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LEPAR Sanciones

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Título del Test:
LEPAR Sanciones

Descripción:
Test corto sobre gravedad

Fecha de Creación: 2021/03/24

Categoría: Otros

Número Preguntas: 35

Valoración:(12)
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Temario:

La permisión o tolerancia de actividades ilegales, especialmente la tolerancia del consumo ilícito o tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, en locales, espectáculos o establecimientos regulados en esta Ley o la falta de diligencia en orden a impedirlos por parte de los propietarios, organizadores o encargados. Muy Grave. Grave. Leve.

La apertura de establecimientos, recintos y locales, la modificación sustancial de los mismos o sus instalaciones y el cambio de actividad que se produzcan careciendo de las preceptivas licencias de funcionamiento. Muy Grave. Grave. Leve.

La celebración de los espectáculos y actividades prohibidos en esta Ley. Muy Grave. Grave. Leve.

La celebración, promoción u organización de espectáculos públicos y actividades recreativas con infracción de las sanciones firmes en vía administrativa de suspensión, prohibición o inhabilitación, durante su período de ejecución. Muy Grave. Grave. Leve.

El incumplimiento de las resoluciones firmes en vía administrativa de la autoridad competente en materia de prohibición y suspensión de espectáculos públicos y actividades recreativas y de cierre de los locales y establecimientos. Muy Grave. Grave. Leve.

La reapertura de establecimientos y locales sobre los que haya recaído sanción firme en vía administrativa de clausura o suspensión, durante su período de ejecución. Muy Grave. Grave. Leve.

El incumplimiento de las condiciones de seguridad cuando disminuya gravemente el grado de seguridad exigido conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid, o en las licencias o autorizaciones correspondientes. Muy Grave. Grave. Leve.

La omisión de las condiciones de salubridad e higiene exigibles y, en general, el mal estado de conservación de los establecimientos, recintos e instalaciones que supongan un grave riesgo para la salud y la seguridad del público y de los ejecutantes. Muy Grave. Grave. Leve.

La venta o servicio de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años, así como permitir su consumo en el local o establecimiento. Muy Grave. Grave. Leve.

La superación del aforo máximo permitido cuando comporte un grave riesgo para la seguridad de personas o bienes. Muy Grave. Grave. Leve.

La negativa a permitir el acceso a los agentes de la autoridad durante el ejercicio de sus funciones, así como impedir u obstaculizar de cualquier modo su actuación. Muy Grave. Grave. Leve.

La comisión de más de dos faltas graves en un año. Muy Grave. Grave. Leve.

El ejercicio del derecho de admisión de forma arbitraria o abusiva con infracción de las disposiciones que lo regulan. Muy Grave. Grave. Leve.

Cuando en un mismo espectáculo público o actividad recreativa se hubiesen cometido más de dos infracciones graves, o dos infracciones graves, si una de ellas es la contemplada en el apartado 2 del artículo 38. Muy Grave. Grave. Leve.

Disponer de personal para el desarrollo de la actividad de control de acceso en espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones sin el certificado acreditativo de la Comunidad de Madrid, así como el incumplimiento de las medidas o servicios de vigilancia obligatorios. Muy Grave. Grave. Leve.

El incumplimiento de la obligación de tener suscritos los contratos de seguro exigidos en la presente Ley. Muy Grave. Grave. Leve.

El incumplimiento de las condiciones de seguridad establecidas en el artículo 45 del Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid, o en las licencias o autorizaciones correspondientes cuando no disminuya gravemente el grado de seguridad exigible. Muy Grave. Grave. Leve.

La omisión de las condiciones de salubridad e higiene exigibles y, en general, el mal estado de conservación de los establecimientos, recintos e instalaciones que no supongan un grave riesgo para la salud y la seguridad del público y de los ejecutantes. Muy Grave. Grave. Leve.

La admisión o participación de menores en espectáculos, actividades y establecimientos donde tengan prohibida su entrada o participación. Muy Grave. Grave. Leve.

La suspensión o alteración de espectáculos y actividades recreativas así como la modificación de sus programas sin causa suficiente que lo justifique. Muy Grave. Grave. Leve.

Las modificaciones que no requieran autorización o licencia en los locales, recintos, instalaciones, establecimientos y actividades y en su titularidad, sin que las mismas hayan sido comunicadas a la autoridad competente. Muy Grave. Grave. Leve.

El incumplimiento por parte de los locales o establecimientos destinados a la celebración de sesiones de baile para jóvenes, de la prohibición de dedicarse a actividades distintas a la indicada en el mismo o en diferente horario. Muy Grave. Grave. Leve.

La publicidad y promoción de los locales y espectáculos dirigidos a los menores que contravenga el artículo 25.4 (Queda prohibida cualquier forma de promoción o publicidad que incite de manera directa o indirecta a los menores al consumo de bebidas alcohólicas) de esta Ley. Muy Grave. Grave. Leve.

La venta y reventa callejera o ambulante de entradas, localidades o abonos y la realizada con incumplimiento de las disposiciones que regulan su comercialización. Muy Grave. Grave. Leve.

El incumplimiento de las condiciones que garanticen la accesibilidad de los minusválidos a los locales y establecimientos regulados en esta Ley. Muy Grave. Grave. Leve.

La superación del aforo máximo permitido cuando no comporte un grave riesgo para la seguridad de personas o bienes. Muy Grave. Grave. Leve.

El incumplimiento de las condiciones de insonorización de los locales, recintos e instalaciones. Muy Grave. Grave. Leve.

Cualquier información, promoción o publicidad que induzca a engaño o confusión, enmascare la verdadera naturaleza del espectáculo o actividad recreativa o altere la capacidad electiva del público. Muy Grave. Grave. Leve.

La instalación dentro de los establecimientos o locales, de cualquier tipo de puestos de venta y otras actividades sin obtener la licencia o autorización que fuera preceptiva. Muy Grave. Grave. Leve.

La comisión de más de dos faltas leves en un año. Muy Grave. Grave. Leve.

El incumplimiento de la obligación de tener a disposición del público los Libros de Reclamaciones así como de los requisitos que deban cumplir los mismos, y el no tener expuesta al público la documentación preceptiva o la falta de posesión en el local, o de exhibición a los Agentes de la Autoridad, de la documentación obligatoria. Muy Grave. Grave. Leve.

La venta de tabaco a menores de dieciocho años. Muy Grave. Grave. Leve.

El incumplimiento de los horarios de inicio o final de un espectáculo y de apertura y cierre de los establecimientos públicos. Muy Grave. Grave. Leve.

La falta de limpieza o higiene en los establecimientos. Muy Grave. Grave. Leve.

Cualquiera otra que constituya incumplimiento de las obligaciones o vulneración de las prohibiciones establecidas en la presente Ley y demás normativa de la Comunidad de Madrid en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, cuando no proceda su calificación como infracción grave o muy grave. Muy Grave. Grave. Leve.

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