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Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta

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Título del Test:
Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta

Descripción:
Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y su Presidente

Fecha de Creación: 2020/02/14

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 20

Valoración:(7)
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Según el artículo 1 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y su Presidente, son funciones de la Xunta de Galicia: Ejercer la función ejecutiva. Ejercer la iniciativa legislativa. Ejercer la potestad reglamentaria. Todas las respuestas son correctas.

Según la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y su Presidente, la Xunta está compuesta por: El Presidente, Vicepresidente o Vicepresidentes, –en su caso– y los Conselleiros. el Presidente, los Conselleiros y los Directores Generales. el Presidente, Vicepresidente o Vicepresidentes, –en todo caso– y los Conselleiros. el Presidente, Vicepresidente o Vicepresidentes, –en su caso– , los Conselleiros y los Delegados del Gobierno.

Según el artículo 4 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidente, son atribuciones de la Xunta de Galicia: Establecer las directrices y desarrollar el Programa de gobierno. Dictar Decretos-Ley en los supuestos de delegación expresa del Parlamento. Aprobar y remitir al Parlamento los proyectos de convenios y acuerdos de cooperación con otros Estados para la ratificación o aprobación, en su caso. Resolver los recursos en vía administrativa en los casos previstos por el Estatuto de Autonomía.

El Presidente de la Xunta en razón de su cargo tiene derecho a: A) Recibir el tratamiento de Ilustrísimo. B) Recibir con carácter vitalicio el tratamiento de excelentísimo señor y los honores protocolarios y las precedencias establecidas en la legislación vigente y en la que, en su caso, dicte la Comunidad Autónoma. C) Ocupar la residencia oficial que se establezca, con la correspondiente dotación de personal y servicios. D) Las repuestas B y C son correctas.

Según el artículo 26 de la presente ley le corresponde al Presidente de la Xunta: Crear, modificar o suprimir mediante Decreto la Vicepresidencia o Vicepresidencias, si las hubiere, y las Consellerías, siempre que no suponga aumento de gasto público, así como nombrar y disponer el cese de los Vicepresidentes y Conselleiros. Dirigir y coordinar la acción del Parlamento y asegurar su continuidad. Velar por el cumplimiento de las directrices señaladas por la Xunta y promover o coordinar la ejecución de los acuerdos del Consello y de las distintas Consellerías. Plantear ante el Parlamento, previa deliberación del Consello, la moción de censura.

Los Conselleiros como jefes de sus Consellerías están investidos de las siguientes atribuciones: Proponer al Consello las proposiciones de ley o de Decretos relativos a las competencias atribuidas a su Consellería. Ejercer la potestad legislativa en las materias de su Consellería. Aprobar el anteproyecto de presupuestos de su Consellería. Disponer los gastos propios de los servicios de su Consellería no reservados a la competencia del Consello, dentro de los límites de la autorizacón presupuestaria e interesar de los servicios financieros competentes la ordenación de los pagos correspondientes.

Según el artículo 43 de la Ley 1/1983 de la Xunta de Galicia: El Consello en ningún caso podrá delegar las funciones administrativas que tenga encomendadas en las Comisiones Delegadas. Sin perjuicio de las competencias delegadas en el Vicepresidente primero de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de esta ley, el Presidente podrá delegar funciones puramente administrativas en los demás miembros de la Xunta dando cuenta al Parlamento. Los Conselleiros podrán delegar competencias administrativas en los órganos inmediatamente inferiores de sus Consellerías, cuando las necesidades de funcionamiento así lo aconsejen. Todas las repuestas son correctas.

La Xunta de Galicia responde políticamente: ante el Parlamento de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus componentes por su gestión. ante el Parlamento de forma mancomunada, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus componentes por su gestión. ante el Congreso de los Diputados de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus componentes por su gestión. ante el Parlamento de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad indirecta de cada uno de sus componentes por la gestión del Consello.

Según el artículo 5 de Ley 1/1983 de la Xunta: La Xunta se reune en Consello, que someterá su funcionamiento a los principios de unidad, colegialidad, participación y coordinación. La Xunta se reune en Consello y en Comisiones Delegadas, que someterá su funcionamiento a los principios de unidad, colegialidad, participación y coordinación. La Xunta se reune en Consello, que someterá su funcionamiento a los principios de unidad, jerarquía, participación y coordinación. La Xunta se reune en Consello, que someterá su funcionamiento a los principios de unidad, colegialidad, participación y desconcentración.

Según el artículo 7 de la Ley 1/1983 de la Xunta: Los miembros del Consello están obligados a guardar secreto sobre las deliberaciones de aquél, las opiniones y, en su caso, los votos emitidos. Los miembros del Parlamento están obligados a guardar secreto sobre las deliberaciones de aquél, las opiniones y, en su caso, los votos emitidos. Los miembros del Consello no están obligados a guardar secreto sobre las deliberaciones de aquél, las opiniones y, en su caso, los votos emitidos. Todas las repuestas son correctas.

Según el artículo 22 de Ley de la Xunta de Galicia el Presidente cesa: tras la celebración de elecciones autonómicas, en los casos de pérdida de confianza parlamentaria o por dimisión, fallecimiento o incapacidad para el ejercicio del cargo. Corresponde al Parlamento la apreciación de la incapacidad del Presidente. tras la celebración de elecciones autonómicas, en los casos de pérdida de confianza parlamentaria o por dimisión, fallecimiento o incapacidad para el ejercicio del cargo. Corresponde al Consello la apreciación de la incapacidad del Presidente. tras la celebración de elecciones municipales, en los casos de pérdida de confianza parlamentaria o por dimisión, fallecimiento o incapacidad para el ejercicio del cargo. Corresponde al Parlamento la apreciación de la incapacidad del Presidente. tras la celebración de elecciones autonómicas, en los casos de pérdida de confianza parlamentaria o por renuncia, fallecimiento o incapacidad para el ejercicio del cargo. Corresponde al Parlamento la apreciación de la incapacidad del Presidente.

Según el artículo 49 de la Ley 1/1983 de la Xunta de Galcia: El Parlamento, sus Comisiones y los Diputados, a través de la Presidencia del mismo, podrán recabar la información y ayuda que precisen de la Xunta, de sus Conselleiros y de cualquier otra autoridad de la Comunidad Autónoma. El Parlamento, sus Comisiones y los Diputados, a través de la Mesa del mismo, podrán recabar la información y ayuda que precisen de la Xunta, de sus Conselleiros y de cualquier otra autoridad de la Comunidad Autónoma. Sólo el parlamento y sus Comisiones a través de la Presidencia del mismo, podrán recabar la información y ayuda que precisen de la Xunta, de sus Conselleiros y de cualquier otra autoridad de la Comunidad Autónoma. Los Grupos Parlamentarios y los Diputados individualmente, podrán recabar la información y ayuda que precisen de la Xunta, de sus Conselleiros y de cualquier otra autoridad de la Comunidad Autónoma.

Como representante ordinario del Estado en Galicia, corresponde al Presidente de la Xunta: mantener relaciones con la Delegación del Gobierno a los efectos de una mejor coordinación de las actividades del Estado en Galicia y las de la Comunidad Autónoma, ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del nombramiento del Presidente del Tribunal Superior de Justicia, y la de las Leyes y Decretos Legislativos de Galicia en el Boletín Oficial del Estado. mantener relaciones con la Delegación del Gobierno a los efectos de una mejor cooperación de las actividades del Estado en Galicia y las de la Comunidad Autónoma, ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del nombramiento del Presidente del Tribunal Superior de Justicia, y la de las Leyes y Decretos Legislativos de Galicia en el Boletín Oficial del Estado. mantener relaciones con la Subdelegación del Gobierno a los efectos de una mejor coordinación de las actividades del Estado en Galicia y las de la Comunidad Autónoma, ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del nombramiento del Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, y la de las Leyes y Decretos Legislativos de Galicia en el Boletín Oficial del Estado. mantener relaciones con la Delegación del Gobierno a los efectos de una mejor coordinación de las actividades del Estado en Galicia y las de la Comunidad Autónoma, ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del nombramiento del Presidente del Tribunal Superior de Justicia, y la de las Leyes y Decretos-Ley de Galicia en el Diario Oficial de Galicia.

El Vicepresidente o Vicepresidentes, si los hubiere, y los Conselleiros: no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario o, en su caso, del Senado, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad mercantil o profesional u otra que menoscabe la independencia y dignidad de su función. no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario o, en su caso, del Congreso, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad mercantil o profesional u otra que menoscabe la independencia y dignidad de su función. no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario o, en su caso, del Senado, ni cualquier otra función pública que derive de su cargo, ni actividad mercantil o profesional u otra que menoscabe la dependencia y dignidad de su función. Ninguna de las respuestas es correcta.

De acuerdo con el artículo 4 de Ley 1/1983, reguladora de la Xunta y de su Presidente, corresponde a la Xunta: Crear, modificar o suprimir mediante Decreto la Vicepresidencia o Vicepresidencias, si las hubiera, y las Consellerías. Dictar Decretos-Leyes en los supuestos de delegación expresa del Parlamento. Convocar elecciones al Parlamento de Galicia tras su disolución. Resolver los recursos en vía administrativa en los casos previstos por las leyes.

De acuerdo con el artículo 26 de la Ley 1/1983, del 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidente, corresponde al titular de la Presidencia de la Xunta, en caso de ausencia, enfermedad o impedimento del titular: Encomendar a un Vicepresidente el despacho de los asuntos de la Presidencia o a un Conselleiro que se encargue del despacho de una Consellería. Encomendar a un Vicepresidente o a un Conselleiro que se encargue del despacho de una Consellería o de la propia Presidencia. Delegar en el conselleiro de la Presidencia las competencias de los titulares de la Vicepresidencia. Delegar en una consellería las competencias atribuídas al Vicepresidente o Vicepresidentes, de existir estos.

Serán nulas de pleno derecho: Las normas reglamentarias que infrinjan otras de rango superior o se opongan a lo establecido por la ley. Las órdenes de Consello de la Xunta que infrinjan otras de rango superior o se opongan a lo establecido por la ley. Las normas reglamentarias que infrinjan otras de rango inferior o se opongan a lo establecido por la ley. En ningún caso podrán declararse nulas las normas reglamentarias aprobadas por la Xunta.

Según el artículo 48 de la Ley 1/1983, del 22 de febrero, reguladora de la Xunta y su Presidente, ¿cual de las siguientes afirmaciones es falsa con relación al debate de política general?. La iniciativa para su celebración corresponde al Parlamento de Galicia. Se realizará anualmente, salvo que en el mismo año la Cámara haya investido al presidente o a la presidenta de la Xunta de Galicia. Su celebración debe solicitarse al comienzo de uno de los períodos de sesiones. Su celebración se solicitará por la Xunta de Galicia.

De acuerdo con el artículo 18 de la Ley 1/1983, del 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y su Presidente, si el Parlamento otorga su confianza al candidato a la Presidencia de la Xunta: El Presidente lo comunicará al Rey para su nombramiento, mediante Real Decreto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia. El Parlamento ordenará su publicación en el Diario Oficial de Galicia y lo comunicará al Presidente del Gobierno, que ordenará su publicación en Boletín Oficial del Estado. El Presidente elegido tomará posesión al día siguiente de su elección. El Presidente elegido tomará posesión dentro de los dos días siguientes al de su elección.

Conforme al artículo 51 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidente: Los Conselleiros tienen acceso a las sesiones del Parlamento y a las de sus Comisiones y la facultad de hacerse oír en ellas. Ante las Comisiones podrán hacerse acompañar de altos cargos o funcionarios de sus Consellerías y solicitar que éstos informen. Los Vicepresidentes tienen acceso a las sesiones del Parlamento y a las de sus Comisiones y la facultad de hacerse oír en ellas. Ante las Comisiones podrán hacerse acompañar de altos cargos o funcionarios de sus Consellerías y solicitar que éstos informen. Los Conselleiros tienen acceso a las sesiones del Parlamento y a las de sus Diputaciones Permanentes y la facultad de hacerse oír en ellas. Ante las Comisiones podrán hacerse acompañar de altos cargos o funcionarios de sus Consellerías y solicitar que éstos informen. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

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