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Ley 26/2018 Derechos y Garantías Infancia y Adolescencia

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Título del Test:
Ley 26/2018 Derechos y Garantías Infancia y Adolescencia

Descripción:
Parte Específica

Fecha de Creación: 2021/10/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 21

Valoración:(8)
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Según la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia; los puntos de encuentro familiar deben tener como principios rectores de actuación, señala la respuesta incorrecta: a. La eficacia y eficiencia, llevando a cabo intervenciones más adecuadas para la consecución de su objetivo con el menor número de recursos posibles. b. La responsabilidad parental. Las actuaciones deben dar apoyo pero no deben sustituir la responsabilidad de las personas progenitoras u otros miembros de la familia, para que las relaciones objeto de intervención se desarrollen de forma beneficiosa para el niño, la niña o el adolescente. c. La multidisciplinariedad, basada en las actividades profesionales complementarias de profesionales de disciplinas diferentes. d. La calidad, cumpliendo los estándares que se establezcan para garantizarla.

Según la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, en que artículo se regula el funcionamiento de los puntos de encuentro familiar: a. Art. 25. b. Art. 28. c. Art. 29. d. Art. 26.

Según la Ley 26/2018, de 21 de diciembre de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, es competencia de las entidades locales de acuerdo con la normativa de Régimen Local: a. La valoración, adopción y ejecución de las medidas de protección de las personas menores de edad en situación de desamparo o necesitadas de atención inmediata. b. La prevención y erradicación de la transmisión intergenracional de la pobreza, la promoción de la equidad y la igualdad de oportunidades de niños, niñas y adolescentes. c. La prevención y protección de la salud de niños, niñas y adolescentes mediante las competencias que tengan atribuidas en materia de drogodependencias. d. La titularidad y el ejercicio de las funciones respecto de la infancia y adolescencia que sean de su competencia de acuerdo con la normativa en materia de servicios sociales.

Según la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, las infracciones tipificadas en la ley como graves, prescribirán: a. A los dos años. b. Al año. c. A los tres años. d. A los cinco años.

Según lo establecido en el Art 94 de la ley 26/2018, 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia sobre el deber de colaboración: a) Las personas profesionales, las entidades públicas y privadas y, en general, cualquier persona, deberán facilitar a la entidad pública competente los informes y antecedentes sobre las personas protegidas o sobre sus personas progenitoras, tutoras, guardadoras o acogedoras que esta entidad les requiera por ser necesaria para valorar la situación de desprotección o ejercer la acción protectora. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 quater de la Ley orgánica 1/1996, la cesión de estos datos no requerirá del consentimiento de la persona afectada. b) Las personas profesionales, las entidades públicas y privadas y, en general, cualquier persona, deberán facilitar a la entidad pública competente los informes y antecedentes sobre las personas protegidas o sobre sus personas progenitoras, tutoras, guardadoras o acogedoras que esta entidad les requiera por ser necesaria para valorar la situación de desprotección o ejercer la acción protectora siempre y cuando adjunten a la solicitud el consentimiento expreso de las personas implicadas para la cesión de esos datos. c) Las personas profesionales, las entidades públicas y privadas y, en general, cualquier persona, jamás pueden facilitar a la entidad pública competente los informes y antecedentes sobre las personas protegidas o sobre sus personas progenitoras, tutoras, guardadoras o acogedoras que esta entidad les requiera. d) La ley no establece nada a este respecto.

Según la ley 26/2018, 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia; la persona menor de edad protegida tendrá derecho a recibir información de su situación: a) Cuando sea mayor de 16 años. b) Cuando sea mayor de 12 años. c) Cuando sea mayor de 14 años. d) Cuando sea mayor de 10 años.

Según lo establecido en la ley 26/2018, 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia; en el acogimiento familiar en razón de la vinculación se distinguen las siguientes modalidades: a) La ley no establece modalidades de acogimiento familiar. b) Acogimiento en familia profesionalizada y acogimiento en familia de origen. c) Acogimiento en familia próxima y acogimiento en familia extensa. d) Acogimiento en familia extensa y acogimiento en una familia ajena, a la que se denominará familia educadora.

Según lo establecido en la ley 26/2018, 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia; el acogimiento familiar atendiendo a su duración y objetivos tiene las siguientes modalidades. a) Acogimiento familiar simple y acogimiento familiar permanente. b) Acogimiento familiar temporal y acogimiento familiar definitivo. c) Acogimiento familiar de urgencia, acogimiento familiar temporal y acogimiento familiar permanente. d) La ley no establece modalidades de acogimiento familiar.

Para el correcto desarrollo del deber de notificación establecido en el Art 92 de la ley 26/2018, 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia: a) La Generalitat debe disponer de protocolos de detección y notificación de situaciones de desprotección para el personal de los sistemas sanitario, educativo, policial, judicial y de acción social, pero su utilización no será obligatoria. b) La Generalitat debe disponer de protocolos de detección y notificación de situaciones de desprotección para el personal de los sistemas sanitario, educativo, policial, judicial y de acción social, cuya utilización debe ser obligatoria, pero no es necesario que se proporcione la formación necesaria. c) La Generalitat no está obligada a disponer de protocolos de detección y notificación de situaciones de desprotección para el personal de los sistemas sanitario, educativo, policial, judicial y de acción social. d) La Generalitat debe disponer de protocolos de detección y notificación de situaciones de desprotección para el personal de los sistemas sanitario, educativo, policial, judicial y de acción social, cuya utilización debe ser obligatoria, y a los que debe proporcionar la formación necesaria para hacer uso.

Según la ley 26/2018, 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia; el deber de notificación afecta: a) A toda persona o autoridad y, en especial, quien por razón de su profesión o función tenga noticia o indicios fundados de una situación de riesgo o desamparo. b) Solo a las personas que por razón de su profesión o función tengan noticia o indicios fundados de una situación de riesgo o desamparo. c) A los empleados públicos. d) A los familiares y amigos más cercanos.

Según la ley 26/2018, 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia; la persona menor de edad protegida tiene derecho a que su interés superior sea valorado y considerado como prioritario en todas las actuaciones y decisiones que se deriven de la acción protectora aplicando para ello criterios de: a) Interpretación y ponderación. b) Individualidad y ponderación. c) Interpretación y productividad. d) Eficiencia y eficacia.

Según la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia, las entidades locales ejercerán, de acuerdo con la normativa de régimen local, las siguientes competencias en materia de derechos de la infancia y adolescencia (señala la respuesta INCORRECTA): a) La intervención con la familia de origen de aquellos niños, niñas o adolescentes bajo la tutela o la guarda de la Generalitat cuyo plan de protección tenga por objetivo la reunificación familiar. b) La ejecución de las medidas judiciales impuestas por los juzgados de menores, así como el asesoramiento técnico a los órganos judiciales en esta materia y las actuaciones de mediación en el ámbito de justicia juvenil. c) La participación en los programas de acogimiento familiar en las fases de fomento y captación de familias, así como la valoración de aptitud, la intervención, el acompañamiento y el seguimiento de acogimientos en familia extensa. d) La detección y diagnóstico de situaciones de desamparo, comunicación y propuesta informada de medidas de protección al órgano competente autonómico.

La Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia, indica que la Generalitat asumirá temporalmente la guarda de una persona protegida menor de edad en los siguientes casos (señala la respuesta correcta): a) Si está bajo su tutela. b) A solicitud de las personas titulares de su tutela o patria potestad, cuando se den las circunstancias previstas en el artículo 172 bis del Código Civil. c) Con carácter provisional, en cumplimiento de la obligación de prestarle atención inmediata, en tanto se les identifica, se investigan sus circunstancias y se constata si se encuentra en situación de desamparo. d) Todas son correctas.

Según la Ley 26/2018, de 21 de diciembre de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y adolescencia, ¿Cuál es el plazo máximo de guarda voluntaria?. a) La Generalitat asumirá la guarda de niños/as, adolescentes, a solicitud de las personas titulares de la patria potestad o la tutela, por un período máximo de 1 año. b) La ley no prevé un plazo máximo. c) La Generalitat asumirá la guarda de niños/as o adolescentes a solicitud de las personas titulares de la patria potestad o la tutela, por un período máximo de 6 meses. d) La Generalitat asumirá la guarda de niños/as o adolescentes, a solicitud de las personas titulares de la patria potestad o tutela, por un período máximo de 2 años. Este período podrá prorrogarse excepcionalmente, a lo sumo por otro año, si el interés de la persona protegida así lo aconseja y si es previsible la reunificación familiar en ese plazo.

Según el artículo 11.1 de la la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia: a) Cuando la violencia se produzca en el propio entorno familiar, se procurará, siempre que sea compatible con el interés superior de la persona protegida, que la protección se lleve a cabo mediante el acercamiento de la persona maltratadora y no mediante la salida de la víctima de su medio familiar. b) Cuando la violencia se produzca fuera del propio entorno familiar, se procurará, siempre que sea compatible con el interés superior de la persona protegida, que la protección se lleve a cabo mediante el acercamiento de la persona maltratadora y sí mediante la salida de la víctima de su medio familiar. c) Cuando la violencia se produzca en el propio entorno familiar, se procurará, siempre que sea compatible con el interés superior de la persona protegida, que la protección se lleve a cabo mediante el alejamiento de la persona maltratadora y no mediante la salida de la víctima de su medio familiar. d) Cuando la violencia se produzca fuera del propio entorno familiar, se procurará, aunque que sea compatible con el interés superior de la persona protegida, que la protección se lleve a cabo mediante el acercamiento de la persona maltratadora y siempre mediante la salida de la víctima de su medio familiar.

Según el artículo 14.3 de la la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia qué Administración establecerá protocolos de identificación, actuación y atención contra la mutilación genital, el matrimonio forzado, la trata de personas menores de edad con fines de explotación sexual o de venta, prostitución o utilización en la pornografía: a) La Generalitat. b) Los municipios. c) Tanto a como b son correctas. d) Ninguna de las anteriores es correcta.

Según el artículo 169.1 de la la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, las entidades locales no ejercerán, de acuerdo con la normativa de régimen local, las siguientes competencias en materia de derechos de la infancia y adolescencia: a) La prevención y protección de la salud de niños, niñas y adolescentes mediante las competencias que tengan atribuidas en materia de drogodependencias. b) La prevención de las situaciones de desprotección infantil y adolescente. c) Elaborar y aprobar el correspondiente instrumento de planificación de la política transversal en esta materia. d) Ninguna las anteriores.

Según la LEY 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia, las entidades locales ejercerán, de acuerdo con la normativa de régimen local, las siguientes competencias en materia de derechos de la infancia y adolescencia: (señala la respuesta incorrecta). a) La intervención con la familia de origen de aquellos niños, niñas o adolescentes bajo la tutela o la guarda de la Generalitat cuyo plan de protección tenga por objetivo la reunificación familiar. b) La ejecución de las medidas judiciales impuestas por los juzgados de menores, así como el asesoramiento técnico a los órganos judiciales en esta materia y las actuaciones de mediación en el ámbito de justicia juvenil. c) La participación en los programas de acogimiento familiar en las fases de fomento y captación de familias, así como la valoración de aptitud, la intervención, el acompañamiento y el seguimiento de acogimientos en familia extensa. d) La detección y diagnóstico de situaciones de desamparo, comunicación y propuesta informada de medidas de protección al órgano competente autonómico.

LEY 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia, indica que la Generalitat asumirá temporalmente la guarda de una persona protegida menor de edad en los siguientes casos: (señala la respuesta correcta). a) Si está bajo su tutela. b) A solicitud de las personas titulares de su tutela o patria potestad, cuando se den las circunstancias previstas en el artículo 172 bis del Código civil. c) Con carácter provisional, en cumplimiento de la obligación de prestarle atención inmediata, en tanto se les identifica, se investigan sus circunstancias y se constata si se encuentra en situación de desamparo. d) Todas son correctas.

Sobre la base de la LEY 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia, respecto de lo que deben ser principios de rectores en la actuación con infancia, adolescencia y sus familias. (señala la respuesta incorrecta). a) La lucha contra la transmisión intergeneracional del empobrecimiento. b) Se ponderará por igual, en el momento de la toma de decisiones de protección, el interés de los padres, madres y/o representantes legales, así como el de las personas menores de edad. c) La consideración de las familias como el entorno más adecuado para el desarrollo infantil y adolescente. d) En caso de acordarse una medida de protección, se priorizará el acogimiento familiar frente al residencial.

Según la LEY 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia, son requisitos de aptitud para el acogimiento: (señala la respuesta incorrecta). a) Tener un nivel de renta suficiente según desarrollo reglamentario de la ley. b) Acreditar, mediante certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, que cumple el requisito exigido por el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996. c) Contar, considerando sus características psicológicas, su situación familiar y social y su aptitud educadora, con capacidad para atender las necesidades de toda índole de la persona a acoger. d) Que su motivación para el acogimiento sea congruente con la naturaleza y finalidad de este, según la modalidad de que se trate.

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