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Legislacion Policial Suboficial de Policia
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Título del Test:
Legislacion Policial Suboficial de Policia

Descripción:
Unidad 2 Concurso de Ascenso 2026

Fecha de Creación: 2026/10/05

Categoría: Otros

Número Preguntas: 49

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¿Bajo qué principio constitucional se regirán los ascensos del personal policial?. Principio de antigüedad. Principio de idoneidad. Principio de necesidad. Principio de mérito.

¿Quién decreta los ascensos del personal policial?. El Ministerio de Seguridad. El Poder Ejecutivo. La Jefatura de Policía. El Director General de Seguridad.

¿Cómo se producirán los ascensos, según el artículo 73 de la Ley 12.521?. Por antigüedad y por decreto. Por concurso y por sistema de selección. Grado a grado y por sistema de concursos. Por antigüedad y por sistema de concursos.

¿Con qué periodicidad se llamará a concurso público para cubrir vacantes por grado?. Cada dos años. Anualmente. Cada seis meses. Cada cinco años.

¿Qué tipo de concurso se realizará anualmente para cubrir vacantes?. Concurso de antecedentes únicamente. Concurso de oposición únicamente. Concurso público, de antecedentes y oposición. Concurso interno y de antecedentes.

¿Qué Decreto reglamenta el Régimen de Ascenso y Concursos mencionado?. Decreto N° 1000/2018. Decreto N° 1166/2018. Decreto N° 12521/2018. Decreto N° 916/08.

¿En qué se basarán las propuestas para los ascensos extraordinarios?. Únicamente en la antigüedad del personal. En pruebas reunidas en actuaciones administrativas. En la recomendación directa del superior inmediato. En la evaluación de desempeño del último año.

¿Qué debe demostrarse en las actuaciones administrativas para un ascenso extraordinario?. Haber cumplido 20 años de servicio. Un acto de arrojo con grave y real riesgo en cumplimiento de funciones. Tener un promedio de calificaciones superior a 8. Haber obtenido el primer puesto en concursos anteriores.

¿Los ascensos extraordinarios están sujetos a los requisitos generales de los ascensos ordinarios?. Sí, en su totalidad. No, no estarán sujetos a los requisitos generales. Solo si el riesgo fue mínimo. Solo si el acto ocurrió en horario de servicio.

¿Qué tipo de personal podrá recibir ascensos post mortem?. Todo personal fallecido en acto de servicio. Personal que perdiere la vida en circunstancias de grave y real riesgo en funciones policiales. Personal fallecido por causas naturales en servicio. Personal fallecido por enfermedad profesional.

¿Quién tratará y analizará las peticiones de ascensos extraordinarios y post mortem?. El Ministro de Seguridad. El Poder Ejecutivo. Un Jurado con características similares a los de ascensos ordinarios. La Jefatura de Policía.

¿A quién se elevarán las actuaciones si surgen disidencias entre los integrantes del jurado de ascensos extraordinarios?. Al Poder Ejecutivo directamente. A la Jefatura de Policía. Al señor Ministro de Seguridad. Al Director General del Instituto de Seguridad Pública.

¿Cuándo se considerarán perfeccionados los ascensos extraordinarios y post mortem?. Una vez aprobada la solicitud por el jurado. A partir del dictado del acto administrativo que lo disponga. El día del fallecimiento del efectivo. Al inicio del siguiente período de concursos.

¿Qué establecerá el Poder Ejecutivo al fijar el número de vacantes por grado a cubrir?. Los requisitos de edad para los postulantes. La cantidad de jurados a intervenir y el lugar donde funcionará cada uno. Los criterios de evaluación de los concursos. El temario específico de cada concurso.

¿Quién será el encargado de dictar anualmente las resoluciones llamando a concursos de antecedentes y oposición?. El Poder Ejecutivo. La Jefatura de Policía. El Ministro de Seguridad. El Director General del Instituto de Seguridad Pública.

¿A partir de qué fecha se prevé el inicio de las actividades de los jurados para los concursos?. El 1º de Enero de cada año. El 1º de Septiembre de cada año. El 1º de Marzo de cada año. El 1º de Julio de cada año.

¿Cuál es el primer requisito para participar en un concurso de ascenso, según el Artículo 75°?. Tener un mínimo de 5 años de servicio. Ser personal de la jerarquía inmediata anterior al objeto de la convocatoria. Aprobar un examen físico exhaustivo. No tener sanciones disciplinarias.

¿Qué otro requisito fundamental se debe cumplir para participar en un concurso de ascenso, relacionado con el tiempo?. Haber cumplido el tiempo mínimo de servicio en la fuerza. Cumplimentar el Tiempo Mínimo Cumplido previsto en el Anexo de la Ley del Personal Policial. Tener al menos 10 años de servicio en la jerarquía actual. Haber cumplido con el servicio obligatorio.

¿Qué tipo de exámenes habilitantes para participar en el concurso se mencionan en el Artículo 75°?. Exámenes de conocimientos generales y específicos. Exámenes de aptitud psicofísica. Exámenes de resistencia física. Exámenes de liderazgo y toma de decisiones.

¿Qué se debe evitar para poder participar en un concurso de ascenso, según el Artículo 75°D?. Tener deudas bancarias. Haber sufrido sanciones disciplinarias graves. Encontrarse comprendido en causales de inhabilitación previstas en el Artículo 78°. No haber aprobado concursos anteriores.

¿Bajo qué condiciones excepcionales se podría admitir la inscripción de personal inhabilitado según el Artículo 75°D?. Solo si hay pocas vacantes disponibles. Si existen necesidades institucionales debidamente fundadas y luego de fracasar la convocatoria ordinaria o resolver recursos. Si el personal tiene más de 15 años de servicio. Si el personal presenta un certificado médico.

¿Qué derecho tiene el personal policial que no concursó o no ascendió en un proceso?. Pierde el derecho a concursar en el futuro. Tiene derecho a participar en posteriores concursos de ascenso si cumple condiciones. Debe esperar 5 años para poder concursar nuevamente. Solo puede concursar para ascensos de menor jerarquía.

¿Quién dicta el decreto que dispone las vacantes por grado a cubrir y el número de jurados?. El Ministro de Seguridad. La Jefatura de Policía. El Poder Ejecutivo. El Ministerio de Justicia.

¿Qué entidad debe efectuar la propuesta del funcionario policial de dirección para integrar el jurado?. El Ministerio de Seguridad. El Ministerio de Educación. La Jefatura de Policía de la Provincia. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

¿Qué ministerios o entidades deben designar representantes para integrar cada jurado?. Ministerio de Economía y Banco Central. Ministerio de Educación, Corte Suprema de Justicia y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior. Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo.

¿Cómo se realizará la elección del representante del personal policial en actividad para el jurado?. Por designación directa del Ministro de Seguridad. Por elección de sus pares mediante simple mayoría de votos válidos, voto igual, universal, secreto y obligatorio. Por sorteo entre los oficiales de mayor antigüedad. Por postulación directa y evaluación de antecedentes.

¿Quién arbitrará lo conducente para la publicación del listado del personal inhabilitado para inscribirse en el concurso?. La Jefatura de Policía. El Poder Ejecutivo. El Ministerio de Seguridad. La Corte Suprema de Justicia.

¿Por cuántos días se deberá realizar la publicación del listado de inhabilitados?. Tres (3) días. Cinco (5) días. Diez (10) días. Quince (15) días.

¿Con qué antelación mínima se debe publicar el listado de inhabilitados respecto al inicio de la inscripción?. Cinco (5) días. Siete (7) días. Diez (10) días. Quince (15) días.

¿Ante quién podrá interponer recurso directo el afectado contra la declaración de inhabilitación?. Ante el Ministerio de Seguridad. Ante la Jefatura de Policía. Ante el Poder Ejecutivo. Ante el Tribunal de Justicia.

¿En qué plazo se debe presentar la pretensión de recurso directo contra la inhabilitación?. Dos (2) días hábiles. Tres (3) días hábiles. Cinco (5) días hábiles. Siete (7) días hábiles.

¿Qué tipo de recurso se puede interponer contra la resolución que rechaza la impugnación de inhabilitación?. Recurso de reconsideración. Recurso jerárquico. Recurso previsto en el Artículo 5° del Decreto N° 916/08. Recurso de apelación ante el Poder Judicial.

¿Qué debe hacer el Ministerio de Seguridad si se verifica una causa de inhabilitación con posterioridad a la inscripción?. Ignorar la situación. Notificar al interesado y disponer su exclusión del concurso. Abrir un nuevo concurso. Suspender el concurso indefinidamente.

¿Qué habilita a los interesados a participar de los concursos de ascenso según el inciso b) del Artículo 75°?. Haber cumplido 10 años de servicio. La realización y aprobación de cursos de actualización y/o perfeccionamiento en el Instituto de Seguridad Pública. Obtener una calificación mínima de 7 en la última evaluación. Tener recomendaciones de superiores.

¿Cómo se equipara el estado de 'sumario judicial con auto de procesamiento' a efectos de inhabilitación?. Se equipara al procesamiento penal. Se equipara a la audiencia imputativa del Artículo 274° del Código Procesal Penal. Se equipara a una sanción disciplinaria grave. No se equipara a nada, es una causal independiente.

Según el inciso d) del Artículo 78°, ¿qué años se consideran inhabilitantes en caso de suspensión de empleo?. El año del concurso y el anterior. Los dos años inmediatos anteriores al de los ascensos que se tramitan. Los tres años anteriores al de los ascensos. Solo el año en que ocurrió la suspensión.

¿Cómo debe ser evaluada la aptitud física de los participantes en los concursos de ascenso?. Únicamente mediante pruebas de fuerza. En el marco de los cursos de capacitación y considerando las funciones del escalafón. Mediante un examen médico general sin considerar el puesto. Solo si el postulante presenta alguna queja física.

¿Quién podrá participar en el concurso si se encuentra bajo sumario administrativo no resuelto?. Nadie, está automáticamente inhabilitado. Podrá participar, pero el ascenso quedará en suspenso hasta la conclusión del sumario. Solo si el sumario es por falta leve. Solo si el sumario se resuelve favorablemente en el primer mes.

¿En qué caso el personal bajo sumario administrativo podrá solicitar se deje sin efecto la suspensión de su ascenso?. Si el sumario concluye con absolución, sobreseimiento o archivo de las actuaciones. Si el sumario concluye con una sanción de apercibimiento. En cualquier caso, solo debe solicitarlo. Si el sumario tarda más de seis meses en resolverse.

¿Cuándo no corresponderá el ascenso si el sumario administrativo se resuelve con sanción?. En caso de sanción de apercibimiento. En caso de suspensión de empleo por falta leve. En caso de aplicación de una sanción de suspensión de empleo por falta grave o una destitución. Solo si la suspensión de empleo es mayor a 30 días.

¿A qué se aplica el Régimen Disciplinario Policial, según el texto?. Solo al personal en actividad. Al personal en actividad, al personal retirado y al dado de baja por hechos cometidos en actividad. Únicamente al personal con más de 10 años de servicio. Solo a los miembros de la jerarquía superior.

¿Qué constituye una falta administrativa según el texto?. Cualquier error no intencional en el servicio. Toda infracción a los deberes policiales establecidos o implícitos en leyes, reglamentos y disposiciones. La disconformidad con una orden superior. La ausencia injustificada por menos de 24 horas.

¿Cómo clasifica la Ley 12.521 las faltas administrativas?. Leves y graves. Leves, graves y gravísimas. Simples y complejas. Administrativas y penales.

¿Cuál de las siguientes opciones es un ejemplo de FALTA LEVE (Art. 41)?. El incumplimiento de los deberes prescritos en el artículo 23. La tardanza o inasistencia injustificada de hasta 72 horas, con descuento de haberes. Prestar servicios con falta de diligencia. Todas las anteriores.

¿Cuál de las siguientes opciones es un ejemplo de FALTA GRAVE (Art. 43)?. Falta de aseo en el uniforme. Fumar dentro de dependencias policiales. Inasistencias injustificadas por espacio de 4 o más días corridos o alternados en 10 días. Usar indebidamente el teléfono celular en horario de servicio.

¿Qué tipo de conducta puede transformar una falta leve en grave según el Artículo 42?. Si la falta se comete en horario de servicio. Si la falta es cometida por un superior. Si se dan circunstancias que supongan un AGRAVANTE de las faltas leves. Si la falta se repite dos veces.

¿Qué implica el concurso de tres faltas leves?. Una sanción de apercibimiento. Una falta leve agravada. Implica una falta grave. No tiene ninguna consecuencia disciplinaria adicional.

¿Qué Decreto reglamentó el régimen de responsabilidad administrativa del personal policial a partir de 2015, incorporando nuevas conductas?. Decreto N° 916/08. Decreto N° 1166/2018. Decreto N° 461 de fecha 16/02/2015. No existe tal decreto.

¿Qué conductas se mencionan como comprendidas en el Artículo 41 inc. d) por el Decreto 461/15?. Fumar en lugares no autorizados. La falta de aseo o descuido del uniforme, armamento y equipo. Filtrar información confidencial. Realizar denuncias falsas.

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