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L S B N

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Título del Test:
L S B N

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Tres veces realizado

Fecha de Creación: 2024/09/29

Categoría: Otros

Número Preguntas: 43

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El articulo 29 de la Ley Foral 15/2006 de SSB establece que los SSB constituyen la unidad básica del sistema público de SS y serán la puerta de entrada de acceso a éste y el nivel más próximo a los destinatarios y a los ámbitos familiar y social y que su titularidad corresponderá: al Gobierno de Navarra única y exclusivamente. A las entidades locales. a la iniciativa privada homologada de acuerdo con los principios de la LF 15/2006.

El sistema de servicios sociales se articula alrededor de cuatro programas: Acogida y orientación social / Infancia y Familia / Autonomía personal y atención a la dependencia / Incorporación Social. Acogida y orientación / Familia e Infancia / Prevención / Incorporación. Acogida y orientación / Servicio atención domicilio / Prevención / Discapacidad.

Las prestaciones del sistema público de servicios sociales podrán ser. Técnicas. Económicas o materiales. Ambas respuestas son correctas.

¿A quién corresponde la titularidad de los Servicios Sociales de Base?. Gobierno de Navarra. Estado. Entidades locales.

A cargo de quien corre la financiación de los programas de la Ley de Servicios Sociales?. Gobierno de Navarra. Entidades Locales. Ambas son correctas.

Según la Ley Foral 15⁄2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, no constituye una infracción grave: Prestar servicios sociales ocultando su naturaleza al objeto de eludir la aplicación de la legislación vigente en la materia. Incumplir el deber de confidencialidad de los datos personales, familiares o sociales de los destinatarios que obren en poder de los servicios sociales. No someterse, impedir u obstaculizar las actuaciones de comprobación y evaluación de las condiciones de concesión de las autorizaciones y de la homologación.

Según recoge la Ley Foral 15⁄2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, el profesional de referencia es: El profesional que canaliza los diferentes servicios y prestaciones que necesite el usuario asegurando la globalidad y la coordinación de todas las intervenciones. El profesional designado como responsable de cada uno de los programas básicos de los Servicios Sociales de Base. El responsable del expediente en la gestión de una determinada prestación que sirve de interlocutor con la administración que la gestiona.

¿A qué principio rector de la Ley de Servicios Sociales se refiere esta definición? “ El sistema de servicios sociales tendrá como prioridad el mantenimiento de las personas en su entorno social, familiar y personal, garantizándoles la participación en la vida de su comunidad siempre que sea posible”. Prevención. Normalización. Promoción de la autonomía personal.

Entre las funciones de los Servicios Sociales no se encuentra: Detectar, analizar y diagnosticar las situaciones de necesidad en su ámbito territorial, informando a los servicios competentes y proponiendo respuestas. Realizar actuaciones de sensibilidad social. Realizar programas de prevención de drogodependencias.

Señala cuáles de estos son principios rectores del sistema de Servicios Sociales. Universalidad; Responsabilidad Pública; Igualdad; Solidaridad. Proximidad y descentralización; Participación cívica; Atención personalizada e integral; Prevención. Normalización; Promoción de la autonomía personal: Planificación y evaluación; Coordinación y cooperación interadministrativa;. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Según la Ley Foral 15/2006, de 14 de Diciembre, las actuaciones de los Servicios sociales de Base se articularan, al menos a través de estos cuatro programas. Programa de Acogida y Orientación Social; Programa de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia; Programa de Incorporación Social en Atención Primaria; Programa de Atención a la Infancia y Familia en Atención primaria. Programa de Información, Acogida y Orientación Social; Programa de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia; Programa de Incorporación Social en Atención Primaria; Programa de Atención a la Infancia y Familia en Atención Primaria. Programa de Información, Acogida y Orientación Social; Programa de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia; Programa de Incorporación Social; Programa de Atención a la Infancia y Familia.

Será función de los Servicios Sociales Especializados: Valorar y diagnosticar las situaciones de necesidad social que no pueden ser abordadas desde un Servicio Social de Base. Ofrecer un tratamiento especializado y gestionar las prestaciones técnicas y económicas del sistema público de servicios sociales, conforme a la normativa que desarrolle las prestaciones y en las condiciones y con las características que se establezcan en las Cartera de Servicios Sociales. Desarrollar medidas de integración, participación, capacitación y rehabilitación social orientadas a normalizar y mejorar las condiciones de vida de las personas. Todas las anteriores son funciones de los Servicios Sociales Especializados.

Según la Ley Foral 15⁄2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, NO constituye una infracción grave: Prestar servicios sociales ocultando su naturaleza al objeto de eludir la aplicación de la legislación vigente en la materia. Incumplir el deber de confidencialidad de los datos personales, familiares o sociales de los destinatarios que obren en poder de los Servicios Sociales. No someterse, impedir u obstaculizar las actuaciones de comprobación y evaluación de las condiciones de concesión de las autorizaciones y de la homologación.

Según recoge la Ley Foral 15⁄2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, el profesional de referencia es: El profesional que canaliza los diferentes servicios y prestaciones que necesite el usuario asegurando la globalidad y la coordinación de todas las intervenciones. El profesional designado como responsable de cada uno de los programas básicos de los Servicios Sociales de Base. El responsable del expediente en la gestión de una determinada prestación que sirve de interlocutor con la administración que la gestiona.

¿A qué principio rector de la Ley de Servicios Sociales se refiere esta definición?: “El sistema de Servicios Sociales tendrá como prioridad el mantenimiento de las personas en su entorno social, familiar y personal, garantizándoles la participación en la vida de su comunidad siempre que sea posible”: Prevención. Normalización. Promoción de la autonomía personal.

Entre las funciones de los Servicios Sociales NO se encuentra: Detectar, analizar y diagnosticar las situaciones de necesidad en su ámbito territorial, informando a los servicios competentes y proponiendo respuestas. Realizar actuaciones de sensibilidad social. Realizar programas de prevención de drogodependencias.

Según consta en la Ley Foral, 14 de Diciembre, de Servicios Sociales las funciones de los SSBB serán ( señala la incorrecta). Atender a las personas que presenten demandas ante los servicios sociales. Establecer criterios homogéneos a nivel de Área. Promocionar el voluntariado y la ayuda mutua.

Según consta en la Ley Foral 15/2006, de 14 de Diciembre, de Servicios Sociales, el sistema público de servicios sociales estará constituido por: Todas las prestaciones técnicas y económicas, planes, programas y equipos técnicos que proporcionan las Administraciones Públicas de Navarra y las Entidades de Iniciativa Social con ánimo de Lucro. Todas las prestaciones técnicas y económicas, planes, programas y equipos técnicos que proporcionan las Administraciones Públicas de Navarra. Todas las prestaciones técnicas y económicas, planes, programas y equipos técnicos que proporcionan el Fondo Social Europeo.

Según consta en la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, se SSB, ¿cuál de estos programas es el que no figura entre los programas de los SSB de implantación en toda la CFN?. Programa de Acogida y Orientación Social. Programa de Reinserción Social en Atención Primaria. Programa de Atención a la Infancia y Familia en Atención Primaria.

Según consta en la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de SSB, el sistema público de SS se estructura en los siguientes niveles. SSBB o de atención primaria. SS Especializados o de atención secundaria. a y b son correctas.

Según consta en la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de SSBB, ¿Cuál es la definición de los Centros de Servicios Sociales? en adelante CSS. Los CSS serían servicios de apoyo a la atención primaria con la función de complementar los programas de los SSB. Los CSS serán servicios de apoyo del sector especializado con la función de complementar los programas de los Servicios Sociales de Base. Los CSS serán servicios de apoyo a la atención primaria con la función de complementar los programas de los Servicios Especializados.

El sistema de servicios sociales deberá atender de forma integral las necesidades sociales, ofreciendo una atención. privada de las mismas. público privada. personalizada.

Todos los ciudadanos que precisen el uso de los servicios sociales tendrán derecho a: publicación de sus necesidades en el BON. confidencialidad respecto a la información conocida por el servicio. manifestación pública de su información.

Según la ley 15/2006 de Servicios Sociales de Navarra, serán funciones de los Servicios Sociales de Base: Detectar, analizar y diagnosticar las situaciones de necesidad en su ámbito territorial, informando a los servicios competentes y proponiendo respuestas. Valorar y realizar el diagnóstico social y/o socioeducativo de las situaciones de necesidad social a demanda del usuario, de su entorno familiar o social, o de otros servicios de la red de atención público de necesidad social. ambas respuestas son correctas.

Según el artículo 9 de la ley 15/2006 de Servicios Sociales de Navarra, el Sistema de Servicios Sociales estará constituido por. Por todas las prestaciones técnicas y económicas y asistenciales. Por todas las prestaciones de tipo económico. Por todas las prestaciones técnicas y económicas, planes, programas y equipos técnicos que proporcionan kas Administraciones Públicas de Navarra.

Según la ley 15/2006 de Servicios Sociales de Navarra, las prestaciones mixtas son: Las resultantes de la combinación de prestaciones materiales y económicas. Las resultantes de la combinación, con fines complementarios, de prestaciones técnicas con programas sectoriales de ámbito general y privado. Las resultantes de la combinación, con findes complementarios, de prestaciones técnicas con prestaciones económicas o materiales.

Según la ley foral 15/2006 de servicio social, cuál de estas es una función de los SSBB. Fomentar la participación ciudadana, el asociacionismo, el voluntariado y otras fórmulas de ayuda mutua. Fomentar programas de actuación transversal de cara a un aprovechamiento de los recursos. Facilitar a la ciudadanía el acceso a las prestaciones del sistema de servicios sociales y al resto de sistemas de protección social. Desarrollar medidas de integración, participación, capacitación y rehabilitación social orientadas a normalizar y mejorar las condiciones de vida de las personas.

¿Qué tipos de casos de los que se atienden en los Servicios Sociales de Protección Infantil son competencia de los Servicios Sociales de Base?. Cuando hay problemas en el entorno familiar y social del niño/a (por ejemplo, exclusión social, alto nivel de estrés, dificultades económicas, abuso de drogas en los padres, maternidad/paternidad adolescente, aislamiento social) que se prevé puedan afectar negativamente o limitar de forma significativa la capacidad de los padres para proporcionar un cuidado y atención adecuada a sus hijos/as, y provocar la aparición en un futuro próximo de situaciones de desprotección infantil. Imposibilidad temporal o definitiva de los padres para ejercer los deberes de protección (por fallecimiento, encarcelamiento, enfermedad física, mental o toxicomanía incapacitares, o causa de naturaleza similar). Situaciones de Riesgo de desamparo, que se producen cuando la desprotección no es tan grave como para proceder a la separación del niño/a de su familia, pero se prevé que, si las circunstancias familiares no cambian, la desprotección va a aumentar en gravedad y en un futuro a corto o medio plazo va a ser preciso proceder a la separación. Todas son ciertas.

Según la ley foral de servicios sociales, ¿cual de éstas prestaciones no pertenece al sistema púbico de servicios sociales?. prestaciones económicas. prestaciones materiales. asesoramiento a otros profesionales en materia de prevención y promoción de la autonomía y el bienestar de las personas. prestaciones mixtas.

La ley foral 15/2006 de servicios sociales, en título preliminar contiene la definición del sistema de servicios sociales. Indica cuál es la correcta: Sistema constituido por todas las prestaciones técnicas y económicas, planes, programas y equipos técnicos de titularidad pública y privada. Sistema constituido por todas las instituciones públicas y privadas que participan en la prestación de servicios sociales a la ciudadania. Sistema constituido por las administraciones autonómicas y locales que participan en las prestaciones técnicas y económicas a la ciudadanía, así como en la elaboración de planes y programas. Sistema constituido por los servicios sociales de atención primaria y los especializados.

La ley foral 15/2006 de servicios sociales, define los centros de servicios sociales. Indica cuál es la opción correcta. Los centros de servicios sociales serán servicios de apoyo a la atención primaria con la función de complementar los programas de servicios sociales de base. Los centros de servicios sociales serán servicios de apoyo del sector especializado on la función complementar los programas de los SSB. Los centros de servicios sociales serán servicios de apoyo a la atención primaria con la función de complementar los programas de los Servicios especializados. Los centros de servicios sociales son servicios del tercer nivel de apoyo a la atención primaria y al sector especializado con la función de complementar los programas.

Según la Ley Foral 15/2006, de diciembre, de Servicios Sociales, la titularidad de los Servicios Sociales de base y su dotación profesional corresponderá a: Su titularidad corresponderá a las entidades locales. Estarán dotados de un equipo multiprofesional que se determinará reglamentariamente. Su titularidad corresponderá a las entidades locales. Estarán dotados de un equipo multiprofesional formado por personal administrativo, de trabajo social, de educación social y psicología. Su titularidad corresponderá a las entidades locales. Estarán dotados de un equipo multiprofesional que se determinará en la cartera de servicios sociales de navarra. Su titularidad corresponderá al Gobierno de Navarra. Estarán dotados de un equipo multiprofesional que se determinará en la cartera de servicios sociales de navarra.

Según la ley foral 15/2006, de 14 de diciembre, de servicios sociales la financiación de los servicios sociales de base y de los programas que presten correrá a cargo de: La Administración de la CFN y de las entidades locales de Navarra. La administración de la Comunidad Foral y de la Administración del Estado. Las Entidades Locales de Navarra, con subvenciones y aportaciones de la Administración Central del Estado. Las Entidades Locales, principalmente, y con las aportaciones de los usuarios mediante copago.

Según se recoge la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, el profesional de referencia es: El profesional designado como responsable de cada uno de los programas básicos de los Servicios Sociales de Base. El responsable del expediente en la gestión de una determinada prestación que sirve de interlocutor con la administración que la gestiona. El profesional que canaliza los diferentes servicios y prestaciones que necesite el usuario asegurando la globalidad y la coordinación de todas las intervenciones. El responsable de intermediar, en nombre del usuario, entre la entidad local y la Administración de la Comunidad Foral.

Según la ley foral 15/2006 (art 4) las personas destinatarias de los SSB (señala la incorrecta). Serán sitúales de derecho a acceder al sistema de servicios sociales establecido en esta ley foral los nacionales de los Estado miembros de la Unión Europea empadronados en cualquiera de los municipios de Navarra, así como los extranjeros residentes. Los extranjeros que, encontrándose en Navarra, tengan la condición de exiliados, refugiados o apátridas, de acuerdo con lo que establezcan la legislación vigente y los tratados y convenios internacionales y, en su defecto, con el principio de reciprocidad. En todo caso, las personas que se encuentran en Navarra en una situación de urgencia personal e indigencia, necesidad económica, familiar o socio-laboral, podrán acceder a prestaciones del sistema de servicios sociales. Esta situación no precisará valoración previa por parte de los profesionales de los servicios sociales salvo en función de su gravedad, precariedad y perentoriedad.

Señala la incorrecta. Según la ley foral 15/2006, de 14 de diciembre, de servicios sociales art. 11 las prestaciones técnicas son: Servicios realizados por equipos profesionales dirigidos a la prevención, a la promoción de la autonomía, a la atención y apoyo para el bienestar y calidad de vida de las personas y de sus grupos de acuerdo con sus respectivas necesidades. Son el conjunto de recursos económicos de apoyo, copleaste y soporte a las prestaciones mixtas dirigidas a individuos, familias y grupos, con el objetivo de garantizar la cobertura de sus derechos sociales, de participación y su inclusión social. Las prestaciones técnicas podrán ser prestados, con carácter temporal o permanente.

La ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales (art. 15) sobre los Planes de Servicios Sociales, recoge que: Son instrumentos d ordenación utilizados en el ámbito de los servicios sociales que reflejan las políticas de intervención social a aplicar por los poderes públicos, con el objetivo de garantizar la cobertura de sus derechos sociales, de participación y su inclusión social. Son el conjunto de recursos económicos de apoyo, complemento y soporte a las prestaciones mixtas dirigidas a individuos, familias y grupos, con el objetivo de garantizar la cobertura de sus derechos sociales, de participación y su inclusión social. Las prestaciones técnicas podrán ser prestadas, con carácter temporal o permanente.

Señala la respuesta incorrecta. Según la Ley Foral 15/2006 de 14 de diciembre de Servicios Sociales (art 20) las sucesivas carteras de servicios sociales de ámbito general, deberán incluir como mínimo las siguientes prestaciones, que además deberán tener carácter de prestaciones garantizadas. La prestación de Renta Garantizada. Las prestaciones de emergencia social entendidas como ayudas económicas puntuales o esporádicas orientadas a garantizar la cobertura de las necesidades básicas. Las prestaciones que se establezcan con carácter máximo por la legislación estatal en materia de dependencia.

La ley foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, en su capítulo V (art. 28 y 29), plantea respecto a la estructura del Sistema Público de Servicios Sociales que: La prestación de Renta Garantizada. Las prestaciones de emergencia social entendidas como ayudas económicas puntuales o esporádicas orientadas a garantizar la cobertura de las necesidades básicas. Las prestaciones que se establezcan con carácter máximo por la legislación estatal en materia de dependencia.

La ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, en su capítulo V (art. 28 y 29), plantea respecto a la estructura del Sistema Público de Servicios Sociales. Los servicios sociales de base constituyen la unidad básica del sistema público de Servicios Sociales de base y serán la puerta de acceso a éste y el nivel más próximo a los destinatarios y a los ámbitos familiar y social. Su titularidad corresponderá a la Administración de la CFN. El sistema público de Servicios Sociales se encuentra en dos niveles: Servicios Sociales de Base o de Atención Primaria y Servicios Sociales especializados o de atención especializada. Ambas son correctas.

Según la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre de Servicios Sociales, (art 35), entre las funciones de los Servicios Sociales especializados están: Ofrecer un tratamiento temporal, intensivo, especilizado, consensuado entre las partes y de gestión de prestaciones técnicas y económicas del sistema público de servicios sociales, conforme a la normativa que los apruebe y desarrolle y en las condiciones y con las características. Valorar y diagnosticar las situaciones de necesidad social que no puedas ser abordadas desde un Servicio Social de Base. Desarrollar planes de caso específicos, preventivos y especializados que contengan medidas de promoción, integración, participación, capacitación personal y rehabilitación social orientadas a mantener y/o mejorar las condiciones de vida de las personas.

La ley foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, establece en su art. 40 que los Servicios Sociales de La CFN se organizarán territorialmente de acuerdo a diversos principios, entre ellos: Descentralización, coordinación interadministrativa, transversalidad, enfoque de género, eficiencia, eficiencia trabajo en red. Descentralización, proximidad a la ciudadanía, eficacia en la satisfacción de las necesidades sociales, equilibrio y homogeneidad territorial, accesibilidad a la información y a los recursos, y coordinación y trabajo en red. Ambas son correctas.

La ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, establece respeto a localidad de servicios sociales (art 82) que: El Gobierno de Navarra aprobará planes de calidad para los servicios sociales de la CFN, como instrumento básico para asegurar el desarrollo y la aplicación de los procesos de calidad. Cada plan tendrá una vigencia de seis años, aunque deberá ser modificado periódicamente en función de la evaluación sistemática de sus objetivos, de sus actividades y del seguimiento de su aplicación y evaluación. Los planes de calidad deberán contemplar al menos y de manera amplia y suficiente los siguientes aspectos: objetivos generales y específicos, metodología a aplicar, instrumentos y actividades a desarrollar, estudio de viabilidad e impacto medioambiental, perspectiva de género y financiación con la que se va a disponer.

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