L. de Policías Locales de Andalucía
|
|
Título del Test:
![]() L. de Policías Locales de Andalucía Descripción: L. de Policías Locales de Andalucía |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
Los Cuerpos de la Policía Local tendrán la denominación genérica de... Policía Municipal. Policía Armada. Locales. Cuerpo de la Policía Local. La naturaleza jurídica regulada en el artículo 9, de la Ley 6/2023, va en consonancia con: Decreto y Real Decreto 1 y 2 / 2024 respectivamente. LO 2/86 y LBRL 7/85. Ley 13/2001 y LO 2/86. Es autónomo y único. En el artículo 23 de Ley autonómica 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía se recogen los grupos, subgrupos y categorías de los Cuerpos de la Policía Local estando encuadrada la categoría de policía en el grupo: D, subgrupo D1. C, subgrupo C1. A2. B. En el artículo 25 de la Ley autonómica 6/ 2023, de 7 de Julio, de las Policías Locales de Andalucía, se establecen las funciones por escalas, perteneciendo a la Escala ejecutiva de la Policía Local: La responsabilidad inmediata en la planificación y ejecución de los servicios. El cumplimiento de las funciones propias del servicio. La organización, dirección, coordinación y supervisión de las distintas unidades y servicios del cuerpo. Las funciones por escalas se establecen en el art. 24 de dicha Ley. Los Cuerpos de la Policía Local son: Institutos civiles armados, con jerarquía y bajo el mando del concejal de Policía. Institutos armados de naturaleza militar, con estructura y organización jerarquizada, bajo la superior autoridad de la Alcaldía. Son cuerpos jerarquizados, con estructura y organización civil, bajo la superior autoridad del alcalde. Son institutos armados, de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada, bajo la superior autoridad de la persona titular de la alcaldía. Las dependencias de la Policía Local tendrán la denominación genérica de: Comisaría. Jefatura. Controlador. Cuartelero. Los Cuerpos de la Policía Local también podrán ejercer en su término municipal y previa delegación competencial, o encomienda de gestión, según los casos, efectuada mediante decreto aprobado por el consejo de Gobierno, a propuesta de la consejería competente en materia de policías locales, algunas funciones: Falso, solo puede ejercer las previstas en el artículo 53 LO 2/1986, 13 marzo de FCS. No puede ejercer función de delegación de competencia mediante decreto. Verdadero, recogidas expresamente en 4 apartados del artículo 12 de la ley de Policías Locales de Andalucía. Verdadero, pero no mediante decreto, sino mediante Real Decreto. Los Cuerpos de la Policía Local actuarán en el ámbito territorial de sus respectivos municipios: Sin perjuicio de que puedan actuar fuera de su término municipal. Exclusivamente. Previo requerimiento de la Consejería de Igualdad, podrá hacerlo fuera de él. Con la autorización de la alcaldía correspondiente. Los Cuerpos de la Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones: Instruir atestados por accidente de circulación en autovía. Proteger a las autoridades de las corporaciones locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones. Policía administrativa, en lo relativo a la LECRIM. Resolver los conflictos privados cuando sean requeridos para ellos. La segunda actividad es una situación administrativa en la que se permanecerá hasta el pase a la jubilación u otra situación que no podrá ser la de... Servicio activo, salvo que el pase a la situación de segunda actividad se produzca como consecuencia de la pérdida de aptitudes psicofísicas, embarazo o riesgo durante la lactancia natural, siempre que las causas que lo motivaron hayan desaparecido. Excedencia, salvo que el pase a la situación de segunda actividad se produzca como consecuencia de la pérdida de aptitudes psicofísicas, embarazo o riesgo durante la lactancia natural, siempre que las causas que lo motivaron hayan desaparecido. Servicio especiales, salvo que el pase a la situación de segunda actividad se produzca como consecuencia de la pérdida de aptitudes psicofísicas, embarazo o riesgo durante la lactancia natural, siempre que las causas que lo motivaron hayan desaparecido. Corresponderán al personal de la Escala técnica, con carácter general, las siguientes funciones: La organización, dirección, coordinación y supervisión de las distintas unidades y servicios del cuerpo. La responsabilidad inmediata en la planificación y ejecución de los servicios. El cumplimiento de las funciones propias del servicio y la realización de las funciones planificadas por las escalas técnica y ejecutiva o, en su caso, jefatura del cuerpo si dichas escalas no existieran. Todas son correctas. Corresponderán al personal de la Escala básica, con carácter general, las siguientes funciones: El cumplimiento de las funciones propias del servicio y la realización de las funciones planificadas por las escalas técnica y ejecutiva o, en su caso, jefatura del cuerpo si dichas escalas no existieran. La responsabilidad inmediata en la planificación y ejecución de los servicios. El cumplimiento de las funciones propias del servicio y la realización de las funciones planificadas por las escalas básica y ejecutiva o, en su caso, jefatura del cuerpo si dichas escalas no existieran. Ninguna es correcta. ¿Quién nombrará a quien desempeñará la jefatura inmediata del Cuerpo de la Policía Local ?. La persona titular de la alcaldía. El procedimiento para la provisión del puesto será el de libre designación, con respeto a los principios de mérito, capacidad, objetividad, igualdad y publicidad. El Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana . El procedimiento para la provisión del puesto será el de libre designación, con respeto a los principios de mérito, capacidad, objetividad, igualdad y publicidad. El Teneinete de alcalde. El procedimiento para la provisión del puesto será el de libre designación, con respeto a los principios de mérito, capacidad, objetividad, igualdad y publicidad. ¿Quién ostenta la Jefatura de la Policía Municipal?. El Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana. El Alcalde. El Teniente de alcalde. Se podrá pasar a la situación de segunda actividad: Por cumplimiento de las edades que se determinan para las distintas escalas. Por disminución de las aptitudes psicofísicas para el desempeño de la función policial. Por embarazo y riesgo durante la lactancia natural. Todas son correctas. El pase a la situación de segunda actividad por razón de edad tendrá lugar al cumplirse las siguientes edades: Escala técnica: cincuenta y cinco años. Escala ejecutiva: cincuenta y siete años. Escala básica: sesenta años. El pase a la situación de segunda actividad por razón de edad tendrá lugar al cumplirse las siguientes edades: Escala técnica: sesenta y dos años. Escala ejecutiva: cincuenta y cinco años. Escala básica: cincuenta y cinco años. El pase a la situación de segunda actividad por razón de edad tendrá lugar al cumplirse las siguientes edades: Escala técnica: sesenta años. Escala ejecutiva: cincuenta y cinco años. Escala básica: cincuenta y dos años. El Ayuntamiento, motivadamente, podrá limitar por cada año natural y categoría el número de personas funcionarias que podrán acceder a la situación de segunda actividad por razón de... Edad, prorrogando la permanencia en el servicio activo de quienes, en orden inverso al de la fecha en que cumplan la edad, excedan del cupo así fijado. Disminución de aptitudes psicofísicas., prorrogando la permanencia en el servicio activo de quienes, en orden inverso al de la fecha en que cumplan la edad, excedan del cupo así fijado. Embarazo o por riesgo durante lactancia natural., prorrogando la permanencia en el servicio activo de quienes, en orden inverso al de la fecha en que cumplan la edad, excedan del cupo así fijado. Ninguna es correcta. Pasará a la situación de segunda actividad, el personal que tenga disminuidas las aptitudes psicofísicas necesarias para el desempeño de la función policial en los términos que se establezcan reglamentariamente, siempre que dicha disminución no suponga la declaración de incapacidad permanente absoluta. Dicho procedimiento podrá iniciarse de... Oficio o a solicitud de la persona interesada. Decreto o a solicitud de la persona interesada. Obligado o a solicitud de la persona interesada. ¿Podrán requerir motivadamente a los integrantes de los cuerpos de la Policía Local en situación de segunda actividad para el cumplimiento de funciones policiales?. Sí, cuando concurran razones excepcionales de seguridad ciudadana que reglamentariamente se determinarán, la persona titular de la alcaldía podrá requerir motivadamente a los integrantes de los cuerpos de la Policía Local en situación de segunda actividad para el cumplimiento de funciones policiales. No, aunque concurran razones excepcionales de seguridad ciudadana que reglamentariamente se determinarán, la persona titular de la alcaldía podrá requerir motivadamente a los integrantes de los cuerpos de la Policía Local en situación de segunda actividad para el cumplimiento de funciones policiales. Ninguna es correcta. La jubilación del personal funcionario de los cuerpos de Policía Local podrá ser: - Involuntaria, a solicitud de la persona. - Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida. - Por la declaración de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. - Voluntaria, a solicitud de la persona. - Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida. - Por la declaración de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. - Voluntaria, a solicitud de la persona. - Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida. - Por la declaración de discapacidad permanente absoluta o gran invalidez. La jubilación forzosa se declarará de oficio al cumplir el funcionario los... sesenta y cinco años de edad. sesenta y siete años de edad. sesenta años de edad. En la selección de los integrantes de los cuerpos de la Policía Local se respetarán los principios constitucionales de... Mérito, capacidad, igualdad y publicidad; se garantizará la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y la movilidad, y se velará por la transparencia y objetividad de los procesos selectivos. Mérito, capacidad, igualdad; se garantizará la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y la movilidad, y se velará por la transparencia y objetividad de los procesos selectivos. Mérito, igualdad y publicidad; se garantizará la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y la movilidad, y se velará por la transparencia y objetividad de los procesos selectivos. Los órganos de selección velarán por el cumplimiento del principio de igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de... Nacimiento, edad, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Nacimiento, raza, sexo, género, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Quién regulará los procedimientos selectivos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad en los cuerpos de la Policía Local, así como la regulación de los cursos selectivos preceptivos, para ingreso para obtener la condición de policía y de capacitación para las demás categorías... El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía. El ayuntamiento. El diseño del contenido y de la impartición de los cursos preceptivos de ingreso y de capacitación le corresponde al... El ayuntamiento. Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. La pérdida de la condición de personal funcionario del Cuerpo de la Policía Local en virtud de renuncia será acordada por el... El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. A tal efecto, el órgano de personal correspondiente incoará, a instancia de parte, el correspondiente expediente. El Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana. A tal efecto, el órgano de personal correspondiente incoará, a instancia de parte, el correspondiente expediente. Titular de la alcaldía. A tal efecto, el órgano de personal correspondiente incoará, a instancia de parte, el correspondiente expediente. El vigilante Municipal con respecto a la insignia estas están... No llevará. Constituidas por la placa con el escudo o identidad de la CCAA correspondiente. Constituidas por la placa con el escudo o identidad del municipio correspondiente. Ninguna es correcta. Los vigilantes municipales pertenecen a la escala de... a) Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Vigilante Municipal. b) Administración General, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Vigilante Municipal. c) Administración Especial, Subescala de Técnicos, Categoría de Vigilante Municipal. |





