LEY 3/2019 Titulo I, Cap III
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Título del Test:![]() LEY 3/2019 Titulo I, Cap III Descripción: Funciones de la atención primaria |




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1.- Son funciones de la atención primaria de carácter básico. Acompañamiento, mediación y seguimiento a lo largo de todo el proceso de intervención, tanto si este se desarrolla en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, como si es compartido en otros ámbitos de sistemas de protección social. Implementación de programas y actuaciones que favorezcan la inclusión social de grupos vulnerables con características homogéneas. Acompañamiento, atención integral y protección ante situaciones de vulnerabilidad, riesgo o desprotección individual y familiar. 2.- Son funciones de la atención primaria de carácter básico, señala la incorrecta. Información, orientación y asesoramiento a toda la población facilitando su conocimiento y acceso a las prestaciones. Elaboración e implementación del Plan personalizado de intervención social. Valoración y diagnóstico de la situación individual o social de la persona, familia o unidad de convivencia y del entorno comunitario. 3.- Corresponde a la atención primaria específica: Gestión y evaluación de las prestaciones necesarias para la atención de la situación de necesidad de las personas. Seguimiento del Plan personalizado de intervención social. Elaboración, implementación, seguimiento y evaluación del Plan personalizado de intervención social. 4.- El Desarrollo de estrategias de empoderamiento personal y promoción de la autonomía, así como la promoción de actuaciones formativas, ocupacionales, socioeducativas y de inclusión social para su población de referencia, corresponde a una función de... Atención primaria de carácter básico. Atención primaria de carácter específico. Atención secundaria de carácter específico. 5.- Es una función de la atención primaria básica. Descripción de la intervención más adecuada e implementación de la misma, de acuerdo con las características de la necesidad social. Intervención integral en el núcleo familiar o relacional mediante apoyos concretos ante situaciones de faltas, con el fin de preservar a las personas en su entorno social, favoreciendo su inclusión mediante apoyos técnicos concretos o intervenciones específicas de carácter ambulatorio. Intervención interdisciplinaria, con el objeto de mejorar la situación social de la persona, familia o unidad de convivencia y de dar respuesta a las situaciones de necesidad, vulnerabilidad o riesgo. 6.- El Trabajo en red y coordinación técnica con las entidades de iniciativa social que desarrollen programas en el territorio, así como la orientación técnica a estas entidades. Se trata de una función de.... Atención secundaria. Atención primaria de carácter específico. Atención primaria de carácter básico. 7.- Es una función de la atención primaria básica: Desarrollo de los procesos de diagnóstico, gestión e intervención de las prestaciones necesarias para la atención de las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la planificación y la financiación de la Generalitat, así como con la normativa estatal en materia de servicios sociales de promoción de la autonomía personal. Colaboración y coordinación con la atención primaria de carácter básico o con la atención secundaria y con otros agentes institucionales del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, bajo el principio de unidad de acción y, en su caso, en la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación del Plan personalizado de intervención social. Asesoramiento, prevención y rehabilitación, en su caso, ante situaciones de vulnerabilidad o riesgo a lo largo del ciclo vital de las personas. 8.- Asesoramiento técnico específico en materia de migración y refugio, diversidad funcional o discapacidad, situaciones de discriminación, delitos de odio, adicciones, tutelas y otros. Es una función de.... Atención secundaria de carácter específico. Atención primaria de carácter básico. Atención primaria de carácter específico. 9.- Promoción de actuaciones en materia de igualdad en el ámbito territorial de referencia. Se trata de una función de.... Atención secundaria. Atención primaria de carácter básico. Atención primaria de carácter específico. 10.- Cual de estas coordinaciones y colaboraciones constituiría una función de la atención primaria de carácter específico. Colaboración y coordinación con la atención primaria de carácter básico o con la atención secundaria y con otros agentes institucionales del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, bajo el principio de unidad de acción y, en su caso, en la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación del Plan personalizado de intervención social. Coordinación con otros profesionales en la detección e identificación de espacios vulnerables. Colaboración y coordinación con la atención primaria de carácter específico y la atención secundaria, así como con otros sistemas públicos de protección social, bajo el principio de unidad de acción. |