyos datos aparezcan en la información solicitada. Concederá siempre el acceso salvo que se entienda preciso ponderar suficientemente el interés público en la divulgación de la información y los derechos de los afectados. Ninguna respuesta es correcta. Según el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, la aplicación de los límites será justificada y proporcionada a su objeto y finalidad de protección y atenderá a las circunstancias del caso concreto, especialmente: A la concurrencia de un interés público inferior que justifique el acceso. A la concurrencia de una finalidad que justifique el acceso. A la concurrencia de un interés público superior que justifique el acceso. A la concurrencia de un interés público o privado superior que justifique el acceso. Como dice el artículo 13 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, pero ¿qué más requisitos han de concurrir para considerarla como tal?: Que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación del título II de esta ley y que hayan sido solicitados en el ejercicio de sus funciones. Que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación del título I de esta ley y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. Que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación del título I de esta ley y que hayan sido solicitados en el ejercicio de sus competencias. Que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación del título II de esta ley y que hayan sido creados en el ejercicio de sus funciones públicas. ¿En qué caso, deberá indicarse al solicitante que parte de la información ha sido omitida, según el artículo 16 de la Ley de Transparencia?: En los casos en que la aplicación de alguno de los límites previstos en el artículo 14 no afecte a la totalidad de la información, se concederá el acceso parcial previa omisión de la información afectada por el límite salvo que de ello resulte una información distorsionada o que carezca de sentido. En los casos en que la aplicación de alguno de los límites previstos en el artículo 14 afecte a la totalidad de la información, se concederá el acceso total previa omisión de la información afectada por el límite salvo que de ello resulte una información distorsionada o que carezca de sentido. En los casos en que la aplicación de alguno de los límites previstos en el artículo 14 no afecte a la totalidad de la información, se concederá el acceso parcial y total previa omisión de la información afectada por el límite salvo que de ello resulte una información distorsionada o que carezca de sentido. En los casos en que la aplicación de todos los límites previstos en el artículo 14 afecte a la totalidad de la información, se concederá el acceso parcial previa omisión de la información no afectada por el límite salvo que de ello resulte una información distorsionada o que carezca de sentido. ¿Se concederá el acceso a información que contenga datos meramente identificativos relacionados con la organización, funcionamiento o actividad pública del órgano, según el artículo 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre?: Sí, con carácter personal, y salvo que en el caso general prevalezca la protección de datos personales u otros derechos constitucionalmente protegidos sobre el interés público en la divulgación que lo impida. Sí, con carácter general, y salvo que en el caso concreto prevalezca la protección de datos personales u otros derechos constitucionalmente protegidos sobre el interés público en la divulgación que lo impida. Sí, con carácter meramente identificativo, y salvo que en el caso general prevalezca la protección de datos personales u otros derechos constitucionalmente protegidos sobre el interés público en la divulgación que lo impida. No, en ningún momento. Según el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, las resoluciones que se dicten en aplicación de este artículo serán objeto de: Evaluación previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran. Publicación periódica previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran. Control previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran. Publicidad previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran. De acuerdo con el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: La seguridad privada. El secreto personal. Los partidos políticos. Todas las opciones son incorrectas. Cuando la información solicitada no contuviera datos especialmente protegidos, el órgano al que se dirija la solicitud concederá el acceso previa ponderación suficientemente razonada ¿Qué criterio es el correcto para realizar dicha ponderación, según el artículo 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre?: La mayor garantía de los derechos de los afectados en caso de que los datos contenidos en el documento puedan afectar a su intimidad o a su seguridad, o se refieran a menores de edad. El menor perjuicio de los derechos de los afectados en caso de que los documentos únicamente contuviesen datos de carácter meramente identificativo de aquéllos. La justificación por los solicitantes de su petición en el ejercicio de un derecho o el hecho de que tengan la condición de investigadores y motiven el acceso en fines históricos, científicos o estadísticos. Todas las opciones son correctas. A tenor de lo dispuesto en artículo 14 de la ley Estatal de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, ¿cuándo se podrá limitar el derecho de acceso a la información pública?: Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la seguridad nacional. Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la seguridad pública. Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la protección del medio ambiente. Todas las respuestas anteriores son correctas. |




