Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia
|
|
Título del Test:![]() Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia Descripción: Título Preliminar. |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
Esta Ley tiene por objeto (señalar la falsa). regular y garantizar la transparencia de la actividad pública en su vertiente de publicidad activa y de derecho de acceso a la información pública. fijar los principios básicos de integridad y buen gobierno que debe cumplir la ciudadanía valenciana mediante la adopción de códigos éticos y de conducta y el desarrollo de marcos de la integridad pública. impulsar y garantizar la rendición de cuentas en la acción de gobierno y la actividad administrativa mediante la planificación y evaluación de la normativa y de las políticas púbicas en el ámbito de la administración autonómica. regular el régimen de garantías y de responsabilidades por el incumplimiento de los deberes y obligaciones que fija la ley. Sin perjuicio del resto de obligaciones legales, la interpretación y la aplicación de esta ley se articulan en torno a los siguientes principios generales (señalar la falsa). transparencia máxima, que garantiza una actividad pública que facilite el acceso a los contenidos informativos que genera o custodia la administración pública y la excepcionalidad de las restricciones, que deben estar motivadas en las razones estrictamente tasadas en la ley, tras considerar los diferentes intereses que puedan concurrir. transparencia desde el diseño: garantizar que los requisitos de transparencia, apertura, reutilización y protección de datos desde el momento en que se publica la información, con el objetivo de alinear el ciclo de vida de los documentos y otros recursos informativos con la transparencia. publicidad: principio en virtud del cual la administración debe proporcionar y difundir de forma constante, veraz y objetiva la información relativa a su actuación y funcionamiento. comprensibilidad y claridad: se facilitará el acceso de la ciudadanía a la información pública de la manera más sencilla que sea posible, dada la naturaleza de la información, procurando que sea fácilmente comprensible. Se utilizará un lenguaje claro y se incluirá la descripción y el contexto necesario para facilitar la comprensión e interpretación de la información. Sin perjuicio del resto de obligaciones legales, la interpretación y la aplicación de esta ley se articulan en torno a los siguientes principios generales. veracidad: la información se debe publicar y difundir en formatos abiertos que posibiliten y faciliten su reutilización, para facilitar que la ciudadanía pueda aprovechar para sus actividades los datos y documentos publicados y crear valor añadido. reutilización de la información: la información difundida debe ser cierta, exacta y objetiva, y mantenerse actualizada. Además, se garantizará que se verifique su autenticidad, fiabilidad, integridad y disponibilidad. accesibilidad tecnológica universal: la información, los instrumentos y las herramientas que se usen en su difusión deben ser comprensibles para las empresas. no discriminación. Sin perjuicio del resto de obligaciones legales, la interpretación y la aplicación de esta ley se articulan en torno a los siguientes principios generales: orientación a la ciudadanía y continuidad en el tiempo: la actividad pública se articula en torno a las administraciones, como eje y referencia de su estrategia, y debe enmarcarse en una perspectiva de continuidad y sostenimiento en el tiempo. gobierno abierto: las administraciones públicas deben promover un marco de relación y diálogo permanentes y bidireccionales con la ciudadanía que garantice la transparencia y la rendición de cuentas de la actividad pública y facilite la participación y colaboración de la ciudadanía en las políticas públicas y la gestión. modernización y neutralidad tecnológica: los gobiernos, las administraciones públicas y sus servidores deben asumir la responsabilidad de sus actuaciones y decisiones, así como promover la cultura de la evaluación y el ejercicio de rendición de cuentas en la actividad pública. responsabilidad y rendición de cuentas: se debe promover el uso de las tecnologías para diseñar procesos más eficientes y próximos a la ciudadanía y este se debe articular mediante la adopción de estándares tecnológicos abiertos y neutrales. Sin perjuicio del resto de obligaciones legales, la interpretación y la aplicación de esta ley se articulan en torno a los siguientes principios generales (señalar la falsa). integridad: las personas al servicio de la administración, ocupen o no un cargo público, deben generar confianza y velar por la calidad democrática de las instituciones públicas y su reputación ante la ciudadanía. El ejercicio de sus funciones se debe caracterizar por la imparcialidad, la objetividad, la honestidad, el respeto al marco jurídico y la observancia de un comportamiento ético ausente de arbitrariedad, orientado al cumplimiento y la satisfacción de los intereses generales. buen gobierno: los principios, obligaciones y reglas para la mejora de la calidad en los servicios y el funcionamiento de la administración y los principios éticos y de actuación de acuerdo con los cuales deben actuar las autoridades y el personal al servicio de la administración para que esta funcione con transparencia, eficacia, eficiencia, calidad y equidad, garantizando la rendición de cuentas y la buena administración. planificación y evaluación de políticas y servicios: la administración debe instaurar procesos e instrumentos que permitan evaluar los servicios finalistas. buena regulación: en el ejercicio de su función normativa, la administración pública debe actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. ¿A qué entidades aplican las disposiciones de esta Ley?. la administración de la Generalitat. el sector público instrumental, en los términos del artículo 2.3 de la Ley 1/2015, de 06 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones. les Corts Valencianes, el Síndic de Greuges, la Sindicatura de Comptes, el Consell Valencià de Cultura, la Acadèmia Valenciana de la Llengua, el Comitè Econòmic i Social, el Consell Jurídic Consultiu y cualquier otra institución estatutaria análoga que se pueda crear en el futuro, en relación con su actividad administrativa y presupuestaria, y también la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción y cualesquiera otras entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o adscritas a estas. todas son correctas. ¿A qué entidades aplican las disposiciones de esta Ley? (señalar la falsa). entidades integrantes de la administración local de la Comunidad Valenciana y las entidades de su sector público vinculadas o dependientes. universidades públicas y privadas valencianas y las entidades de su sector público vinculadas o dependientes. corporaciones de derecho público y federaciones deportivas respecto de sus actividades sujetas a derecho administrativo. asociaciones constituidas por las administraciones públicas, organismos y entidades mencionadas en este artículo, así como cualquier otra. A efectos de esta ley, según el artículo 3.2, se considerarán administraciones públicas: administración de la Generalitat y sus organismos públicos vinculados o dependientes. entidades integrantes de la administración local de la Comunidad Valenciana. todas son correctas. universidades públicas valencianas y los consorcios constituidos íntegramente por administraciones públicas territoriales. Deben cumplir las obligaciones de publicidad activa los siguientes sujetos: partidos políticos, organizaciones sindicales y asociaciones sindicales que desarrollen su actividad en la Comunidad Valenciana. las entidades privadas que perciban ayudas en cuantía superior a 50.000 euros. todas son correctas. las entidades privadas que reciban ayudas o subvenciones que representen, al menos, el 40% de sus ingresos anuales, siempre que tengan, como mínimo, 5.000 euros. ¿De qué forma cumplirán las entidades sus obligaciones de publicidad, en el sentido de la Ley 19/2013?. mediante el tablón de anuncios. mediante inserción en el diario de mayor circulación de la provincia. mediante el portal web de la entidad o usando los medios electrónicos de la organización. todas son incorrectas. Las entidades recogidas en el apartado 1.b tendrán que publicar la información. desde que reciben el dinero. a partir del año siguiente a aquel en el que se hayan superado los umbrales. en el momento en que supere los umbrales. todas son correctas. ¿Durante cuánto tiempo tiene que estar pública la información de las entidades recogidas en el apartado 1.b?. cinco años. dos años. tres años. cuatro años. Las personas físicas o jurídicas que presten servicios públicos, que ejerzan funciones delegadas de control u otro tipo de funciones administrativas o lleven a cabo actividades cualificadas como servicios de interés económico general están obligadas a suministrar a los sujetos del artículo 3 a los que se encuentren vinculadas toda la información necesaria para el cumplimiento por aquellos de las obligaciones previstas en la ley. previo requerimiento. la aportarán discrecionalmente. según el sentido de la norma. depende de la política de la entidad en concreto. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares, o documento contractual equivalente, y las bases reguladoras de las convocatorias, los convenios y las resoluciones de concesión de ayudas y subvenciones deben recoger de forma expresa esta obligación, así como los medios para su cumplimiento y los mecanismos de control y seguimiento. Su no inclusión. implica la nulidad. implica la anulabilidad. obligará a incluirlo en el texto, con sanción de nulidad. no exime del cumplimiento. En caso de que, transcurrido el plazo, el requerimiento no hubiera sido atendido, ¿qué puede hacer la Administración?. requerir de nuevo a la empresa, hasta que aporte la documentación. podrán acordar la imposición de una multa de 100 a 1.000 euros, reiterada por períodos de 15 días hasta el cumplimiento. podrá acordar, previa advertencia y audiencia al interesado, la imposición de una multa de 100 a 1.000 euros, reiterada por períodos de 15 días hasta el cumplimiento. podrá resolver el contrato con el particular. En cualquier caso, el total de la multa no puede exceder del. 3% del importe del contrato, subvención o instrumento administrativo que habilite; si en este nada figurara, la multa no excederá de 3.000 euros. 5% del importe del contrato, subvención o instrumento administrativo que habilite; si en este nada figurara, la multa no excederá de 5.000 euros. 3% del importe del contrato, subvención o instrumento administrativo que habilite; si en este nada figurara, la multa no excederá de 5.000 euros. 5% del importe del contrato, subvención o instrumento administrativo que habilite; si en este nada figurara, la multa no excederá de 3.000 euros. Para determinar el importe es necesario tener en cuenta. la gravedad del incumplimiento y el principio de proporcionalidad. el principio de mayor onerosidad y la gravedad del incumplimiento. la lesión del interés general y el principio de legalidad. ninguna es incorrecta. En el ámbito de la administración de la Generalitat y su sector público instrumental, son altos cargos. las personas integrantes del Consell, de las Secretarías Autonómicas, las Subsecretarías y Direcciones Generales, así como órganos y centros directivos cuyo nombramiento es competencia del Consell. quienes ocupen cargos directivos como la presidencia, la Dirección General, la gerencia, cargo de consejero delegado y otros asimilables que ejerzan funciones ejecutivas de máximo nivel. cualquiera que haya suscrito un contrato laboral especial de alta dirección y las personas que tengan consideración de alto cargo, según las leyes. ninguna es incorrecta. En el ámbito de la Administración Local, son altos cargos. las integrantes de las Corporaciones Locales. titulares de los órganos superiores y directivos. personal directivo de su sector público vinculado o dependiente, según la normativa reguladora. todas son correctas. En el resto de entidades y de organismos incluidos en el artículo 3. quienes suscriban contratos de alta dirección. quienes así sean designados por su normativa. las personas que tienen la titularidad o forman parte de órganos de gobierno y quienes ejerzan cargos directivos, como la presidencia, las direcciones generales, las gerencias, los consejeros delegados y funciones ejecutivas asimilables en las entidades de su sector público vinculadas o dependientes. ninguna es correcta. |





