Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales
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![]() Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales Descripción: Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales |



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De acuerdo con la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de la Prevención de Riesgos Laborales, en el art. 4 se define "Riesgo Laboral" como: a) Los daños que se derivan de un accidente ya ocurrido en el que el trabajador si resulte herido. b) La peligrosidad de un trabajo que se debe realizar obligatoriamente sin EPIs. c) La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. d) Las penalizaciones que se imputen ante un accidente ya ocurrido en el que el trabajador no resulte herido. De acuerdo con la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, según el artículo 9, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social entre otras funciones NO tiene que: a) Realizar informes y proyectos relativos a la inspección y seguridad de obras; protección de la legalidad de expedientes no clasificados, redacción de memorias valoradas y coordinación de seguridad y salud. b) Asesorar e informar a las empresas y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones cuya vigilancia tiene encomendada. c) Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, así como de las normas jurídico-técnicas que incidan en las condiciones de trabajo en materia de prevención. Ordenar la paralización inmediata de trabajos cuando, a juicio del inspector, se advierta la existencia de riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores. De acuerdo con la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, según el Art. 22, los datos relativos a la vigilancia de la salud en los trabajadores: a) No podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador. b) Podrán ser usados con fines discriminatorios o en perjuicio del trabajador. c) Sólo podrán ser usados en caso de enfermedades contagiosas. d) Sólo podrán ser usados en caso de enfermedades contagiosas, siempre que su uso sea informado previamente al trabajador. |





