LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE
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Título del Test:![]() LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE Descripción: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS AA.PP |




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Se consideran interesados en el procedimiento administrativo. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales. Quienes lo promuevan como titulares de derechos legítimos. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. Los que, sin haber iniciado el procedimiento,tengan intereses legítimos que puedan resultar afectados por la resolución por la decisión que en el mismo se adopte. La representación debe acreditarse: Para formular solicitudes. Para presentar declaraciones responsables o comunicaciones. Para interponer recursos. Todas las respuestas son correctas. El plazo que la Ley establece para aportar o subsanar el defecto en caso de falta o insuficiente acreditación de la representación es de : 10 dias. 15 dias. 20 dias. 1 mes. Según establece la Ley, dispondrán de un registro electrónico general de apoderamientos: La Administración General del Estado. Las CC.AA. Las Entidades Locales. Los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las AA.PP. Los poderes inscritos en los registros electrónicos tendrán una validez: Anual. De tres años. Máxima de cuatro años. Máxima de cinco años. La lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado será: El castellano. La lengua cooficial en la CC.AA. La obligación de dictar resolución expresa y notificar existe: Cuando se trate de procedimientos iniciados de oficio. Cuando se trate de procedimientos iniciados a instancia de parte. Con independencia de la forma de iniciación del procedimiento. En todo caso, cuando el procedimiento termine por pacto o convenio. El plazo máximo de notificación de una resolución expresa: Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Si la norma reguladora del correspondiente procedimiento no establece dicho plazo, éste será de seis meses. Este plazo máximo no puede exceder de seis meses, salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea. Si la norma reguladora del correspondiente procedimiento no establece dicho plazo, éste será de tres meses. En relación a procedimientos iniciados a solicitud del interesado, marca las opciones correctas: En los casos de estimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior a la producción del acto se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio. En los casos de estimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior a la producción del acto sólo podrá dictarse de ser confirmatoria del mismo. En los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio. En los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior a la producción del acto deberá ser igualmente desestimatoria. Cuando el interesado solicite certificado de silencio administrativo, la Administración debe emitirlo en un plazo de: Cinco días, a contar desde el día siguiente a aquel en que la petición tuviese entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para resolver. Diez días, a contar desde el día siguiente a aquel en que la petición tuviese entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para resolver. Quince días, a contar desde el día siguiente a aquel en que la petición tuviese entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para resolver. Un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que la petición tuviese entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para resolver. Los plazos expresados por horas: Se contarán de hora en hora, sin tener en cuenta los minutos, desde la hora en que tenga lugar la notificación o publicación del acto. Se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto siguiente en que tenga lugar la notificación o publicación del acto. La Ley no contempla la posibilidad de este tipo de plazos. Se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto. Marca las opciones correctas: Los plazos por hora no pueden tener una duración superior a 24 horas, en cuyo caso se expresarán en días. Por regla general, cuando los plazos se señalen por horas, se entienden que éstas son hábiles. Son hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil. Siempre que por Ley o por Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los días se señales por días, se entienden que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos. Siempre que por Ley o por Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los días se señales por días, se entienden que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. El funcionamiento del registro electrónico: Permite la presentación de documentos todos los día hábiles del año durante las 24 horas. Permite la presentación de documentos todos los días del año durante las 24 horas. A los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en todo caso en la primera hora del primer día hábil siguiente. El inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir las AA.PP vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de cada Administración u Organismo. El inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir las AA.PP vendrá determinado por la fecha de presentación en el registro electrónico de cada Administración u Organismo. Señala las opciones correctas. Deben motivarse los actos. Que limiten derechos legítimos. Que resuelvan resuelvan recursos administrativos. Que resuelvan procedimientos de arbitraje. Que acuerden la adopción de medidas provisionales previstas en el art. 56, salvo en el caso de prestación de fianza. Según lo previsto en el art.37, las resoluciones administrativas. Las resoluciones administrativasde carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, salvo aquéllas procedan de un órgano de inferior jerarquía al que dictó la disposición general. Las resoluciones administrativasde carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, aunque aquéllas procedan de un órgano de igual o superior jerarquía al que dictó la disposición general. Las resoluciones administrativasde carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, aunque aquéllas procedan de un órgano de superior jerarquía al que dictó la disposición general. Las resoluciones administrativasde carácter general no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, aunque aquéllas procedan de un órgano de igual o superior jerarquía al que dictó la disposición general. Art.41. Condiciones generales para la práctica de notificaciones. Señala las opciones correctas. Las notificaciones se practicarán por escrito o por medios electrónicos, a elección del interesado. Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos. En todo caso se notificará por medios electrónicos cuando el interesado resulte obligado a recibir la notificación por esta vía. Se puede practicar la notificación por medio electrónico cuando para asegurar la actuación administrativa resulte necesario practicar la notificación por este medio. Se puede practicar la notificación por medio no electrónico, cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del interesado o su representante en las oficinas en materia de asistencia de registro y solicite la comunicación notificación personal en ese momento. Cuando se entiende rechazada la notificación por medios electrónicos?. Cuando hayan transcurrido cinco días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. Cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. Cuando hayan transcurrido cinco días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. Cuando hayan transcurrido diez días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. Son nulos de pleno derecho. Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio. Cualquier acto que así se establezca por ley o norma reglamentaria. Los actos que incurran en desviación de poder. Todas las opciones son correctas. Señala las opciones correctas. El defecto de forma determinará en todo caso la anulabilidad del acto. La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero. La Administración podrá convalidar los actos nulos y anulables subsanando los vicios de los que adolezcan. Si el vicio consistiera en la falta de alguna autorización, el acto podrá ser convalidado mediante el otorgamiento de la misma por el órgano competente. Los interesados pueden aportar documentos. En cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de prueba. En cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia. En cualquier fase del procedimiento anterior a la propuesta de resolución. Ninguna de las opciones es correcta. Medidas provisionales. Se adoptan con anterioridad al inicio del procedimiento. Se adoptan de oficio una vez iniciado el procedimiento por el organo competente para resolver. Se adoptan de oficio o a instancia del interesado por el órgano competente para instruir. Ninguna de las opciones es correcta. Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos exigidos. Se requiere al interesado para que en un plazo de 15 días, no ampliable, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Se requiere al interesado para que en un plazo de 10 días, no ampliable, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Se requiere al interesado para que en un plazo de 15 días, ampliable hasta cinco días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Se requiere al interesado para que en un plazo de 10 días, ampliable hasta cinco días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse. Dentro del plazo de 10 días. Se admite la actuación del interesado si se produce antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo. Dentro del plazo de 10 días, ampliable prudencialmente hasta un máximo de cinco días. Se admite la actuación del interesado si se produce antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo. Dentro del plazo de 15 días. Se admite la actuación del interesado si se produce antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo. Dentro del plazo de 15 días, ampliable prudencialmente hasta un máximo de cinco días. Se admite la actuación del interesado si se produce antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo. Periodo de prueba. El periodo de prueba tendrá una duración no superior a 30 días ni inferior a 20. Dicha duración puede ser ampliada por un plazo no superior a 10 dias. El periodo de prueba tendrá una duración no superior a 30 días ni inferior a 15. Dicha duración puede ser ampliada por un plazo no superior a 10 dias. El periodo de prueba tendrá una duración no superior a 30 días ni inferior a 10. Dicha duración puede ser ampliada por un plazo no superior a 10 dias. El periodo de prueba tendrá una duración no superior a 30 días ni inferior a 20. Dicha duración puede ser ampliada por un plazo no superior a 5 dias. Salvo disposición expresa en contrario. Los informes serán facultativos y no vinculantes. Los informes serán facultativos y vinculantes. Los informes serán preceptivos y no vinculantes. Los informes serán preceptivos y vinculantes. Señala las opciones correctas. El plazo de emisión de los informes es de 10 días, salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento exija o permita otro plazo mayor o menor. De no emitirse el informe en plazo, se podrán proseguir las actuaciones salvo cuando se trate de un informe preceptivo, en cuyo caso se podrá suspender el transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento, dicha suspensión no podrá ser superior en ningún caso a los 3 meses. El informe emitido fuera de plazo podrá no ser tenido en cuenta al adoptar la correspondiente resolución, salvo que se trate de un informe preceptivo. El plazo de emisión de los informes es de 15 días, salvo que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento exija o permita otro plazo mayor o menor. Señala las opciones correctas. El trámite de audiencia será posterior a la solicitud del informe del órgano competente para el asesoramiento jurídico. La duración del trámite de audiencia no será inferior a 10 días ni superior a 20. En ningún caso se puede prescindir del trámite de audiencia a los interesados. El trámite de audiencia tiene lugar una vez instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactarse la propuesta de resolución. Las actuaciones complementarias. Su realización es decidida por el órgano competente para instruir el procedimiento. Su realización no suspende el plazo para resolver el procedimiento. Deberán practicarse en un plazo no superior a 20 días ni inferior a 10. Tras la finalización de las mismas, los interesados tienen un plazo de 7 días para alegaciones. Señala las opciones correctas. Los interesados pueden interponer recurso de alzada o potestativo de reposición contra las resoluciones y actos de trámite cualificados. Contra las disposiciones administrativas de carácter general cabe interponer recurso extraordinario de revisión. El recurso extraordinario de revisión procede contra las disposiciones administrativas de carácter general y contra los actos firmes en vía administrativa. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico en todo caso ponen fin a la vía administrativa. Recurso administrativo de alzada. Cabe contra resoluciones y actos de trámite cualificados, cuando no pongan fin a la vía administrativa. El plazo de interposición cuando se trate de acto expreso es de un mes. El recurso puede plantearse ante el órgano que dictó el acto impugnado o ante el órgano competente para resolver. Todas las opciones son correctas. Recurso potestativo de reposición. Señala las opciones correctas. Si el acto recurrido es expreso el plazo de interposición es de tres meses. El silencio administrativo es negativo, salvo que el recurso se interponga contra la desestimación presunta de una solicitud. El plazo para resolver y notificar es de tres meses. El plazo para resolver y notificar es de un mes. Recurso extraordinario de revisión. Señala las opciones correctas. Cuando se trate de error de hecho, el plazo de interposición será de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. En los demás casos, el plazo de interposición es de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme. Cuando se trate de error de hecho, el plazo de interposición será de tres meses siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. En los demás casos, el plazo de interposición es de cuatro años a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme. El plazo para resolver y notificar es de un mes. El plazo para resolver y notificar es de tres meses. El Gobierno de la Nación. Ejercerá la iniciativa legislativa prevista en la Constitución mediante la elaboración y aprobación de los anteproyectos de ley y la ulterior remisión de los proyectos de ley a las Cortes Generales. Ejercerá la iniciativa legislativa prevista en la Constitución mediante la elaboración, aprobación y posterior remisión de las proposiciones de ley a las Cortes Generales. El Gobierno, previa autorización de las Cortes Generales, también puede aprobar reales decretos-leyes y reales decretos-legislativos. Las CCAA no pueden aprobar reales decretos-leyes ni reales decretos-legislativos. El ejercicio de la potestad reglamentaria corresponde. Al Gobierno de la Nación únicamente. Al Gobierno de la Nación y a los órganos de gobierno de las CCAA únicamente. Al Gobierno de la Nación, a los órganos de gobierno de las CCAA y a las Diputaciones Provinciales. Ninguna de las opciones es correcta. Señala las opciones correctas. Los reglamentos. En el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. Las AAPP actuarán de acuerdo con los principios de. |