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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEL.O. 5/2005, de la Defensa Nacional

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Título del test:
L.O. 5/2005, de la Defensa Nacional

Descripción:
Texto consolidado

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
03/04/2019

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 52
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Temario:
España debe acomodarse a las transformaciones que vive el mundo para establecer las bases y construir una política de seguridad y defensa común asegurar su propia seguridad y defensa y para contribuir a la paz y a mejorar el orden internacional gestionar situaciones de crisis que afectan a la Defensa conseguir una respuesta progresiva ante situaciones de conflicto.
Junto a los riesgos y amenazas tradicionales para la paz, la estabilidad y la seguridad, surgen otros como el terrorismo transnacional con disposición y capacidad de infligir daño indiscriminadamente el yihadismo y el ciberterrorismo la proliferación de las armas de destrucción masiva (nucleares, químicas y biológicas) y sus sistemas de lanzamiento (como misiles balísticos y de crucero) riesgos y amenazas que se ciernen sobre las infraestructuras críticas.
Además de un derecho básico y una necesidad de las personas y las sociedades, la seguridad debe ser prioritaria una meta a alcanzar una obligación es un reto.
Desde finales del siglo XX, nuestras FAS actuan fuera de nuestras fronteras como apoyo para la resolución de conflictos entre países y entre comunidades dentro de un mismo país. agentes creadores y mantenedores de paz en áreas de conflictos, observarvadores de los procesos pacíficos y como ayuda en la implementación de tratados con fines pacíficos observadores, como fuerzas de interposición, de mantenimiento de la paz y de ayuda humanitaria herramienta contra amenazas no convencionales a las que se enfrenta la seguridad nacional e internacional.
La responsabilidad de la gestión de las situaciones de crisis que afectan a la Defensa recae sobre el Presidente del Gobierno, al igual que la dirección del conflicto armado el Presidente del Gobierno el Ministro de Defensa asistido por el Consejo de Defensa Nacional los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos.
El Consejo de Defensa Nacional es un órgano asesor, coordinador y consultivo que asiste al Ministro de Defensa un órgano asesor, consultor y resolutorio en materia de Defensa Nacional un órgano asesor, coordinador y consultivo que asiste al Presidente del Gobierno un órgano asesor, consultor y de participación en materia de Defensa Nacional.
Al Ministro de Defensa se le encomienda decidir y regular la participación y condiciones que deben cumplir las misiones en el exterior la organización de las Fuerzas Armadas la responsabilidad de la gestión de las situaciones de crisis y la dirección de conflictos armados la ejecución y el desarrollo de la política de defensa.
En cuanto a la organización de las Fuerzas Armadas, su estructura órganica es responsabilidad de los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos la encargada del desarrollo de la acción conjunta y combinada la que regula las reglas esenciales para el cumplimiento del deber responsabilidad del Jefe de Estado Mayor de la Defensa.
En cuanto a la organización de las Fuerzas Armadas, su estructura órganica se encarga de la preparación de la fuerza encarga del desarrollo de la acción conjunta y combinada organiza con fines de organización territorial e integración militar forma como una entidad única e integradora.
En cuanto a la organización de las Fuerzas Armadas, su estructura operativa es la que posibilita la integración de las distintas formas de acción de sus componentes responsabilidad de los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos, encargada de la preparación de la Fuerza encargada de posibilitar el empleo óptimo de sus capacidades responsabilidad del Jefe de Estado Mayor de la Defensa.
En cuanto a la organización de las Fuerzas Armadas, su estructura operativa es la encargada del empleo de la fuerza y establece el desarrollo de la acción conjunta y combinada responsabilidad de los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos, encargada de la preparación de la Fuerza encargada de posibilitar el empleo óptimo de sus capacidades responsabilidad del Jefe del Ministro de defensa.
La organización de las Fuerzas Armadas responde a los principios de jerarquía, disciplina, unidad y fidelidad al mando jerarquía, disciplina, liderazgo y eficacia jerarquía, disciplina, unidad y eficacia jerarquía, proporcionalidad, unidad y eficacia.
Los recursos de la Defensa Nacional se aportaran apoyandose en el principio de progresión ante la situación de conflicto contribución gradual y proporcionada a la situación que sea preciso afrontar eficacia y eficiencia de los bienes contribución proporcionada a la situación que sea preciso afrontar.
La Ley Orgánica 5/2005, de la Defensa Nacional tiene por finalidad la protección de la sociedad española, de su Constitución, de los valores superiores, principios e instituciones que en ésta se consagran, del Estado social y democrático de derecho,del pleno ejercicio de los derechos, y de la garantía, independencia y unidad de España. la sociedad española, de su Constitución, de la convivencia pacífica, de los valores superiores, principios e instituciones que en ésta se consagran, del Estado social y democrático de derecho,del pleno ejercicio de los derechos y libertades, y de la garantía, independencia e integridad territorial de España. la sociedad española, de su Constitución, de los valores superiores, principios e instituciones que en ésta se consagran, del Estado social y democrático de derecho,del pleno ejercicio de los derechos y libertades, y de la garantía, independencia y unidad de España. la sociedad española, de su Constitución, de los valores superiores, principios e instituciones que en ésta se consagran, del Estado social y democrático de derecho,del pleno ejercicio de los derechos y libertades, y de la garantía, independencia e integridad territorial de España.
¿A quién le corresponde autorizar, con carácter previo, la participación de las FAS en misiones fuera del territorio nacional? Al Presidente del Gobierno Al Rey A las Cortes Generales Al Ministro de Defensa.
Corresponde al Gobierno Debatir las líneas generales de la política de defensa. determinar la política de defensa y asegurar su ejecución, dirigir la Administración militar y acordar la participación de las FAS en misiones fuera del territorio nacional. la autoridad para ordenar, coordinar y dirigir la actuación de las FAS así como disponer su empleo. el desarrollo y la ejecución de la política de defensa.
Corresponde al Presidente del Gobierno Debatir las líneas generales de la política de defensa. determinar la política de defensa y asegurar su ejecución, dirigir la Administración militar y acordar la participación de las FAS en misiones fuera del territorio nacional. la autoridad para ordenar, coordinar y dirigir la actuación de las FAS así como disponer su empleo. el desarrollo y la ejecución de la política de defensa.
Corresponde al Ministro de Defensa Debatir las líneas generales de la política de defensa. determinar la política de defensa y asegurar su ejecución, dirigir la Administración militar y acordar la participación de las FAS en misiones fuera del territorio nacional. la autoridad para ordenar, coordinar y dirigir la actuación de las FAS así como disponer su empleo. el desarrollo y la ejecución de la política de defensa.
¿Qué es y quién formula la Directiva de Defensa Nacional? Es el documento máximo de planeamiento de la defensa de España tras la Ley de la Defensa Nacional. La formula el Presidente del Gobierno. Es el documento máximo de regulación de la defensa de España basado en la Ley de la Defensa Nacional. La formula el Ministro de Defensa. Es el documento máximo de planeamiento de la defensa de España tras la Ley de la Defensa Nacional. La formula el Consejo de Defensa Nacional. Es el documento máximo de regulación de la defensa de España basado en la Ley de la Defensa Nacional. La formula el Congreso de los Diputados.
¿A quién corresponde definir y aprobar los grandes objetivos y planteamientos estratégicos, así como formular las directivas para las negociaciones exteriores que afecten a al política de defensa? al Presidente del Gobierno. al Ministro de Defensa. al Consejo de Defensa Nacional. al Congreso de los Diputados.
¿A quién corresponde asistir al Presidente del Gobierno en la dirección estratégica de las operaciones militares? al Consejo Ejecutivo. al Ministro de Defensa. al Consejo de Defensa Nacional. al Congreso de los Diputados.
¿Quién ordena las misiones de las FAS? el Congreso de los Diputados. el Ministro de Defensa. el Consejo de Defensa Nacional. el Presidente del Gobierno.
¿A quién corresponde el desarrollo y ejecución de la política de defensa? al Consejo Ejecutivo. al Ministro de Defensa. al Consejo de Defensa Nacional. al Presidente del Gobierno.
¿A quién corresponde emitir informe sobre las grandes directrices de la política de defensa y ofrecer propuestas sobre asuntos relacionados con la defensa que exijan una propuesta conjunta? al Consejo Ejecutivo. al Ministro de Defensa. al Consejo de Defensa Nacional. al Presidente del Gobierno.
¿Quiénes forman el pleno del Consejo de Defensa Nacional? El Presidente del Gobierno, los Vicepresidentes, Ministros de Defensa, Interior, Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Economía y Hacienda. Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Jefes de Estado de los ejércitos Secretario de Estado Director del CNI Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno El Presidente del Gobierno, los Vicepresidentes, Ministros de Defensa, Interior, Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Economía y Hacienda. Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Secretario de Estado Director del CNI Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno El Presidente del Gobierno, los Vicepresidentes, Ministros de Defensa, Interior, Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Economía y Hacienda. Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Jefes de Estado de los ejércitos Secretario de Estado Director del CNI El Presidente del Gobierno, los Vicepresidentes, Ministros de Defensa, Interior, Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Economía y Hacienda. Consejo de Defensa Nacional Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Jefes de Estado de los ejércitos Secretario de Estado Director del CNI Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.
¿Quiénes forman el Consejo Ejecutivo? El Presidente del Gobierno, Ministros de Defensa, Interior, Asuntos Exteriores y de Cooperación, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Secretario de Estado Director del CNI Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno El Presidente del Gobierno, los Vicepresidentes, Ministros de Defensa, Interior, Asuntos Exteriores y de Cooperación, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Secretario de Estado Director del CNI, Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno El Presidente del Gobierno, los Vicepresidentes, Ministros de Defensa, Interior, Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Economía y Hacienda. Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Secretario de Estado Director del CNI Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno El Presidente del Gobierno, los Vicepresidentes, Ministros de Defensa, Interior, Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Economía y Hacienda. Consejo de Defensa Nacional Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Jefes de Estado de los ejércitos Secretario de Estado Director del CNI Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.
¿Qué es la Comisión Interministerial de Defensa? Es una comisión adscrita al Ministerio de Defensa como órgano de trabajo permanente del Consejo Ejecutivo. Su composición y funciones se determinan por Real Decreto. Es un órgano de trabajo permanente que asiste al Ministro de Defensa en la coordinación de las FAS. Su composición y funciones se determinan por Real Decreto Ley. Es la comisión consultiva del Jefe de Estado Mayor de la Defensa adscrita al Ministerio de Defensa. Su composición y funciones se determinan por Real Decreto. Es un órgano colegiado, coordinador y asesor del Ministro de Defensa en la coordinación de las FAS. Su composición y funciones se determinan por Real Decreto Ley.
¿A quién corresponde la preparación, el desarrollo y la ejecución de la política de defensa determinada por el Gobierno, la obtención y gestión de los recursos humanos y materiales para ello y el cumplimiento de las misiones que se asignen a las FAS? Al Ministerio de Defensa. Al Ministro de Defensa. Al Consejo de Defensa Nacional. Al Jefe de Estado Mayor de la Defensa.
¿Cuál es el órgano auxiliar de mando y apoyo al Jefe de Estado Mayor de la Defensa? El Estado Mayor de la Defensa. La Comisión Interministerial de Defensa. El Consejo de Defensa Nacional. El Consejo Ejecutivo.
El Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire componen la estructura orgánica de las FAS y aportan las capacidades básicas para su estructura operativa. componen la estructura operativa de las FAS y aportan las capacidades básicas para su estructura orgánica. son los elementos esenciales de la defensa para el desarrollo de la estrategia militar, el planeamiento de operaciones militares bajo criterios de eficacia y economía de medios. son los elementos esenciales para la ejecución de la política de defensa determinada por el Gobierno, así como la realización de los cometidos para el cumplimiento de misiones asignadas a las FAS bajo criterios de eficacia y economía de medios.
Cada uno de los ejércitos está compuesto por: Cuartel General: constituido por el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para asistir al Jefe de Estado Mayor. La Fuerza: conjunto de medios humanos y materiales con el cometido principal de prepararse para la realización de operaciones militares. Apoyo a la Fuerza: conjunto de órganos responsables de la dirección, gestión, administración y control de los recursos humanos, materiales y financieros asignados. Dirigirá y controlará el mantenimiento de la Fuerza. Cuartel General: constituido por el conjunto de medios humanos y materiales para llevar a cabo las actividades del apoyo logístico de unidades, centros y organismos. La Fuerza: conjunto de medios humanos y materiales con el cometido principal de prepararse para la realización de operaciones militares y misiones específicas permanentes que se le asignen. Apoyo a la Fuerza: conjunto de órganos responsables de la dirección, gestión, administración y control de los recursos humanos, materiales y financieros asignados. Dirigirá y controlará el mantenimiento de la Fuerza. Cuartel General: constituido por el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para asistir al Jefe de Estado Mayor. La Fuerza: conjunto de medios humanos y materiales con el cometido principal de prepararse para la realización de operaciones militares y de apoyo logístico. Apoyo a la Fuerza: conjunto de órganos responsables de la gestión, administración y control de los recursos humanos, materiales y financieros asignados. Cuartel General: constituido por el conjunto de medios humanos y materiales para llevar a cabo las actividades del apoyo logístico de unidades, centros y organismos. La Fuerza: conjunto de medios humanos y materiales con el cometido principal de prepararse para la realización de operaciones militares. Apoyo a la Fuerza: conjunto de órganos responsables de la dirección, gestión, administración y control de los recursos humanos, materiales y financieros asignados. Dirigirá y controlará el adiestramiento, la preparación y evaluación de sus unidades.
Corresponde a los Jefes de Estado Mayor: 1. Desarrollar la organización, instruir, adiestrar, administrar, proporcionar apoyo logístico y velar por la motivación, disciplina y bienestar de su respectivo Ejército para mantener la máxima eficacia. 2. Desarrollar y ejecutar las misiones que, en tiempos de paz, tengan asignadas con carácter permanente. 3. Garantizar la adecuada preparación de la Fuerza de su ejército para su puesta a disposición de la estructura operativa de las FAS. 4. Asesorar al Jefe de Estado Mayor de la Defensa (JEMAD). 5. Velar por los intereses generales del personal militar bajo su mando. 1. Desarrollar la organización, instruir, administrar, proporcionar apoyo logístico y velar por la motivación, disciplina y bienestar de su respectivo Ejército para mantener la máxima eficiencia. 2. Desarrollar y ejecutar las misiones que tengan asignadas con carácter permanente. 3. Garantizar la adecuada preparación de la Fuerza de su ejército para su puesta a disposición de la estructura operativa de las FAS. 4. Asesorar al Jefe de Estado Mayor de la Defensa (JEMAD). 5. Velar por los intereses generales del personal militar bajo su mando. 1. Desarrollar la organización, instruir, adiestrar, administrar, proporcionar apoyo logístico y velar por la motivación, disciplina y bienestar de su respectivo Ejército para mantener la máxima eficacia. 2. Desarrollar y ejecutar las misiones que, en tiempos de paz, tengan asignadas con carácter permanente. 3. Garantizar la adecuada preparación del Apoyo a la Fuerza de su ejército para su puesta a disposición de la estructura orgánica de las FAS. 4. Asesorar al Jefe de Estado Mayor de la Defensa (JEMAD). 5. Velar por los intereses generales del personal militar bajo su mando. 1. Desarrollar la organización, instruir, adiestrar, administrar, proporcionar apoyo logístico y mantener la máxima eficacia. 2. Desarrollar y ejecutar las misiones que tengan asignadas con carácter permanente. 3. Garantizar la adecuada preparación de la Fuerza de su ejército para su puesta a disposición de la estructura operativa de las FAS. 4. Asesorar al Jefe de Estado Mayor de la Defensa (JEMAD). 5. Velar por los intereses generales del personal militar bajo su mando.
Los órganos de la jurisdicción militar, integrante del Poder Judicial del Estado, basan su organización y funcionamiento en: el principio de unidad jurisdiccional y administran justicia en el ámbito estrictamente castrense, de acuerdo con la Constitución y lo dispuesto en las leyes penales, procesales y disciplinarias militares. el principio de unidad jurisdiccional y dependencia jerárquica y administran justicia, en nombre del Rey, en el ámbito estrictamente castrense, de acuerdo con la Constitución y lo dispuesto en las leyes penales, procesales y disciplinarias militares. el principio de unidad de actuación y dependencia jerárquica con sujeción a la legalidad e imparcialidad. Administran justicia en el ámbito estrictamente castrense, de acuerdo con la Constitución y lo dispuesto en las leyes penales, procesales y disciplinarias militares. el principio de unidad jurisdiccional y administran justicia en el ámbito estrictamente castrense, de acuerdo con la Constitución.
La Misión de las FAS, de acuerdo con el artículo 8.1 de la CE es la de: garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional, protegiendo el libre ejercicio de los derechos y libertades de la ciudadanía. garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y, bajo la dependencia del Gobierno, proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades para garantizar la seguridad ciudadana. garantizar la independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades para garantizar la seguridad ciudadana.
El cumplimiento de las misiones de las FAS y el desarrollo de su contribución complementaria o subsidiaria de interés público requieren realizar diferentes tipos de operaciones que pueden consistir en: Vigilancia de espacios marítimos y aéreos de soberanía nacional, así como proteger la vida de su población e intereses. Colaboración en operaciones de mantenimiento de paz y estabilización internacional. Apoyo a FCSE en la lucha contra el terrorismo y a los servicios de rescate, búsqueda y salvamento. Respuesta contra agresiones que se realicen utilizando aeronaves con fines terroristas. Colaboración con las diferentes Administraciones públicas en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas. Participación para preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos españoles en el extranjero. Vigilancia de espacios marítimos y aéreos de soberanía nacional. Colaboración en operaciones de mantenimiento de paz y estabilización internacional. Apoyo a FCSE en la lucha contra el terrorismo y a los servicios de rescate, búsqueda y salvamento. Respuesta contra agresiones que se realicen utilizando aeronaves con fines terroristas. Colaboración con las diferentes Administraciones públicas en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas. Participación para preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos españoles. Vigilancia de espacios marítimos y aéreos de soberanía nacional, así como proteger la vida de su población e intereses. Colaboración en operaciones de mantenimiento de paz y estabilización internacional. Apoyo a FCSE en la lucha contra el terrorismo y a los servicios de rescate, búsqueda y salvamento. Respuesta contra agresiones que se realicen utilizando aeronaves con fines terroristas. Colaboración con las diferentes Administraciones públicas. Participación para preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos españoles. Vigilancia de espacios marítimos y aéreos de soberanía nacional. Colaboración en operaciones de mantenimiento de paz y estabilización internacional. Apoyo a FCSE en la lucha contra el terrorismo y a los servicios de rescate, búsqueda y salvamento. Respuesta contra agresiones que se realicen utilizando aeronaves. Colaboración con las diferentes Administraciones públicas en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas. Participación para preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos españoles.
Para ordenar operaciones en el exterior que NO estén directamente relacionadas con la defensa o del interés nacional, el Gobierno realizará una consulta previa y recabará la autorización del Congreso de los Diputados. el Presidente del Gobierno realizará una consulta previa y recabará la autorización del Congreso de los Diputados. el Ministro de Defensa realizará una consulta y recabará la autorización del Congreso de los Diputados. el Jefe del Estado Mayor de la Defensa realizará una consulta previa y recabará la autorización del Congreso de los Diputados.
El Gobierno informará periódicamente al Congreso de los Diputados sobre el desarrollo de las operaciones de las FAS en el exterior. en ningún caso superior a un año, al Congreso de los Diputados sobre el desarrollo de las operaciones de las FAS en el exterior. en ningún caso superior a dos meses, al Congreso de los Diputados sobre el desarrollo de las operaciones de las FAS en el exterior. al Congreso de los Diputados sobre el desarrollo de las operaciones de las FAS.
Las reglas esenciales que definen el comportamiento de los militares son, en especial: la disciplina, la jerarquía, los límites de la obediencia, ejercicio del mando militar. la disciplina, la jerarquía, obediencia, ejercicio del mando militar. la disciplina, la jerarquía, los límites de la obediencia, preservación de la paz y seguridad internacionales. la disciplina, la jerarquía, los límites de la obediencia, ejecución eficaz de la política de defensa y de la política militar.
Las reglas esenciales que definen el comportamiento de los militares las desarrolla el Gobierno en las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas mediante Real Decreto. se desarrollan en las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas. las desarrolla el Ministro de Defensa en las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas mediante Real Decreto. las desarrolla el Consejo de Defensa Nacional en las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas.
El Régimen Disciplinario de las FAS tiene por objeto garantizar la observancia de las reglas esenciales que definen el comportamiento de los militares y del ordenamiento legal de la función militar. garantizar la consecución de las reglas esenciales que definen el comportamiento de los militares y del ordenamiento legal de la función militar. garantizar la observancia de las reglas esenciales que definen el comportamiento de los militares, su cumplimiento disciplinario y del ordenamiento legal de la función militar. garantiza que las reglas esenciales que definen el comportamiento de los militares estén basadas en la disciplina y jerarquía y el ordenamiento legal de la función militar.
¿Quién establece los criterios relativos a la preparación y disponibilidad de los recursos humanos y materiales no propiamente militares para satisfacer las necesidades de la Defensa Nacional en situaciones de grave amenaza o crisis? El Gobierno. El Presidente del Gobierno. El Ministro de Defensa. El Jefe del Estado Mayor de los Ejércitos.
En tiempo de conflicto armado y durante la vigencia del estado de sitio, el sistema de disponibilidad permanente de recursos será coordinado por El Gobierno. El Presidente del Gobierno. El Ministro de Defensa. El Consejo de Defensa Nacional.
En tiempo de conflicto bélico y durante la vigencia del estado de sitio, las actuaciones de la Guardia Civil serán coordinadas por El Gobierno. El Presidente del Gobierno. El Ministro de Defensa. El Consejo de Defensa Nacional.
En tiempo de conflicto bélico y durante la vigencia del estado de sitio, las actuaciones del Cuerpo Nacional de Policía serán coordinadas por El Gobierno. El Presidente del Gobierno. El Ministro de Defensa. El Consejo de Defensa Nacional.
El Centro Nacional de Inteligencia contribuirá a la obtención, evaluación e interpretación de la información necesaria para prevenir y evitar riesgos o amenazas que afecten a la independencia e integridad de España, a los intereses nacionales y a la estabilidad del Estado de Derecho y sus instituciones. facilitará la obtención de la información necesaria para prevenir y evitar riesgos o amenazas que afecten a la independencia e integridad de España, a los intereses nacionales e internacionales y a la estabilidad del Estado de Derecho y sus instituciones. coordinará la obtención, evaluación e interpretación de la información necesaria para prevenir y evitar riesgos o amenazas que afecten a la independencia e integridad de España, a los intereses nacionales y a la estabilidad del Estado de Derecho y sus instituciones. realizará la obtención, evaluación e interpretación de la información necesaria para prevenir y evitar riesgos o amenazas que afecten a la independencia e integridad de España, a los intereses nacionales e internacionales y a la estabilidad del Estado de Derecho y sus instituciones.
En tiempo de conflicto bélico y durante la vigencia del estado de sitio, las actuaciones del Sistema de cooperación en materia de Protección Civil serán coordinadas por El Gobierno. El Presidente del Gobierno. El Ministro de Defensa. El Consejo de Defensa Nacional.
La aportación de recursos provenientes de la sociedad se materializará: De acuerdo con el derecho y el deber de los españoles de defender a España, la incorporación adicional de ciudadanos a la Defensa se apoyará en el principio de contribución gradual y proporcionada a la situación de amenaza mediante la incorporación de los reservistas que se consideren necesarios. La contribución de recursos materiales se efectuará a través del órgano interministerial competente. De acuerdo con el derecho y el deber de los españoles de defender a España, la incorporación adicional de ciudadanos a la Defensa se ante una situación de amenaza se realizará mediante la incorporación de los reservistas que se consideren necesarios. La contribución de recursos materiales se efectuará en base al principio de contribución gradual y proporcionada a la situación de amenaza. De acuerdo con el derecho y el deber de los españoles de defender a España se realizará la incorporación de reservistas a la Defensa ante una situación de amenaza. La contribución de recursos materiales se efectuará a través del órgano interministerial competente. De acuerdo con el derecho y el deber de los españoles de defender a España, la incorporación adicional de ciudadanos a la Defensa se regirá bajo en el principio de contribución gradual y eventual a la situación de amenaza mediante la incorporación de los reservistas que se consideren necesarios. La contribución de recursos materiales se efectuará a través del órgano interministerial competente.
El Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las FAS salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin. de que la sociedad conozca y valore su historia y el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las FAS salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin. de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las FAS salvaguardan los intereses nacionales. de que la sociedad conozca y valore su historia y el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las FAS salvaguardan los intereses nacionales. .
Las reglas de comportamiento de los militares se ESTABLECEN en: L.O. 9/2011 Derechos y Deberes R.D. 96/2009 Reales Ordenanzas L.O. 8/2014 Régimen Disciplinario R.D. 79/2008 Régimen castrense.
Las reglas de comportamiento de los militares se DESARROLLAN en: L.O. 9/2011 Derechos y Deberes R.D. 96/2009 Reales Ordenanzas L.O. 8/2014 Régimen Disciplinario R.D. 79/2008 Régimen castrense.
Las reglas de comportamiento de los militares se GARANTIZA SU OBSERVANCIA en: L.O. 9/2011 Derechos y Deberes R.D. 96/2009 Reales Ordenanzas L.O. 8/2014 Régimen Disciplinario R.D. 79/2008 Régimen castrense.
La finalidad de la L.O. 5/2005 de la Defensa Nacional son: Regular la Defensa Nacional y establecer las bases de la organización militar conforme a los principios establecidos en la Constitución. Desarrollar la Defensa Nacional y determinar las bases de la organización militar conforme a los principios establecidos en la Constitución Desarrollar las bases de la Defensa Nacional y marcar la organización militar conforme a los principios establecidos en la Constitución. Determinar las directrices de la Defensa Nacional y diseñar las bases de la organización militar conforme a los principios establecidos en la Constitución.
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