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Ley 39/2015, de 1 de octubre tema 3

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Título del Test:
Ley 39/2015, de 1 de octubre tema 3

Descripción:
ope osakidetza aux.administrativo

Fecha de Creación: 2023/07/27

Categoría: Otros

Número Preguntas: 28

Valoración:(4)
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Temario:

¿Cuál es el objeto de los derechos reconocidos a las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas?. Facilitar el acceso a la información pública. Garantizar el buen funcionamiento de los servicios públicos. Asegurar la transparencia en la gestión administrativa. Proteger los intereses legítimos de los ciudadanos y garantizar el ejercicio de sus derechos.

¿Qué derecho tienen los interesados en obtener copia de los documentos que formen parte de un procedimiento administrativo?. Derecho de acceso. Derecho de información. Derecho de rectificación. Derecho de participación.

¿En qué plazo debe resolver la Administración una solicitud que no tenga plazo específico establecido?. 15 días hábiles. 30 días hábiles. 45 días hábiles. 20 días naturales.

¿Qué plazo tiene un interesado para interponer un recurso administrativo si no se notifica expresamente la resolución?. 15 días hábiles. 1 mes. 10 días hábiles. 20 días naturales.

¿Puede un interesado renunciar a la realización de trámites que le exija la Administración para resolver su solicitud?. Sí, siempre que lo haga por escrito y con justificación. Sí, pero solo en procedimientos de carácter sancionador. No, el interesado debe cumplir todos los trámites establecidos por la Administración. No, solo puede solicitar la modificación de algunos trámites.

¿En qué casos los ciudadanos están obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas?. Cuando se trate de personas jurídicas. Cuando el procedimiento se inicie a solicitud del interesado. Cuando se trate de un procedimiento sancionador. Cuando así lo establezcan las normas que regulen procedimientos concretos.

¿Qué se entiende por "sede electrónica" de una Administración Pública?. La dirección web de la Administración. El local físico donde se atiende al público. El conjunto de medios electrónicos utilizados para relacionarse con la Administración. El lugar donde se archivan los documentos administrativos.

¿Qué se necesita para acceder a la sede electrónica de una Administración Pública?. Un certificado digital. Un pasaporte. Una cita previa. Una autorización expresa del interesado.

¿Es posible que la Administración establezca excepciones a la obligación de relacionarse electrónicamente?. No, la obligación es siempre de carácter general. Sí, pero solo para ciertos colectivos de personas. Sí, cuando concurran circunstancias justificadas. Sí, pero solo en el ámbito local.

¿En qué idioma pueden los interesados dirigirse a las Administraciones Públicas?. Únicamente en el idioma oficial del Estado español. En cualquiera de las lenguas oficiales del territorio en el que se encuentre la Administración. Solo en castellano, excepto en algunas comunidades autónomas. En cualquier idioma, siempre que se traduzcan los documentos al castellano.

¿Qué debe hacer la Administración cuando un interesado se dirige a ella en una lengua cooficial distinta del castellano?. Rechazar la solicitud por no estar en castellano. Responder en castellano, sin traducir al idioma cooficial. Responder en el idioma cooficial, sin traducir al castellano. Responder en el idioma cooficial y, además, traducir al castellano si el interesado lo solicita.

¿Qué es el Registro electrónico?. Un registro en papel donde se archivan documentos. Un registro exclusivamente para documentos en formato digital. Un registro de entrada y salida de documentos. Un registro utilizado solo por las Administraciones Centrales.

¿Puede un ciudadano presentar un escrito en papel en una oficina administrativa que solo admite registros electrónicos?. Sí, siempre que acredite que no puede relacionarse electrónicamente. Sí, pero solo si la Administración lo autoriza expresamente. No, está prohibido presentar documentos en papel en oficinas con registro electrónico. No, el Registro electrónico es el único medio válido para presentar documentos.

¿Cuánto tiempo deben conservarse los documentos originales de un procedimiento administrativo?. 2 años. 5 años. 10 años. 15 años.

¿Pueden los interesados obtener copia de los documentos originales del procedimiento administrativo después de su archivo?. Sí, siempre que lo soliciten por escrito. Sí, pero solo si acreditan un interés legítimo en obtenerlos. No, los documentos originales no pueden ser entregados a los interesados. Sí, pero solo si se solicita antes de que se archive el expediente.

¿Qué obligaciones tienen los ciudadanos cuando colaboren con la Administración en la tramitación de un procedimiento?. Ninguna, la colaboración es siempre voluntaria. Facilitar los datos e informaciones requeridas y realizar los trámites necesarios. Pagar una tasa por colaborar con la Administración. Nombrar un representante legal que colabore en su nombre.

¿Qué ocurre si un interesado no cumple con sus obligaciones de colaboración en un procedimiento administrativo?. La Administración debe archivar el procedimiento. La Administración debe requerirle la colaboración en un plazo determinado. La Administración puede tener en cuenta su falta de colaboración al resolver el procedimiento. La falta de colaboración no afecta la validez del procedimiento.

¿Qué es la comparecencia en un procedimiento administrativo?. La presentación de documentos en el Registro. La presencia física del interesado ante el órgano administrativo. La intervención de terceras personas en un procedimiento. La renuncia de los interesados a la realización de trámites.

¿Es obligatoria la comparecencia de los interesados en todos los procedimientos administrativos?. Sí, siempre deben comparecer personalmente. No, en muchos casos no es obligatoria. Sí, pero solo en procedimientos sancionadores. No, solo los representantes legales deben comparecer.

¿Cuál es el plazo mínimo de comparecencia que debe garantizar la Administración a los interesados?. 24 horas. 48 horas. 5 días hábiles. 10 días naturales.

¿Quién es responsable de la tramitación del procedimiento administrativo?. El interesado que ha presentado la solicitud. El órgano administrativo que esté conociendo del procedimiento. El funcionario público que atiende al interesado. El representante legal del interesado.

¿Puede un interesado solicitar que se le comunique el estado de la tramitación de su procedimiento?. No, la Administración debe mantener al interesado informado sin que este lo solicite. Sí, siempre que lo haga por escrito. Sí, pero solo si ha transcurrido más de un mes desde la presentación de la solicitud. Sí, pero solo si ha transcurrido más de tres meses desde la presentación de la solicitud.

¿En qué plazo debe resolver la Administración un procedimiento cuando haya una norma con plazo específico?. En el plazo establecido por la norma concreta. En un plazo máximo de 1 año. En un plazo máximo de 6 meses. En un plazo máximo de 3 meses.

¿Qué ocurre si la Administración no resuelve un procedimiento en el plazo establecido?. La solicitud se considera denegada por silencio administrativo. La Administración debe archivar el procedimiento. La solicitud pasa a otro órgano administrativo para su resolución. El interesado debe presentar un recurso de alzada.

¿Cuándo puede suspenderse el plazo máximo para resolver un procedimiento administrativo?. Cuando la Administración lo solicite expresamente. Cuando existan informes preceptivos de otros órganos. Cuando el interesado así lo pida para aportar más documentación. Cuando la Administración esté colapsada de trabajo.

¿Cuál es la duración máxima de la suspensión del plazo máximo para resolver un procedimiento?. 1 mes. 3 meses. 6 meses. No hay una duración máxima establecida.

¿Qué ocurre con los plazos para interponer recursos durante la suspensión del plazo máximo para resolver?. Se suspenden también. Se reducen a la mitad. Se mantienen sin cambios. Se amplían en 15 días hábiles.

¿Qué deberá hacer la Administración si la suspensión del plazo máximo se prolonga más de lo previsto?. Archivar el procedimiento por falta de resolución. Comunicar al interesado la nueva fecha estimada para resolver. Solicitar una prórroga al interesado. La suspensión no puede prolongarse, debe resolver el procedimiento en cualquier caso.

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