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Ley 39/2015_3010

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Título del Test:
Ley 39/2015_3010

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Parte 1_ 36 preguntas

Fecha de Creación: 2024/01/27

Categoría: Otros

Número Preguntas: 39

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Adelante con la Ley 39/2015. .

Según el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se consideran interesados en el procedimiento administrativo: Los que el promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales en todo caso.

Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho: (Artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas): Los actos sólo serán motivados cuando lo solicite el interesado. Los actos nunca serán motivados. Los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos. Los actos que delimitan deberes objetivos o intereses legítimos.

No necesitan ser motivados: Los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos. Los actos que se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de los órganos consultivos. Los actos que rechazan pruebas propuestas por los interesados. Los actos que rechazan pruebas propuestas por la administración.

¿Puede considerarse como interesado en el procedimiento a una Asociación?. Sí, siempre con independencia de la naturaleza de sus intereses. Sólo en casos de fuerza mayor. No, en ningún caso. Sí, siempre que sean titulares de intereses legítimos colectivos.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que uno de los medios de ejecución forzosa es: Obligación de trabajos forzados. La AAPP no realiza ejecuciones forzosas. Sanción de suspensión de empleo. Multa coercitiva.

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuran varios interesados, las actuaciones a que den lugar: Se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, a falta de ello, con lo que figure en primer término. Se efectuarán siempre con el representante del primer interesado. Se efectuarán siempre con el primer interesado. Se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, a falta de ello, con lo que figure en último lugar.

Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, "El órgano que ordene un acto de ejecución material de resoluciones estará obligado a notificar al particular interesado la resolución que autorice la actuación administrativa. ". Sólo cuando lo considere necesario el órgano que lo ordena. Sólo cuando el interesado solicite ser notificado. Sí que estará obligado. No estará obligado.

En el artículo 106 de la Ley 39/2015 establece que "Cuando el procedimiento se hubiera iniciado de oficio: El transcurso del plazo de 6 meses desde su inicio sin dictarse resolución producirá su caducidad. El transcurso del plazo de 11 meses desde su inicio sin dictarse resolución producirá su caducidad. El transcurso del plazo de 9 meses desde su inicio sin dictarse resolución producirá su caducidad. El transcurso del plazo de 3 meses desde su inicio sin dictarse resolución producirá su caducidad.

El recurso de alzada: Podrá interponerse únicamente ante el órgano que dictó el acto que se impugna. Si el recurso se hubiera interpuesto ante el órgano que dictó el acto impugnado, éste deberá remitirlo al competente en el plazo de 15 días, con su informe y con una copia completa y ordenada del expediente. Podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo. Podrá interponerse únicamente ante el órgano competente de resolver.

Las Administraciones Públicas podrán rectificar los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos: Mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, de oficio. En cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados. Mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, de oficio o a instancia de los interesados. Nunca.

Respecto a la interposición de recursos: El error o la ausencia de la calificación del recurso por parte del recurrente no será obstáculo para su tramitación, siempre que se deduzca su verdadero carácter. La ausencia de la calificación del recurso por parte del recurrente será obstáculo para su tramitación siempre. El error o la ausencia de la calificación del recurso por parte de recurrente será obstáculo para su tramitación siempre. El error en la calificación del recurso por parte del recurrente será obstáculo para su tramitación siempre.

La práctica de las notificaciones por medios electrónicos según el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que: Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas cuando así lo decidan los interesados. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido. Las notificaciones por medios electrónicos nunca entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que las Administraciones Públicas las emiten.

De acuerdo con el artículo 98 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo serán inmediatamente ejecutivos, salvo que (marque la respuesta incorrecta): Se produzca la suspensión de la ejecución del acto. Se trata de una resolución de un procedimiento de naturaleza sancionadora contra la que no quepa algún recurso en vía administrativa, incluido el potestativo de reposición. Una disposición establezca lo contrario. Se necesite aprobación o autorización superior.

Todas las notificaciones que se practiquen en papel: Deberán ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuando para que acceda al contenido de las mismas de forma obligatoria. Deberán ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuando para que pueda acceder al contenido de las mismas de forma voluntaria. No podrán realizarse notificaciones en papel. No deberán ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica.

En la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se indica que: Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de diez meses a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de 1 año a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de diez semanas a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado.

En relación a la enmienda y mejora de la solicitud, si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66 de la Ley 39/2015 y, en su caso, los que señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable: El interesado será requerida para que, en un plazo de cuarenta días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Se tendrá por desistido de su petición. La persona interesada será requerida para que, en un plazo de treinta días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El interesado será requerida para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

Según el Artículo 61 de la Ley 39/2015 en los procedimientos iniciados por petición razonada de otros órganos: La petición vincula al órgano competente para iniciar el procedimiento. La petición no vincula al órgano competente para iniciar el procedimiento. El órgano competente no tiene obligación de comunicar al órgano que la hubiera formulado los motivos por los que, en su caso, no procede la iniciación. Los procedimientos no pueden iniciarse por petición razonada de otros órganos. La petición no vincula al órgano competente para iniciar el procedimiento, si bien deberá comunicar al órgano que la hubiera formulado los motivos por los que, en su caso, no procede la iniciación.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el artículo 68 apartado 1 establece un plazo de subsanación para la solicitud: 10 días. De 10 horas. De 10 meses. No hay ningún plazo para subsanar la solicitud.

En el apartado 4 del artículo 16 de La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que "Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones públicas podrán presentarse ": En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, únicamente los días establecidos por estas. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, únicamente los días festivos. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan. No podrán presentarse en el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan.

Según el artículo 40 de la Ley 39/2015, sobre las notificaciones: Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado, sin necesidad de que contenga el texto íntegro de la resolución ni la indicación de si pone fin o no a la vía administrativa. Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de 5 días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de la resolución, con indicación de si pone fin o no a la vía administrativa. Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de 20 días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de la resolución, indicando que pone fin a la vía administrativa. Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de la resolución, con indicación de si pone fin o no a la vía administrativa.

El funcionamiento del registro electrónico se regirá por las reglas siguientes: Permitirá la presentación de documentos todos los días del año de 8:00 de la mañana a 20:00 de la tarde. Permitirá la presentación de documentos todos los días del año excepto domingos y festivos. Permitirá la presentación de documentos todos los días del año excepto los sábados, domingos y festivos. Permitirá la presentación de documentos todos los días del año durante las 24 horas..

Respecto a la finalización del procedimiento: Únicamente pondrán fin al procedimiento la resolución y la renuncia al derecho en que se fundamenta la solicitud. Únicamente pondrá fin al procedimiento la resolución. No producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. Pondrán fin al procedimiento la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se fundamenta la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y la declaración de caducidad.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el artículo 24 apartado 2 establece que: La estimación por silencio administrativo tiene a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento cuando así lo decidan conjuntamente la Administración y el interesado. La estimación por silencio administrativo tiene a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento cuando así lo considere el interesado. Nunca se produce silencio administrativo en la Administración Pública. La estimación por silencio administrativo tiene a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento.

Según el artículo 25 apartado 2 de La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio: No se interrumpe porque no hay plazos para la resolución de un procedimiento iniciado de oficio. En los supuestos en los que el procedimiento se hubiera paralizado por causa imputable al interesado, se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución, únicamente en materia de licencia de obras. En los supuestos en los que el procedimiento se hubiera paralizado por causa imputable al interesado, se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución. Una cuenta iniciado el procedimiento el interesado no puede paralizarlo.

Respecto al desistimiento y la renuncia señale la afirmación correcta: En los procedimientos iniciados de oficio, la Administración podrá desistir sin necesidad de motivarlo. Todo interesado podrá desistir de su solicitud o renunciar a sus derechos sin ninguna limitación. Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia afectará a todos los interesados.

De acuerdo al artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo para la interposición del recurso de alzada será de: 1 mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. 2 mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. 3 mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Ninguna respuesta es correcta.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el artículo 94 establece que: El desistimiento y la renuncia no existen en los procedimientos administrativos en la Administración Pública. Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse por cualquier medio que permita su constancia, siempre que incorpore las firmas que correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable. Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse únicamente en papel, siempre que incorpore las firmas que correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable. Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse únicamente por medios electrónicos.

En el artículo 94 La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas señala que: El interesado nunca podrá desistir de su solicitud ni renunciar a sus derechos. Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos, únicamente en los procedimientos de Ayudas sociales. Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos, únicamente en los procedimientos en materia tributaria. Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.

Las Administraciones Públicas no requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma para: Presentar declaraciones responsables o comunicaciones. Interponer recursos. Formular solicitudes. Solicitar información.

Las Administraciones públicas asistirán en el uso de medios electrónicos a los interesados no obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las mismas?. Únicamente para la presentación de solicitudes. No. Sólo para la obtención de copias auténticas. Sí, siempre que así lo soliciten.

En el artículo 66 apartado 4 de La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se indica que "Las Administraciones Públicas deberán establecer modelos y sistemas de presentación masiva que permiten a los interesados presentar simultáneamente varias solicitudes ": Únicamente cuando las solicitudes se refieran a materia tributaria. Los interesados no pueden presentar simultáneamente varias solicitudes. Nunca deberán establecer modelos. Siempre.

La Administración correspondiente, cuando hubiere indemnizado a los lesionados, exigirá de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, o culpa o negligencia graves: De oficio en vía administrativa, sin instrucción de procedimiento. De oficio en vía penal, previa instrucción del correspondiente procedimiento. De oficio en vía penal, sin instrucción de procedimiento. De oficio en vía administrativa, previa instrucción del correspondiente procedimiento.

Para hacer efectiva la responsabilidad patrimonial, los particulares: Exigirán directamente a la Administración Pública la compensación de los daños causados por las autoridades, estén o no a su servicio. Exigirán directamente a la Administración Pública correspondiente las indemnizaciones por daños y perjuicios. Exigirán directamente a la Administración Pública correspondiente las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por las autoridades y personal a su servicio. La Administración Pública, en ningún caso se hace cargo de las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por las autoridades y personal a su servicio.

En la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 81 sobre solicitud de informes y dictámenes en los procedimientos de responsabilidad patrimonial, se establece que "En el caso de los procedimientos de responsabilidad patrimonial será preceptivo solicitar informe del servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable ... ": No pudiendo exceder 10 días el plazo de su emisión. No pudiendo exceder 10 meses el plazo de su emisión. No pudiendo exceder 1 año el plazo de su emisión. No pudiendo exceder 1 día el plazo de su emisión.

El artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone que cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente este en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma: Cualquier persona mayor de 14 años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Cualquier persona mayor de 16 años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Cualquier persona mayor de 18 años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Ninguna es correcta.

De acuerdo con el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su paralización por causa imputable a él, la Administración le advertirá que: Transcurrido 1 mes, se producirá la caducidad del procedimiento. Transcurridos 2 meses, se producirá la caducidad del procedimiento. Transcurridos 3 meses, se producirá la caducidad del procedimiento. Ninguna respuesta es correcta.

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