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leccion 12 dificil

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Título del Test:
leccion 12 dificil

Descripción:
leccion 12 dificil

Fecha de Creación: 2026/01/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

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La asistencia religiosa en centros públicos en España se justifica porque: Es una herencia confesional del Estado. Es incompatible con la aconfesionalidad. Es compatible con un Estado aconfesional.

Doctrinalmente, la asistencia religiosa en el régimen constitucional actual se concibe como: Un privilegio histórico de la Iglesia católica. Una excepción al principio de laicidad. Una institución compatible con la Constitución.

La asistencia religiosa católica tiene una doble dimensión porque es: Un derecho exclusivo de la Iglesia. Una obligación estatal y una prestación social. Un servicio puramente privado.

La obligación del Estado respecto a la asistencia religiosa católica nace de: La Constitución de 1978. La Ley Orgánica de Libertad Religiosa. Un acuerdo con la Santa Sede.

La asistencia religiosa entendida como prestación se encuadra dentro de: Los derechos políticos. Los derechos sociales. Los derechos fundamentales estrictos.

El acuerdo específico sobre asistencia religiosa en las Fuerzas Armadas se firmó en: 1976. 1979. 1982.

Antes de 1979, la asistencia religiosa en las Fuerzas Armadas se articulaba mediante: Capellanías civiles. El vicariato general castrense. Un sistema de libre acceso.

El vicariato general castrense se caracterizaba porque los sacerdotes: Dependían del Ministerio de Defensa. Formaban parte de las Fuerzas Armadas. Eran personal civil externo.

La Ley de 19 de julio de 1989 modificó el sistema de asistencia religiosa militar con el objetivo de: Reforzar la militarización. Eliminar la asistencia religiosa. Desmilitarizar el cuerpo de asistentes.

Tras la reforma de 1989, el personal de asistencia religiosa militar pasa a depender de: El Estado Mayor. Un obispo. El Ministerio de Justicia.

El nuevo sistema permite que los ministros de culto: Solo tengan vinculación permanente. Solo actúen a tiempo parcial. Tengan vinculación permanente o no.

El arzobispo castrense puede designar sacerdotes colaboradores: Solo si son miembros de las Fuerzas Armadas. Sin necesidad de que sean miembros del servicio. Únicamente con autorización estatal previa.

El acuerdo con la Santa Sede garantiza asistencia religiosa a ciudadanos internados en: Centros educativos exclusivamente. Hospitales y centros penitenciarios. Cualquier espacio público.

En hospitales y centros sanitarios, el régimen de asistencia religiosa se ha establecido: Mediante legislación unilateral del Estado. De común acuerdo entre Estado e Iglesia. Sin regulación específica.

En el ámbito penitenciario, la asistencia religiosa se ha regulado principalmente mediante: Acuerdos bilaterales. Normas internas de la Iglesia. Legislación elaborada por la autoridad civil.

La razón de esta regulación penitenciaria unilateral es: El carácter confesional del Estado. Las especiales circunstancias de seguridad. La falta de ministros religiosos.

La asistencia religiosa de las confesiones minoritarias se fundamenta en que: Es un privilegio concedido por el Estado. Es un derecho de los ciudadanos internados. Depende del número de fieles.

En un Estado aconfesional, el derecho a la asistencia religiosa corresponde: Solo a los católicos. A los miembros de cualquier religión. Únicamente a las confesiones con acuerdos.

La Administración debe permitir el acceso de ministros de culto a centros públicos porque: Es una obligación constitucional directa. Forma parte del principio de cooperación. Garantiza el ejercicio del derecho de asistencia religiosa.

El sistema de libre acceso de ministros de culto fue recogido expresamente en los acuerdos con confesiones minoritarias de: 1979. 1982. 1992.

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