Ley 39/2015 (1-10) - LPACAP - Título III
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Título del Test: Ley 39/2015 (1-10) - LPACAP - Título III Descripción: Técnico Auxiliar de Bibliotecas Fecha de Creación: 2025/04/15 Categoría: Otros Número Preguntas: 67
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¿Cómo se denomina el Título III de la LPACAP?. De los recursos administrativos. Del procedimiento administrativo. De las disposiciones y los actos administrativos. De los actos administrativos. ¿Cuántos Capítulos tiene el Título III de la LPACAP?. Tres. Cuatro. Dos. Cinco. ¿Cómo se denomina el Capítulo I del Título III de la LPACAP?. Requisitos de los actos administrativos. Eficacia de los actos administrativos. De los actos administrativos. Ninguna de las respuestas es correcta. Según lo establecido en el artículo 34.2 de la LPACAP, ¿Qué se ajustará a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico y será determinado y adecuado a los fines de aquéllos?. La tramitación de los actos. La motivación de los actos. El contenido de los actos. Ninguna es correcta. Según el artículo 35.1 de la LPACAP, ¿cuáles de los siguientes actos serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho?. Los actos que amplíen derechos subjetivos o intereses legítimos. Los actos que resuelvan procedimientos de revisión de oficio de disposiciones o actos administrativos, recursos administrativos y procedimientos de arbitraje y los que declaren la inadmisión. Los que continúen con el criterio seguido en actuaciones precedentes. Todas son correctas. Según el artículo 35.1 de la LPACAP, ¿cuáles de los siguientes actos serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho?. Los actos que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales, así como los que deban serlo en virtud de disposición legal o reglamentaria expresa. Los acuerdos de aplicación de la tramitación de urgencia, de ampliación de plazos y de realización de actuaciones complementarias. Los acuerdos de suspensión de actos, cualesquiera que sea el motivo de ésta. Todas son correctas. Según el artículo 35.1 de la LPACAP, ¿cuáles de los siguientes actos serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho?. Los acuerdos de suspensión de actos, exclusivamente en el caso de que sea imputable al interesado. Las propuestas de resolución en los procedimientos de carácter sancionador, así como los actos que resuelvan procedimientos de carácter sancionador o de responsabilidad patrimonial. Los que se dicten en el ejercicio de potestades legales. Todas son correctas. Según el artículo 35.1 de la LPACAP, ¿cuáles de los siguientes actos serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho?. Los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos. Los actos que limiten derechos objetivos o intereses legítimos. Los actos que limiten derechos objetivos o intereses ilegítimos. Ninguna es correcta. Según el artículo 35.1 de la LPACAP, ¿cuáles de los siguientes actos serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho?. Los que deban serlo en virtud de disposición legal o reglamentaria expresa. Los que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales. Los que se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos. Todas son correctas. Según el artículo 35.1 de la LPACAP, ¿cuáles de los siguientes actos serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho?. Los actos que acuerden la iniciación del procedimiento. Todos los actos que acuerden la terminación del procedimiento. Los actos que rechacen pruebas propuestas por los interesados. Todas las respuestas son correctas. Según el artículo 35.2 de la LPACAP, ¿en qué procedimientos la motivación de los actos se realizará de conformidad con lo que dispongan las normas que regulen sus convocatorias, debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte?. En todos los actos de los procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva. En todos los actos que pongan fin a un procedimiento administrativo. En los actos que cada órgano competente estime convenientes, informando previamente a los interesados. En los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva. Según el artículo 36.1 de LPACAP: ¿Cómo se producirán los actos administrativos?. Por escrito a menos que su naturaleza exija o permita otra forma más adecuada de expresión y constancia. Siempre por escrito. Por escrito a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia. Por escrito a menos que su naturaleza permita otra forma más adecuada de gestión y comunicación. Según el artículo 36.2 de la LPACAP, y en relación con la forma de los actos administrativos, en los casos en que los órganos administrativos ejerzan su competencia de forma verbal: La constancia escrita del acto, cuando sea necesaria, se efectuará y firmará por el titular del órgano superior o funcionario que lo reciba oralmente. La constancia escrita del acto será necesaria en todo caso. La constancia escrita del acto, cuando sea necesaria, se efectuará y firmará por el titular del órgano inferior o funcionario que lo reciba oralmente. Ninguna es correcta. Según el artículo 36.2 de la LPACAP, y en relación con la forma de los actos administrativos, en los casos en que los órganos administrativos ejerzan su competencia de forma verbal: Cuando sea necesaria la constancia escrita del acto se expresará en la comunicación del mismo la autoridad o funcionario a la que se dirige. Se expresará la autoridad de la que procede en todo caso. Cuando sea necesaria la constancia escrita del acto se expresará en la comunicación del mismo la autoridad de la que procede. Ninguna es correcta. Según el artículo 36.3 de la LPACAP, cuando deba dictarse una serie de actos administrativos de la misma naturaleza: Deberán refundirse en un único acto, acordado por el órgano competente, que especificará las personas u otras circunstancias que individualicen los efectos del acto para cada interesado. Podrán refundirse en un único acto, acordado por el órgano competente, que especificará las personas u otras circunstancias que individualicen los efectos del acto para cada interesado. Deberá realizarse un acto por cada uno de los interesados. Podrán refundirse en un único acto, acordado por el órgano competente, que especificará las personas u otras circunstancias que generalicen los efectos del acto para cada interesado. ¿Cómo se denomina el Capítulo II del Título III de la LPACAP?. Requisitos de los actos. Eficacia de los actos. Formación de los actos. Creación de los actos. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta, según el artículo 37 de la LPACAP?. Las resoluciones administrativas de carácter general no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter particular. Las resoluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general. Ninguna resolución administrativa podrá vulnerar lo establecido en una disposición de carácter particular o general. Ninguna de las respuestas es correcta. Según el artículo 37 de la LPACAP, las resoluciones administrativas que vulneren lo establecido en una disposición reglamentaria: Modifican la disposición reglamentaria. Son recurribles. Son prioritarias. Son nulas. Según el artículo 38 de la LPACAP, los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo: Serán justificables con arreglo a lo dispuesto en dicha Ley. Serán ejecutivos con arreglo a lo dispuesto en dicha Ley. No serán ejecutivos. Serán justificables con arreglo a lo dispuesto en la Constitución. Según el artículo 39.1 de la LPACAP, los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde: Desde la publicación en el diario o boletín correspondiente, o desde el día siguiente a su notificación. Desde el mismo día de su notificación a los interesados. El día siguiente a la fecha en que fueron dictados, salvo que en ellos se disponga otra cosa. La fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa. Según el artículo 39.2 de la LPACAP, la eficacia de los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo quedará demorada: Cuando se trate de actos que se dicten en sustitución de actos anulados. Cuando se trate de la motivación de actos que pongan fin a los procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva. Únicamente cuando esté supeditada a su notificación o publicación anterior. Cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior. Según el artículo 39.3 de la LPACAP, ¿cuándo podrá otorgarse excepcionalmente eficacia retroactiva a los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo?. Cuando se dicten en complementación de actos preexistentes y, asimismo, cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas. Cuando se dicten en sustitución de actos anulados y, asimismo, cuando produzcan efectos favorables o desfavorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas. Cuando se dicten en sustitución de actos anulados, así como cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas. Todas son correctas. Según el artículo 40.1 de la LPACAP, se notificará a los interesados: Toda resolución o acto administrativo, afecte o no a sus derechos e intereses legítimos. Únicamente las resoluciones que afecten a sus intereses. Las resoluciones y actos administrativos que afecten a sus derechos e intereses. Ninguna es correcta. Según el artículo 40.2 de la LPACAP, toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de: Un mes a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. Diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. Quince días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. Quince días a partir de la fecha en que el acto haya sido publicado. Según el artículo 40.2 de la LPACAP, las notificaciones deberán: Contener el texto íntegro de la resolución. Indicar si pone fin o no a la vía administrativa. Indicar la expresión de los recursos que procedan, en su caso, en vía administrativa y judicial, el órgano ante el que hubieran de presentarse y el plazo para interponerlos. Todas son correctas. Según el artículo 40.3 de la LPACAP, las notificaciones que conteniendo el texto íntegro del acto omitiesen alguno de los demás requisitos previstos en el artículo 40.2 de dicha Ley, surtirán efecto: A partir del día siguiente al que la notificación se comunicara al interesado. A partir de la fecha en que dicha comunicación se comunicara al interesado. A partir de la fecha en que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o acto objeto de la notificación, o interponga cualquier recurso que proceda. Ninguna es correcta. Según el artículo 40.4 de la LPACAP, a los solos efectos de entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración de los procedimientos: Será suficiente la notificación que contenga, cuando menos, si pone fin o no a la vía administrativa o judicial, en su caso. Será imprescindible que la notificación contenga el texto íntegro, con indicación de si pone fin o no a la vía administrativa y la expresión de los recursos que procedan. Será suficiente la notificación que contenga, cuando menos, el texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado. Ninguna de las respuestas es correcta. ¿Cómo se practicarán preferentemente las notificaciones, según el artículo 41.1 de la LPACAP?. * Por escrito. Oralmente. * Por medios electrónicos. Las dos respuestas marcadas (*) son correctas. Según el artículo 41.1 de la LPACAP, las notificaciones se practicarán, en todo caso, por medios electrónicos: A partir del 1 de enero del año siguiente a la entrada en vigor de la Ley. Cuando la Administración resulte obligada a remitirlas por esta vía exclusivamente. Cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por estas vías. A los seis meses de la entrada en vigor de la Ley. Según el artículo 41.1 de la LPACAP, las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos, no obstante, las Administraciones podrán practicar las notificaciones por medios no electrónicos en el supuesto de: * Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario practicar la notificación por entrega directa de cualquier persona que pueda dejar constancia de la entrega. * Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del interesado o su representante en las oficinas de asistencia en materia de registro y solicite la comunicación o notificación personal en ese momento. Las dos respuestas marcadas (*) son correctas. Ninguna de las respuestas es correcta. Según la LPACAP, las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos, no obstante, las Administraciones podrán practicar las notificaciones por medios no electrónicos: Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario practicar la notificación por entrega directa de un empleado público de la Administración notificante. Cuando para asegurar la constancia de la entrega resulte necesario practicar la notificación por entrega directa de cualquier empleado público. Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario practicar la notificación por entrega directa a través del Servicio Nacional de Correos. Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario practicar la notificación por entrega directa a través del Servicio Nacional de Correos, o a través de los servicios de mensajería oficialmente reconocidos por la Administración correspondiente. Según el artículo 41.1 de la LPACAP, ¿quiénes podrán decidir y comunicar en cualquier momento a la Administración Pública, mediante modelos normalizados que se establezcan al efecto, que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicar por medios electrónicos?. Los interesados que no estén obligados a recibir notificaciones electrónicas. Los interesados que estén obligados a recibir notificaciones electrónicas. Los interesados que estén obligados a recibir notificaciones por escrito. Todos los interesados. De acuerdo con el artículo 41.1 de la LPACAP, las Administraciones podrán establecer la obligación de practicar electrónicamente las notificaciones para determinados procedimientos: Reglamentariamente y para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Mediante ley y para ciertos colectivos de personas físicas o jurídicas que, por razón de su capacidad económica, residencia, horario, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Reglamentariamente y para ciertos colectivos de personas físicas o jurídicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Mediante ley y para ciertos colectivos de personas jurídicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Según el artículo 41.2 de la LPACAP, en ningún caso se efectuarán por medios electrónicos las notificaciones: Que contengan datos personales de imposible o difícil comprobación por la Administración correspondiente. * En las que el acto a notificar vaya acompañado de elementos que no sean susceptibles de conversión en formato electrónico. * Que contengan medios de pago a favor de los obligados, tales como cheques. Las dos respuestas marcadas (*) son correctas. Cómo se practicará la notificación en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, salvo en los casos en los que exista obligación de relacionarse de manera electrónica con la Administración, según el artículo 41.3 de la LPACAP?. Siempre electrónicamente. Siempre por escrito. Por el medio señalado al efecto por aquel. Por el mismo procedimiento por el que el interesado inicie el procedimiento. A tenor del artículo 41.5 de la LPACAP, cuando el interesado o su representante rechacen la notificación de una actuación administrativa, se hará constar en el expediente, especificándose las circunstancias del intento de notificación y el medio: Dando no efectuado el trámite y siguiéndose el procedimiento haciendo constancia de tal circunstancia en el expediente. Dando por efectuado el trámite y paralizándose el procedimiento. Dando por no efectuado el trámite y paralizándose el procedimiento por causas imputables al interesado o representante. Dando por efectuado el trámite y siguiéndose el procedimiento. Conforme al artículo 41.6 de la LPACAP, las Administraciones Públicas enviarán un aviso al dispositivo electrónico y/o a la dirección de correo electrónico del interesado que éste haya comunicado, informándole de la puesta a disposición de una notificación en la sede electrónica de la Administración u Organismo correspondiente o en la dirección electrónica habilitada única: Exclusivamente si el interesado indicó en la solicitud de iniciación esta opción. Con independencia de que la notificación se realice en papel o por medios electrónicos. Exclusivamente si el interesado está obligado a comunicarse con las Administraciones Públicas de manera electrónica. Ninguna de las respuestas es correcta. Según el artículo 41.7 de la LPACAP, cuando el interesado fuera notificado por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación la de: Aquella que se hubiera realizado por medios físicos. La notificación realizada por el medio solicitado por el interesado. La notificación realizada por medios electrónicos. Aquella que se hubiera producido en primer lugar. En relación con las notificaciones que se practiquen en papel, según el artículo 42.1 de la LPACAP: Deberán ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante para que pueda acceder al contenido de las mismas de forma voluntaria. Eliminarán la obligación de ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante para que pueda acceder al contenido de las mismas de forma voluntaria. Deberán ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante para que pueda acceder al contenido de las mismas de forma obligatoria. Ninguna de las respuestas es correcta. Según el artículo 42.2 de la LPACAP, cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona: Que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Mayor de dieciocho años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Mayor de catorce años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Mayor de edad que se encuentre en el domicilio, sin necesidad de hacer constar su identidad. Según el artículo 42.2 de la LPACAP, si nadie se hiciera cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que: Se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los treinta días siguientes. Se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. Se repetirá por un máximo de tres veces y en distintas horas en los tres días siguientes. Se repetirá por un máximo de dos veces y en distintas horas en los cinco días siguientes. Según el artículo 42.2 de la LPACAP, en caso de que el primer intento de notificación en papel, en el domicilio del interesado, se haya realizado antes de: Las diecisiete horas, el segundo intento deberá realizarse después de las diecisiete horas y viceversa. Las quince horas, el segundo intento deberá realizarse después de las quince horas y viceversa. Las catorce horas, el segundo intento deberá realizarse después de las catorce horas y viceversa. Ninguna de las respuestas es correcta. Según el artículo 42.2 de la LPACAP, si el primer intento de notificación en papel en el domicilio del interesado no se ha podido realizar, al efectuar un segundo intento, ¿cuál deberá ser el margen mínimo de diferencia entre ambos intentos?. Tres horas entre ambos intentos de notificación. Veinticuatro horas entre ambos intentos de notificación. Doce horas entre ambos intentos de notificación. Dos días entre ambos intentos de notificación. De acuerdo con el artículo 42.2 de la LPACAP, en caso de intentar una notificación practicada en papel en el domicilio del interesado en dos ocasiones y estas resultasen infructuosas: Se hará mediante un anuncio publicado en el "Boletín Oficial del Estado". Se hará mediante un anuncio publicado en el “Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma" de residencia del interesado. Se hará mediante la publicación en el tablón de anuncios del municipio de residencia del interesado. Todas las respuestas son correctas. A tenor del artículo 42.3 de la LPACAP, cuando el interesado accediera al contenido de la notificación en sede electrónica: Se le presentará un mensaje comunicando que el resto de notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos. Se le presentará un mensaje comunicando que el resto de notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos, ofreciendo la posibilidad de cambiar nuevamente de medio de comunicación en el plazo de diez días desde su acceso. Se le ofrecerá la posibilidad de que el resto de notificaciones se puedan realizar a través de medios electrónicos. Ninguna de las respuestas es correcta. Como señala el artículo 43.1 de la LPACAP, las notificaciones por medios electrónicos se practicarán mediante comparecencia: En la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante en todo caso. En la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante, a través de la dirección electrónica habilitada única o mediante ambos sistemas, según disponga la legislación de la Comunidad Autónoma correspondiente. En la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante, a través de la dirección electrónica habilitada única o mediante ambos sistemas, según disponga cada Administración u Organismo. A través de la dirección electrónica única, en todo caso. ¿Cuándo se entenderán practicadas las notificaciones por medios electrónicos, según el artículo 43.2 de la LPACAP?. Una vez enviadas por la Administración Pública correspondiente. En el momento en que se comunica al interesado su disponibilidad en la sede electrónica única. En el momento en que se produzca el acceso a su contenido. En el momento en que el interesado confirma, mediante los enlaces correspondientes, la lectura y conformidad con el contenido de la notificación. Según establece el artículo 43.2 de la LPACAP, cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o haya sido expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido: Ocho días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. Diez días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. Quince días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. Diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. ¿En cuál(es) de los siguientes casos la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el "Boletín Oficial del Estado", según el artículo 44 de la LPACAP?. Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos. Cuando se ignore el lugar de la notificación. Cuando, intentada ésta, no se hubiese podido practicar. Todas las respuestas son correctas. Según el artículo 44 de la LPACAP, previamente a realizar una notificación mediante anuncio publicado en el BOE, las Administraciones podrán publicar un anuncio en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o del Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente: Con carácter obligatorio. Con carácter facultativo. Con carácter vinculante. Con carácter exclusivo. ¿Cuándo serán los actos administrativos objeto de publicación, según el artículo 45.1 de la LPACAP?. * Cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano instructor. * Cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento. Cuando así lo soliciten los interesados en el procedimiento. Las dos respuestas marcadas (*) son correctas. ¿Cuándo serán los actos administrativos objeto de publicación, según el artículo 45.1 de la LPACAP?. Cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano instructor. Cuando lo aconsejen razones de interés particular apreciadas por el órgano al que corresponda resolver. Cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente. Cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano superior al que corresponda resolver. ¿En cuál(es) de los siguientes casos los actos administrativos serán objeto de publicación, surtiendo ésta los efectos de notificación, a tenor del artículo 45.1 de la LPACAP?. Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad de personas. * Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas. * Cuando se trate de actos integrantes de un procedimiento sancionador. Las dos respuestas marcadas (*) son correctas. ¿En cuál(es) de los siguientes casos los actos administrativos serán objeto de publicación, surtiendo ésta los efectos de notificación, a tenor del artículo 45.1 de la LPACAP?. Cuando se trate de actos que tengan una pluralidad de interesados y no hayan designado un representante. Cuando se trate de actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo. Cuando se trate de actos finalizadores de un procedimiento administrativo general. Ninguna de las respuestas es correcta. ¿Cómo se denomina el Capítulo III del Título III de la LPACAP?. Nulidad y anulabilidad. Prescripción de los actos. Anulación de los actos. Ninguna de las respuestas es correcta. Los actos de las Administraciones Públicas que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional son: Anulables. Nulos de pleno derecho. Convalidables. Todas las respuestas son correctas. ¿Cuál de los siguientes actos de las Administraciones Públicas no es nulo de pleno derecho?. Los que tengan un contenido imposible. Los que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico. Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de materia o del territorio. Los que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta. ¿Cuál de los siguientes actos de las Administraciones Públicas es nulo de pleno derecho?. * Los dictados prescindiendo total y absolutamente de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados. * Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido. Los que incurran en la desviación del poder. Las dos respuestas marcadas (*) son correctas. Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición son: Nulos de pleno derecho. Anulables. Convalidables. Invalidables. Serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas: Que establezcan la retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales. Que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior. Que regulen materias reservadas a la Ley. Todas las respuestas son correctas. Los actos de la Administración que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico son: Anulables, excepto los que incurran en la desviación de poder. Nulos de pleno derecho, excepto los que incurran en la desviación de poder. Nulos de pleno derecho, incluso los que incurran en la desviación de poder. Anulables, incluso los que incurran en la desviación de poder. Según la LPACAP, el defecto de forma determinará la: Nulidad de pleno derecho solo cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados. Anulabilidad solo cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados. Nulidad de pleno derecho en todo caso. Anulabilidad excepto cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados. La nulidad o anulabilidad de un acto administrativo: Implicará la de los sucesivos en el procedimiento con independencia de su dependencia o no del primero. No implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero. Implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero. Ninguna de las respuestas es correcta. La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo: No implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado. Implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tan mínima importancia que no afecte al propio acto. Implicará la de las partes del mismo en todo caso. No implicará la de las partes del mismo en ningún caso. Según el artículo 51 de la LPACAP, el órgano que declare la nulidad o anule las actuaciones dispondrá siempre: La nulidad de pleno derecho de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción. La eliminación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción. La conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción. Ninguna de las respuestas es correcta. La Administración: No podrá convalidar en ningún caso los actos anulables ni los nulos de pleno derecho. * Podrá convalidar los actos nulos de pleno derecho, subsanando los vicios de que adolezcan. * Podrá convalidar los actos anulables, subsanando los vicios de que adolezcan. Las dos respuestas marcadas (*) son correctas. Según el artículo 52 de la LPACAP, el acto de convalidación de los actos anulables producirá su efecto: Desde su publicación en el BOE, salvo lo dispuesto en el artículo 39.3 para la irretroactividad de los actos administrativos. Desde su fecha, salvo lo dispuesto en el artículo 39.3 para la retroactividad de los actos administrativos. Desde la comunicación a los interesados, en todo caso. Ninguna de las respuestas es correcta. |