option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

LEY 19/ 2013 TRANSPARENCIA

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
LEY 19/ 2013 TRANSPARENCIA

Descripción:
Título I Transparencia de la actividad pública

Fecha de Creación: 2026/03/22

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 103

Valoración:(1)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

De acuerdo con el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: La protección del patrimonio histórico. La igualdad de género. La protección del medio ambiente. La protección de la salud.

La resolución de peticiones de acceso a expedientes llevadas a cabo en el marco de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno se habrá de realizar, desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, en el plazo de: Quince días. Un mes. Dos meses. Tres meses.

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, Ley 19/2013) establece respecto de la publicidad activa que las Administraciones Públicas, deberán hacer pública, como mínimo, la siguiente información (señale la opción INCORRECTA). Todos los contratos celebrados, a excepción de los menores, con indicación del objeto, duración, el importe de la licitación y de adjudicación. Las indemnizaciones percibidas por altos cargos con ocasión del abandono del cargo. Las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos. La información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos que sean de su competencia.

La Ley 19/2013 determina que el Portal de la Transparencia contendrá información publicada de acuerdo con las prescripciones técnicas que se establezcan reglamentariamente y que deberán adecuarse a los siguientes principios: Accesibilidad, interoperabilidad y datos abiertos. Transparencia, universalidad y accesibilidad. Interoperabilidad, accesibilidad y reutilización. Transparencia, universalidad y datos abiertos.

Señale la opción CORRECTA respecto del ejercicio de acceso derecho a la información pública regulado en la Ley 19/2013: El solicitante deberá motivar su solicitud de acceso a la información. La ausencia de motivación será causa de rechazo de la solicitud. Si la información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente identificados, se les concederá un plazo de diez días para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas. El acceso a la información se realizará preferentemente por vía electrónica, salvo cuando no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro medio.

La reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno establecida en la Ley 19/2013: Tiene carácter preceptivo y previo a la impugnación en vía contencioso-administrativa. Tiene carácter potestativo y previo a la impugnación en vía contencioso-administrativa. Tiene la consideración de alternativa complementaria a los recursos administrativos regulados en la Ley 39/2015. En caso de optar por esta modalidad, el interesado no podrá hacer uso de los recursos administrativos regulados en la Ley 39/2015.

Según se señala textualmente en el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: Los intereses monetarios y mercantiles. La seguridad privada. El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial. La protección de la salud pública.

Según el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las reclamaciones ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Será de un mes, transcurrido el cual la reclamación se entenderá desestimada. Será de un mes, transcurrido el cual la reclamación se entenderá estimada. Será de tres meses, transcurridos los cuales la reclamación se entenderá estimada. Será de tres meses, transcurridos los cuales la reclamación se entenderá desestimada.

Según la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso administrativa. Al respecto de lo anterior, indique la respuesta correcta: La reclamación se impondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se impondrá en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se impondrá en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se impondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada.

Según el artículo 17.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, con respecto a la solicitud de acceso a la información, indique la respuesta correcta: El solicitante deberá exponer siempre los motivos por los que solicita la información. Los motivos de la solicitud constatarán obligatoriamente en la resolución que se dicte. La ausencia de motivación no será por si sola causa de rechazo de la solicitud. El solicitante está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información.

Señale la respuesta INCORRECTA, según el artículo 17.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. La solicitud podrá presentarse por cualquier medio que permita tener constancia de: El teléfono de contacto y la dirección de correo. La identidad del solicitante. En su caso, la modalidad que se prefiera para acceder a la información solicitada. La información que solicita.

La reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno establecida en la Ley 19/ 2013: Tiene carácter preceptivo y previo a la impugnación en vía contencioso-administrativa. Tiene carácter potestativo y previo a la impugnación en vía contencioso-administrativa. Tiene la consideración de alternativa complementaria a los recursos administrativos regulados en la Ley 39/ 2015. En caso de optar por esta modalidad, el interesado no podrá hacer uso de los recursos administrativos regulados en la Ley 39/2015.

Según el artículo 20 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la resolución en la que se concede o deniegue el acceso a la información pública deberá notificarse en el plazo máximo de: Tres meses desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, sin posibilidad de ampliación. Un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, que podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario, previa notificación al solicitante. Un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, que podrá ampliarse por un máximo de quince días en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario, previa notificación al solicitante. Dos meses desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, sin posibilidad de ampliación.

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, publicarán la siguiente información de relevancia jurídica: Los documentos que, conforme a la legislación sectorial vigente, deban ser sometidos a un periodo de información pública durante su tramitación. Las cuentas anuales que deban rendirse. Los proyectos de Decreto Ley. Las retribuciones percibidas por todos los órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado.

Señale la respuesta correcta de acuerdo con el ejercicio del derecho a la información pública según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Cuando la solicitud no identifique de forma suficiente la información y se pida a la persona solicitante que la complete, podrá suspenderse el plazo para dictar resolución. Cuando la solicitud no identifique de forma suficiente la información y se requerirá a la persona solicitante que la complete, implicará la suspensión del plazo para dictar resolución. Si ha existido oposición de tercero, el acceso sólo tendrá lugar cuando, habiéndose concedido dicho acceso, haya formalizado o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información. Si ha existido oposición de tercero, el acceso sólo tendrá lugar cuando, habiéndose concedido dicho acceso, haya transcurrido el plazo para interponer reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno sin que se haya formalizado o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información.

De acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información Pública y buen gobierno, frente a una resolución que deniegue el acceso a la información pública: Deberá interponerse un recurso de alzada ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, antes de su impugnación en vía contencioso administrativa. No es recurrible en ningún caso. Podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso administrativa. La reclamación podrá interponerse ante el Ministerio de la Presidencia.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso a la información pública podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: El Gobierno. Las Administraciones Públicas. La protección del medio ambiente.

De conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de su Título I deberán hacer pública, como mínimo la información referente a: La relación de los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas. Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe y sin que sea necesario indicar su objetivo o finalidad y beneficiarios. Las cuentas semestrales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan. Todas las anteriores son correctas.

Señale la opción INCORRECTA. “Según el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para”: La seguridad nacional, los intereses económicos y comerciales o el secreto profesional, entre otros. Las relaciones exteriores, la seguridad pública o la prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios, entre otros. La protección del medio ambiente, la política económica y monetaria o la defensa, entre otros. La educación de los ciudadanos.

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno crea, en materia de impugnaciones, una reclamación frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso. Dicha reclamación: Se tendrá que interponer con carácter preceptivo antes de impugnar la resolución en vía contencioso administrativa. Se interpondrá en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. Se tendrá que resolver y notificar en el plazo máximo de un mes, transcurrido el cual la reclamación se entenderá desestimada. Se interpondrá ante el Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno.

El Capítulo I del Título de la Ley 19/ 2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en su artículo 2 dispone que las disposiciones de este título se aplicarán a: La Administración General del Estado. Las Administraciones Periféricas de las Comunidades Autónomas. La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla y las entidades que integran la Administración Local. Las Universidades Públicas.

Según el art. 3 de la Ley 19/2003 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en adelante LTAIPBG, ¿a qué organismos NO se les aplica el Capítulo II del Título I de esta Ley relativo a la publicidad activa?. A los partidos políticos. A las confesiones religiosas. A las organizaciones sindicales. A las organizaciones empresariales.

Según el art 14 de la LTAIPBG, el derecho de acceso NO podrá ser limitado cuando suponga un perjuicio para: La seguridad nacional. La seguridad pública. El secreto profesional. La protección del patrimonio histórico.

Según el artículo 20 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública deberá notificarse en el plazo máximo de: Tres meses desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, sin posibilidad de ampliación. Un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, que podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario, previa notificación al solicitante. Un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, que podrá ampliarse por un máximo de quince días en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario, previa notificación al solicitante. Dos meses desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, sin posibilidad de ampliación.

Según el artículo 9 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el cumplimiento por la Administración General del Estado de las obligaciones contenidas en el capítulo II “Publicidad Activa” de su Título I “Transparencia de la actividad pública” será objeto de control por parte: De la Oficina de Conflicto de intereses. De la Oficina para la ejecución de la reforma de la Administración (OPERA). Del Consejo de Transparencia de información pública. Del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante Ley 19/2013), el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para una de las siguientes materias. Señala la respuesta correcta: Las relaciones interiores. La seguridad jurídica. La política comercial agrícola. Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control.

Según la Ley 19/2013, ¿Cuál de las siguientes es una causa de inadmisión de una solicitud de acceso a la información?. Que la solicitud de información no esté debidamente motivada. Que se refieran a información que está en curso de elaboración o de publicación general. Cualquier solicitud que se dirija a un órgano incompetente por razón de la materia o del territorio. Las relativas a información para cuya divulgación no sea necesaria una acción previa de reelaboración.

Indique la respuesta correcta sobre los límites al derecho de acceso a la información pública del artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: La aplicación de este artículo supone una exclusión automática del derecho a la información. La resolución que deniegue el acceso, en aplicación de este artículo, no deberá ser motivada ni justificada. La resolución denegatoria, total o parcial, que se dicte será objeto de publicidad, una vez haya sido notificada, previa disociación de los datos de carácter personal. No es posible la información parcial si hay una limitación de este artículo.

Señale la aseveración incorrecta en virtud de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Las administraciones públicas publicarán los planes y programas anuales y plurianuales en los que se fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución. Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación del título 1,que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. El derecho de acceso podrá ser limitado, entre otras causas, cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la protección del medio ambiente. El Portal de Transparencia incluirá la información de la Administración cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia.

De acuerdo con el artículo 18 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se inadmitirán a trámite, mediante resolución motivada, las solicitudes: Relativas a información para cuya divulgación nunca será necesaria una acción previa de reclamación. Que se refieran a la información que esté en curso de elaboración o publicación general. Dirigidas a un órgano en cuyo poder obre la información cuando se desconozca el competente. Que sean repetitivas o tengan un carácter abusivo justificado.

El artículo 17.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la solicitud de acceso a la información podrá presentarse por cualquier medio que permita tener constancia de: La información que se solicita. Una dirección de contacto, preferentemente postal, a efectos de resoluciones. La identidad del órgano receptor. Una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de resoluciones.

Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, frente a toda resolución expresa o pregunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso administrativa. Al respecto de lo anterior, indique la respuesta correcta: La reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se interpondrá en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se interpondrá en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada.

Según el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso, a la información pública y buen gobierno ¿en que casos el derecho de acceso podrá ser limitado?. Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para los intereses individuales. Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la protección del medio rural. Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para las políticas sociales sobre materia de igualdad. Cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la seguridad pública.

En relación con el ejercicio del derecho de acceso a la información, según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la solicitud de acceso a la información podrá presentarse por cualquier medio que permita tener constancia de: El estado civil del solicitante, en todo caso. De modo obligado, los motivos de la solicitud de acceso. Una dirección de contacto, nunca electrónica, a efectos de comunicaciones. Una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones.

Según el artículo 9 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el cumplimiento por la Administración General del Estado de las obligaciones contenidas en el capítulo II “Publicidad Activa” de un Título I “Transparencia de la actividad pública” será objeto de control por parte: De la Oficina del Conflicto de intereses. De la Oficina para la ejecución de la reforma de la Administración (OPERA). Del Consejo de Transparencia de información pública. Del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Según la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la resolución en la que se conceda o deniegue el acceso a la información pública deberá notificarse al solicitante y a los terceros afectados que así lo hayan solicitado en el plazo máximo de: Tres meses desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver. 20 días desde la recepción de la solicitud por el órgano que la recibe. Un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver. Un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano que la recibe.

De acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante Ley 19/2013), a los efectos de aplicación a sus responsables del régimen disciplinario previsto en la correspondiente normativa reguladora, el incumplimiento reiterado de las obligaciones de publicidad activa tendrá la consideración de: Infracción muy grave. Infracción grave. Infracción leve. Falta.

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en el Capítulo II y en concreto en su artículo 5 indica que: Las obligaciones de transparencia contenidas en este Capítulo se entienden sin perjuicio de la aplicación de la normativa autonómica correspondiente, o de otras disposiciones específicas que prevean un régimen más amplio en materia de publicidad. No serán de aplicación, en su caso, los límites de derecho de acceso a la información Pública. La información sujeta a las obligaciones de transparencia no será necesario publicarlas en ningún medio de comunicación. Cuando se trate de entidades sin ánimo de lucro que persigan fines de interés social o cultural y cuyo presupuesto sea superior a 60.000 euros el cumplimiento de la Ley no podrá realizarse por medios electrónicos.

El derecho de acceso a la información pública, de acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Es un derecho limitado. Podrá ser limitado cuando afecte a la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores, la seguridad pública entre otros. No se realizará preferentemente por vía electrónica. En ningún caso dará lugar a la exigencia de pago de tasas o precios públicos por las copias solicitadas.

La resolución de un procedimiento de solicitud de acceso a información pública, según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, deberá motivarse: Si permite el acceso cuando haya habido oposición de un tercero. Si deniega el acceso. Si concede el acceso parcial. Todas son correctas.

De acuerdo con el artículo 24 de la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución de una reclamación será: De seis meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. De tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. De tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá estimada. De dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada.

Según el art. 11 de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, los principios técnicos a los que deberá adecuarse la información publicada en el Portal de la Transparencia serán: Accesibilidad. Interoperabilidad. Reutilización. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Según el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y gobierno, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las reclamaciones ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Será de un mes, transcurrido el cual la reclamación se entenderá desestimada. Será de un mes, transcurrido el cual la reclamación se entenderá estimada. Será de tres meses, transcurridos los cuales la reclamación se entenderá estimada. Será de tres meses, transcurridos los cuales la reclamación se entenderá desestimada.

Señale la respuesta correcta en relación con el acceso a la información sujeta a publicidad activa en los términos previstos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante Ley 19/2013). Está sometido al pago de una tasa. Toda la información será de acceso gratuito. Está sometido al pago de un precio público. toda la información será el acceso gratuito cuando así lo disponga la Administración pública correspondiente.

Señale la respuesta correcta de conformidad con la Ley 19/2013 sobre el procedimiento de acceso a la información: El solicitante no está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información. El solicitante debe motivar necesariamente su solicitud en el interés público. La ausencia de motivación es, por si sola, causa de inadmisión de la solicitud. El solicitante debe motivar necesariamente su solicitud en el interés general.

¿De qué plazo dispone la Administración para notificar la Resolución sobre una solicitud de acceso a la información, de acuerdo con lo establecido en la Ley 19/ 2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno?: Un mes. Dos meses. Tres meses. Quince días.

De conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de su Título I deberán hacer pública, como mínimo la información referente a: La relación de los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas. Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe y sin que sea necesario indicar su objeto o finalidad y beneficiarios. Las cuentas semestrales que deban realizarse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan. Todas las anteriores son correctas.

En relación con el ejercicio del derecho de acceso a la información, según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la solicitud de acceso a la información podrá presentarse por cualquier medio que permita tener constancia de: El estado civil del solicitante, en todo caso. De modo obligado, los motivos de la solicitud de acceso. Una dirección de contacto, nunca electrónica, a efectos de comunicaciones. Una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso a la información pública podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: El Gobierno. Las Administraciones Públicas. La protección del medio ambiente.

¿Cuál de las siguientes no es causa de inadmisión a trámite de las solicitudes de acceso a la información de acuerdo con la enumeración contenida en el artículo 18 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre?. Que las solicitudes estén dirigidas a un órgano en cuyo poder no obre la información cuando se desconozca el competente. Que las solicitudes se refieran a información que esté en curso de elaboración o de publicación general. La ausencia de motivación de las solicitudes. Que se refieran a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración.

De acuerdo con el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: La protección del patrimonio histórico. La igualdad de género. La protección del medio ambiente. La protección de la salud.

Señale la respuesta correcta de acuerdo con el ejercicio del derecho a la información pública, según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Cuando la solicitud no identifique de forma suficiente la información y se pide a la persona solicitante que la complete, podrá suspenderse el plazo para dictar resolución. Cuando la solicitud no identifique de forma suficiente la información y se requiere a la persona solicitante que la complete, implicará la suspensión del plazo para dictar resolución. Si ha existido oposición de tercero, el acceso sólo tendrá lugar cuando, habiéndose concedido dicho acceso, haya transcurrido el plazo para interponer recurso de alzada sin que se haya formalizado o haya sido resuelto confirmado el derecho a recibir información. Si ha existido oposición de tercero, el acceso sólo tendrá lugar cuando, habiéndose concedido dicho acceso, haya transcurrido el plazo para interponer reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno sin que se haya formalizado o haya sido resuelto confirmado el derecho a recibir información.

Según el artículo 6 de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación del Título I publicaran información relativa a las funciones que desarrollan. Las Administraciones Públicas, no publicarán los planes y programas anuales. La información no se incluirá en un organigrama que identifique a los responsables de los diferentes órganos. La evaluación del cumplimiento corresponde a las Administraciones locales de cada municipio.

El artículo 8 de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno indica que: Las Administraciones Públicas publicarán la relación de bienes inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que tengan un derecho real. Los actos de gestión con repercusión económica no se harán públicos en ninguna de las administraciones. En ningún caso se harán públicas las subvenciones y ayudas. Los sujetos mencionados en el artículo 3 no deberán publicar la información.

¿Ante qué órgano podrá interponerse, con carácter potestativo, reclamación frente a una resolución expresa o presunta en materia de acceso, de acuerdo con el artículo 24 de la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno?. Ante el órgano que dictó la resolución. Ante la jurisdicción contencioso-administrativo. Ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Ante el órgano que dictó la Resolución y, posteriormente, ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

El artículo 22 de la ley 19/2013 establece que: El acceso a la información se realizará preferentemente por vía electrónica, salvo cuando no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro medio. Si la información ya ha sido publicada, no será necesario dictar resolución. El acceso a la información será gratuito, incluida la expedición de copias o la transposición de la información a un formato diferente al original. Cuando no pueda darse el acceso en el momento de la notificación de la resolución deberá otorgarse, en cualquier caso, en un plazo no superior a quince días.

Señale la opción INCORRECTA . “Según el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para”: La seguridad nacional, los intereses económicos y comerciales o el secreto profesional, entre otros. Las relaciones exteriores, la seguridad pública o la prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios, entre otros. La protección del medio ambiente, la política económica y monetaria o la defensa, entre otros. La educación de los ciudadanos.

Según el art. 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de trasparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, relativo a la información de relevancia jurídica: Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, publicarán los proyectos de Reglamento cuya iniciativa les corresponda. Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, no publicarán los proyectos de Reglamento cuya iniciativa les corresponda. Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, no podrán publicar los anteproyectos de Ley hasta su aprobación. Las Administraciones Públicas, no podrán publicar los proyectos de Decretos Legislativos cuando se soliciten los dictámenes de los órganos consultivos.

Según lo previsto en el artículo 18 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se inadmitirán a trámite, mediante resolución motivado, las solicitudes de acceso a la información: Relativas a los intereses económicos y turísticos. Relativas a la garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión. Relativas a la información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración. Relativas a infraestructuras críticas.

Según el art.13 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, ¿Qué se entiende por los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones?. Publicidad activa. Información Pública. Transparencia activa. Información institucional.

Según lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las solicitudes que se refieran a información de publicación general: Se remitirán al lugar o lugares de dicha publicación. Se inadmitirán a trámite. Se desestimarán. Se archivarán.

La Ley 19/2013, 9 de diciembre, establece que el órgano encargado de controlar las obligaciones de publicidad activa es: La oficina de conflictos de intereses. El Ministerio de la Presidencia, respecto de las obligaciones de la Administración General del Estado. El Consejo de Trasparencia y buen gobierno respecto de las obligaciones de la Administración General del Estado y de comunidades Autónomas. El Consejo de Trasparencia y Buen Gobierno, respecto de las obligaciones de la Administración General del Estado.

Según el artículo 18 de la Ley 19/2013, en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública se inadmitirán a trámite, mediante resolución motivada, las solicitudes: Que tengan un carácter abusivo justificado con la finalidad de transparencia de esta Ley. Relativas a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración. Cuando el solicitante no motive su solicitud de acceso a la información. Cuando la solicitud no contengan a efectos de notificaciones una dirección de contacto electrónica.

De acuerdo con la ley 19/2013 de transparencia, cuando no pueda darse acceso a la información solicitada en el momento de la notificación de la resolución deberá otorgarse, en cualquier caso, en un plazo no superior a: Cinco días. Diez días. Quince días. Un mes.

El art. 22 de la ley 19/2013 establece que: El acceso a la información se realizará preferentemente por vía electrónica, salvo cuando no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro medio. Si la información ya ha sido publicada no será necesario dictar resolución. El acceso a la información será gratuito, incluida la expedición de copias o la transposición de la información a un formato diferente al original. Cuando no pueda darse acceso en el momento de la notificación de la resolución deberá otorgarse, en cualquier caso, en un plazo no superior a quince días.

Según el art. 3 de la ley 19/2013 las disposiciones del capitulo II de este título serán también aplicables a (SEÑALE LA INCORRECTA): Los partidos políticos. Las organizaciones sindicales. Las organizaciones benéficas. Las organizaciones empresariales.

Las disposiciones del Título I, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencias, acceso a la información pública y buen gobierno, según el artículo 2.1 de esta norma, se aplicarán: A las Corporaciones de Derecho Público, en lo relativo a sus actividades tanto públicas como privadas. A las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social, así como a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales colaboradores de la Seguridad Social. A las fundaciones del sector público y privado previstas en la legislación en materia de fundaciones. Todas las anteriores son correctas.

Según el artículo 2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, Ley 19/2013), las disposiciones del Título I: Transparencia de la actividad pública, se aplicarán a: Las entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, vinculadas o cualquiera de las Administraciones Públicas o dependientes de ellas, incluidas las Universidades públicas y privadas. Las corporaciones de Derecho Privado, en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo. Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales colaboradoras de la Seguridad Social. Ninguna de las anteriores.

Señale la respuesta INCORRECTA. Según el artículo 14 de la Ley 19/2013, el derecho de acceso a la información pública podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: La política económica y social. La seguridad pública. Las relaciones exteriores. La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.

¿Qué capítulo de la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante LTAIBG), se denomina “Publicidad activa”?. El Capítulo I del Título II. El Capítulo II del Título I. El Capítulo III del Título I. El Capítulo II del Título II.

Según el artículo 24 de la LTAIBG, frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso a la información pública podrá interponerse una reclamación ante el consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Las resoluciones que dicte en aplicación de este artículo: Se comunicarán por el presidente de dicho Consejo al Defensor del Pueblo. Se comunicarán por el presidente de dicho Consejo al Congreso. Se comunicarán por el presidente de dicho Consejo a las Cortes Generales. Se comunicarán por el presidente de dicho Consejo al Gobierno.

Según el artículo 8 de la LTAIBG, la publicación de la información relativa a los contratos menores de las Administraciones Públicas: Se realizará mensualmente. Se podrá realizar trimestralmente. Se podrá realizar anualmente. Se realizará con la misma periodicidad que el resto de los contratos.

De acuerdo con el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: La protección del patrimonio histórico. La protección del medio ambiente. La igualdad de género. La protección de la salud.

La resolución de peticiones de acceso a expedientes llevadas a cabo en el marco de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno se habrá de realizar, desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, en el plazo de: Quince días. Un mes. Dos meses. Tres meses.

Señale la opción CORRECTA respecto del ejercicio de acceso derecho a la información pública regulado en la Ley 19/2013: El solicitante deberá motivar su solicitud de acceso a la información. La ausencia de motivación será causa de rechazo de la solicitud. Si la información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente identificados, se les concederá un plazo de diez días para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas. El acceso a la información se realizará preferentemente por vía electrónica, salvo cuando no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro medio.

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, Ley 19/2013) establece respecto de la publicidad activa que las Administraciones Públicas, deberán hacer pública, como mínimo, la siguiente información (señale la opción INCORRECTA). Todos los contratos celebrados, a excepción de los menores, con indicación del objeto, duración, el importe de la licitación y de adjudicación. Las indemnizaciones percibidas por altos cargos con ocasión del abandono del cargo. Las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos. La información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos que sean de su competencia.

Según la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso administrativa. Al respecto de lo anterior, indique la respuesta correcta: La reclamación se impondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se impondrá en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se impondrá en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se impondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada.

La resolución de peticiones de acceso a expedientes llevadas a cabo en el marco de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno se habrá de realizar, desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, en el plazo de: Quince días. Un mes. Dos meses. Tres meses.

De acuerdo con el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: La protección del patrimonio histórico. La igualdad de género. La protección del medio ambiente. La protección de la salud.

La Ley 19/2013 determina que el Portal de la Transparencia contendrá información publicada de acuerdo con las prescripciones técnicas que se establezcan reglamentariamente y que deberán adecuarse a los siguientes principios: Accesibilidad, interoperabilidad y datos abiertos. Transparencia, universalidad y accesibilidad. Interoperabilidad, accesibilidad y reutilización. Transparencia, universalidad y datos abiertos.

Señale la opción CORRECTA respecto del ejercicio de acceso derecho a la información pública regulado en la Ley 19/2013: El solicitante deberá motivar su solicitud de acceso a la información. La ausencia de motivación será causa de rechazo de la solicitud. Si la información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente identificados, se les concederá un plazo de diez días para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas. El acceso a la información se realizará preferentemente por vía electrónica, salvo cuando no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro medio.

Según la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contenciosoadministrativa. Al respecto de lo anterior, indique la respuesta correcta: La reclamación se impondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se impondrá en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se impondrá en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se impondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada.

Según el artículo 17.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, con respecto a la solicitud de acceso a la información, indique la respuesta correcta: El solicitante deberá exponer siempre los motivos por los que solicita la información. Los motivos de la solicitud constarán obligatoriamente en la resolución que se dicte. La ausencia de motivación no será por si sola causa de rechazo de la solicitud. El solicitante está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información.

Señale la respuesta incorrecta, según el artículo 17.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. La solicitud podrá presentarse por cualquier medio que permita tener constancia de: El teléfono de contacto y la dirección de correo. La identidad del solicitante. En su caso, la modalidad que se prefiera para acceder a la información solicitada. La información que solicita.

La reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno establecida en la Ley 19/ 2013: Tiene carácter preceptivo y previo a la impugnación en vía contencioso-administrativa. Tiene carácter potestativo y previo a la impugnación en vía contencioso-administrativa. Tiene la consideración de alternativa complementaria a los recursos administrativos regulados en la Ley 39/ 2015. En caso de optar por esta modalidad, el interesado no podrá hacer uso de los recursos administrativos regulados en la Ley 39/2015.

Según el artículo 20 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la resolución en la que se concede o deniegue el acceso a la información pública deberá notificarse en el plazo máximo de: Tres meses desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, sin posibilidad de ampliación. Un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, que podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario, previa notificación al solicitante. Un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, que podrá ampliarse por un máximo de quince días en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario, previa notificación al solicitante. Dos meses desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, sin posibilidad de ampliación.

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, publicarán la siguiente información de relevancia jurídica: Los documentos que, conforme a la legislación sectorial vigente, deban ser sometidos a un periodo de información pública durante su tramitación. Las cuentas anuales que deban rendirse. Los proyectos de Decreto Ley. Las retribuciones percibidas por todos los órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado.

Señale la respuesta correcta de acuerdo con el ejercicio del derecho a la información pública según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Cuando la solicitud no identifique de forma suficiente la información y se pida a la persona solicitante que la complete, podrá suspenderse el plazo para dictar resolución. Cuando la solicitud no identifique de forma suficiente la información y se requiera a la persona solicitante que la complete, implicará la suspensión del plazo para dictar resolución. Si ha existido oposición de tercero, el acceso sólo tendrá lugar cuando, habiéndose concedido dicho acceso, haya formalizado o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información. Si ha existido oposición de tercero, el acceso sólo tendrá lugar cuando, habiéndose concedido dicho acceso, haya transcurrido el plazo para interponer reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno sin que se haya formalizado o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información.

De acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información Pública y buen gobierno, frente a una resolución que deniegue el acceso a la información pública: Deberá interponerse un recurso de alzada ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, antes de su impugnación en vía contencioso administrativa. No es recurrible en ningún caso. Podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso administrativa. La reclamación podrá interponerse ante el Ministerio de la Presidencia.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso a la información pública podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: El Gobierno. Las Administraciones Públicas. La protección del medio ambiente.

De conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de su Título I deberán hacer pública, como mínimo la información referente a: La relación de los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas. Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe y sin que sea necesario indicar su objetivo o finalidad y beneficiarios. Las cuentas semestrales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan. Todas las anteriores son correctas.

Señale la opción incorrecta. “Según el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para”: La seguridad nacional, los intereses económicos y comerciales o el secreto profesional, entre otros. Las relaciones exteriores, la seguridad pública o la prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios, entre otros. La protección del medio ambiente, la política económica y monetaria o la defensa, entre otros. La educación de los ciudadanos.

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno crea, en materia de impugnaciones, una reclamación frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso. Dicha reclamación: Se tendrá que interponer con carácter preceptivo antes de impugnar la resolución en vía contencioso administrativa. Se interpondrá en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. Se tendrá que resolver y notificar en el plazo máximo de un mes, transcurrido el cual la reclamación se entenderá desestimada. Se interpondrá ante el Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno.

El Capítulo I del Título de la Ley 19/ 2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en su artículo 2 dispone que las disposiciones de este título se aplicarán a: La Administración General del Estado. Las Administraciones Periféricas de las Comunidades Autónomas. La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla y las entidades que integran la Administración Local. Las Universidades Públicas.

Según el art 14 de la LTAIPBG, el derecho de acceso NO podrá ser limitado cuando suponga un perjuicio para: La seguridad nacional. La seguridad pública. El secreto profesional. La protección del patrimonio histórico.

Según la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa. Al respecto de lo anterior, indique la respuesta correcta: La reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se interpondrá en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se interpondrá en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. La reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada.

Según el artículo 9 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el cumplimiento por la Administración General del Estado de las obligaciones contenidas en el capítulo II “Publicidad Activa” de su Título I “Transparencia de la actividad pública” será objeto de control por parte: De la Oficina de Conflicto de intereses. De la Oficina para la ejecución de la reforma de la Administración (OPERA). Del Consejo de Transparencia de información pública. Del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante Ley 19/2013), el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para una de las siguientes materias. Señala la respuesta correcta: Las relaciones interiores. La seguridad jurídica. La política comercial agrícola. Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control.

Según la Ley 19/2013, ¿Cuál de las siguientes es una causa de inadmisión de una solicitud de acceso a la información?. Que la solicitud de información no esté debidamente motivada. Que se refieran a información que está en curso de elaboración o de publicación general. Cualquier solicitud que se dirija a un órgano incompetente por razón de la materia o del territorio. Las relativas a información para cuya divulgación no sea necesaria una acción previa de reelaboración.

Indique la respuesta correcta sobre los límites al derecho de acceso a la información pública del artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: La aplicación de este artículo supone una exclusión automática del derecho a la información. La resolución que deniegue el acceso, en aplicación de este artículo, no deberá ser motivada ni justificada. La resolución denegatoria, total o parcial, que se dicte será objeto de publicidad, una vez haya sido notificada, previa disociación de los datos de carácter personal. No es posible la información parcial si hay una limitación de este artículo.

De acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante Ley 19/2013), a los efectos de aplicación a sus responsables del régimen disciplinario previsto en la correspondiente normativa reguladora, el incumplimiento reiterado de las obligaciones de publicidad activa tendrá la consideración de: Infracción muy grave. Infracción grave. Infracción leve. Falta.

El derecho de acceso a la información pública, de acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Es un derecho ilimitado. Podrá ser limitado cuando afecte a la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores, la seguridad pública entre otros. No se realizará preferentemente por vía electrónica. En ningún caso dará lugar a la exigencia de pago de tasas o precios públicos por las copias solicitadas.

La resolución de un procedimiento de solicitud de acceso a información pública, según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, deberá motivarse: Si permite el acceso cuando haya habido oposición de un tercero. Si deniega el acceso. Si concede el acceso parcial. Todas son correctas.

Denunciar Test