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LEY 11/2007, DE 26 DE OCTUBRE, DE BIBLIOTECAS DE EUSKADI

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Título del Test:
LEY 11/2007, DE 26 DE OCTUBRE, DE BIBLIOTECAS DE EUSKADI

Descripción:
No oficial

Fecha de Creación: 2026/10/06

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 80

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Temario:

¿Qué artículo del Estatuto de Autonomía del País Vasco atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de bibliotecas que no sean de titularidad estatal?. El artículo 10.20. El artículo 10.4. El artículo 149.1.18 de la Constitución. El artículo 26.1 de la Ley 7/1985.

Según la exposición de motivos, ¿qué ley atribuye a los municipios de más de 5.000 habitantes la obligación de prestar servicios de biblioteca pública?. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. La Ley 7/1990, de Patrimonio Cultural Vasco. La Ley 11/2007, de Bibliotecas de Euskadi. La Ley 16/1985, de Patrimonio Histórico Español.

¿Qué ley vasca anterior abordó, entre otras materias, la regulación del patrimonio bibliográfico y de las bibliotecas?. La Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco. La Ley 7/1985, de 2 de abril. La Ley 11/2007, de 26 de octubre. La Ley 10/2007, de la lectura, del libro y de las bibliotecas.

¿Qué sistema se creó con la Ley 7/1990 para sentar las bases de un sistema bibliotecario vasco propio?. El Sistema Nacional de Bibliotecas de Euskadi. La Red de Lectura Pública de Euskadi. El Sistema Bibliotecario Estatal Vasco. El Consejo Asesor de Bibliotecas.

¿Cuál es uno de los objetivos generales de la Ley 11/2007?. Garantizar el derecho de los ciudadanos a la lectura y al acceso a medios y contenidos informativos. Centralizar todas las bibliotecas municipales bajo el Gobierno Vasco. Sustituir las bibliotecas públicas por bibliotecas digitales. Limitar el acceso a los fondos patrimoniales.

La ley pretende desarrollar una política bibliotecaria compensadora con especial atención: A las personas y sectores sociales en situación de desventaja y a los distintos territorios y poblaciones. Exclusivamente a los investigadores universitarios. Exclusivamente a los municipios de más de 30.000 habitantes. Únicamente a las bibliotecas de titularidad pública.

Según la exposición de motivos, los servicios de las bibliotecas públicas deben promover principalmente: La igualdad de oportunidades de los ciudadanos. La especialización temática de las bibliotecas. La centralización de todos los servicios. La sustitución de la lectura por medios audiovisuales.

La ley concibe la biblioteca como un auténtico motor de: Educación, cultura e información. Administración, economía y justicia. Industria, comercio y turismo. Investigación científica exclusivamente.

El Sistema Bibliotecario de Euskadi se asienta, entre otros elementos, sobre: Una política de información, cooperación internacional, planeamiento bibliotecario y existencia de la Biblioteca de Euskadi. La centralización de todas las bibliotecas municipales. La gestión exclusiva de las bibliotecas estatales. La privatización de los servicios bibliotecarios.

¿Qué constituye el equipamiento básico e imprescindible para el desarrollo social y cultural en la sociedad de la información y el conocimiento?. La red de lectura pública. La Biblioteca de Euskadi exclusivamente. Las bibliotecas universitarias. El Consejo Asesor de Bibliotecas.

La red de lectura pública de Euskadi se configura también como: La unificación de las redes bibliotecarias dependientes de las distintas administraciones locales. La sustitución de las bibliotecas municipales. Una red exclusiva de bibliotecas estatales. Una red exclusiva de bibliotecas universitarias.

¿Cuántos títulos contiene la Ley 11/2007?. Nueve títulos. Ocho títulos. Diez títulos. Siete títulos.

¿Cuántos artículos contiene la Ley 11/2007?. 53 artículos. 50 artículos. 55 artículos. 45 artículos.

¿Cuántas disposiciones adicionales contiene la ley?. Cuatro. Tres. Dos. Cinco.

¿Cuántas disposiciones transitorias contiene?. 2. 3. 4. 1.

¿Cuántas disposiciones finales contiene la Ley 11/2007?. 3. 2. 4. 5.

¿Cuál es el objeto de la ley según el artículo 1?. Establecer las bases y estructuras fundamentales para la planificación, creación, organización, funcionamiento y coordinación del Sistema Bibliotecario de Euskadi. Regular exclusivamente las bibliotecas municipales. Regular únicamente el depósito legal estatal. Crear una red exclusiva de bibliotecas universitarias.

La Ley 11/2007 se aplica: A las bibliotecas públicas de competencia de la Comunidad Autónoma y a determinadas bibliotecas privadas, forales o estatales incorporadas voluntariamente. Exclusivamente a las bibliotecas de titularidad autonómica. Exclusivamente a las bibliotecas municipales. A todas las bibliotecas privadas sin excepción.

¿Qué finalidad tiene una biblioteca según el artículo 3?. Reunir y conservar documentos y facilitar su uso para información, investigación, educación u ocio. Custodiar exclusivamente libros impresos. Prestar únicamente servicios educativos. Servir exclusivamente a investigadores.

En función de su titularidad, las bibliotecas pueden ser: Públicas o privadas. Generales o especializadas. Municipales o universitarias. Estatales o autonómicas exclusivamente.

Una biblioteca de uso público general es aquella que: Está abierta al público en general y presta a toda la comunidad un servicio de lectura pública. Atiende exclusivamente a investigadores. Se limita a una institución determinada. Solo permite consultar fondos digitales.

Las bibliotecas especializadas tendrán la consideración de bibliotecas: De uso restringido, salvo que sus titulares voluntariamente no limiten el acceso. De uso público general en todo caso. Exclusivamente privadas. Estatales.

El principio de colaboración del artículo 4 implica que la Administración General de la Comunidad Autónoma colaborará: Con administraciones locales e instituciones bibliotecarias de diversos ámbitos. Solo con las diputaciones forales. Solo con las bibliotecas estatales. Exclusivamente con instituciones privadas.

La política de información de los servicios bibliotecarios debe orientarse a la convergencia de: Archivos, bibliotecas y museos. Bibliotecas y universidades únicamente. Museos y archivos exclusivamente. Bibliotecas públicas y privadas únicamente.

El Sistema Bibliotecario de Euskadi tiene como finalidad: Garantizar el mejor aprovechamiento de todos sus recursos bibliotecarios mediante coordinación y cooperación. Centralizar todas las bibliotecas bajo una única titularidad. Sustituir las redes locales. Gestionar exclusivamente el patrimonio digital.

¿A qué departamento corresponde desarrollar la planificación de los servicios bibliotecarios ofrecidos por el Sistema Bibliotecario de Euskadi?. Al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de cultura. Al Ministerio de Cultura. A los ayuntamientos. Al Consejo Asesor de Bibliotecas.

¿Cuál de los siguientes forma parte del Sistema Bibliotecario de Euskadi?. La red de lectura pública. Únicamente las bibliotecas municipales. Solo la Biblioteca de Euskadi. Exclusivamente las bibliotecas universitarias.

¿Cuál de los siguientes NO aparece como integrante del Sistema Bibliotecario de Euskadi?. Las bibliotecas privadas sin convenio o integración alguna. La Biblioteca de Euskadi. Las bibliotecas universitarias y de centros docentes públicos. El Consejo Asesor de Bibliotecas.

Los titulares o responsables de bibliotecas del Sistema deben proporcionar al Gobierno Vasco datos sobre: Personal, fondos, presupuestos, instalaciones, equipamientos, servicios y uso de estos. Únicamente fondos y usuarios. Solo presupuestos e instalaciones. Exclusivamente personal y equipamiento informático.

Para garantizar el acceso a la información bibliográfica de las bibliotecas integrantes del Sistema, el Gobierno Vasco creará: Un catálogo colectivo. Un catálogo exclusivamente digital de patrimonio. Un registro de usuarios único. Un inventario de bibliotecas privadas.

Los trabajos técnicos, catálogos y recursos técnicos de las bibliotecas del Sistema deberán ser: Bilingües. Exclusivamente en euskera. Exclusivamente en castellano. Multilingües obligatoriamente en tres lenguas.

Los servicios de consulta de las principales obras de referencia y el préstamo individual de libros y otros materiales serán: Gratuitos en todo caso. Gratuitos solo para menores. De pago para usuarios externos. Gratuitos únicamente en bibliotecas municipales.

La red de lectura pública de Euskadi es: El conjunto organizado de servicios de bibliotecas de uso público general. El conjunto de bibliotecas universitarias. La red de bibliotecas privadas. El conjunto de bibliotecas especializadas.

¿Cuál de las siguientes bibliotecas forma parte de la red de lectura pública. Las bibliotecas públicas municipales. Todas las bibliotecas privadas automáticamente. Exclusivamente las bibliotecas universitarias. Solo las bibliotecas forales.

Las bibliotecas de los centros públicos de enseñanza: Podrán formar parte de la red de lectura pública. Deben formar parte obligatoriamente de la red. No pueden formar parte de la red. Solo pueden integrarse si son universitarias.

El objetivo primordial de la red de lectura pública es proporcionar a los ciudadanos. Acceso a sus registros culturales y de información y al más amplio acceso posible a contenidos externos. Exclusivamente acceso a libros impresos. Acceso únicamente a publicaciones periódicas. Servicios exclusivamente educativos.

Las bibliotecas de la red deben disponer de: Fondos de carácter general y servicios de información cultural, educativa, recreativa y social, consulta y préstamo. Exclusivamente fondos especializados. Únicamente fondos digitales. Solo publicaciones periódicas.

Las bibliotecas de la red estarán abiertas: A todos los ciudadanos sin distinción de edad, raza, sexo, religión, nacionalidad o clase social. Solo a ciudadanos vascos. Solo a mayores de edad. Solo a residentes del municipio.

¿Qué servicios pueden implicar un coste singularizado?. Reprografía, préstamo interbibliotecario y acceso a bases de datos. Consulta en sala y préstamo individual. Lectura y consulta de obras de referencia. Acceso general a los registros culturales.

Las bibliotecas de la red deberán prestar servicios diferenciados: Para adultos y niños. Para usuarios nacionales y extranjeros exclusivamente. Para investigadores y bibliotecarios. Para usuarios presenciales y virtuales únicamente.

Respecto a la realidad sociolingüística, las bibliotecas de la red prestarán sus servicios: En euskera y castellano conforme a la legislación vigente. Solo en euskera. Solo en castellano. En inglés y euskera.

La ley exige especial atención a: Personas, grupos sociales y zonas geográficas en situación de desventaja. Únicamente investigadores. Exclusivamente personas mayores. Solo personas inmigrantes.

Para las personas con dificultades para la lectura, las bibliotecas ofrecerán, entre otros: Libros sonoros y otros documentos audiovisuales o materiales impresos adaptados. Exclusivamente libros electrónicos. Solo publicaciones en letra grande. Únicamente audiolibros.

Las personas impedidas para acudir a la biblioteca por enfermedad, discapacidad, edad o privación de libertad: Deberán disponer de medios que les permitan acceder a los fondos. Quedan excluidas de los servicios. Solo podrán acceder mediante autorización judicial. Solo podrán utilizar recursos electrónicos.

Los fondos de las bibliotecas de la red serán: De libre acceso y susceptibles de préstamo, salvo limitaciones justificadas por seguridad y conservación. Siempre de acceso restringido. Solo consultables en sala. Exclusivamente prestables a investigadores.

El desarrollo de la colección se basará en: El criterio profesional independiente del bibliotecario, al margen de influencias comerciales. Las decisiones de los proveedores comerciales. Las decisiones exclusivas de los usuarios. Las decisiones del Gobierno Vasco.

Las políticas de desarrollo de colecciones deberán: Revisarse constantemente y hacerse públicas. Mantenerse secretas. Revisarse cada diez años. Ser fijadas exclusivamente por los editores.

Las bibliotecas de la red cooperarán en: La adquisición y préstamo de las colecciones. La privatización de sus servicios. La eliminación de fondos duplicados exclusivamente. La gestión de bibliotecas universitarias.

Para facilitar el acceso a materiales que no formen parte de sus colecciones, las bibliotecas podrán utilizar: Préstamos interbibliotecarios y servicios de obtención de documentos. Únicamente compra directa. Solo donaciones. Exclusivamente servicios presenciales.

Respecto a las redes electrónicas, las bibliotecas deberán aprovechar especialmente: El potencial de Internet. Solo las redes internas. Exclusivamente las redes académicas. Únicamente las bases de datos comerciales.

Las bibliotecas ofrecerán puntos públicos de acceso electrónico: Con asistencia y orientación adecuadas. Sin ningún tipo de asistencia. Solo para investigadores. Exclusivamente mediante pago.

Las políticas de utilización de Internet deberán expresar: Los objetivos y métodos relacionados con la oferta de acceso público a la información disponible en la red. Únicamente las tarifas. Solo las restricciones técnicas. Exclusivamente los horarios.

Las bibliotecas deberán respetar los derechos de los usuarios relativos, entre otros, a: La confidencialidad y la intimidad. La propiedad de todos los fondos. La gratuidad absoluta de cualquier servicio. La exclusión de otros usuarios.

¿Cuál de los siguientes es un servicio básico según el artículo 17?. El acceso a Internet y a los servicios de información en línea. La restauración de fondos patrimoniales. La digitalización de todo el patrimonio. La investigación bibliotecaria.

¿Cuál de los siguientes NO figura entre los servicios básicos del artículo 17?. La restauración de documentos. La lectura y consulta en sala. El préstamo individual. Los programas de formación de usuarios.

Entre los derechos generales de los usuarios se encuentra: Disponer como mínimo de los servicios básicos de biblioteca e instalaciones y equipamientos bibliotecarios. Obtener gratuitamente cualquier servicio. Llevarse cualquier fondo patrimonial. Acceder sin restricciones a todos los depósitos.

Los usuarios tienen derecho a consultar materiales: En todo tipo de soporte, incluido el acceso telemático a redes de información. Solo en soporte impreso. Solo en soporte electrónico. Exclusivamente en la biblioteca de su municipio.

¿Cuál es una obligación de los usuarios?. Cuidar los materiales bibliotecarios, informativos y demás bienes a los que accedan. Participar en actividades culturales. Colaborar en la selección de fondos. Renovar obligatoriamente todos los préstamos.

Los usuarios deberán abonar. Aquellos servicios no gratuitos que se presten por la red. Todos los servicios bibliotecarios. El préstamo individual. La consulta en sala.

La integración de una biblioteca en la red de lectura pública se realiza, previa verificación de requisitos: Mediante orden del consejero o consejera competente en materia de cultura, publicada en el BOPV. Mediante decreto municipal. Mediante resolución del Consejo Asesor. Automáticamente por solicitud de la biblioteca.

Entre los efectos de la integración en la red se encuentra el acceso a: Formación permanente y reciclaje profesional del personal. Fondos patrimoniales estatales. Subvenciones automáticas e ilimitadas. La titularidad autonómica de la biblioteca.

¿Qué órgano coordina y gestiona el catálogo colectivo de la red de lectura pública?. El departamento del Gobierno Vasco competente en materia de cultura. Cada ayuntamiento individualmente. La Biblioteca de Euskadi exclusivamente. El Consejo Asesor de Bibliotecas.

El mapa de la red de lectura pública es un instrumento de: Planificación bibliotecaria estratégica y operativa. Control económico exclusivamente. Catalogación de fondos. Evaluación del personal.

El mapa de lectura pública será aprobado y actualizado por: El departamento competente en materia de cultura, previa consulta al Consejo Asesor de Bibliotecas. El Consejo Asesor sin intervención del Gobierno Vasco. Los ayuntamientos. Las diputaciones forales.

Los municipios de más de 30.000 habitantes dispondrán de: Bibliotecas centrales urbanas. Centros de apoyo a la lectura pública exclusivamente. Servicios móviles exclusivamente. Bibliotecas universitarias.

Los municipios de más de 5.000 habitantes dispondrán de: Bibliotecas locales. Bibliotecas centrales urbanas obligatoriamente. Bibliotecas universitarias. Centros de investigación bibliográfica.

El Gobierno Vasco velará para que los municipios de entre 3.000 y 5.000 habitantes: Dispongan de bibliotecas locales. Dispongan de bibliotecas centrales urbanas. Se incorporen obligatoriamente a una biblioteca universitaria. Carezcan de servicio bibliotecario.

Los servicios bibliotecarios móviles tienen como finalidad: Garantizar el acceso a la información y ofrecer lectura pública donde no exista un servicio estático. Sustituir todas las bibliotecas locales. Atender exclusivamente hospitales. Prestar servicios únicamente en municipios de más de 30.000 habitantes.

La Biblioteca de Euskadi es: La cabecera del Sistema Bibliotecario de Euskadi. Una biblioteca municipal de Vitoria-Gasteiz. Una biblioteca universitaria. Un órgano consultivo.

La Biblioteca de Euskadi se constituye como sede: Del patrimonio digital vasco. Del patrimonio exclusivamente impreso. De todas las bibliotecas universitarias. Del depósito legal estatal.

La Biblioteca de Euskadi es un organismo: Autónomo adscrito al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de cultura. Dependiente directamente de los ayuntamientos. Integrado en la Administración General del Estado. De carácter exclusivamente privado.

Entre las funciones de la biblioteca de euskadi se encuentra. Recoger, conservar y difundir las obras editadas o producidas en Euskadi y en el ambito lingüistico del euskera. Gestionar exclusivamente las bibliotecas municipales. Administrar las bibliotecas universitarias privadas. Elaborar únicamente estadistica bibliotecarias.

La biblioteca de euskadi es receptora. Del Deposito bibliografico de euskadi. Del deposito de bibliotecas universitarias. Solo el deposito legal estatal. Exclusivamente de donaciones.

La biblioteca de euskadi elaborara, gestionara y difundira. La bibliografia vasca, en colaboración con otras instituciones. Unicamente la bibliografia universitaria. Solo la bibliografia historica. Exclusivamente catalogos municipales.

La biblioteca de euskadi supervisara, validara y unificara. El catalogo de autoridades en solo listado. Todos los presupuestos municipales. Las sanciones bibliotecarias. Los horarios de las bibliotecas.

Las bibliotecas universitarias publicas prestan servicio. A universitarios e investigadores y, con autorización previa del centro, a particulares que lo soliciten. Exclusivamente a profesores. Solo a investigadores. A cualquier ciudadano sin posibilidad de restricción.

Las bibliotecas universitarias públicas se coordinan con el resto del sistema, a traves de la biblioteca de euskadi, en materia de: Catalogación, prestamo interbibliotecario y protección de fondos de valor historico o cultural relevante. Exclusivamente adquisición de fondos. Solo actividades culturales. Unicamente formacion de usuarios.

A efectos del deposito bibliografico de euskadi, se considera obra bibliografica. Toda obra presentada para su uso o difusión, en formato analogico o digital y en cualquier soporte presente o futuro. Solo la obra impresa en papel. Exclusivamente los libros. Solo las publicaciones periodicas.

¿Quienes son los sujetos obligados a constituir el deposito bibliografico de euskadi?. Los impresores en el caso de obras impresas y los productores para el resto de las obras. Los autores en todos los casos. Los distribuidores en todos los casos. Los editores exclusivamente.

¿Cual es el importe maximo de la multa prevista para la infracciones muy graves?. 60.000. 30.000. 50.000. 100.000.

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