LEGISLACION MERCANTIL Y TRAMITACION ADUANERA
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Título del Test:![]() LEGISLACION MERCANTIL Y TRAMITACION ADUANERA Descripción: SEMANA 13, 14, Y 15 |




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ENUNCIADO: Es el documento mediante el cual el declarante indica el régimen aduanero que deberá aplicarse a las mercancías este documento aduanero. CONECTOR: De los siguientes literales seleccione lo correcto para definir el concepto de Declaración Aduanera. Es el acto por el cual el consignatario y/o el importador de las mercancías manifiesta su deseo o intención de darles a estas un destino aduanero previsto por la ley del país. Es el acto administrativo de determinación tributaria, mediante el cual el distrito aduanero procede a la revisión documental. Naturaleza, cantidad y peso bruto de los bultos, descripción genérica de su contenido, números y marcas. Afirma que reúne los requisitos establecidos para dicho régimen y se obliga a cumplir las obligaciones derivadas de su declaración. ENUNCIADO: Es el documento mediante el cual el declarante indica el régimen aduanero que deberá aplicarse a las mercancías este documento aduanero. CONECTOR: De los siguientes literales indique el que refiere a los Documentos de acompañamiento Exigibles. Arts. 315 RLGA establece que: “Con la declaración aduanera de importación se deberá presentar la factura comercial y el conocimiento de embarque que amparan las mercancías declaradas, con excepción de los casos establecidos en la Ley y este Reglamento”. Mención del medio de transporte y nombre del vehículo en caso de tráfico marítimo. Naturaleza, cantidad y peso bruto de los bultos, descripción genérica de su contenido, números y marcas. Número de identificación del conocimiento de embarque que permita su individualización. ENUNCIADO: Los aforos se realizarán por parte de Administración Aduanera o por las empresas contratadas o concesionadas y se efectuará en destino. CONECTOR: De los siguientes literales escoja la opción correcta de que se entiende por Aforos Aduaneros. Es el documento mediante el cual el declarante indica el régimen aduanero que deberá aplicarse a las mercancías este documento aduanero. El Aforo es el acto administrativo de determinación tributaria, mediante el cual el distrito aduanero procede a la revisión documental o al reconocimiento físico de la mercancía, para establecer su naturaleza, cantidad, valor y clasificación arancelaria. Es el acto por el cual el consignatario y/o el importador de las mercancías manifiesta su deseo o intención de darles a estas un destino aduanero previsto por la ley del país. Es el acto administrativo de determinación tributaria, mediante el cual el distrito aduanero procede a la revisión documental. ENUNCIADO: Los aforos se realizarán por parte de Administración Aduanera o por las empresas contratadas o concesionadas y se efectuará en destino. CONECTOR: De los siguientes literales escoja lo correcto enlistar las Modalidades de Aforo Aduanero. Modalidades de Aforo: -Aforo automático. -Aforo electrónico. -Aforo documental. -Aforo Físico. Modalidades de Aforo: -Aforo electrónico -Aforo documental -Aforo Físico. Modalidades de Aforo: -Aforo automático -Aforo electrónico. Modalidades de Aforo: -Aforo documental -Aforo Físico. ENUNCIADO: ¿Qué es el Aforo automático? CONECTOR: De los siguientes literales escoja la opción correcta Aforo automático. Consiste en la verificación y/o de sus documentos de acompañamiento y de soporte de la Declaración Aduanera. Es la modalidad de despacho que se efectúa mediante la validación electrónica de la Declaración Aduanera a través del sistema informático con la aplicación de perfiles de riesgo establecidos por la SENAE. Consiste en la verificación de la Declaración Aduanera y de sus documentos de acompañamiento y de soporte, contrastados con la información que conste registrada en el sistema. Es el reconocimiento físico de las mercancías para comprobar su naturaleza. Resultados de aprendizaje a evaluar:Abandono de mercadería ENUNCIADO: Con respecto a los tipos de abandono de mercadería CONECTOR: Seleccione los literales correctos. Abandono Tácito. Abandono Anticipado. Abandono Expreso. Abandono Definitivo. ENUNCIADO: Definición de abandono Expreso CONECTOR: Seleccione el literal correcto. El Consignatario de la mercancía renuncia al reclamo de la misma, es decir una clase de abandono que se “sobreenteinde” por el accionar del importador. Manifestación escrita que hace el dueño de la mercadería cuando no se haya presentado la DAU, donde cede en favor del fisco dicha mercadería. Tendrá el carácter de irrevocable y constituirá la pérdida total de la propiedad. Perdida de la propiedad de la mercancía por declaratoria del servidor a cargo de la dirección distrital correspondiente, en resolución. ENUNCIADO: El abandono definitivo declarado por parte del Director Distrital de la SENAE tendrá el carácter de irrevocable y constituirá la pérdida total de la propiedad. CONECTOR: Seleccione cuál de los siguientes son causales para el abandono definitivo. Ausencia o falta de presentación del declarante o delegado al segundo llamado de Aforo Físico. Falta de la presentación o trasmisión de la DAU dentro de 30 días calendarios. Excederse o demora en el plazo de permanencia en depósitos aduaneros temporales. La no realización del levante de mercancías que haya caído en abandono tácito. ENUNCIADO: Abandono tácito CONECTOR: Seleccione el plazo máximo que tiene el declarante para cubrir el pago de los tributos a partir de la fecha de notificación para no caer en abandono tácito. 20 días. 10 días. 25 días. 30 días. ENUNCIADO: Por abandono se entiende a la falta de ------ u obligaciones pertinentes a la mercancía propia de una persona y por esta razón pasan a propiedad del ------. El cual se produce, en los casos de--------- de mercancías a la zona ------- de una aduana habilitada para la operación aduanera de -------, por inactividad del consignatario o dueño de la mercancía, en un primer supuesto, al no haber aceptado la consignación o no haber realizado la---- ante la autoridad competente dentro del lapso de ----. CONECTOR: Complete el concepto que corresponde al abandono general de mercaderías. Responsabilidad, fisco, ingreso, primaria, importación, DAU, ley. Seriedad, estado, ingreso, secundaria, exportación, DAU, ley. Responsabilidad, fisco, egreso, primaria, exportación, DAU, ley. Seriedad, estado, ingreso, secundaria, importación, DAU, ley. ENUNCIADO: Con respecto a la Aduana a que hace referencia el articulo 103 Ámbito de Aplicación. CONECTOR: Seleccione el literal correcto. En todas las operaciones de comercio se aplicarán controles precisos por medio de la gestión, velando por el respeto al ordenamiento jurídico. El presente título regula las relaciones jurídicas entre el Estado y las personas naturales o jurídicas que realizan actividades directa o indirectamente relacionadas con el tráfico internacional de mercancías. En todas las operaciones de comercio exterior se aplicarán controles precisos por medio de la gestión de riesgo, velando por el respeto al ordenamiento jurídico y por el interés fiscal. El presente título establece ciertas relaciones independientes entre el Estado y las personas naturales que realizan actividades directa o indirectamente relacionadas con el tráfico internacional de mercancías. ENUNCIADO: Que comprende la obligación tributaria aduanera CONECTOR: Seleccione el literal correcto. El Hecho Generador de la obligación tributaria es el ingreso de mercancías extranjeras o la salida de mercancías del territorio aduanero bajo el control de la autoridad. El Hecho Generador de la obligación tributaria aduanera es el ingreso de mercancías extranjeras o la salida de mercancías del territorio aduanero bajo el control de la autoridad aduanera competente. La obligación tributaria aduanera es el vínculo personal entre el Estado y las personas que operan en el tráfico internacional, en virtud del cual, aquellas quedan sometidas a la potestad aduanera, a la prestación de los tributos respectivos al verificarse el hecho generador. La obligación tributaria aduanera es el vínculo jurídico personal entre el Estado y las personas que operan en el tráfico internacional de mercancías, en virtud del cual, aquellas quedan sometidas a la potestad aduanera, a la prestación de los tributos respectivos al verificarse el hecho generador y al cumplimiento de los demás deberes formales. ENUNCIADO: Según el artículo 108 del COPCI cuáles son los Tributos al Comercio Exterior CONECTOR: Seleccione el literal correcto. Los derechos arancelarios. Los impuestos establecidos en leyes orgánicas y ordinarias. Las tazas de derechos arancelarios. Las tasas por servicios aduaneros. ENUNCIADO: Que nos dice el artículo 138 de la Declaración Aduanera. CONECTOR: Seleccione el literal correcto. La declaración aduanera será presentada conforme los procedimientos establecidos por la Directora o el Director General. Los impuestos establecidos en leyes orgánicas y ordinarias. El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador podrá autorizar el desaduana miento directo de las mercancías en los casos previstos en el reglamento a este Código, previo cumplimiento de los requisitos en él establecidos. La declaración será presentada conforme los procedimientos establecidos. ENUNCIADO: A que hace referencia el artículo 140 que habla de aforo CONECTOR: Seleccione el literal correcto. Es el acto de determinación tributaria a cargo de la Administración Aduanera y se realiza mediante la verificación electrónica, física o documental del origen, naturaleza, cantidad, valor, peso, medida y clasificación arancelaria de la mercancía. Es el acto de registro tributario a cargo de la Administración Aduanera y se realiza mediante la evaluación electrónica, física o documental del origen, naturaleza, cantidad, valor, peso, medida y clasificación arancelaria. Es el acto de determinación a cargo de la Administración y se realiza mediante la verificación electrónica, física o documental del origen, naturaleza, cantidad, valor, peso, medida y clasificación arancelaria de la mercancía. Es el acto de evaluación a cargo de la Administración Aduanera y se realiza mediante la verificación electrónica, física o documental del origen, naturaleza, cantidad, valor, peso, medida y clasificación arancelaria de la mercancía. |