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LAP04 Normativa mercantil que regula los contratos

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Título del Test:
LAP04 Normativa mercantil que regula los contratos

Descripción:
Determinación de la negociación de las condiciones de aprovisionamiento

Fecha de Creación: 2026/01/25

Categoría: Otros

Número Preguntas: 28

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La normativa que regula los contratos mercantiles se basa en: El Código Civil y el Código de Comercio. El Código de Comercio y las leyes especiales de comercio. Normas ISO. La Constitución Española.

Todo lo que no esté contemplado en el Código de Comercio o en leyes especiales: Se ignora. Se regula por las reglas generales de obligaciones y contratos del Libro IV del Código Civil. Se decide por arbitraje obligatorio. Solo se aplica a contratos internacionales.

En los contratos, proveedores y consumidores suelen incluir: Una cláusula de precios. Una cláusula de arbitraje. Una cláusula de suministro. Una cláusula de confidencialidad.

La Ley que regula el arbitraje en España es: Ley 10/2010. Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje. Código Penal. Ley de Contratos del Estado.

El arbitraje permite: Resolver disputas entre las partes del contrato si ambas han pactado previamente. Imponer sanciones sin acuerdo previo. Sustituir la normativa legal automáticamente. Ser obligatorio aunque una parte no acepte.

El encargado de resolver disputas en un arbitraje se determina: Por el Código Civil. Por el juez de primera instancia. En la cláusula de arbitraje del contrato. Según la legislación internacional.

El código civil es la única normativa que regula los contratos. Verdadero. Falso.

Cláusulas del contrato de suministro. Relaciónalas. Lo primero a estipular en esta cláusula es el tipo de contrato y las obligaciones principales que asumen cada una de las partes. Y en segundo lugar, se define el producto, con una descripción detallada de todas sus características, cantidad, calidad, forma de entrega... Se establecen todas sus obligaciones indicando los posibles descuentos, períodos y formas de pago, las cuantías mínimas de cada pedido, entregar en su caso, material de publicidad y cualquier acuerdo que se hayan tomado con el consumidor en servicios adicionales al producto adquirido. Recoge las obligaciones del consumidor con respecto al proveedor como, realizar los pagos según los acuerdos, firmar las facturas u otros documentos comerciales que expida el proveedor. Las partes convienen que cada suministro constituye una venta en firme, y determinarán si el proveedor acepta devolución o no.

Cláusulas del contrato de suministro. Relaciónalas. En el contrato de suministro se establece la duración del mismo, la forma y el tiempo necesario para terminarlo, y la forma de acabar con el mismo, en caso de incumplimiento. El proveedor y el consumidor se ponen de acuerdo en las condiciones de la cesión. Proveedor y consumidor dejan claro en esta cláusula, que el contrato no genera ningún vínculo adicional, ni permite representarse uno a otro. Las partes convienen que en el evento en que surja alguna diferencia entre las mismas, por razón o con ocasión del presente contrato, será resuelta por un tribunal de arbitraje que determinan ambas partes en el contrato.

En un contrato de suministro, una cláusula se define como: El precio total del contrato. Cada una de las disposiciones o condiciones del contrato. La firma de los testigos. Solo los derechos del proveedor.

La cláusula de objeto en un contrato de suministro incluye: Solo la descripción del precio. Tipo de contrato, obligaciones principales de las partes y descripción detallada del producto. Solo la duración del contrato. Únicamente la forma de entrega.

La cláusula de obligaciones del proveedor recoge: Solo el precio. Los descuentos, períodos y formas de pago, cantidades mínimas, materiales de publicidad y acuerdos adicionales. Solo la cantidad mínima de pedidos. Solo los servicios adicionales.

La cláusula de obligaciones del consumidor establece: Únicamente el derecho a devolución. Realizar pagos según acuerdos y firmar facturas u otros documentos comerciales. Solo recibir publicidad del proveedor. Ninguna obligación.

La cláusula de naturaleza del suministro determina: La forma de pago. Si cada suministro constituye una venta en firme y si el proveedor acepta devoluciones. La cesión del contrato. El arbitraje.

La cláusula de duración establece: Solo el plazo de entrega. La duración total del contrato, forma y tiempo para terminarlo, y cómo finalizarlo en caso de incumplimiento. Solo la fecha de inicio. La obligación de pagar intereses.

La cláusula de cesión indica: Las condiciones bajo las cuales proveedor y consumidor pueden ceder sus derechos u obligaciones. El contrato no genera vínculos adicionales ni permite que las partes se representen entre sí. Que cualquier diferencia entre las partes será resuelta por un tribunal de arbitraje acordado en el contrato. Si cada suministro constituye una venta en firme y si el proveedor acepta devoluciones.

La cláusula de representación establece que: Las condiciones bajo las cuales proveedor y consumidor pueden ceder sus derechos u obligaciones. El contrato no genera vínculos adicionales ni permite que las partes se representen entre sí. Que cualquier diferencia entre las partes será resuelta por un tribunal de arbitraje acordado en el contrato. Si cada suministro constituye una venta en firme y si el proveedor acepta devoluciones.

La cláusula de arbitraje determina: Las condiciones bajo las cuales proveedor y consumidor pueden ceder sus derechos u obligaciones. El contrato no genera vínculos adicionales ni permite que las partes se representen entre sí. Que cualquier diferencia entre las partes será resuelta por un tribunal de arbitraje acordado en el contrato. Si cada suministro constituye una venta en firme y si el proveedor acepta devoluciones.

La cláusula de naturaleza del suministro determina: Las condiciones bajo las cuales proveedor y consumidor pueden ceder sus derechos u obligaciones. El contrato no genera vínculos adicionales ni permite que las partes se representen entre sí. Que cualquier diferencia entre las partes será resuelta por un tribunal de arbitraje acordado en el contrato. Si cada suministro constituye una venta en firme y si el proveedor acepta devoluciones.

En todo contrato de compraventa se tiene definir todas las partes e identificar los organismos que intervienen. Verdadero. Falso.

Al redactar un contrato de compraventa, es importante definir: Solo el precio. Todas las partes y los organismos que intervienen. Solo la propiedad. Solo la duración.

Si las partes son personas físicas deben constar: Solo su nombre y firma. Mayoría de edad, profesión, estado civil, domicilio y DNI o NIF. Datos del registro mercantil. Domicilio social, datos de inscripción en el registro, CIF, título de sus representantes y poder notarial.

Si las partes son personas jurídicas deben constar: Solo su nombre y firma. Mayoría de edad, profesión, estado civil, domicilio y DNI o NIF. Datos del registro mercantil. Domicilio social, datos de inscripción en el registro, CIF, título de sus representantes y poder notarial.

Los elementos principales de un contrato de compraventa son: Precio, fecha, transporte. Personas, precio, propiedad y formalidades. Objeto del contrato. Representantes legales.

La propiedad en un contrato se refiere a: Solo bienes materiales. Solo el dinero pagado. El bien o servicio objeto del contrato. Solo documentos legales.

Las formalidades de un contrato suelen incluir: La firma del vendedor. Redacción de un contrato privado que sirve como prueba del mismo. El precio y la entrega. Ninguna formalidad.

La presentación de las partes y sus representantes sirve para: Definir el precio. Definir quién es el comprador, quién el vendedor y sus representantes. Establecer el objeto social. Regular el arbitraje.

La declaración de las partes sirve para: Manifestar los datos de constitución, objeto social y legitimidad de los representantes. Indicar el precio del contrato. Indicar la duración del contrato. Presentar el contrato ante notario.

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