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leccion 6 dificil

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Título del Test:
leccion 6 dificil

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leccion 6 dificil

Fecha de Creación: 2026/01/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

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El precepto constitucional que regula actualmente la libertad de enseñanza y el derecho a la educación es: El artículo 16 CE. El artículo 20 CE. El artículo 27 CE.

La libertad de enseñanza, según los apuntes, se aplica: Exclusivamente a la enseñanza privada. Solo a los centros públicos. Tanto a centros públicos como privados.

Uno de los elementos esenciales de la libertad de enseñanza es: El derecho de los padres a educar a sus hijos. La libertad ideológica del estudiante. La obligatoriedad del ideario del centro.

La libertad de cátedra forma parte del contenido de: El derecho a la educación. La libertad de enseñanza. El derecho a la igualdad.

El derecho a la educación se caracteriza principalmente por: Garantizar un puesto escolar. Reconocer la libertad de cátedra. Permitir la creación de centros docentes.

La posibilidad de elegir centro docente y estudios se integra en: La libertad ideológica. El derecho a la educación. La libertad de cátedra.

El artículo 27 CE se caracteriza por: Tener una redacción sencilla y uniforme. Reflejar un consenso constitucional entre fuerzas políticas. Haber sido modificado en varias ocasiones.

Según la STC de 13 de febrero de 1981, la libertad de enseñanza es: Un derecho autónomo sin conexión ideológica. Una proyección de la libertad ideológica y religiosa. Una mera prestación estatal.

Entre los contenidos esenciales de la libertad de enseñanza se encuentra: El derecho a elegir universidad. El derecho a crear centros educativos. El derecho a la financiación pública.

La Constitución reconoce la creación de centros docentes a: Exclusivamente los poderes públicos. Solo personas jurídicas. Personas físicas y jurídicas.

La enseñanza concertada se caracteriza por ser: Pública en titularidad y privada en financiación. Privada en titularidad y semipública en funcionamiento. Exclusivamente privada.

El instrumento jurídico que permite la enseñanza concertada es: El ideario del centro. El concierto educativo. El reglamento interno.

El homeschooling en España se considera actualmente: Un derecho constitucional reconocido. Conforme a la legislación educativa. Contrario a la normativa educativa vigente.

La obligatoriedad de escolarización hasta los 16 años se establece mediante: Normas reglamentarias. Normas con rango inferior a la Constitución. Normas educativas con rango legal.

La libertad de educación, en su dimensión religiosa y moral, atribuye el derecho de elección: Al menor. A los poderes públicos. A los padres.

El Estado asume la obligación de ofrecer enseñanza religiosa en centros públicos como: Una potestad discrecional. Una prestación exigible. Una opción ideológica.

La asignatura de religión en centros públicos se caracteriza por ser: Obligatoria para todos los alumnos. Optativa y equiparable a las demás disciplinas. Extraescolar y no evaluable.

La propuesta de profesores de religión católica corresponde a: La administración educativa. El propio centro docente. La jerarquía de la Iglesia.

En los centros privados, la libertad de cátedra del profesorado: Es inexistente. Permite atacar sistemáticamente el ideario del centro. Existe, pero con el límite del ideario del centro.

El límite esencial de la libertad de cátedra, tanto en centros públicos como privados, es: La neutralidad ideológica. El respeto al ideario del Estado. La prohibición del adoctrinamiento.

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