LEGISLACIÓN SIRVE
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remuneración adicional que se cubre al personal militar en activo en atención al incremento en el costo de la vida o insalubridad del lugar donde preste sus servicios. Sobrehaber,. haber. de cuantos miembros se forma la Junta Directiva, del ISSFAM. por nueve miembros. por diez miembros. como están conformados los 9 miembros de la Junta Directiva del ISSFAM?. tres designados por la Secretaría de la Defensa Nacional, tres por la de Marina y tres por la de Hacienda y Crédito Público. seis designados por la Secretaría de la Defensa Nacional, tres por la de Marina. tramitarán ante el Instituto, la afiliación de su respectivo personal en situación de activo y de retiro, y a sus derechohabientes. Las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina. Las Secretarías de la Defensa Nacional y de Hacienda. es su obligación mantener actualizada dicha afiliación y designación. del militar. del derechohabiente. Para su clasificación el personal pertenece a: A la milicia permanente o A la milicia auxiliar. A la milicia auxiliar y foraneo. se caracteriza por su estabilidad en el servicio. El personal de la milicia permanente. El personal de la milicia auxiliar. El egresado de las escuelas de formación a quien se le expida el despacho de Guardiamarina o Primer Maestre. milicia permanente. milicia auxiliar. El que habiendo causado alta como Marinero, obtenga por ascensos sucesivos el grado de Primer Maestre o equivalente y haya cumplido ininterrumpidamente cuatro años de servicio. milicia permanente. milicia auxiliar. es el que presta sus servicios en forma temporal mediante contrato, así como los cadetes y alumnos de las escuelas de la Armada. El personal de la milicia auxiliar. El personal de la milicia permanente,. La estancia en el servicio activo de este personal estará sujeta a las disposiciones reglamentarias correspondientes. El personal de la milicia auxiliar. El personal de la milicia permanente,. El personal de la milicia auxiliar podrá ascender por adecuación de grado al haber realizado estudios por su cuenta. Tercer Maestre, con estudios de nivel técnico profesional. Tercer Maestre, con estudios de nivel profesional. El personal de la milicia auxiliar podrá ascender por adecuación de grado al haber realizado estudios por su cuenta. Segundo Maestre, con estudios de nivel técnico profesional con especialidad. Segundo Maestre, con estudios de nivel profesional con especialidad. aquellas personas de nacionalidad extranjera que se encuentran realizando estudios en los establecimientos educativos de la Armada de México. Se consideran becarios. foráneos. está integrada por el personal que haya realizado estudios en escuelas reconocidas por la Secretaría de Educación Pública, de nivel técnico profesional, con una duración mínima de tres años lectivos y que obtengan el título o diploma y la cédula profesional correspondiente. La escala técnico profesional de los Cuerpos y Servicios. La escala técnico profesional de los Cuerpos y Servicios de buceo. Para ingresar a la Armada de México se requiere?. I. Ser mexicano por nacimiento; II. No contar con otra nacionalidad III. Estar en pleno goce y ejercicio de los derechos civiles y políticos IV. No contar con antecedentes penales por delitos dolosos o intencionales, y V. Reunir los requisitos de edad, de aptitud física y académica, de conducta, así como encontrarse médica y clínicamente sano y apto para el servicio de las armas, en términos de las normas aplicables. ganas. El reclutamiento del personal de cadetes y alumnos se efectuará por contrato de?. enganche voluntario. de conformidad con las condiciones y términos establecidos en el mismo, así como del reglamento respectivo. El personal de la milicia auxiliar que no sea del Servicio Militar Nacional, se reclutará por. contrato de enganche voluntario. Podrá reengancharse o causar baja de acuerdo a lo contenido en la presente Ley y los reglamentos correspondientes. La educación naval se conforma por los siguientes niveles educativos: Adiestramiento Capacitación Formación, y Posgrado. Adiestramiento Capacitación Formación, y Graduación. El personal de la Armada de México podrá encontrarse en alguna de las situaciones siguientes: I. Activo; II. Reserva, o III. Retiro. I. Activo; II. descanso, o III. Retiro. I. Activo; II. Reserva, o III. Descanso. situaciones del personal se encuentra en servicio activo. I. Prestando sus servicios en unidades y establecimientos navales. II. A disposición; III. En situación especial. IV. En depósito V. Con licencia, a excepción de la ilimitada. II. A disposición; III. En situación especial; IV. En depósito, o V. Con licencia de descanso. personal que Se encuentra a disposición es?. El personal en espera de órdenes para que le sea asignado cargo o comisión. Se deroga. personal que Se encuentra a disposición es?. El personal que pase a esta situación por resolución de Órgano de Disciplina. Se deroga. Mientras permanezca en esta situación, no será convocado para efectos de ascenso. A disposición. en descanso. El que haya sido comisionado en otras dependencias e instituciones federales, estatales y municipales. Se encuentra en situación especial. A disposición. El que esté sujeto a proceso y el que, cumpliendo condena, no haya sido destituido por sentencia. Se encuentra en situación especial. A disposición. los almirantes y capitanes de navío que lo soliciten, siempre que se les conceda por el Alto Mando por un tiempo máximo de tres años ininterrumpidos o en fracciones. Se consideran en depósito. Se encuentra en situación especial. Las licencias que se conceden al personal son las siguientes. I. Menor II. Ordinaria III. Extraordinaria IV. Por enfermedad V. Por edad límite VI. Ilimitada. MOE. es la que se concede a solicitud del interesado, hasta por quince días por año calendario, en periodos de 24 a 72 horas cada una, con la finalidad de resolver asuntos personales. La licencia menor. La licencia ordinaria. es aquella que se concede a partir de las 96 horas y hasta por seis meses, a solicitud del interesado. La licencia ordinaria. La licencia menor. es aquella que se concede al personal para separarse temporalmente del servicio por un periodo de seis meses y un día hasta un año, únicamente si es para asuntos particulares. La licencia extraordinaria. La licencia ordinaria. se concederá de acuerdo al dictamen de la autoridad médica competente, hasta por seis meses. La licencia por enfermedad. La licencia extraordinaria. es la que se concede a los miembros de la Armada de México con veinte, o más años de servicios efectivos que estén próximos a ser colocados en situación de retiro por edad límite. La licencia por edad límite. La licencia por enfermedad. Esta licencia será concedida por una sola ocasión, con goce de las percepciones que esté recibiendo el militar sin interrumpir su tiempo de servicios. La licencia por edad límite. La licencia por enfermedad. es la separación definitiva del servicio activo. Baja. La licencia ilimitada. circunstancias en las que procederá la baja: -Defunción; -Sentencia ejecutoriada dictada por órgano de justicia competente. -Ser declarados prófugos de la justicia. -milicia auxiliar, por faltar injustificadamente tres días consecutivos. por faltar. Cuando No se concederá baja, licencia ilimitada, extraordinaria ni pase a depósito, por solicitud del interesado???. cuando el país se encuentre en estado de emergencia o por necesidades del servicio. por necesidades del servicio. Las reservas de la Armada son: I. Primera Reserva, II. Segunda Reserva. I. Primera Reserva, II. Segunda Reserva III Tercera Reserva. tiene por objeto establecer los deberes del personal naval de acuerdo con su jerarquía; situación, y servicio, cargo o mando que se les encomiende. Reglamento General De Deberes Navales. Secretaria de Marina. unidad o establecimiento donde el personal naval realiza sus funciones;. Adscripción. unidad. área de responsabilidad dentro de una unidad o establecimiento de la Armada que se asigna a un individuo para administrar, operar y conservar los recursos humanos, materiales y financieros;. Cargo. comision. destino que se da al personal naval de acuerdo a su jerarquía, para ocuparse de asuntos específicos y de interés para el servicio;. Comisión. Cargo. el que se establece en el Artículo 4, fracción I, de la Ley de Disciplina para todo el Personal de la Armada de México;. Deber. Disciplina. norma a la que el personal naval sujeta su conducta, tiene como base la obediencia y un alto concepto del honor. Disciplina. Deber. es el conjunto de principios, normas y procedimientos que guían la actuación del personal naval para el cumplimiento de las funciones asignadas. Doctrina Naval. Personal naval. elementos que prestan su servicio en la Armada. Personal naval. Doctrina Naval. se le hará saber el compromiso que contrae con la patria al momento de jurar Bandera, así como sus obligaciones y derechos adquiridos de acuerdo a la legislación naval. todo ciudadano que ingrese al servicio de la Armada. reclutas. tiene todas las obligaciones, prerrogativas y derechos que las leyes establecen para los ciudadanos. El personal naval. Doctrina Naval. tiene la obligación de poner toda su voluntad, inteligencia y actitud profesional en el cumplimiento del deber, sin anteponer sus intereses personales a los de la patria. El personal que ocupa un lugar en el escalafón. El personal que ocupa un lugar en el activo. deberá tener lealtad, seguridad y confianza en el liderazgo de su Mando. Con ello y con el cumplimiento de sus obligaciones coadyuvará al éxito de la misión encomendada. Todo hombre de mar perteneciente a un buque de guerra. el personal de la armada de México. deberá conservar y mantener de manera digna el prestigio de la Armada, del cual es heredero,. El personal naval. Todo hombre de mar. debe conocer sus atribuciones, deberes, y responsabilidades, manteniéndose dentro de las disposiciones legales correspondientes. El personal naval. Todo hombre de mar. repelerá el ataque con todos los medios disponibles defendiéndola hasta el último momento para dejar en lo más alto el honor de la Armada. Quien ejerza un Mando o Dirección. Todo hombre de mar. la preparación de su unidad o establecimiento para la defensa marítima del territorio. Será responsabilidad de todo superior. el director. Quien observe alguna novedad o tuviese noticia de cualquier irregularidad que pueda perjudicar a los intereses o eficacia de la Armada, intentará remediarlo y lo pondrá en conocimiento de sus superiores mediante. parte verbal o escrito según la urgencia e importancia del caso. según la urgencia e importancia del caso. administrará con honestidad e integridad los medios y recursos puestos a su disposición, evitando el dispendio, mal uso, desaprovechamiento. El personal naval. el director. deberá respetar la construcción y estructura de las unidades o establecimientos, dando el uso correcto para el que fueron diseñados. El personal naval. todo hombre de mar. deberá conocer las obligaciones de sus subordinados y las de dos jerarquías superiores. Todo el personal naval. todo hombre de mar. no exime al personal naval de su responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes. La ignorancia en el conocimiento de las leyes, reglamentos y disposiciones navales. La ignorancia en el conocimiento leyes. No estará obligado a obedecer las órdenes cuando éstas. entrañen la ejecución de actos que manifiestamente sean contrarios a las leyes o constituyan un delito. En todo caso asumirá la responsabilidad de su acción u omisión. Observará la exacta aplicación del principio de la subordinación entre: grado y grado, como regla fundamental de la disciplina. antiguo y potro. Tendrá presente que el saludo militar constituye la expresión del: respeto mutuo, disciplina y unión entre todos los miembros de las Fuerzas Armadas. honor. La disciplina deberá ser firme pero al mismo tiempo: razonada. enérgica. Para salir al extranjero, además de observar las mismas prescripciones que la ley impone al ciudadano mexicano, deberá disponer de la autorización. de la superioridad. del director. Los superiores respetarán el ejercicio del derecho de petición de sus subordinados, siempre que lo ejerzan en forma : individual, por escrito, de manera respetuosa y por los conductos regulares. así mismo que deberá ser resuelto a la brevedad posible. El superior en el ejercicio de su autoridad debe: Actuar con firmeza, justicia y equidad, evitando arbitrariedades. incrementar la operatividad de la unidad. El superior en el ejercicio de su autoridad debe: Promover entre sus subordinados un ambiente de armonía y respeto que genere satisfacción, afecto y orgullo de estar bajo sus órdenes,. incrementar la operatividad. El superior en el ejercicio de su autoridad debe: Fomentar el sentido de responsabilidad en sus subordinados en el cumplimiento del deber. incrementar la operatividad. El superior tiene el deber de encauzar la disciplina recurriendo a: las medidas preventivas, así como utilizar los correctivos disciplinarios como prerrogativa del ejercicio jerárquico. corregir las infracciones de un subalterno. Las infracciones a la disciplina y al incumplimiento de los deberes, están clasificadas en. el Catálogo de Faltas, expedido por el Alto Mando con fundamento en el Artículo 46. la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada. Cuando se imponga un arresto a un elemento que no pertenezca a su unidad o establecimiento, solicitará al: Comandante o Director de quien depende el infractor, la graduación del mismo. Director. No se impondrá ningún correctivo disciplinario al personal naval durante el tiempo que se encuentre en: estado inconveniente. borrachito. Los correctivos disciplinarios se harán figurar en. los expedientes respectivos del personal naval, con anotación de las causas que los motivaron y su graduación. el detall. El que impida el cumplimiento de un arresto, el que permita que se quebrante, así como el que no lo cumpla, será sancionado: a lo establecido en las disposiciones legales aplicables. por el director. |




