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ley 39/2015 67 rellenar (articulo 76)

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Título del Test:
ley 39/2015 67 rellenar (articulo 76)

Descripción:
articulo 76

Fecha de Creación: 2022/12/01

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

Valoración:(3)
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Artículo 76. Alegaciones 1. Los interesados podrán, en cualq..r mom..to del proce..to anter..r al tram..te de audi..ia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución 2. En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Artículo 76. Alegaciones 1. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aduc..r alega..es y apo..ar docu..os u otros elem..os de juicio Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución 2. En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Artículo 76. Alegaciones 1. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio Unos y otros serán teni..os en cue..ta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución 2. En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Artículo 76. Alegaciones 1. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propu..ta de resol..n 2. En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Artículo 76. Alegaciones 1. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución 2. E.. t..do mo..to podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Artículo 76. Alegaciones 1. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución 2. En todo momento podrán los interesados aleg..r los def..os de tram..n y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Artículo 76. Alegaciones 1. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución 2. En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paral..n, infrac..n de los pla..os preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Artículo 76. Alegaciones 1. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución 2. En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omis..n de tram..s que pu..den ser subsa..os antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Artículo 76. Alegaciones 1. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución 2. En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán d..r lug..r, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Artículo 76. Alegaciones 1. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución 2. En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente resp..d disc..ia.

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