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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESELey 29/1998 - Procedimiento I

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Título del test:
Ley 29/1998 - Procedimiento I

Descripción:
Procedimiento Contencioso - Administrativo I

Autor:
Adri_83
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Fecha de Creación:
04/10/2018

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 6
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Temario:
Señale la respuesta correcta respecto a las diligencias preliminares: Cuando la propia Administración autora de algún acto pretenda demandar su anulación ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa deberá, previamente, declararlo lesivo para el interés público. Cuando la propia Administración autora de algún acto pretenda demandar su nulidad ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa deberá, previamente, declararlo lesivo para el interés público. Cuando la propia Administración autora de algún acto pretenda demandar su anulación ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa deberá, previamente, declararlo lesivo para el interés general. Cuando la propia Administración autora de algún acto pretenda demandar su nulidad ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa deberá, previamente, declararlo lesivo para el interés general.
Señale la respuesta correcta respecto a las diligencias preliminares: En los litigios entre Administraciones públicas cabrá interponer recurso en vía administrativa. Cuando una Administración interponga recurso contencioso-administrativo contra otra, deberá requerirla previamente para que derogue la disposición, anule o revoque el acto, haga cesar o modifique la actuación material, o inicie la actividad a que esté obligada. Ambas son correctas. Ambas son incorrectas.
Señale la respuesta correcta respecto a las diligencias preliminares: Cuando la Administración contratante, el contratista o terceros pretendan recurrir las decisiones adoptadas por los órganos administrativos a los que corresponde resolver los recursos especiales y las reclamaciones en materia de contratación a que se refiere la legislación de Contratos del Sector Público interpondrán el recurso directamente y sin necesidad de previo requerimiento o recurso administrativo. Cuando la Administración contratante, el contratista o terceros pretendan recurrir las decisiones adoptadas por los órganos administrativos a los que corresponde resolver los recursos especiales y las reclamaciones en materia de contratación a que se refiere la legislación de Contratos del Sector Público interpondrán el recurso directamente previo requerimiento o recurso administrativo. Cuando la Administración contratante o el contratista pretendan recurrir las decisiones adoptadas por los órganos administrativos a los que corresponde resolver los recursos especiales y las reclamaciones en materia de contratación a que se refiere la legislación de Contratos del Sector Público interpondrán el recurso directamente y sin necesidad de previo requerimiento o recurso administrativo. Cuando la Administración contratante o el contratista pretendan recurrir las decisiones adoptadas por los órganos administrativos a los que corresponde resolver los recursos especiales y las reclamaciones en materia de contratación a que se refiere la legislación de Contratos del Sector Público interpondrán el recurso directamente previo requerimiento o recurso administrativo.
Señale la respuesta correcta respecto a las diligencias preliminares: El requerimiento deberá dirigirse al órgano competente mediante escrito razonado que concretará la disposición, acto, actuación o inactividad, y deberá producirse en el plazo de dos meses contados desde la publicación de la norma o desde que la Administración requirente hubiera conocido o podido conocer el acto, actuación o inactividad. El requerimiento deberá dirigirse al órgano competente mediante escrito razonado que concretará la disposición, acto, actuación o inactividad, y deberá producirse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la norma o desde que la Administración requirente hubiera conocido o podido conocer el acto, actuación o inactividad. El requerimiento deberá dirigirse al órgano competente mediante escrito razonado que concretará la disposición, acto, actuación o inactividad, y deberá producirse en el plazo de un mes contado desde la publicación de la norma o desde que la Administración requirente hubiera conocido o podido conocer el acto, actuación o inactividad. El requerimiento deberá dirigirse al órgano competente mediante escrito razonado que concretará la disposición, acto, actuación o inactividad, y deberá producirse en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la norma o desde que la Administración requirente hubiera conocido o podido conocer el acto, actuación o inactividad.
Señale la respuesta correcta respecto a las diligencias preliminares: El requerimiento se entenderá rechazado si, dentro de los dos meses siguientes a su recepción, el requerido no lo contestara. Queda a salvo lo dispuesto sobre esta materia en la legislación de régimen local. Ambas son correctas. Ambas son incorrectas.
Señale la respuesta correcta respecto a la interposición del recurso y reclamación del expediente: El recurso contencioso-administrativo se iniciará por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando esta Ley disponga otra cosa. El recurso contencioso-administrativo se iniciará por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando una norma con rango de Ley disponga otra cosa. El recurso contencioso-administrativo se iniciará por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando las Leyes dispongan otra cosa. El recurso contencioso-administrativo se iniciará por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando la Ley de Enjuiciamiento Civil disponga otra cosa.
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