📝 LEY 1407 DE 2010 – CÓDIGO PENAL MILITAR
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Título del Test:
![]() 📝 LEY 1407 DE 2010 – CÓDIGO PENAL MILITAR Descripción: EXNEIDER LOAIZA MUÑOZ |



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Un policial que mediante actitudes violentas impide que otro cumpla una orden legítima del servicio incurre en el delito de: Desobediencia. Ataque al superior. Insubordinación. Abuso de autoridad. ¿Cuál de las siguientes situaciones agrava el delito de insubordinación?. Que sea en tiempo de paz. Que se realice sin testigos. Que se cometa con armas o frente a tropas formadas. Que se realice fuera del servicio. La desobediencia se configura cuando el uniformado: Se niega verbalmente a cumplir órdenes. Incumple o modifica una orden legítima del superior. Amenaza a un superior. Ataca a un inferior. Cuando un uniformado huye o elude su responsabilidad en presencia del enemigo, afectando a la Fuerza Pública, incurre en: Deserción. Cobardía. Abandono del servicio. Comercio con el enemigo. l comandante que se rinde sin agotar los medios de defensa incurre en: Cobardía simple. Desobediencia. Cobardía en el ejercicio del mando. Abuso de autoridad. Imputar falsamente a otro uniformado una conducta punible relacionada con el servicio constituye: Injuria. Calumnia. Insubordinación. Amenaza. La acción penal por injuria o calumnia se inicia mediante querella que debe presentarse dentro de: Tres (3) meses. Seis (6) meses. Un (1) año. Dos (2) años. No habrá lugar a punibilidad en injuria o calumnia cuando: El responsable sea superior. Se trate de redes sociales. El autor se retracte antes de sentencia con consentimiento del ofendido. El hecho ocurra fuera del servicio. El oficial o suboficial que abandone los deberes del cargo por más de cinco (5) días consecutivos incurre en: Deserción. Abandono del puesto. Abandono del servicio. Insubordinación. El delito del centinela se configura cuando este, entre otras conductas: No porta correctamente el uniforme. Se duerme o se embriaga estando de servicio. Llega tarde al relevo. Desobedece órdenes administrativas. Destruir injustificadamente hospitales, templos o bienes de utilidad pública constituye el delito de: Saqueo. Contribuciones ilegales. Devastación. Requisición arbitraria. Obligar a ciudadanos a entregar bienes abusando del cargo configura el delito de: Saqueo. Exacción. Requisición legal. Peculado. Un uniformado que se apropia de bienes de dotación confiados para su función incurre en: Hurto. Abuso de autoridad. Peculado sobre bienes de dotación. Tráfico de influencias. Invocar influencias para obtener un ascenso a cambio de dinero constituye: Cohecho. Abuso de autoridad. Tráfico de influencias. Concusión. Revelar información clasificada como secreta o ultrasecreta configura el delito de: Falsa alarma. Revelación de secretos. Sabotaje. Insubordinación. Destruir bienes destinados a la defensa nacional para obstaculizar operaciones de la Fuerza Pública constituye: Daño en bien ajeno. Abuso de autoridad. Sabotaje. Insubordinación. |




