leccion 2 dificil
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¿Cuál es el término técnico para la posición de un Estado frente a la religión?. Régimen confesional. Sistema de Derecho eclesiástico. Modelo de cooperación religiosa. ¿Qué caracteriza al sistema de Derecho eclesiástico de un Estado?. Ser uniforme en todos los Estados. Establecerse de forma inmediata por el legislador. Configurarse progresivamente bajo la influencia histórica. ¿Por qué es importante la historia al estudiar los modelos de relación Estado-confesiones?. La religión determina exclusivamente el sistema político. Cada Estado presenta una evolución propia en relación con las creencias. Todos los Estados han seguido idénticos procesos religiosos. ¿Cómo pueden agruparse los Estados desde una perspectiva histórico-religiosa?. Su forma de gobierno. Su sistema constitucional. La confesión religiosa que ha influido decisivamente en su historia. ¿Qué caracteriza a los Estados históricamente influenciados por la Iglesia católica?. La existencia de Iglesias nacionales. La inexistencia de Iglesias nacionales. La asunción civil de los asuntos eclesiásticos. ¿Cuál es el rasgo común de los Estados de tradición ortodoxa?. La separación estricta Iglesia-Estado. La subordinación del Estado a la Iglesia. La estrecha relación entre Iglesia y Estado. ¿Cuál es la característica principal de los países de influencia protestante?. La confesionalidad constitucional. La asunción de los asuntos eclesiásticos por el poder civil. La neutralidad religiosa absoluta. ¿Qué otros factores influyen en la configuración del Derecho eclesiástico, además de la religión?. Únicamente la ideología política. Factores sociales y jurídicos. Exclusivamente la jurisprudencia constitucional. ¿Qué factores jurídicos influyen en los sistemas de Derecho eclesiástico?. El Derecho romano frente al anglosajón. El Derecho canónico frente al civil. El Derecho natural frente al positivo. ¿Cómo influye la forma política del Estado en el Derecho eclesiástico?. Determina la religión oficial. Condiciona la relación con las confesiones. Elimina la libertad religiosa. ¿Cómo se define el concepto de religión desde el punto de vista estatal?. Está definido de manera uniforme en las leyes. Carece de toda relevancia jurídica. Se ha perfilado fundamentalmente por la jurisprudencia. ¿A qué responde la ausencia de una definición legal de religión?. La voluntad expresa de prohibirla. La dificultad de su delimitación conceptual. La irrelevancia social del fenómeno religioso. ¿Cómo se considera la religión en los Estados de nuestro entorno?. Un factor negativo para la convivencia. Un fenómeno estrictamente privado. Un factor positivo para la sociedad. ¿Cuál es el denominador común de los Estados democráticos en relación con la religión?. La imposición de una confesión. El reconocimiento de la libertad religiosa. La prohibición de toda manifestación pública. ¿Cómo se reconoce normalmente la libertad religiosa?. Un derecho exclusivo del individuo. Un derecho solo de las confesiones. Un derecho individual y colectivo. ¿Cómo se manifiesta el reconocimiento público de la religión en los Estados?. Es idéntico en todos ellos. No existe en ningún caso. Se produce con mayor o menor intensidad. ¿Por qué ha sido clave la jurisprudencia en materia religiosa?. Sustituye al legislador. Ha perfilado el concepto de religión. Elimina la libertad de creencias. ¿Por qué el sistema de Derecho eclesiástico no es único?. Cada confesión impone el suyo. Todos los Estados lo copian. Depende de factores históricos y sociales. ¿Cómo debe analizarse la relación entre Estado y confesiones?. Solo desde el Derecho positivo. Al margen de la historia. Atendiendo al contexto histórico-jurídico. ¿Cuál es la finalidad del estudio de los modelos de relación Estado-confesiones?. Justificar una religión oficial. Comprender las distintas formas de tratamiento del hecho religioso. Eliminar la cooperación con las confesiones. |




