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Test Ley 3/2009 Derechos y Deberes SMS

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Título del Test:
Test Ley 3/2009 Derechos y Deberes SMS

Descripción:
Test Ley 3/2009 Derechos y Deberes SMS

Fecha de Creación: 2026/09/07

Categoría: Otros

Número Preguntas: 28

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Respecto de las instrucciones previas, la Ley 3/2009 señala que: El otorgante del documento puede designar, además, un representante para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas. Por el documento de instrucciones previas, una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud. No serán aplicadas las instrucciones previas contrarias al ordenamiento jurídico. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Respecto al derecho a la información epidemiológica, la Ley 3/2009 establece que: Los ciudadanos no tienen derecho a conocer los problemas sanitarios de la colectividad, salvo que impliquen un riesgo para su salud individual. Los ciudadanos tienen derecho a conocer los problemas sanitarios de la colectividad cuando impliquen un riesgo para la salud pública o para su salud individual. Los ciudadanos tienen el derecho a que la información se difunda en términos verdaderos, comprensibles y adecuados para su interés y de acuerdo con su estado de salud. Los ciudadanos no tienen derecho a conocer los problemas sanitarios de la colectividad.

La Ley 3/2009 señala que se otorgará el consentimiento por representación: Cuando el paciente no sea capaz de tomar decisiones, a criterio del médico responsable de la asistencia. Cuando el paciente tenga la capacidad modificada judicialmente y así conste en la sentencia. Cuando el paciente menor de edad no sea capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Teniendo en cuenta la autonomía del paciente, toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere, con carácter general, el previo consentimiento de los pacientes y usuarios. Este consentimiento se hará por escrito: En los supuestos previstos en la Ley. Siempre será verbalmente. Por escrito o verbalmente en cualquier caso. De manera electrónica en los supuestos previstos en la Ley.

Respecto del Titular del derecho a la información asistencial, ¿qué respuesta es correcta?: El paciente será informado incluso en caso de incapacidad, de modo adecuado a sus posibilidades de comprensión, cumpliendo con el deber de informar también a su representante legal. Cuando el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carezca de capacidad para entender la información a causa de su estado físico o psíquico, la información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho. El derecho a la información sanitaria de los pacientes puede limitarse por la existencia acreditada de un estado de necesidad terapéutica. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Señale cuál de los siguientes no es un principio básico respecto a la ley 3/2009 de 11 de mayor de derechos y deberes de la Región de Murcia: El paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles. La persona que elabore o tenga acceso a la información y la documentación clínica no está obligada a guardar la reserva debida. Todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la Ley. Su negativa al tratamiento constará por escrito. La dignidad de la persona humana, el respeto a la autonomía de su voluntad y a su intimidad orientarán toda la actividad encaminada a obtener, utilizar, archivar, custodiar y transmitir la información y la documentación clínica.

La renuncia del paciente a recibir información está limitada por: El interés de la salud del propio paciente. El interés de la salud de terceros. El interés de la salud de la colectividad. Todas las respuestas anteriores son correctas.

¿Quién garantiza el cumplimiento del derecho a la información del paciente?. La Ley. El médico responsable del paciente. El Centro Sanitario. El Responsable del Centro Sanitario.

¿Quién regulará el procedimiento adecuado para que, llegado el caso, se garantice el cumplimiento de las instrucciones previas de cada persona, que deberán constar siempre por escrito?. El Centro Sanitario. El médico responsable. Cada servicio de salud. La Ley.

Respecto del derecho a la información asistencial, ¿Qué respuesta es correcta?: Los pacientes no tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación sanitaria, toda la información disponible sobre la misma. Toda persona tiene derecho, si así lo estima oportuno su médico responsable, a que se respete su voluntad de no ser informada. La información, que como regla general se proporcionará por escrito, comprende, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sin entrar en más detalles. Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, salvando los supuestos exceptuados por la Ley.

El conjunto de documentos que contiene los datos, valoraciones e informaciones de cualquier índole sobre la situación y la evolución clínica de un paciente a lo largo del proceso asistencial, es lo que se conoce como: Documentación clínica. Historia clínica. Información clínica. Informe de alta médica.

El consentimiento informado se prestará por escrito en los siguientes casos: En la aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión positiva sobre la salud del paciente. En procedimientos diagnósticos y terapéuticos no invasores. En intervenciones quirúrgicas. Todas son correctas.

Con respecto a la información clínica (señale la incorrecta): Ayudará al paciente a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad. Se comunicará al paciente de forma compresible y adecuada a sus necesidades. Será verdadera, con las excepciones determinadas por la Ley. Todas son verdaderas.

Según la Ley 3/2009, de 11 de mayo, de los derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario de la Región de Murcia, ¿cuántos años debe conservarse la documentación e información clínica contenida en las historias?. 5 años. 10 años. 15 años. 20 años.

En aquellos casos que exista riesgo para la salud pública, y no se cuente con el consentimiento del paciente, de requerirse internamiento obligatorio del mismo: Se comunicará a la autoridad judicial en el plazo mínimo 24horas. Se comunicará a la autoridad judicial en el plazo máximo de 48 horas. Se comunicará a la autoridad judicial en el plazo máximo de 24 horas. Se comunicará a la autoridad judicial en el plazo mínimo de 48 horas.

También serán informadas las personas vinculadas al paciente por razones familiares o de hecho, en la medida que éste lo permita de manera: Expresa, únicamente. Tácita, exclusivamente. Expresa y tácitamente. Expresa o tácitamente.

El facultativo, podrá realizar las intervenciones clínicas indispensables a favor de la salud del paciente sin el consentimiento del mismo: A) Cuando exista riesgo para la salud pública a causa de razones sanitarias establecidas por la Ley. B) Cuando los familiares así lo determines. C)Cuando exista riesgo inmediato grave para su integridad física o psíquica y no sea posible conseguir su autorización, consultando, cuando las circunstancias lo permiten a familiares o personas vinculadas a él. D) A y C son correctas.

En caso de incapacidad del paciente ¿recibirá éste información asistencial?. En ningún caso. Únicamente su representante legal. De modo adecuado a sus posibilidades de comprensión. b) y c) son correctas.

Cuando se trate de menores no incapaces ni incapacitados, no cabe prestar el consentimiento por representación: En cualquier caso. En cualquier caso. En cualquier caso. En cualquier caso.

El consentimiento informado al paciente por regla general: Será por escrito. Será verbal. Dependiendo del criterio médico será escrito o verbal. Nunca podrá ser revocado.

La persona que requiere asistencia sanitaria y está sometida a cuidados profesionales para el mantenimiento o recuperación de su salud, se denomina: Paciente. Enfermo. Cliente. Usuario.

El facultativo proporcionará al paciente, antes de recabar su consentimiento escrito, la información básica siguiente: Las consecuencias relevantes o de importancia que la intervención origina con seguridad. Los efectos secundarios y posibles secuelas de la intervención en pacientes de similares características. Las consecuencias para su salud en caso de no sometimiento a la intervención a corto y medio plazo. El tiempo de recuperación estimado tras la intervención.

Se entiende por documentación clínica: Información contenida dentro del historial clínico de un paciente. El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial. Información referente al estado de salud del paciente, contenida dentro de su historial clínico. El soporte en papel o electrónico que contiene información sobre la salud del paciente o usuario.

Son fines fundamentales de la historia clínica: Garantizar una asistencia adecuada al paciente. La investigación. La docencia. Todas son correctas.

El consentimiento informado se prestará: En toda actuación en el ámbito de salud del paciente. Sólo en caso de intervención quirúrgica o procedimiento diagnóstico que supongan un riesgo. Sólo en caso de aplicación de tratamiento que supongan riesgo. Sólo en caso de intervención y aplicación de procedimiento que supongan inconveniente, notorio y sea negativo.

El titular del derecho a la información asistencial: Es el paciente y también serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita. Es el paciente o usuario, que será informado de forma oral, escrita o electrónica, en un lenguaje claro y conciso. Es el paciente y sus ascendientes o descendientes siempre que este lo autorice de forma expresa. Es el paciente o familiares, en la medida que el paciente lo autorice de forma expresa.

Los facultativos podrán llevar a cabo intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, sin necesidad de contar con su consentimiento, en los siguientes casos: Cuando así lo autorice por escrito un familiar directo, bajo su responsabilidad. Cuando sin existir riesgo inmediato para el paciente, si exista para el resto de la ciudadanía. Cuando existe riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo y no es posible conseguir su autorización. Cuando así se decida por los facultativos durante una sesión clínica.

Sobre el consentimiento informado, señale la respuesta correcta: Toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado. El consentimiento será verbal por regla general. El paciente puede revocar libremente por escrito su consentimiento en cualquier momento. Todas las respuestas anteriores son correctas.

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