Ley 33/2003, de 3 de noviembre: Título II: Capítulo I y Capítulo V Sección 1.ª
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Ley 33/2003, de 3 de noviembre: Título II: Capítulo I y Capítulo V Sección 1.ª Descripción: 27.ayto Bilbao |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
¿Cuál es el objeto principal del Título II de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas?. La regulación del mercado inmobiliario. La gestión, administración, protección y, en su caso, realización de los bienes y derechos que integran el patrimonio de las Administraciones Públicas. El establecimiento de normas para la contratación pública. La definición de los tipos de bienes que pueden ser de propiedad pública. ¿Qué se entiende por 'entes públicos' en el contexto del Capítulo I del Título II de la Ley 33/2003?. Solo las entidades mercantiles públicas. Las entidades de derecho público que tienen personalidad jurídica y patrimonio propio, y cuyas finalidades son la gestión de servicios o intereses públicos. Todas las administraciones territoriales y sus organismos autónomos. Únicamente las entidades que gestionan infraestructuras públicas. ¿Qué tipo de bienes integran el patrimonio de las Administraciones Públicas según la Ley 33/2003?. Solo los bienes inmuebles. Los bienes y derechos susceptibles de valoración económica. Únicamente los bienes de dominio público. Los bienes muebles y los derechos de crédito. ¿Cuál es la finalidad principal de la Sección 1.ª del Capítulo V del Título II de la Ley 33/2003?. La expropiación forzosa de bienes. La adquisición de bienes por las Administraciones Públicas. La cesión de uso de bienes públicos. La protección del medio ambiente en bienes de dominio público. ¿Qué régimen jurídico se aplica a los bienes y derechos de las Administraciones Públicas que no sean demaniales?. El régimen jurídico de los bienes de dominio público. El régimen jurídico del sector privado. Un régimen especial definido por la ley para cada tipo de bien. El régimen de los bienes comunales. ¿Qué significa que un bien sea de 'dominio público' según la Ley 33/2003?. Que pertenece exclusivamente a la Administración Central. Que está afectado al uso general o a algún servicio público. Que es de propiedad privada pero gestionado por la Administración. Que está en desuso y pendiente de venta. ¿Mediante qué procedimiento se pueden adquirir bienes y derechos por las Administraciones Públicas, según la Sección 1.ª del Capítulo V?. Únicamente mediante compraventa. Por adquisición onerosa, legado, donación, permuta, aportación y otros negocios jurídicos. Exclusivamente por expropiación forzosa. A través de la ocupación directa sin indemnización. ¿Qué tipo de bienes forman el 'patrimonio privativo' de las Administraciones Públicas?. Los bienes de uso público. Los bienes y derechos que no tengan la consideración de demaniales. Las infraestructuras de transporte. Los edificios destinados a servicios administrativos. ¿Quién tiene la competencia general para la administración y disposición de los bienes y derechos del patrimonio de las Administraciones Públicas?. Los particulares. Los órganos de cada Administración Pública competentes según sus normativas específicas. Solo el Gobierno Central. Los ayuntamientos en todos los casos. ¿Qué condición debe cumplir un bien para ser considerado de 'dominio público' por su naturaleza?. Ser un bien mueble. Ser un bien inmueble cuya naturaleza, aunque no esté afectada a un uso general o servicio público, requiera su adscripción a un fin público. Ser un bien de valor artístico. Ser un bien de reciente adquisición. ¿Qué implica la 'realización' de los bienes y derechos del patrimonio de las Administraciones Públicas?. Su protección y conservación. Su venta, permuta u otras formas de enajenación. Su adscripción a un servicio público. Su catalogación como bienes históricos. ¿Qué tipo de administración se encarga de la gestión de los bienes y derechos del patrimonio del Estado?. La Administración General del Estado y sus organismos públicos. Las Comunidades Autónomas y los Entes Locales. Los particulares y empresas privadas. La Unión Europea. ¿Qué acción se considera 'incautación' en el marco del patrimonio de las Administraciones Públicas?. La compra de un bien. La toma de posesión de un bien por parte de la Administración por impago de deudas. La catalogación de un bien histórico. La donación de un bien a la Administración. ¿Qué régimen jurídico se aplica a los bienes y derechos del patrimonio de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales?. Un régimen totalmente distinto al del Estado. El mismo régimen que el de la Administración General del Estado, con las adaptaciones que establezcan sus respectivos estatutos y normativas. Únicamente el régimen del derecho privado. No están regulados por la Ley 33/2003. ¿Cuál de los siguientes NO es un modo de adquisición de bienes por las Administraciones Públicas según la Sección 1.ª del Capítulo V?. Legado. Permuta. Expropiación por interés privado. Donación. ¿Qué tipo de bienes se pueden clasificar como 'bienes demaniales'?. Las oficinas administrativas. Los terrenos de un parque público. Los vehículos de servicio oficial. Los edificios no utilizados. ¿Qué es la 'desafectación' de un bien demanial?. La venta de un bien público. El acto por el cual un bien demanial deja de estar adscrito a un uso general o servicio público. La catalogación de un bien como histórico. La expropiación de un bien privado. ¿Qué tipo de administración se regula en el Capítulo I del Título II de la Ley 33/2003?. Solo la Administración General del Estado. Las Administraciones Públicas en su conjunto (Estado, CCAA, Entidades Locales). Las empresas públicas y fundaciones. Los organismos internacionales. ¿Cuál es el procedimiento general para la enajenación de bienes patrimoniales (no demaniales) de las Administraciones Públicas?. Venta directa sin concurso. Subasta pública, salvo excepciones legales. Cesión gratuita a otras administraciones. Permuta sin valoración económica. ¿Qué se entiende por 'bienes vacantes' en el contexto del patrimonio de las Administraciones Públicas?. Bienes que pertenecen a una persona jurídica en liquidación. Bienes inmuebles que no tienen dueño conocido y que corresponden a la Administración General del Estado. Bienes que han sido abandonados por sus propietarios. Bienes demaniales en desuso. |