test laboral
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Título del Test:
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1. Respecto a la ausencia de contrato escrito y pacto verbal de temporalidad de 6 meses entre Laura y X ¿cual es la consecuencia jurídica contemplada en el artículo. 8.2 ET?. a) el contrato es nulo de pleno derecho desde el inicio, sin generar derecho a retribución ni indemnización alguna. b) se presume celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de los servicios. c) se convierte automáticamente en un contrato fijo-discontinuo a tiempo parcial. d) el contrato es temporalmente valido, pues la forma escrita solo es exigible en contratos con una duración pactada superior a un año. 2. En relación con el periodo de prueba de 3 meses que la empresa y Andrea acordaron únicamente de palabra ¿cual es la validez jurídica, de acuerdo con el artículo. 14.1 ET?. a) es plenamente valido, siempre que no supere la duración máxima establecida en el convenio colectivo aplicable. b) es valida, pero la duración se reduce automáticamente a 15 dias laborables por tratarse de una cuerdo verbal. c) es nulo de pleno derecho, puesto que el pacto del periodo de prueba debe formalizarse imperativamente por escrito. d) es valido siempre que la empresa lo notifique formalmente a la representación legal de los trabajadores dentro de los primeros 10 dias de trabajo. 3. ¿Como debe calificarse la extinción de la relación laboral comunicada a Laura el 1 de mayo invocando la " no superación del periodo de prueba". a) como un desistimiento empresarial legitimo durante el periodo de prueba que no genera indemnización. b) como un fin de contrato temporal por cumplimiento del termino pactado. c) como un despido improcedente, al carecer de causa legal extintiva. d) como una baja voluntaria, al no haber manifestado la trabajadora su disconformidad por escrito el primer día de trabajo. 4.¿Que requisito formal indispensable exige el art. 14 ET para la validez del periodo de prueba?. a) que se concrete formalmente por escrito, debiendo pactarse con anterioridad o en el momento del inicio de la prestación laboral. b) que sea depositado en la oficina publica de empleo (SEPE). c) que cuente con el visto bueno del comité de empresa o delegados de personal. d) que se conceda un preaviso por escrito al menos 15 dias antes de darlo por finalizado. 5. A la luz del artículo. 43.1 ET y atendiendo a las circunstancias en que carlos presta sus servicios ¿como debe calificarse la relación existente entre ambas empresas y trabajador?. a) como una contrata de servicios perfectamente legitima al amparo del art. 42 ET, al existir un contrato mercantil previo entre X e Y. b) como una cesión ilegal de trabajadores, al actuar Y como mera suministradora de mano de obra y ejercer X el verdadero poder de dirección y control. c) como una cesión legal enmarcada en el régimen de una ETT debidamente autorizada. d) como una subcontrataron de obra acorde con la ley, con excepción total de responsabilidad para la empresa principal por tratarse de tareas accesorias. 6. De conformidad con el artículo. 43.3 ET, si las empresas han mantenido una relación que no respeta lo dispuesto en la ley ¿que derecho de opción ostenta carlos con respecto a su vinculación laboral?. a) tiene derecho a adquirir la condición de trabajador fijo, a su libre elección en la plantilla de Y o de X. b) Esta obligado a incorporarse a la plantilla de la empresa cesionaria (X), extinguiendose automáticamente toda relación con Y sin posibilidad de elección. c) unicamente tiene derecho a una indemnización por despido improcedente. d) el derecho de opción le corresponde al empresario cesionario (X) quien decidirá si lo contrata o no. 7. En el supuesto de que carlos se integre como trabajador fijo en la empresa cesionaria (X) ¿como se determinan su antigüedad y sus condiciones laborales según el artículo. 43.3 ET?. a) su antigüedad comenzara a computarse desde la fecha en que se dicte la resolución judicial o se formalice la opción, perdiéndose el tiempo anterior. b) se le reconocerían las condiciones del convenio aplicable en X y se le computara la antigüedad desde el inicio de la cesión ilegal. c) mantendrá de forma indefinida el salario y condiciones que tenia en Y, aunque sean inferiores a las de los trabajadores de X. d) Adquirirá la condición de fijo pero quedará sometido obligatoriamente a un nuevo periodo de prueba de 6 meses en X. 8. respecto a la ausencia de un documento firmado para el desarrollo del trabajo a distancia al 100% de la jornada por Elena ¿que exige la normativa laboral aplicable?. a) debe formalizarse obligatoriamente por escrito mediante un acuerdo de trabajo a distancia. b) resulta opcional para la empresa en puestos de desarrollo y programación de software. c) queda validado mediante pacto verbal cuando la prestación alcanza el 100% de la jornada. d) exige únicamente una notificación previa a la representación legal de los trabajadores. 9. En relación con el empleo del ordenador personal, la red domestica y la luz sin abonar compensación ¿que establece la normativa en materia de trabajo a distancia?. a) traslada la compensación de suministros a la representación legal de los trabajadores. b) permite que la empresa acuerde con el empleado la utilización de su ordenador y sus suministros, sin compensación. c) limita el abono exclusivamente a la depreciación del equipo informativo utilizado. d) obliga a la empresa a proveer los medios necesarios y compensar los gastos derivados del trabajo. 10. Con respecto a la instalación remota no informada de un programa keylogger y capturas de pantalla aleatorias ¿cual es la consideración jurídica de esta medida de control?. a) es valido siempre que las capturas de pantalla se limiten al horario de la jornada habitual. b) es legitimo al amparo del poder de dirección empresarial de control de la actividad laboral. c) es ilegal por vulnerar el derecho a la intimidad y omitir la información previa y expresa. d) es nulo únicamente si el monitoreo provoca un deterioro del rendimiento del sistema operativo. 11. en referencia a las comunicaciones enviadas por el superior jerárquico de Elena a las 23:00 exigiendo respuesta inmediata ¿que derecho laboral se esta conculcando?. a) el derecho a la adaptación de la duración y distribución de la jornada de trabajo. b) el derecho a la desconexión digital fuera de la jornada de trabajo legalmente establecida. c) la prohibición de utilizar herramientas de comunicación electrónica en el ámbito laboral. d) el deber de consulta previa sobre modificaciones sustanciales de las condiciones laborales. 12. En relación con la cláusula de exclusividad fijada en el contrato de Javier, que le prohíbe realizar cualquier otra actividad retribuida ¿cual es su validez jurídica según el art. 21.3 ET?. a) es plenamente válida y vinculante, ya que el salario base pactado en el contrato cubre implícitamente el deber de plena dedicación. b) es nula e ineficaz, al ser requisito legal imprescindible que el pacto de dedicación exclusiva cuente con una compensación económica pactada expresamente. c) es valida durante el primer año de relación laboral, pasando a ser opcional para el trabajador a partir del segundo año. d) es valida únicamente si la empresa demuestra que las otras actividades retribuidas generan competencia directa contra su actividad empresarial. 13. Respecto a la calusula que prohíbe a Javier trabajar en cualquier empresa el sector tecnológico en todo el país durante los 2 años posteriores a la extinción de su contrato ¿que determina el art. 21.1 ET?. a) que la clausula es plenamente valida, puesto que respeta el limite temporal máximo de 2 años previsto para los trabajadores con cualificación tecnica. b) que la clausula es nula de pleno derecho por omitirse la compensación económica adecuada, requisito acumulativo e imprescindible junto al interés industrial o comercial de la empresa. c) que la clausula mantiene su eficacia, pero el trabajador puede solicitar jurídicamente que se reduzca su ámbito territorial al municipio de residencia. d) que la cláusula es valida unicamente en los casos en los que la extinción del contrato se deba a una baja voluntaria del trabajador. 14. Atendiendo a que Marta es contratada año tras año para cubrir campañas estacionales periódicas y recurrentes ¿cual es la calificación jurídica correcta de su relación laboral según los arts. 15 y 16 ET?. a) son contratos temporales por circunstancias de la producción plenamente validos, al tratarse de incrementos ocasionales de las ventas, aunque se repitan en las mismas fechas. b) se trata de una contraprestación temporal en fraude de ley, debiendo ser calificada como trabajadora fija-discontinua por responder a necesidades empresariales estructurales y cíclicas. c) se trata de una relación laboral de carácter especial por obra o servicio determinado. d) constituye un contrato indefinido ordinario que obliga a la empresa a pagarle el salario completo durante todos los meses del año. 15. En el marco de un contrato fijo-discontinuo (art. 16 ET) ¿que ocurre con la relación laboral del empleado al finalizar cada una de las campañas estacionales?. a) el contrato se extingue definitivamente, percibiendo una indemnización de 12 dias de salario por año trabajado. b) la relación laboral finaliza y la empresa debe tramitar un despido objetivo con preaviso de 15 dias antes de cada parón. c) la prestación de servicios se interrumpe y el contrato se suspende hasta el siguiente llamamiento, manteniendo el vinculo laboral. d) la trabajadora pasa automáticamente a situación de excedencia voluntaria sin reserva del puesto de trabajo. 16. De conformidad con el art. 16.6 ET ¿como se debe computar la antigüedad del trabajador fijo-discontinuo?. a) computando unicamente los dias y meses efectivamente trabajados en cada campaña, excluyendo los periodos de inactividad. b) teniendo en cuenta toda la duración de la relación laboral desde el primer contrato, y no solo el tiempo de servicios efectivamente prestados (salvo para el cálculo de las indemnizaciones de despido, que atienden al trabajo efectivo). c) la antigüedad se reiniciará a cero al comienzo de cada nueva campaña o temporada. d) los trabajadores fijos-discontinuos carecen de derecho al reconocimiento de antigüedad. 17. Respecto a la instalación del sistema de geolocalización GPS en la furgoneta de la empresa y su funcionamiento durante las 24h (incluyendo fines de semana y descansos) sin previa notificación a Roberto ¿que determina la normativa sobre derechos digitales (art. 20 bis ET, art. 90 LOPDGDD). a) es completamente legal, puesto que la furgoneta es de titularidad empresarial y el empresario puede monitorizar sus activos en todo momento. b) se vulneran los derechos del trabajador por omitir la información previa y expresa y por no garantizar el derecho a la desconexión del GPS durante su tiempo de descanso. c) es legal monitorizar las 24horas siempre que la empresa no utilice los datos recabados en fin de semana para imponer sanciones disciplinarias. d) la geolocalización e valida por el simple hecho de estar incorporada de fabrica en el vehículo de empresa. 18. En relación con la colocación de cámaras de videovigilancia en el vestuario de la plantilla y en la sala de descanso/cafeteria ¿cual es su régimen de validez conforme al art. 89.2 LOPDGDD y art. 20.3 ET?. a) es legal si la finalidad expresa perseguida por la empresa es controlar la actividad laboral. b) es valida siempre que las imágenes captadas en los vestuarios no sean difundidas a terceros. c) esta prohibida de forma absoluta la instalación de videovigilancia en lugares destinados al descanso o esparcimiento de los trabajadores. d) es legal si la instalación ha sido aprobada previa y unanimemente por el comité de seguridad y salud. 19. Respecto al uso de micrófonos de alta sensibilidad para la grabación de sonidos en el lugar de trabajo ¿que prohíbicion establece el artículo. 89.3 de la LOPDGDD?. a) la grabación de sonido en el lugar de trabajo solo se admite cuando concurran riesgos relevantes para la seguridad de las instalaciones, estando prohibida con carácter general para el mero contrato laboral. b) la grabación de audio es libre siempre que se instale una artel informativo que indique "zona videovigilada y auditada". c) el ET autoriza la grabación de voz para evaluar la productividad de los empleados durante sus pausas. d) la grabación de sonido unicamente requiere el consentimiento expreso de lso delegados de personal. 20. De acuerdo con el artículo. 20.2 ET, el empresario puede adoptar las medidas de vigilancia y control que estime oportunas para verificar el cumplimiento laboral del trabajador. Sin embargo ¿que limite general impone imperativamente la ley a dicho poder de dirección?. a) que las medidas de control cuenten siempre con la autorización previa del juzgado de lo social. b) que el control se efectue exclusivamente durante la mitad de la jornada laboral. c) que en la adopción y aplicacion de las medidas de vigilancia se guarde la consideracion debida a la dignidad humana del trabajador y se respeten sus derechos fundamentales. d) que la empresa pague un complemento salarial específico de sometimiento a vigilancia a los empleados monitorizamos. |




