LEY 19/2017, RVI
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Título del Test:![]() LEY 19/2017, RVI Descripción: Tema 17 AYTO VALÈNCIA |




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1.- Según la Ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de Renta Valenciana de Inclusión, se define RVI como. es un derecho subjetivo que se concreta a través de una prestación económica y/o una prestación profesional para realizar un proceso de inclusión social dirigidas a cubrir las necesidades básicas que garanticen la calidad de vida combatiendo la exclusión y la vulnerabilidad social. es un derecho objetivo que se concreta a través de una prestación económica y/o una prestación profesional para realizar un proceso de inclusión social dirigidas a cubrir las necesidades básicas que garanticen la calidad de vida combatiendo la exclusión y la vulnerabilidad social. es un derecho subjetivo que se concreta a través de una prestación profesional para realizar un proceso de inclusión social dirigidas a cubrir las necesidades básicas que garanticen la calidad de vida combatiendo la exclusión y la vulnerabilidad social. 2.- Según la ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de renta Valenciana de Inclusión, entre las características de la RVI no se encuentra. Es intransferible, por lo que no podrá ofrecerse en garantía de obligaciones, ni ser objeto de cesión total o parcial, ni de compensación o descuento, salvo para el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas, ni podrá ser objeto de retención o embargo. Es una prestación periódica y de duración definida, siempre que se mantengan en el tiempo los requisitos y condiciones que originaron el derecho a su percepción y que permitan su renovación, hasta agotar el tiempo máximo estipulado. Es complementaria respecto del ingreso mínimo vital regulado por Real Decreto ley 20/2020, de 29 de mayo o cualquier otra prestación de garantía de ingresos mínimos de carácter estatal que pueda sustituirla. 3.- Según la ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de renta Valenciana de Inclusión, entre las modalidades de RVI no se encuentra. renta complementaria de rentas mínimas. renta complementaria de ingresos del trabajo. renta de garantía de ingresos mínimos. 4.- Según la ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de renta Valenciana de Inclusión, las dos modalidades genéricas de RVI son. renta complementaria de ingresos del trabajo y renta complementaria de ingresos de prestaciones. Renta complementaria de ingresos, y Renta de garantía. renta de garantía de ingresos mínimos, y renta de garantía de inclusión social. 5.- Según la ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de renta Valenciana de Inclusión, la renta de garantía de ingreso mínimos se caracteriza por. Dirigida a las unidades de convivencia conformadas únicamente por personas mayores de edad en situación de exclusión social o de riesgo de exclusión social. En todo caso, la persona titular de la prestación adquirirá el compromiso de favorecer el acceso a los derechos sociales básicos a las personas destinatarias que formen parte de la unidad de convivencia garantizando el acceso a planes personalizados de intervención. ambas características son correctas. 6.- Según la ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de renta Valenciana de Inclusión, referente a la modalidad de renta complementaria de ingresos por prestaciones, ¿Cuál de las siguientes pensiones o prestaciones sociales no son incompatibles?. Pensiones no contributivas en su modalidad de invalidez y jubilación, excepto las prestaciones no contributivas de invalidez con complemento por tercera persona y aquellas que tengan compatibilizada la percepción de la pensión no contributiva con el trabajo remunerado. Pensiones contributivas en su modalidad de invalidez y jubilación, excepto las prestaciones contributivas de invalidez con complemento por tercera persona y aquellas que tengan compatibilizada la percepción de la pensión contributiva con el trabajo remunerado. Las prestaciones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) concurrente. 7.-Según la ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de renta Valenciana de Inclusión, La Renta Valenciana de Inclusión es un derecho…. Objetivo. Preceptivo. Subjetivo. 8.- Según la ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de renta Valenciana de Inclusión, ¿A cuál de las siguientes obligaciones NO están sujetas todas las personas destinatarias de la renta valenciana de inclusión social?. Participar en el itinerario de inclusión social. Destinar la cuantía económica de la prestación a la finalidad para la cual se ha otorgado. Mantener el empadronamiento y la residencia efectiva en la Comunidad Valenciana durante todo el período de percepción de la prestación. 9.- Según la ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de renta Valenciana de Inclusión, entre las obligaciones de todas las personas destinatarias de la Renta Valenciana de Inclusión, no se encuentra: Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o percibidas en cuantía indebida. Comunicar, en el plazo máximo de 10 días hábiles, los hechos sobrevenidos que, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley, pudieran dar lugar a la modificación, suspensión o extinción del derecho a la prestación. Aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos que se le requieran por parte de la Administración Pública de acuerdo con lo dispuesto en la normativa. 10.- Según la ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de renta Valenciana de Inclusión, entre las obligaciones a las personas destinatarias de RCIT, no se encuentra: Están obligadas a ser demandantes de mejora de empleo, tanto en el momento de presentar la solicitud como durante el periodo de concesión de la prestación. Solicitar la inscripción como demandante de empleo y participar en las acciones de mejora de la empleabilidad en las que fuese prescrito en el correspondiente itinerario, una vez determinada la idoneidad y aptitud para ello. Deberán participar en acciones de orientación, formación y mejora de la empleabilidad si así se determinara por parte de los servicios públicos de empleo y formación y en el desarrollo reglamentario. 11.- Según la ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de Renta Valenciana de Inclusión, en cuanto a los derechos básicos de las personas destinatarias, señala la incorrecta. Elegir libremente entre las diferentes prestaciones, sin atender a la valoración técnica del equipo de profesionales que atiendan su situación. Disponer de un análisis de necesidades individuales, familiares o sociales a través de un plan personalizado de intervención, de cuya copia dispondrá por escrito y en formato accesible. La asignación de una persona profesional de referencia que sea la persona interlocutora principal y que vele por la coherencia, la coordinación con los otros sistemas de protección social y la globalidad y continuidad del proceso de atención. 12.-La ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de Renta Valenciana de Inclusión, se estructura en... un titulo preliminar, 7 títulos, 5 disposiciones adicionales, 8 disposiciones transitoria, una disposición derogatoria única y 2 disposiciones finales. un titulo preliminar, 8 títulos, 5 disposiciones adicionales, 8 disposiciones transitoria, una disposición derogatoria única y 2 disposiciones finales. un titulo preliminar, 6 títulos, 5 disposiciones adicionales, 8 disposiciones transitoria, una disposición derogatoria única y 2 disposiciones finales. 13.- La ley 19/2017, de 20 diciembre, de la Generalitat, de Renta Valenciana de Inclusión....señala la incorrecta. se publica en el DOGV el 22/12/2017, entrada en vigor a los 4 meses, es decir, 22/04/2018. modificada por Decreto ley 7/2020 de 26 de junio, por la aprobación del IMV. se desarrolla por el Decreto 50/2018. 14.- Según la Ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de Renta Valenciana de Inclusión, el Título I de la ley lleva por nombre..... La Renta Valenciana de Inclusión. Disposiciones Generales. Prestaciones profesionales para la inclusión social. 15.- Según la Ley 19/2017, de 20 diciembre, de Generalitat, de Renta Valenciana de Inclusión, dónde se regula las Prestaciones económicas. Título preliminar de la ley. Título II de la ley. Título I de la ley. |